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Inscripción de la Comunidad de PP. Dominicos de Vergara en el registro del Ministerio de Justicia a través del Secretariado de los Institutos Religiosos de España (1933-1934)

Contiene:
-5 informes del estado de inscripción de la Comunidad de Vergara en el Ministerio de Justicia, 28/08/1933, 01/10/1933, 12/11/1933, 27/03/1934, firmados por D. José María Lasaga, D. Juan Postius, y D. V. Peña Ruiz.
-Resguardo de la Inscripción de la Casa en el Ministerio de Justicia (adjuntado en la carta del 27/03/1934), 09/03/1934.
-Borrador de Carta del P. José Cuervo al P. Superior de Vergara, insiste en enviar la documentación para la inscripción.

Secretariado de los Institutos Religiosos de España (SIRE)

Reglamentos sobre el traslado de matrículas de alumnos de Institutos y Aprobación de certificaciones oficiales y traslados (1903-1906)

Contiene:
-Reglamentando la matrícula y traslado de los alumnos de Institutos. Aprobación del Ministro de Instrucción Pública, D. Gabino Bugallal del proyecto de Decreto, Madrid, 25/08/1903.
-Real Decreto a propuesta del Ministro de Instrucción Pública, San Sebastián, 26/08/1903.
-Real Orden autorizada por D. Vicente Santamaría en relación a la instancia del P. Buenaventura García Paredes para que los alumnos del Instituto de Segovia puedan examinarse en Ávila, Madrid, 05/05/1906.

Bugallal Araújo, Gabino

Respuesta del P. Rector de Corias, Fr. Nicolás Albuerne, a la resolución del Ministerio de Instruc. Pública y Bellas Artes. Fundaciones benéfico-docentes, por la clasificación de benéfico-docente particular del Colegio de Navelgas.

Recibida la resolución del Ministerio de Instrucción Pública con la clasificación del colegio de Navelgas como benéfico-docente particular, cuya copia simple, con algunas correcciones que se deben al P. Fr. Celestino Alonso, se conserva aquí en dos folios mecanografiados, el P. Rector del Colegio de Corias da su respuesta, dirigida al Ilmo. Sr. Director General de Primera Enseñanza. Señala que existe error al pretender convertir en Deuda Perpetua interior al 4% en nombre de la Fundación las 84.819, pts. y 22 cts. supuestamente el poder de los frailes. El colegio ha costado, según tasación, 243.174 pts y 50 cts. No hay nada que invertir de lo dejado por el fundador. Tampoco puede inscribirse en el registro de propiedad nombre de dicha Fundación el edificio en se halla instalado el Colegio... En consecuencia, Suplica, que teniendo esta respuesta por presentada, se sirva rectificar la dicha resolución del 19 de septiembre de 1934. Corias (Cangas del Narcea) par Madrid, 26 de diciembre de 1934. Firma autógrafa del Fr. Nicolás Albuerne Álvarez.

Colegio de S. Juan Bautista de Corias

Oficio de La Junta Provincial de Beneficencia de Oviedo a los Patronos de la Fundación «Santísimo Sacramento" Instituida en Navelgas, y respuesta del P. Superior

El oficio, original de la Junta Provincial de Beneficencia de Oviedo, responde a un comunicado del Director General de Primera Enseñanza, para que reclame a los dominicos de Navelgas/Corias la relación autorizada de los bienes y valores que constituyen en la actualidad el capital fundacional y dónde está depositado. Se les pide remitan lo pedido con la mayor urgencia. para que los remitan. Documento original, con firma autógrafa del Gobernador Presidente.
La respuesta de los dominicos, en copia simple a máquina, en una cuartilla, se copia también el oficio, dada en Navelgas, 30 de abril de 1934. Dan la cifra de 84.819, 22 pts. y recuerdan, a la Junta Provincial, que el Colegio de Navelgas no una Fundación ni los fraile Patronos, sino herederos del testador.
Oficio y respuesta se copian, a máquina, en un folio.

Colegio de Navelgas

Carta del abogado D. José Guimón Eguiguren al P. Celestino Alonso

Carta original. Información de cómo va el asunto: le parece que no se acepta la propuesta nuestra; siguen hablando de liquidación de intereses desde que se recibieron; es posible que el edificio se reconozca como de la Orden. Espera ver el expediente pedido por el Tribunal Supremo, para ver todos los documentos. Se extraña de que no se haya hecho nueva notificación, como se decía que se haría. Pide un par de postales del colegio.

Guimón Eguiguren, José, abogado

Súplica del abogado D. José Guimón Eguiguren a la Sala Cuarta de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo

Carta copia de la original, firma a máquina del Sr. Abogado. Insiste que desde el principio del recurso solicitó la ampliación de antecedentes: no solo los del Ministerio, sino que se pidieran también los antecedentes en la Junta Provincial de Beneficencia de Oviedo, tanto con respecto a la resolución del 19 de septiembre de 1934... las comunicaciones de la Junta con el Gobernador Civil, como presidente, y lo que se haya dirigido a los Patronos de la Fundación [con varias fechas que cita]. Suplica a la Sala se sirva ordenar que con suspensión del término para formalizar la demanda se reclamen dichos antecedentes. Pide justicia, Madrid, 8 de abril de 1935,

Guimón Eguiguren, José, abogado

Carta del abogado D. José Guimón Eguiguren al P. Celestino Alonso

Cree el abogado que el P. Celestino desiste de la gestión respecto a la acumulación de intereses al capital, que se pudiera haber intentado en el Ministerio, pero parece que él (P. Celestino) prefiere que se haga en el Tribunal Supremo. Corrige al dominico en algún punto, sobre los Letrados de la Beneficencia. Se sigue esperando los informes de la Junta de Oviedo.

Guimón Eguiguren, José, abogado

Carta del abogado D. José Guimón al P. Celestino Alonso

Sigue trabajando y gestionando para llevar el asunto sin prisas, dada la actual situación. Si algo se puede conseguir, debe ser por el trabajo del abogado, con recomendaciones no se va a logar nada. Mejor es no acudir a ellas.

Alonso Villar, Celestino José, O.P. (beato)

Requisitos del Registro de la Propiedad de Oviedo, para que los dominicos puedan hacer una escritura, ante notario, con el Instituto de Crédito para la Reconstrucción Nacional, para inscribirse en cuanto a la hipoteca sobre el convento, que va a reconstruirse

Se le indican tres requisitos, de los que se le pide la escritura del Rescripto, con la licencia, de la Santa Sede, para que puedan contraer un préstamo de 2 millones de pesetas, y una escritura de certificación, legalizada, del P. Provincial , O.P. y secretario del Capítulo o Consejo Provincial, donde conste el acuerdo de la Provincia, para que se lleve a cabo el préstamo con el Instituto del Crédito y se garantice el préstamo con la hipoteca del inmueble a construir.
Incluimos en este mismo documento una cuartilla manuscrita, del P. Fr. José Cuervo, que es la misma carta del Registro de la Propiedad de Oviedo, pero en papel timbrado del convento de de Madrid.

Registro de la Propiedad de Oviedo

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