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Escritura del pleito sobre el juro que tenía D. Felipe de Salazar y otros bienes, entre sus herederos (1606-1635)

  • ES 37274.AHDOPE A-A-VAp-20
  • Uni. doc. simple
  • 14/10/1606 - 16/04/1635
  • Parte deFondo A (Antiguo)

Contiene:
-Traslado de privilegios de Felipe II a favor de Pedro Palomino (1546 a 1596). El traslado del 16 de abril de 1635.
-Testimonio de cómo el juro pasó a D.ª Elvira de Verdesoto Maldonado, el 19 de septiembre de 1633.
-Venta judicial a favor de doña Juana de Palacios.

Verdesoto Maldonado, Elvira

Escritura de mandato otorgada por D. José Ozores Valderrama, como curador ejemplar del incapacitado don Eduardo Camus y Ozores a favor de D. Evaristo del Diestro, vecino de Santander (1882)

Escritura de mandato ante D. Eduardo Hermenegildo Hernández, Notario, Madrid, 07/10/1882. Contiene también un folio de las cuentas que presenta D. Evaristo del Diestro a D. José Ozores Valderrama.

Ozores Valderrama, José

Escritura de la Dotación de la capilla mayor y sacristía de San Pablo de Valladolid y del Patronato de la Iglesia, casa y convento que se dio a los Exc. Sres. D. Francisco de Sandoval y Rojas y Dña. Catalina de la Cerda , duque y duquesa de Lerma (1600)

  • ES 37274.AHDOPE A-B-VAp-17-2-1
  • Uni. doc. simple
  • 06/12/1600
  • Parte deFondo A (Antiguo)

La escritura comienza con la reunión de los frailes de San Pablo, en el capítulo (ver área de notas), bajo la autoridad del P. Fr. Alonso Pérez, prior y presentado. Los duques piden al convento la capilla mayor y la sacristía para sus enterramientos y el de los sucesores, y el patronazgo de la iglesia, y obligaciones de sacrificios, memorias y sufragios y con la dotación correspondiente. El convento tiene licencia escrita del P. Provincial, Fr. Andrés de Caso. Siguen las capitulaciones, que son 56 y los tres tratados en los capítulos de los religiosos, con los nombres de los asistentes. Los duques se obligan a dar y consignar más de 4.000 ducados de renta al año. Valladolid, 06/12/1600, ante Juan de Santillana. El mismo día se nombró juez conservador a D. Joan Martínez Recalde, prior provisor de la catedral.
La escritura es la copia auténtica del escribano Juan de Santillana para el convento.

Convento de San Pablo de Valladolid

Escritura de juro, El prior,frailes y convento del monasterio de San Juan de Peñafiel, O.P., 27.778 de juro al quitar a 20.000 el millar (1628)

El rey vende al prior, fraileas y convento de San Juan de Peñafiel, O.P., 27.778 mrs. de juro al año con la obligación de una misa rezada con su responso por el alma del Revmo. don Pedro Manuel, arzobispo de Santiago, en la capilla de dicho monasterio donde está enterrado dicho arzobispo, quien había pagado 555.570 mrs. al quitar, cuando los reyes quisiesen, a 20.000 el millar y que con carta de privilegio de Felipe II (23/09/1574) se habían situado en las alcabalas de Toro, y ahora se sitúa la renta sobre los puertos secos de Portugal. El tesorero del rey da carta de pago al convento por los 555. 570 mrs, en Madrid, 17/06/1628). Se firma la carta de privilegio en Madrid, a 16 de agosto de 1628.

Convento de San Juan y San Pablo de Peñafiel

Escritura de juro. El prior, frailes y convento del monasterio de Sampablo (sic) de la villa de Peñafiel XXX mil de juro de 25.000 mrs. el millar (1618)

El convento tenía carta de privilegio del rey Felipe II de un juro de 30.000 mrs., al quitar, por el tiempo que el rey quisiese, a razón de 20.000 el millar, sobre la alcabalas de Medina del Campo, venta firmada por el rey en el Pardo, 11/12/1578, en la que Juan Fernández de Castro, en nombre de D. Rodrigo Manuel y Juana de la Cerda, da al rey 600.000 mrs y se señalan las condiciones que deben cumplir los frailes de Peñafiel por los 30.000 mrs. anuales que les renta el juro. La caída de las rentas en Medina y otras ciudades, hace que por este escrito el rey, a petición del los frailes, pase la renta del juro a las alcabalas de la carne y charquería (sic) de Madrid. Por este escrito se rasgan todas las cartas de privilegio anteriores, de este asunto. Dada en Madrid, a 5 de septiembre de 1618.

Convento de San Juan y San Pablo de Peñafiel

Escritura de cesión de una sepultura de primera clase en el cementerio general de Valladolid, en precio de 875 pts. Otorgada por el Alcalde a favor de doña Enriqueta Guerra Riesgo, viuda (1887-1936)

Contiene:
-Escritura de cesión ante D. Justo Melón Sánchez, notario, en Valladolid, 25/01/1887. Al principio lleva la carta de pago de 720 pts., Valladolid, 20/01/1887.
-Registro de defunción de Doña Enriqueta, Valladolid, 30/08/1887.
-Carta de pago del entierro de doña Dorileta Guerra Riesgo al Ayuntamiento de Valladolid, 03/02/1930.
-Certificado del registro General de Actos de Última Voluntad, de Enriqueta Guerra Riesgo, Madrid, 15/02/1936.
-Al final: Recibo de 26 pts. con 5 cts. del pago de doña Enriqueta a la Hacienda Pública de la provincia de Valladolid, 27/01/1887.

