Impuestos sobre bienes de la Iglesia

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Comunicado del Nuncio Apostólico, cardenal Vico, al P. Prior Provincial (1912)

Carta reservada del Nuncio al P. prior provincial, Madrid, 23/02/1912.
Comunicación de la Nunciatura Apostólica al R.P. Provincial, Fr. Esteban Sacrest, Madrid, 23/02/1912. Comunica que el Presidente del Consejo de Ministros, quiere llegar a una solución conciliadora en la cuestión de los impuestos, prometiendo suavizar la ley de diciembre de 1910, en la cuantía y procedimiento. La Santa Sede ha contestado que tal impuesto viola la inmunidad real de la Iglesia y el propio Concordato, y no puede tolerar, sin publica protesta, que los bienes de la Iglesia sean gravados con gabelas, sin acuerdo previo con la Santa Sede. Pero ésta por el espíritu de concordia y de benevolencia hacia España y contando con la promesa de dicho Presidente del Consejo, ha determinado suspender la protesta y permitir a las entidades eclesiásticas "solo por el presente año", la presentación de documentos y el pago de los impuestos. Cardel Vico, pro-nuncio Apostólico. En PD, la Nunciatura dice. «Si recibe V.P. algún requerimiento de parte del Gobierno haga declaración de los bienes que está a nombre de la comunidad, o del superior como tal. Madrid, 04/02/1912 (sic): De ser 24 de febrero. Es un pliego, con timbre de la provincia de España, O.P. y Reservada, Firma del P. Fr. Esteban Sacrest. Conservación buena pero bordes sucios.

Sacrest, Esteban, O.P., Provincial Prov. España