Pleito

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Ejecutoria sobre censos de Hormilla y memorial de rentas del convento de San Pablo (1818-1828)

  • Doc. 1, cuaderno de ejecutoria contra los vecinos y concejo de Hormilla, a favor de D. Mateo Cañas, vecino de Azofra. Es continuación del doc. incompleto catalogado como A-B-VAp-6-7, que terminaba en el f. 102. . Este documento está también incompleto pues comienza al 123 y termina en el 150. No hay indicación alguna que lo relacione con el convento de San Pablo de Valladolid, al menos por el momento.

  • Doc. 2: Cuaderno Memorial de Rentas del convento de San Pablo, año 1828. En la tapa anterior con una pequeña explicación a modo de título, hay un índice de personas y de los lugares donde el convento de Valladolid tenía rentas, indicando el folio donde se encuentra de este cuaderno. Las personas que deben pagar renta al convento son: duque Patrono [Lerma y sucesores], condesa de Benavente, condesa de Nájera, conde de Altamaira, conde de Alcañizas, Manuel López Rivas. (Los lugares pueden verse en el Área de notas)

Convento de San Pablo de Valladolid

Real Carta Ejecutoria a pedimiento del monasterio de Nuestra Señora de La Peña de Francia en el pleito que trató con Ciudad Rodrigo(1551-1553)

Es una carta ejecutoria de la Chancillería de Valladolid, en el pleito entre el monasterior de La Peña de Francia y las autoridades de Ciudad Rodrigo, sobre la propiedad de islas y prados en el camino que va a Pizarral. La autoridad de Ciudad Rodrigo dice que no son del término de Pizarral, sino camino y calzada real, por lo que es común y no propiedad del monasterio de La Peña de Francia. El monasterio de la Peña de Francia aduce que el término de Pizarral lo compró el P. Andrés de Cogollos a Men Rodríguez y a su mujer Catalina Sánchez, toda la heredad en el lugar y término de Pizarral, con sus casas, casares, corrales, prados, aguas corrientes y estancadas... La ejecutoria, incompleta, lleva la última fecha en Valladolid, a 24 de octubre de 1553. El comienzo del pleito fue el 23 de enero de 1551. Se citan lugares como Berrocal, Campo de Ledin. El río aparece como Arganda y Agreda.
Hay un poder del 2 de febrero de 1551, ff. 2-4, del monasterio de la Peña, en el que se recogen los nombres de los frailes siguientes: Agustín de Murcia, prior. Francisco de Santa María, suprior, Francisco de Salamanca, Rodrigo de Espinosa, Juan de Balcaçar, Fernando Xaque, Juan de Guzmán, presentado, Francisco Maldonado, Juan de San Pedro, Antonio de Santa María, Bartolomé de Mata, Pedro de Lima, Luis de Valencia, Alonso de Santa Ana, Bernaldino de Santa María, Juan de Pereña, Miguel de Santa María, Domingo [en otro lugar Diego] de Brieva, Francisco de Santa María, Jerónimo Nuñez., ante el escribano Francisco Guillén.

Chancillería de Valladolid

Traslado autenticado de los autos y sentencia a favor del convento de San Esteban y del monasterio de Nuestra Señora de la Vega en el pleito contra el doctor Diego Alonso Benavente sobre el término de Pegollo (1502)

Sigue el pleito, abajo otro aspecto, con el doctor Diego Alonso de Benavente sobre el término de Pegollo, (se indica que es yermo desde hace tiempo). Los renteros del convento de San Esteban y del monasterio de Nuestra Señora de la Vega, tiene derecho a pasar por el termino dicho y pueden llevar ganado. Ante Sancho Sánchez escribano. Al final, el alcalde de Salamanca, Pedro de Ayllón, manda que a ambos monasterios se les devuelva el ganado ovejuno que les han tomado, Salamnca, 29 /03/1503.