Ayuntamiento de Valladolid

Escritura de Censo a favor de D.ª Catalina de Verdesoto y D.ª Elvira de Verdesoto contra Antonio Bázquez e Isabel Esparça, su mujer (1633)

Escritura de censo a favor de las hermanas Verdesoto contra Antonio Vázquez. Más tarde perteneció solo a D.ª Elvira de Verdesoto. Año de 1633 (aunque en la pasta pone 1651). Contiene el mismo censo, anteriormente hecho por Luis de Vitoria, esposo de D.ª Catalina de Verdesoto. Año de 1629. Incluye:
-Carta de transacción y sesión, Valladolid, 17/11/1633.
-Carta de venta y censo por Luis de Vitoria, 27/02/1629.

Verdesoto Maldonado, Elvira

El P. Segismundo Cascón, Provincial de España, solicita del arzobispo de Madrid-Alcalá, cambio del permiso para erigir casa en La Navata, en lugar de Aravaca, como estaba concedido. Y concesión del arzobispado. 1969

Recuerda el P. Segismundo que el 7 de junio de 1967 se les había concedido erigir casa religiosa en el término de Aravaca, para un instituto de Actividades Pastorales, con proyección nacional; por varios motivos, que señala, no se ha podido realizar la fundación. Ahora, una fundación privada que quiere urbanizar la zona de La Navata, parroquia de Galapagar, ha ofrecido terreno y la función, amén de las que ya se habían expuesto, como ayuda a la parroquia de Galapagar. Sobre esta fundación está al corriente y alienta a los dominicos a llevarla a cabo el obispo auxiliar de Madrid, D. Ángel Morta, conocedor de los terrenos y las circunstancias de La Navata. En consecuencia, suplica que el permiso dado hace dos años para fundar en Aravaca sea cambiado para la dicha zona de La Navata. La respuesta del arzobispado es favorable a que se haga el cambio del lugar de la fundación. Y lo concede.

Cascón Pérez, Segismundo, O.P.

El P. Provincial, Fr. Segismundo Cascón, propone al obispo de Santander, el nombramiento del P. Fr. Enrique Fernández como vicario y capellán de las monjas dominicas de Santillana del Mar

D. Eugenio Beitia Aldazábal, había dimitido, por falta de salud, en enero de 1965 y quedó hasta agosto como Administrador Apostólico. El documento se dirige al obispo de Santander, sin poner nombre.
Por fallecimiento del P. Fr. Florentino García, O.P., se debe nombrar a otro dominico como capellán y vicario del monasterio de dominicas de Santillana del Mar. Se propone para dicho cargo al P. Fr. Enrique Fernández, O.P. confiando que el obispo lo confirmará.

Cascón Pérez, Segismundo, O.P.

El P. Provincial, Fr. Segismundo Cascón, propone al obispo de Bilbao, el nombramiento del P. Fr. Juan Garitano como vicario de las monjas dominicas de Bilbao.

Se ha de proceder al nombramiento de un Vicario para las monjas dominicas del monasterio de la Encarnación de Bilbao, y presenta al obispo al P. Fr. Juan Garitano Otaduy, de la comunidad de dominicos de Bilbao. Suplica que extienda el correspondiente nombramiento.

Cascón Pérez, Segismundo, O.P.

El P. Fr. Cándido Ániz Iriarte, vicario provincial, solicita permiso del obispo de Sigüenza, para la casa religiosa en Guadalajara.

Habiéndose comprado terrenos para instalar los talleres de imprenta de servicios para la Provincia de España, es necesario tener una casa donde vivan los religiosos que han de trabajar en dicha imprenta. Solicita el permiso del Sr. obispo para erigir la casa religiosa.

Castán, Laureano, obispo de Sigüenza-Guadalajara

El obispo de Sigüenza-Guadalajara, D. Laureano Castán, ratifica la concesión para erigir casa de dominicos en Guadalajara. 1969

Al parecer el P. Provincial, Fr. Segismundo Cascón, ha pedido licencia para erigir casa de dominicos para los religiosos encargados de la imprenta sita en Guadalajara, por carta recibida en el obispado el 13/10/1969. El obispo responde que ya había contestado afirmativamente el 17/10/1968. Para evitar extravíos le envía una nueva copia del documento de de la licencia pasada.
Tanto la petición del P. Provincial como la coipa de la licencia están en esta misma Unidad Documental Compuesta (o expediente) con los nn. de documentos 11 y 12.

Cascón Pérez, Segismundo, O.P.

El obispo de Sigüenza-Guadalajara concede el permiso a la Provincia de España para erigir casa en Guadalajara (término de Cabanillas del Campo)

El Sr. obispo, D. Laureano, atendiendo la súplica anterior del P. Cándido Ániz, concede permiso para erigir casa de dominicos en el término municipal de Cabanillas del Campo (Guadalajara).

Castán, Laureano, obispo de Sigüenza-Guadalajara

El obispo de Madrid-Alcalá pide al Superior de los dominicos la autorización que se tiene para construir una nueva iglesia a Nuestra Señora del Rosario, en la Calle de Torrijos (1912)

Por la prensa y noticias particulares ha conocido conocido el r. obispo de Madrid-Alcalá el proyecto de construir la nueva iglesia de Nª. Sª del Rosario, en la calle de Torrijos. Quiere saber si tienen todas las autorizaciones para esto. El P. Provincial seguía siendo el P. Sacrest.

