castigos y penitencias

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Carta del P. Manuel Montoto al P. Fr. José Cuervo López, Provincial, Caserta (1931)

Está en Caserta, con Mons. Moriondo, descansando una semana. Acusa de recibo de la del P. Cuervo, muy interesante y apreciada. Cuando vuelva a Roma, intentará resolver lo que le pide, especialmente lo de Texas.
Problema del P. Fr. Ángel Gómez, que lleva en Salamanca, bastante tiempo castigado, con suspensiones parciales, aunque se ha portado muy bien; siente la limitación de confesar; dice que no puede más y pide la exclaustración temporal. El P. Montoto no prefiere que salga aunque sea temporalmente; pero es el Provincial quien debe actuar. Toca el problema de las contribuciones de las contribuciones de las provincias a la Curia General, porque hay que pagar en breve dos millones. Verá lo que puede hacer cuando vuelva a Roma.

Montoto Álvarez, Manuel, O.P.

Sentencia contra Fr. Jacinto Ramírez, religioso profeso lego del convento de Pamplona (1651)

  • ES 37274.AHDOPE A-B-PAM-3-1
  • Uni. doc. simple
  • 07/05/ 1651 - 26/05/1651
  • Parte deFondo A (Antiguo)

Se proclama la sentencia dictada por el definitorio del capítulo provincial celebrado en el convento de San Ildefonso de Toro, 07/05/165, contra fray Jacinto Ramírez, religioso lego del convento de Santiago de Pamplona, condenado por dicho definitorio a ser despojado del hábito religioso, entregado a la justicia civil y condenado a 10 año de galeras de remo, sin sueldo. Tras cumplir los 10 años, volverá al convento de Pamplona, donde se le señalarán penitencias saludables. Los delitos no aparecen en el documento. El cumplimiento de la sentencia se hace en el convento de Pamplona el 26/05/1651, viernes, entre las cuatro y cinco de la tarde. Estando presentes algunas autoridades civiles y la comunidad de frailes, entre los que se citan al P. maestro Fr. Domingo Reluz, prior, Fr. Juan de Vera, suprior, y Fr. Leonardo Arroyo, lector y secretario de la causa. Se azota al reo, se le quita el hábito, se le viste de seglar y esposado lo conduce la justicia de la ciudad a la cárcel, para enviarlo a galeras. Ante el escribano Juan de Iruñela y Vaquedano, que lo confirma con el testimonio de verdad, con su signo y firma, y otros escribanos del reino de Navarra certifica la firma y el oficio de dicho escribano, en Pamplona, a 10 de octubre de 1661 (sic).

Perlines, José, O.P., maestro y calificador del S.O.