Clasificación de Beneficencia

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Copias del Expediente del Ministerio de Instrucción Pública y Bellas Artes Relacionado con la fundación del Colegio de Navelgas.

Comienza con una carta de las madres de familia de Navelgas a la Reina, para que se lleve a cabo la realidad del último deseo de D. Ignacio González García, datada en Navelgas, 1920-07-29, por la maestra del pueblo doña Bibiana López. El Ministerio, que no tiene noticia del legado ni del Colegio, pide al gobernador civil, Presidente de la Junta Provincial de Beneficencia de Oviedo, información al respecto. así comienza todo. Los frailes contestaron a algunas peticiones de la Junta Prov. de Oviedo el 16 de marzo del 1923. No tiene los documentos originales, porque están en la Habana, sería necesario pedirlos, pero envían copia simple del testamento y del recibo de la herencia. Recalcan que es insuficiente lo dejado para levantar y sostener, y menos en Navelgas, un colegio d e 1ª y 2ª enseñanza y han optado por la mejor opinión de letrados, que es hacer lo que se pueda con el legado, y es lo que opinan también los vecinos de Navelgas. Se establecería un centro de estable y completo de 1ª enseñanza; algo de la 2ª y algunas clases de aplicación práctica par los jóvenes. Los intereses del legado no se tocan, porque se destinan sustento del personal docente. El Ministerio de Instrucción Pública sigue pidiendo, a los frailes de Corias, más informes: escritura fundacional, para "proceder a una clasificación" y relación de los bienes suscrita por ellos, data: Madrid, 1923-11-23. Hay informes que los frailes dan respuesta pero no a satisfacción del Ministerio, por lo que éste termina por "clasificar el Colegio de Navelgas de" Beneficencia particular docente", con las obligaciones de presentar presupuestos y rendir cuentas anualmente al Protectorado", Madrid, 19 de septiembre de 1934; comunicado por la Junta Provincial de Beneficencia de Oviedo, el 24 de septiembre de 1934 (ver la clasificación y comunicación en. B-C-NAV-b- 2-1-doc.1).

Ministerio de Instrucción Pública y Bellas Artes.

Título V. Instituciones de Beneficencia

Como su título indica, se refiere a las instituciones de Beneficencia, usando la diversa legislación sobre los mismos. Cita la legislación desde 14 de marzo de 1899 hasta la circular de Gobernación del 21 de julio de 1922. Se fija especialmente en las Fundaciones benéfico docentes y las obligaciones de los Patronos.

Legislación de Estado