Salvador y Barrera, José María, obispo de Madrid-Alcalá

El obispado de Oviedo suplica al Santo Padre se digne dar rescripto para ejecutar lo convenido con el P. Provincial O.P., sobre el convento de Oviedo

La súplica se hace en nombre del obispo y del P. Provincial, O.P. Breve resumen de las relaciones entre la diócesis y los dominicos de Oviedo, la historia de los edificios del seminario diocesano y del convento de los frailes, donde por dos ocasiones se instaló el seminario. Ahora que la diócesis tiene un nuevo seminarios, ambas entidades suplican lo que han acordado: Que los dominicos puedan volver a inscribir en el Registro Público de la Propiedad la iglesia y el convento, que ahora está a nombre de la diócesis; que los dominicos paguen a la diócesis el valor del prado, al mediodía, que adquirió la diócesis y el suelo de la "casina", según el valor de los peritos; ambos renuncian a cualquier otra carga fuera de lo de lo establecido en este contrato. Oviedo, 22 de noviembre de 1945. Nombre mecanografiado de Benjamín, obispo de Oviedo.

Arriba y Castro, Benjamín de, obispo de Oviedo

El obispado de Oviedo suplica al Santo Padre (Sagrada Congregación del Concilio) se digne dar rescripto para ejecutar lo convenido con el P. Provincial O.P., sobre el convento de Oviedo

Este documento es prácticamente lo mismo que el anterior, aunque la redacción latina es un poco diferente; la fecha y firma son propias de este documento y se señala que la cantidad estimada por los peritos que han de pagar los frailes a la diócesis, por el prado y "casina" es de 131.000 pts. La presentación es como el documento oficial de la súplica, muy buen papel, sello, limpio y con el protocolo N.667/46. O.A. Oviedo, 22 de marzo de 1946.
Recordamos:
La súplica se hace en nombre del obispo y del P. Provincial, O.P. Breve resumen de las relaciones entre la diócesis y los dominicos de Oviedo, la historia de los edificios del seminario diocesano y del convento de los frailes, donde por dos ocasiones se instaló el seminario. Ahora que la diócesis tiene un nuevo seminarios, ambas entidades suplican lo que han acordado: Que los dominicos puedan volver a inscribir en al Registro Público de la Propiedad el antiguo convento con la iglesia, suelo y ruinas pertenecientes al mismo, que ahora está a nombre de la diócesis; que los dominicos paguen a la diócesis el valor del prado, al mediodía, que adquirió la diócesis y el suelo de la "casina", según el valor de los peritos; ambos renuncian y se liberan de cualquier otra carga fuera de lo establecido en este contrato.

Arriba y Castro, Benjamín de, obispo de Oviedo

El Duende de Madrid

Es una selección, recopilado, por un autor anónimo, la encuadernación, y es de suponer este contenido, es de la época de Fernando VII, pues en la encuadernación se ha usado un folio en el que se lee, aunque con mucha dificultad, : valga para el reinado de D. Fernando VII. A veces está escrito a dos columnas, y, aveces pone la fecha de referencia a la famosa revista.

San José, fray Manuel de, OCD

Ejercicios. Sermones (1931-1934)

Apuntes de sermones del P. Aguilar. Ejercicios espirituales y otros temas. Empieza en Madrid, 17/01/1932, y termina en Pamplona, 06/1934. Lleva índice al final. Incluye apuntes diversos de otros sermones en cuartillas sueltas. En la portada aparece la fecha de fallecimiento del P. Eduardo Aguilar, 04/12/1949.

Aguilar Donís, Eduardo, O.P.

Ejecutoria de los bienes del obispo D. Fr. Cayetano Benítez de Lugo, obispo de Zamora, al convento de San Esteban (1743)

  • ES 37274.AHDOPE A-B-SAL-26-2-1
  • Uni. doc. simple
  • 09/12/1743
  • Parte deFondo A (Antiguo)

Fr. Juan Gallego, estando en Madrid, a 09/12/1743, con poder del convento de San Esteban, solicita que tras dos provisiones sobre el expolio del obispo Benítez de Lugo, y la probanza de favorable de la Cámara apostólica, se había dado sentencia, en 25/10/1741 y auto por cosa juzgada, del 18/11/1741, por el que se manda se entregue al convento de San Esteban la librería. cuya memoria fue presentada y firmada por el padre provincial P. Fr. Juan Balsera, prior de San Esteban, en 14/10/1739 y consta por inventario. Pide que se le entreguen los bienes para el convento. Se le dan al convento los libros,, impresiones, pinturas, reliquias, china y demás cosas. Se hacen partidas de lo entregado: ropas, pinturas: Imagen de Santa Catalina de Sena, en tafetán, otras 2 estampas en tafetán, una la entrada del Gregorio XI en Roma y la otra de San Juan de la Cruz, 5 láminas de cobre de cuarta de alto y poco más de ancho, la una de nuestro Salvador y las 4 de nuestra Señora, todas sin marco; 4 vitelas recortadas de diferentes imágenes con marcos negros y tarjetas; abundan las cosa de China, tazas, platos, jícaras, algunas piezas de marfil, de adorno... Todo ante Antonio José de la Fuente, secretario de Provincia...

