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Carta del P. prior de Plasencia al P. vicario general de la orden de predicadores y del P. provincial al mismo vicario general y de éste al prior de Plasencia (1835)

  • ES 37274.AHDOPE A-B-PLA-1-1
  • Uni. doc. simple
  • 24/02/1835 - 13/03/1835
  • Parte deFondo A (Antiguo)

El P. Juan Moreno, maestro y prior de Plasencia escribe al P. Vicente Bernardos de Quirós, vicario general, exponiéndole la condena del maestro Madruga (¿por no jurara la constitución?) que repercutió en formar causa al P. provincial Mena, y éste condenó al maestro Madurga. El prior de Plasencia quiere que las costas del juicio y condena las pague la provincia de España. El P. Vicente Bernardos de Quirós pasó la c arta el provincial P. Apellániz, quien le contesta (el 11 de marzo) aplicando las leyes de los dominicos, por las que debe pagar el convento. El vicario general en el mismo pliego, remite la carta a Plasencia, sentenciando que es el convento quien debe hacer cargo de las costas.

Moreno, Juan, O.P., prior de Plasencia

Documentos inciertos de pertenecer al convento de San Esteban de Salamanca (1760)

-El Cuaderno 1 es una transcripción del Códice "Vallicell. K 37". Está, pensamos, traducido al italiano. Y es la escritura de la condena como hereje de Pietro Carnesecchi, del que se dice que era hereje desde 1540, había sido discípulo de Juan Valdés, español, en Nápoles. La condena fue firmada en Roma, 16 de agosto de 1567 y publicada en la iglesia de Santa María sopra Minerva, el 21 de septiembre de 1567. La condena se extiende a Marco Antonio Flaminio. Está en italiano.

-El cuaderno segundo, es una recopilación de reflexiones en respuesta a 4 cuestiones sobre algunas proposiciones reveladas por alguna mujer, sierva de Dios. Lo que se consulta es si hay repugnancia de parte de la materia, que sean reveladas: si puede darse que comulgando, de viático, quedase tan unida a Cristo sacramentado que por fuerza de la eucaristía la llevase del cuerpo y esta volara al cielo con el mismo sacramento; si puede obedecer a su director desde el cielo como lo hacía en la tierra; si es doctora mística aunque no haya escrito nada, pero sí ha dictado; si en el cielo se le puede tener por canonizada por mártir sin haber muerto por la fe; también porque ha dicho, revelado, que es profeta y profeta de profetas. Son varios los escritos orientados a promover la cusa de beatificación, ya desde antiguo, por la letra y la materia del papel. Quien contesta a las preguntas es Fr. Antonio de San José, datando su respuesta en Huesca, 26 de mayo de 1760.

Inqusición romana