Convento de San Esteban de Salamanca

Proceso entre el Colegio de PP. Dominicos de Vergara y el Ayuntamiento sobre la Banda Municipal de Música (1949-1951)

  • ES 37274.AHDOPE B-C-VER-b-2-1-19
  • Item
  • 7 de noviembre de 1949 - 11 de abril de 1951
  • Part of Fondo B (Archivo Nuevo)

Contiene:
-Cartas del P. Cándido Miranda al alcalde del Ayuntamiento de Vergara con protesta sobre la Banda que toca en los soportales del Real Seminario, 07/11/1949 y 17/02/1950.
-Cartas en borrador del P. Cándido Miranda al Juez de Primera Instancia del Partido Judicial de Vergara (17/05/1950) y al Gobernador de la Provincia de Guipúzcoa (27/11/1950).
-Comunicación del Gobernador Civil de Guipúzcoa al P. Rector del Seminario de Vergara en la que se cita la respuesta del Ayuntamiento, 11/04/1951.

Miranda Cachero, Cándido, O.P.

Demanda Contenciosa de los PP. Dominicos de Corias por la cuestión de la casa de Navelgas

La Demanda contenciosa, escrita por el abogado D. José Guimón Eguiguren, Madrid, 29/05/1939, es sobre el edificio del Colegio del "Santísimo Sacramento" de Navelgas. Construido por el Colegio de Corias, como heredero de los bines dejados por D. Ignacio González García, por su testamento en La Habana, 22/04/1912, que dejaba todo a los dominicos de Corias para hacer un centro benéfico de enseñanza primaria y secundaria. Debía tener (o creer) que tenía dinero abundantes, pero a la hora de la muerte y pagos de los albaceas, se entregó a los dominicos 19.725'40 pesos, o lo que es igual 84.819'20 pts. con una renta de 4.240'96. La gente del pueblo, sin saber lo que había dejado, hablaban de 100.000 pts. del legado dejado al pueblo; y así pidieron que se les diera 50.000 pts. para adquirir una casita donde se dieran las enseñanzas. Los herederos (los dominicos) viendo lo exiguo de la renta decidieron que era mejor, construir por su cuenta el edificio (construido tiene un valor de más de 250,000 pts. y dejar el capital y con la renta para hacer frente a los gastos de mantenimiento de las enseñanzas que deseaba el bienhechor, en la planta baja del edificio, y el resto de éste para las necesidades de la comunidad de dominicos, que debían enseñar y educar. Y así los dominicos comenzaron a dar las enseñanzas en el curso 1928-1929. Pero la legislación del 1934 y la Junta Provincial de Bienes Benéficos incluyó este centro como una Fundación u Obra Pía, que nada tenía que ver con la institución de los dominicos como herederos del bienhechor de La Habana. Pero el proceso revolucionario en Asturias en octubre de 1934 cogió al P. Nicolás Albuerne en Villamejín, con lo que del 3 al 23 de octubre, no pudo salir dada la persecución de los religiosos y fueron esos días cuando se notificó y se ejecutó la clasificación del edificio como bienes propios de una fundación benéfica. Lo que suponía que el edificio construido por los dominicos de Corias con su dinero propio se lo quitaban. Después de largo tiempo el pleito llegó a esta Demanda contenciosa, que firma y entrega el abogado José Guimón, en Madrid, 29/ 05/1939. Al final, hay unos folios de copias de documentos: una fotografía del conjunto de Navelgas (que no está en este escrito), nn 2 y 3: certificado del abogado secretario del ayuntamiento de Congas del Narcea; certificación de los PP. de Corias, de la elección del P. Nicolás Albuerne como prior de Corias. y 5, acta notarial requerida por el P. Nicolás Albuerne, de cómo este no pudo salir de Villamejín del 3 al 23 de octubre de 1934, dada en Proaza el 1939. Por eso no pudo hacer la reclamación de la clasificación del Navelgas.

Convento de San Juan Bautista de Corias

Dictamen a la Consulta jurídica sobre el cambio del precio fijado en el contrato por Organería Española S.A. por el órgano encargado por los PP. Dominicos de Vergara, 04/12/1948

Dictamen del abogado D. Carlos Loidi de los hechos ocurridos entre Organería Española, S.A. y los PP. Dominicos de Vergara por incremento del precio fijado para el órgano de la iglesia.

Loidi, Carlos (abogado)

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