Convento de San Esteban de Salamanca

Edicto del obispo de Santader, D. Rafael Tomás Menéndez de Luarca, sobre los privilegios de la Santa Cruzada a los oratorios privados

El cuaderno responde a la Orden Real, dada en Madrid, 15/12/1797 por la que se pide al obispo de Santander, D. Rafael Tomás Menéndez de Luarca, que envíe todo los originales de un edicto que ha publicado y repartido en su diócesis, dado en Cayón, 24 de agosto de 1797, con todas todas las declaraciones de los cardenales, con antecedentes y diligencias. Además que recoja todos los ejemplares impresos y repartidos de dicho edicto. El Edicto, es la parte impresa de este documento, donde el obispo manda que en los oratorios privados solo se puede decir una misa al día, en días ordinarios, y que los domingos y festivos todos deben ir a la iglesia para cumplir con el precepto. El edicto está en latín y español.
Su Majestad interviene, bajo la influencia de el Comisario de la Santa Cruzada, y se produce una serie de Órdenes Reales y respuestas del obispo de Santander, D. Rafael Tomás Ménedez, que se niega a enviar al rey los documentos que le pide, hasta noviembre de 1798. Las Órdenes Reales están datadas: Madrid, 15/12/1797; Aranjuez, 14/03/1798; San Lorenzo, 11/11/1798 y la última, también datada en San Lorenzo, 03/12/1798, en que se comunica que se ha recibido el edicto y los documentos que pedía S.M.
Las respuesta del obispo, en Santander, 31/ 12/1797, obedece la O. R. pero no la cumple; Santander, 03/04/1798, ve los intereses de la Comisaría general de la Santa Cruzada; otra respuesta del 16/11/1798, el obispo se decide a mandar todo lo que le viene pidiendo S.M. Por último, comunicado por la O.R. del 03/12/1798, que se han recibido el edicto, las consultas a los cardenales y congregación, con lo que el señor obispo ha cumplido lo que mandaba rey, éste le comunica que pasa todo el asunto a los del Consejo Real. La respuesta del obispo es una exposición, dirigida a los de dicho Consejo Real, con las opiniones de juristas y determinaciones de Trento, sobre el derecho y privilegios de los oratorio privados. Lo hace en 55 puntos, que ocupan desde el f. 15 al 48. Datada en Santander, 20/01/1799.

Obispo de Santander

Dos cartas dirigidas al P. Aniceto, desde la Secretaría de Cámara del obispado de Madrid-Alcalá

La primera carta, del 3 de abril; espera tener una entrevista con el P. Provincial para tratar de un problema: de los muchachos de color que están estudiando en Madrid, y andan rodando por las pensiones, solos y sin ayuda. Se proyecta crear una residencia, que debe automantenerse. Pide si se puede dejar la residencia que hay en el convento de Atocha, que ha quedado libre por la fundación del Colegio "Aquinas", para esta idea. Hay gente que alienta este plan, entre ellos Mons. García Lahiguera. Confia en que resulte este proyecto: Firma: Vicente Serrano, secretario del episcopado español y Vice-Canciller del obispado de Madrid.

  • La segunda carta, fechad el 11 de junio, escribe el Consiliario diocesano de J.O.C. (Juventud Obrera Católica). Hace unos meses pidió al Superior de Atocha un padre para colaborar en esta organización. El P. Superior ofreció al P. Antonio Sánchez Vázquez y ha estado todo es curso, con plena satisfacción de la JOC, pero los militantes decían que tenía poco tiempo. Por lo que con esta carta pretende que el P. Provincial lo libere de otros compromisos y le pide la "liberación" de dicho padre para dedicarse más intensamente a la J.O.C.. Firma Martín Arroyo.

Fernández Alonso, Aniceto, O.P.

Dos cartas del abogado D. Ramón G. López al P. Celestino Alonso

La primera carta, del año 1932, responde a la lectura de la cláusula 5ª del testamento de D. Ignacio González en la Habana. Da la razón a los frailes dominicos: son el único y universal heredero, y en esta calidad. Por ello, los bienes heredados se deben destinar al fin marcado por el testador. Pero promulgada la Constitución y vigente ésta, podrán invocarse las limitaciones que en ella se establecen, respecto de las Ordenes Religiosos. Pero es indiscutible que la dueña y heredera es la Orden religiosa de Santo Domingo.
La segunda carta de 1935, el abogado advierte que al último resultado de la comunicación, 20 de octubre de 1930 (Doc. NAV-b- 2-2-doc. 2), la Comunidad no presentó reclamación en el tiempo que se le dio (la concesión de audiencia) en el momento procesal. Descuido que se debió evitar. Ahora solo queda el camino de la impugnación de la resolución ministerial, ¿Prosperará la impugnación? abriga temor, aunque asiste la rezón a la Comunidad. Pide la fecha exacta de la notificación a la Comunidad, de la resolución del 19 de septiembre 1934. Parece que si fue la notificación el 24 o 25 de diciembre, estaremos a tiempo para combatir la resolución. Tiene fe profesional.

Colegio de Navelgas

Dos borradores de cartas - exposiciones del obispo de Ávila, Fr. Fernando Blanco, a la reina Isabel II.

  • Doc. 11: Es un pliego de papel común, insiste en la importancia de los obispo en la legislación sobre la prensa en un país que es católico. La prensa periódica no deja de meterse contra instituciones y personas. Este borrador parece completo, al menos en un primer intento
  • Doc. 12: Es otro borrador del doc. 7, insistiendo en que la prensa miente diciendo que los obispos quieren meterse en política. También está escrito en un pliego pero también incompleto.

Blanco y Lorenzo, Fernando, O.P. y exclaustrado, obispo y arzobispo.

Donación del obispo de Manila, Fr. Domingo de Salazar, al convento de San Esteban de Salamanca (1594)

  • ES 37274.AHDOPE A-B-SAL-26-1-1
  • Uni. doc. simple
  • 1578 - 1595
  • Parte deFondo A (Antiguo)

Traslados de cartas y documentos para poder recibir la donación que Fr. Domingo de Salazar, hijo del convento de San Esteban, primer obispo de Filipinas. Era una donación de 2.000 ducados (de a 11 reales cada uno) y de los 2.800 reales que dejó dicho obispo, como valor de los libros, de los que al convento de México le pertenecen 1.400 y otro tanto al convento de Salamanca . Hay un poder el convento de San Esteban, xerocopia de impreso, del 07/11/1575, ante Pero Martín Cabezón. Es un poder general (ff. 5-7),con la licencia dada por el P. Pedro Fernández, provincial.

