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Apeo de las tierras del convento de San Pablo en el término de Renedo, 1490

  • ES 37274.AHDOPE A-B-VAp-16-1-1 y 2
  • Uni. doc. simple
  • 03/02/1490 -11/03/1490
  • Parte deFondo A (Antiguo)

El 3 de febrero de 1490, García de Salamanca, mayordomo del convento de San Pablo pide en nombre del convento hacer el apeo de las tierras que tiene en Renedo. Se hace el apeo ya en Renedo el 11/03/1490. Ante Alfonso de Salamanca, escribano y notario público. El escrito lleva en los margenes los nombres que tenían las tierrras. El apeo se presentó más tarde, 07/09/1531, por Fr, Pedro Nieto y también el 12/09/ de 1531.

En su interior hay un pliego suelto, mucho más tardío. que es una escritura de poder de Jorge Pérez, vecino de San Martín de Valdetuejar, ante Lorenzo Presa y Delgado, 31/12/1695, para litigar y defender su hidalguía. Lo firma y signa el escribano en la villa de Renedo de Valdetuejar (León), 19/01/1696.
Sin duda quien lo catalogó en el siglo XX se fijó en lo de Renedo; pero nada tiene que ver ni con el apeo ni el lugar de Renedo del doc. 1, que se refiere a Renedo de Esgueva (de Valladolid) y (pero esta escritura es de Renedo de Valdetuejar, no del de Valladolid). Copia auténtica firmada por el escribano.

Convento de San Pablo de Valladolid

Testificaciones de la hidalguía de Domingo y Sebastián de Gonzalorena, de la tierra de Aia y valle de Oyarzún (1564-1710)

  • ES 37274.AHDOPE A-B-VAp-9-8
  • Uni.doc. comp.
  • 12/09/1564 - 1710
  • Parte deFondo A (Antiguo)

La probanza la pide D. Antonio de Gonzalorena, vecino de San Sebastián y maestro de fábricas de navíos, San Sebastián, 10/06/1707, por su procurador, Juan de Zizur. El proceso de esta hidalguía contiene documentación de la familia Gonzalorena ( o Gonzalotegui), y comienza, teniendo en cuenta que falta el f. 1) en 11/09/1564, con la petición de Domingo y Sabastíán Gonzalorena,en la audiencia pública de Yenoa (en otro lugar, Yeroa) tierra de Aia (Aya) y valle de Oyarzun. La aprobación y declaración de hijodalgo se termina en la Junta provincial de Guipúzcoa, celebrada en Zumaya, el 16/05/1710, con el sello de la junta, de papel pegado con lacre. En la documentación se recogen y transcriben testimonios, partidas de bautismo, de matrimonio etc. También se transcribe la Ordenanza de Carlos I y la reina doña Juana, su madre, sobre la vecindad de hijosdalgo en la provincia, dada en Valladolid, 13/07/1527. Al final se copia el privilegio de la reina doña Juana a la provincia, para que coloque las armas en el escudo que ya tienen, por la actuación contra las tropas francesas en Navarra y la conquista de Pamplona, dado en Medina del campo a 28/02/1513. Conserva el escudo de la provincia de Guipúzcoa, de papel pegado con lacre.

Gonzalorena, Domingo