  • hay también un folio indicando los despachos y recaudos que se piden en el memorial para cobrar las donaciones del dicho obispo (f. 9). Se dice que el obispo falleció el 04/12/1594. Hay otro poder del convento, fechado en Salamanca, 03/06/1595, También ante Martín Cabezón (ff-20 - 26).
  • A los ff. 28 y 29 hay xerocopias de 2 reales cédulas de Felipe II al gobernador de Filipinas para que se pague al convento de San Esteban de Salamanca las dos donaciones del obispo Domingo de Salazar había dado. Madrid, 03/704/1595.
  • Los ff. 31-33 contienen una escritura de aceptación de la donación del obispo D. Salazar por el convento de San Esteban de Salamanca, dada a 11/02/1595, se citan a los religiosos: Rafael de la Torre, prior, Rodrigo de Luna, suprior, Pedro de Pereña, Gregorio de Prado, Andrés de San Millán, Agustín de Labata, Luis de la Cruz, Martín de San Pedro, Pablo de Vega, Simón de Santa Cruz, Ambrosio de Mantanza, Domingo de Ocampo, Pedro de Cervantes, Juan de Montalvo, Jerónimo Blanco y Francisco Ruiz; ante Pedro Ruano, escribano. Sigue la xerocopia de la donación del señor obispo, dada en Madrid,25 de noviembre de 1594, ante Francisco de Quintana, escribano, en Madrid (ff. 35-42)
  • En los ff. 46- 49 se halla el inventario de los cosas que el obispo de Filipinas, Fr. Domingo de Salazar tenía depositadas en Torrejón de Velasco, en casa de sus sobrinas.
  • Hay varias escrituras repetidas en copias varias.

Sanmillán, Andrés de, O.P.

Donación de la excelentísima señora doña Dolores Fernández Cantero al Convento de San Esteban de Salamanca, Madrid, El Olivar, 19/06/1903

Donación de 12 títulos en Deuda Perpetua al 4% con un total de pesetas nominales de 240.000. Firman María Dolores Fernández Cantero, Fr. Antonio Martínez Lozano, Provincial, y Fr. Arturo Ortega Herrero, Prior del Convento de San Esteban.

Fernández Cantero, María Dolores

Documentos y Circulares. Miscelánea 2

Tiene Índice mecanografiado en las primeras guardas con 77 documentos. Contiene Circulares, confirmaciones de Actas, cartas, Real Orden, dictámenes, exposiciones al Rey, peticiones, Actas de Capítulos, resoluciones, etc.

Boxadors, Juan Tomás de, O.P. (Maestro y Provincial)

Documentos sobre la veintena de diezmos y propiedades del colegio de San Gregorio en el préstamo de Monleras y sus anejos (1794)

  • ES 37274.AHDOPE A-B-VAg-2-1-5
  • Uni. doc. simple
  • 13/09/1794 - 09/12/ 1794
  • Parte deFondo A (Antiguo)

Sentencia definitiva del tribunal de la Rota de la Nunciatura Apostólica, a favor del Colegio de San Gregorio contra el deán y calbildo de la catedral de Salamanca, de no pagar de los frutos de los Préstamos más de veinte fanegas una y de diez media, como lo tenía de tiempo inmemorial. Madrid 13 de septiembre de 1794. Cuadernillo de 27 pp. numeradas. Copia auténtica del 9/12/1794., por el escribano Félix Hierro, escribano de San Juan de la Encinilla. El P. Fr. Lucas Conde era el Administrador de las rentas

Colegio de San Gregorio de Valladolid

Documentos referentes a los intentos para la reconstrucción del templo de Santo Domingo de Gerona

Estas hojas o escritos dependen de una instancia, que no se encuentra en este archivo, dirigida por el P. Monleón y el obispo D. José Cartañá al Sr. D. Mariano Puigdollers, y de una visita que en enero hizo el P. Monleón a dicho Sr. Puigdollers. El P. Aniceto Fernández sirve de intermediario.
La carta del 13 de abril: manifiesta la buena acogida por parte del Sr. Puigdollers de la idea de restauración del templo de Santo Domingo, único ejemplar del gótico primitivo en Cataluña; pero manifiesta que no hay dinero. El obispo tiene máximo interés y está ilusionado con la recuperación y restauración del templo. El P. Monleón, autor de esta carta, pide algo de dinero para este año para el templo.
La cuartilla es una respuesta del P. Alfonso Monleón, Gerona, 16/04/1959, a otra carta del P. Aniceto Fernández, en la que le dice que le envía una copia de la carta que escribió al Sr. Puigdollers (es la carta anterior). El obispo ha sentido mucho la falta de dinero para la restauración. Anuncia un viaje a Madrid, para ver qué se puede hacer. Agradece la intercesión del P. Aniceto.
El otro folio (n.3) es una carta del Director General de Asuntos Eclesiásticos, D. Mariano Puigdollers al P. Aniceto, en papel oficial. Comprende la desilusión que expresa la carta de P. Monleón. Le explica el funcionamiento de los presupuestos para Asuntos de templos y conventos que es bien poco. Ha solicitado para la Memoria presupuestaria del próximo bienio la inclusión de un nuevo concepto: "reconstrucción" y ha cifrado la cantidad de 2 millones de pts. A ver si Hacienda lo acepta. De momento, ha concedido para el asunto de Gerona, 25.000 pts. No es nada, pero da lo que tiene. Al final, por ser San Aniceto le envía, de propia mano, un cordial felicitación.

Fernández Alonso, Aniceto, O.P.

Documentos de reedificación del antiguo convento y edificación del nuevo (1594-1604)

  • ES 37274.AHDOPE A-B-COR-10-1-1
  • Uni. doc. simple
  • 27/08/1594 - 26/01/1604
  • Parte deFondo A (Antiguo)

El cuadernillo tiene los documentos siguientes:

Doc. 1, ff. 1-2: Real Cédula con licencia del rey Felipe II al prior y convento de Santo Domingo de 1000 ducados, que equivalen a 375.000 mrs. Los 500 duc. de saca de mulas y los otros 500 en saca de madera de ese reino a Portugal y por ello puedan sacar de Galñicia a Portugal 3.000 carros de madera de castaño, con tal que se corten donde señale el gobernador y alcaldes del reino de Galicia, para que no se pase esta licencia de la que tenemos limitada de sacar de ese reino más de 7.600 carros de dicha madera de castaño. Se concede de término 2 años, y pasados no se pueda sacar nada en virtud de esta licencia.San Lorenzo, 26/08/1594, Yo el Rey; por mandado del Rey N. S D. Luis de Salazar. Tomó la rezón Pedro Contreras. La licencia es para reedificar el monasterio, destruido por el enemigo inglés, cuando vino sobre la ciudad.
Doc. 2, f. 3: Prórroga de la licencia para sacar los 3.000 carros de madera de castaño, por otro año más cuando se cumplan los dos años de la licencia del 27/08/1594. Madrid, 04/05/1595, Yo el Rey, Por mandado del rey, D. Luis de Salazar. Obsérvese que nada dice de las mulas.
Doc. 3, f. 4: Escritura de otra prórroga de la misma licencia para sacar 3.000 carros de madera a Portugal, que el rey había dado y prorrogado en 1594 y 1595. La prórroga es por otro año añadido a los tres que ya había concedido. Toledo, 14/08/1596. Sigue sin mencionar la licencia para sacar mulas.
Doc. 4, f. 5: nueva prórroga de la licencia de sacar 3.000 carros de madera de castaño, por 6 meses más. Dada en Madrid, 17/01/1598. Inicia esta prórroga el rey [Felipe II] pero firma «Yo el Príncipe».
Doc. 5, ff. 6-7: otra escritura de la primera licencia, de 1594, también original e igual.
Doc. 6, f. 8: otra escritura de la real cédula, dada en Madrid, 04/05/1595, también original, y por otro año más, pero ésta se refiere a la licencia para sacar 1.000 mulas o muletos a Portugal, sin hacer mención de los carros de madera.
Doc. 7, f. 9: otra escritura de la real cédula de prórroga dada en Toledo, a 14/08/1596, original, se le prorroga por otro año más; pero en ésta sí se expresa también la licencia de las mil mulas y muletos. Dada en Toledo, 14/08/1596.
Doc. 8, f. 10: Otra escritura de prórroga lo misma que la dada en Madrid, 17/01/1598, pero esta se refiere solo a la saca de 1000 mulas y muletos, que se prorroga por 6 meses más. Firma: Yo el Príncipe.
Doc. 9, f, 11: Escritura en la que el prior expone que se le han dado al convento licencia y prórrogas para sacar del reino de 3.000 carros de madera de castaño, pero no se han usado esas licencias «por impedimento que hubo en mudar el monasterio y peste que al dicho tiempo se ofresció en esta ciudad y otras justas causas»; por lo que pide el prior y convento que el escribano le dé fe de que es así la verdad, Fr. Domingo Bravo, prior. Y así lo declara y da fe D. Fructuoso López de Calo, señalando que hasta ahora no han usado esas licencias ní prórrogas, por que no las han presentado ante corregidor y alcaldes mayores de la dicha audiencia, ni usado de ellas. En La Coruña, 26/01/1604, en fe lo cual signo y firma. En testimonio de verdad, Fructuoso López.

Al f. 12 v, lo frailes han escrito: «Cédulas en que da Su Magetad liçencia para sacar 3 mil carros de madwera del reino y 1 mulas, y una fe de cómo no se han executado» Otra mano, pco más tarde escribe: «Aunque se han visto estos papeles en la cámara y los medios y arbitrios que en ella de propusieron por parte del convento para que en lugar de estas licencias se le hiziese merced de ellos, hasta oy 15 de mayo de 1613 no a avido lugar de hacérsela».

Convento de Santo Domingo de La Coruña

Documento sobre las relaciones con otras provincias (Aragón y Filipinas) y el envío de frailes a América

Son notas informativas a tener en cuenta, indicando las fuentes. Trata de la Provincia de Aragón y su restauración; con la Provincia de Filipinas, para la fundación de Nieva y con provincias de Hispanoamérica y el envío fe frailes a dichas antiguas provincias americanas.

Dominicos. Provincia de España

Documento sobre Fr. Luis Alonso de la Puente enviado por D. Luis González Gallo, Madrid, 18/09/1900

Sobre Fr. Luis Alonso de la Puente, asesinado en Madrid el 17 de julio de 1834, del convento de Santo Tomás. Enviada esta biografía por D. Luis González Gallo, a quien se la facilitó el párroco de Arroyo de Valdivielso (Burgos), D. Cirilo Alonso de la Puente, ya finado.

González Gallo, Luis

Documento relativo a la Cofradía de Nuestra Señora del Rosario de Santiago [de Compostela] (1843-1856)

  • ES 37274.AHDOPE A-B-SAN-1-1-1
  • Uni. doc. simple
  • 07/08/1843 - 15/04/1856
  • Parte deFondo A (Antiguo)

El envoltorio, de papel, lleva el título: "Espediente relativo a la Cofradía de nuestra Señora del Rosario de Santiago". Dicho envoltorio contiene:

  • Un cuadernillo sin coser, de 5 hojas (última en blanco) y trata del problema provocado por la Cofradía del Rosario en un entierro de un que se funeraba en la capilla de la Cofradía, con el párroco de San Andres. Éste pide que el gobierno del arzobispo aclare la situación: Santiago, 07/08/1843, comunicación al gobierno del arzobispado (17 de agosto), y vista y determinación de dicho gobierno, que dicta una providencia conciliatoria (que está entre estos papeles con el nº 6) pero envió al gobierno civil de la provincia. Santiago, 23/08/1843. (numero: 1 en catalogación del siglo XX)

  • Cuadernillo doméstico, cosido, con el nº 14 original y en la catalog. del siglo XX lleva el nº 2: El Consejo provincial de La Coruña envía a la justicia de Santiago una real resolución sobre el pleito entre la Cofradía del Rosario y el convento de Santo Domingo de esa ciudad, que ya existía el 14/05/1778. La resolución real determinó, el 25/06/1778 que la Cofradía quedase en suspenso, pero se siguiese el pleito en la nunciatura. Más tarde el rey, mantuvo la suspensión, mientras seguía el pleito en la nunciatura y los frailes mandaban un memorial, en la que reflexionaban que los bienes de la cofradía pasasen al hospicio u obras pías de l ciudad, quedando las celebraciones a expensas de los religiosos. La nunciatura buscaba medio de terminar el ruidoso pleito sin perjuicio de los frailes, pero manteniendo la dicha Cofradía, cosa que agradó al rey. Se trataba de hacer unas nuevas constituciones para la cofradía, siempre sujeta al prior del convento, que se hicieron y fueron aceptadas por el nuncio, el rey y los representantes del convento y cofradía.04/01/1780. Tienen el cuadernillo 8 hojas (16 pp).

  • Cuadernillo doméstico, cosido, lleva numeración antigua nº 16. Sin título, con sello en seco del gobierno provincial de La Coruña. Tiene 24 pp (las dos últimas en blanco). Se trata de la presentación de las ordenanzas de la cofradía, orientada a la rehabilitación de la misma, sus pendida interinamente. Como respuesta a la promemoria exigida por la real orden y decreto del 12/03/1785, dicha cofradía, por medio de Santiago de Escanio, hace una historia de las bulas pontificias, de las ordenanzas aprobadas por el arzobispado y de la relación con el convento de dominicos. Entre otras cosas dice que en Burgos también había problemas entre la cofradía y convento. Lleva la firma del licenciado Juan José Berea y Ortiz, El consejo ordinario, sin perjuicio el real patrimonio aprueba estas ordenanzas para el gobierno de los cofrades. Los apoderados de la cofradía, D. Andrés Manuel Nieva y D, Domingo Baz de Andrade, suplican la aprobación (Lleva el nº 3 de la catalog. del siglo XX.

  • Pliego de tipo cuartillas: lleva el nº 18 antiguo. Repuesta de la Junta de ventas de bienes de La Coruña, a la petición de la cofradía de nuestra señora de la Soledad de Santiago. para que se declarasen sus bienes y rentas destinados a objetos de beneficencia. Se les pidió que presentasen la fundación, y no la tenían. Se desestimo la patición, La Corulña, 31/05/1856. Lleva el nº 4 de la catog. del siglos XX). (Desconocemos la pertenencia de esta otra cofradía a la cofradía del Rosario)

  • Pliego en papel oficial, dirigido al Jefe político de la provincia de La Coruña, escrito del rector de la parroquia de San Andrés de Santiago, D. Juan Antonio Lema, Santiago, 07/08/1843. Expone la situación vigente sobre entierros y funerales, una vez expulsados los religioso, cómo se ha llevado un cadáver a enterrar a la capilla de la cofradía del Rosario, sin cruz, ni cura ni sacristán, y el alboroto que se produjo contra los curas. (lleva el nº 5 de la catalog. del siglo XX).

  • Otro pliego del Gobierno del arzobispado de Santiago, 17/08/1843, teniendo conocimiento de los hechos ocurridos con motivo del entierro de D. Antonio Barreiro ( ver nº 5) se dicta una providencia sin prejuzgar los derechos de parroquia y cofradía del Rosario: que la iglesia del convento de Santo Domingo subsiste bajo el gobierno del arzobispado; que sin pretender recibir emolumento alguno, los párrocos de la ciudad pueden hacer en la capilla del Rosario, los funerales de sus feligreses cofrades numerarios del Rosario, o que tengan derecho a tales; que pueden ser depositados los cadáveres en la capilla del Rosario, acompañándoles los párrocos y dejar la cruz a la cabecera del túmulo, sin que el sacristán pueda exigir otros derechos. Es copia. (lleva el nº 6 en al catalog. del siglo XX)

  • Un folio suelto, marcado como "Beneficencia". Petición de el ¿presidente? de la Junta de Beneficencia de Santiago; pide para el hospicio de la ciudad, la iglesia del extinto convento de Santo Domingo. No lleva nombre de la persona que hace la petición, Santiago, 21/03/1849. (Lleva el nº 7 del catalog. del siglo XX).

  • Contestación al escrito anterior, dirigida al gobernador civil del distrito, sin firma personal, Lestrove, 30/04/1849. Se indican las leyes de supresión del convento y cómo se encargó al arzobispado para la distribución de los efectos del culto de dicho convento y mantener el cuidado de la iglesia, pero por la real orden de 11/03/1836, se mandó que subsista, bajo inspección del arzobispado, la cofradía del Rosario en el uso de la capilla. En virtud de los decretos se hizo entrega a la dicha cofradía la iglesia de Santo, donde está enclavada la dicha capilla, y desde entonces se desempeñan todas las funciones y cultos, como cuando estaban los dominicos. No admite que se diga que no se usa y no se cuida, porque lo hace con mucho esmero dicha cofradía. No se le puede dar otro destino ni a otro dueño.(lleva el nº 8 de la catolg. del siglo XX)

  • Otro pliego, con el título de "Auto". Es un auto de la alcaldía de Santiago para que el hermano mayor de la cofradía, presente en 8 días al gobierno la cédula real que acredite la concesión y autorización de la misma y la aprobación de los estatutos, Santiago, 07/04/1856. Lleva también la notificación del auto al hermano mayor, José Ferrer y Varela, el mismo día. (lleva el nº 9 de la cataloog. del siglo XX.

  • Un folio suelto, papel ofical, en que los representantes de la Cofradía presentan al gobernado el original de la concesión de la cofradía, dada el 28/03/1789, Firman José M. Cotón y Antonio Casares, Santiago, 15/04/1856. (Lleva el nº 10 de la catalog. del siglo XX).

  • Cuartilla en la que la cofradía del Rosario, por los Sres. José M. Cotón y Antonio Casares, declara que ha recibido la real provisión por la el Consejo de Castilla ha aprobado los estatutos para el régimen de la Cofradía, La Coruña, 17/04/1856. Lleva el nº 11 en la catalog. del siglo XX)

Cofradía del Rosario de Santiago

Documento declarando erigida en casa de la Orden, con la advocación del Santísimo Sacramento, la que acaba de construirse en la villa de Navelgas.

Se declara erigida la casa de Navelgas, habiéndose cumplido todas las condiciones del Derecho Canónico y de las leyes de la O.P.: petición del P. Provincial y su Consejo, y obtención de la licencia del Maestro de la O.P., consentimiento del Ordinario del lugar y beneplácito de la Santa Sede [autorización del nuncio]. El documento señala la formación de la primera comunidad de dicha casa de Navelgas, por la asignación de los religiosos: M.R.P. Fr. Celestino José Alonso, a quien se instituye en Vicario de la nueva comunidad, R.P. Fr. Enrique Izquierdo, y el hermano converso [o lego, o de obediencia] Fr. Antonio Peña

Cuervo López, José, O.P. Provincial de España y de la Prov. de Argentina

Diversos documentos. Miscelánea 3

Tiene Índice mecanografiado en las primeras guardas con 59 documentos. Contiene juicios críticos, patentes, circulares, fundaciones, Real Cédula, exposiciones, informes, peticiones, ordenaciones, partidas de bautismo, certificados, bulas, manifiestos y catálogo, entre otros. La Circular del f 161 continúa en el f. 183.

Cano, Melchor, O.P.

Diverse lettere et risposte in materia della Concettione

Contiene las cartas o extractos de cartas siguientes:

  • Carta del papa Paulo V al rey Felipe III de España, Roma, Santa María Maggiore, 19/01/1619, exalta la devoción y piedad del rey a la Sma. Virgen, como Inmaculada y patrona. No quiere innovar o mudar en la materia. Da gracias a Dios, venera la inenarrable belleza y pulcritud de la Madre de Dios. Latín.
  • Carta del nuncio de España [Antonio Caetani] al cardenal Borghese, Madrid, 16/07/1617. Italiano. Informa del negocio de la Inmaculada, en el reino de Aragón y en la corte de Madrid. Italiano
  • Carta del Cardenal Mellino al Maestro de Camera de nuestro señor, Roma 08/09/1617. Italiano
  • Billete del cardenal Mellino a la santidad de n. s. Paulo V, di casa, li, 29/08/1617. Informa sobre la reunión, que duró de las 20 horas a la 1 de noche. Se trató: si la materia (Immaculata Concetta) es definible, si era expediente de definir, en este punto dijerolque sí los cardenales Aldobrandini, Belarmino y Borgia; los otros, Verallo, Bonsi Araceli, Ascoli y yo [Mellino] tenemos la opinión negativa; si se prohibía que no se dé a conocer ni en el púlpito ni medios públicos la opinión de lo comentado; Aldobradino, Berlarmino y Araceli fueron negativo, los demás positivos. La mayor parte de la reunión fue discutir si María Ssma. fue concebida en pecado o no. italiano
  • Carta del P. Luis Aliaga, confesor del rey al Maestro de la O.P., [P. fr. Serafino Secchi], Madrid, 27/01/11617. Escribe para animarle a que se decida a pedir al Santo Padre que soluciones el problema de la Concepción, ante una oferta del flamenco conde de Luden, herético, de 100.000 escudos.... Madrid, 27/08/1617. Italiano
  • Carta del nuncio de España al cardenal Borghese, Madrid 30/09/1617. Italiano
  • Carta del cardenal Borghese al Nuncio de España, Roma, 20/11/1617. Italiano
  • Carta de los Maestros en teología de la provincia de España: Al Rvmo. Padre nuestro Maestro General de la Orden de Santo Domingo [Serafino Secchi]
    Por orden del rey [Felipe III], juntó nuestro P. Provincial en esta corte, en el convento de Atocha, a los PP. Maestros de la Provincia, para tratar de los medios más convenientes a la paz de la República y servicio de Dios nuestro Señor, en la materia de la Concepción de la Virgen, nuestra Señora. En la reunión se presento el duque cardenal de Lerma, con carta del rey. y les presentó tres puntos de parte del monarca. Primero, que la provincia pida a su santidad mande que celebre la fiesta de la Purísima Concepción de nuestra Señora como la celebra el resto de la Iglesia y en vez de "Santificación" se diga "Concepción". Segundo que predique la "opinión pía", que nuestra Señora no fue concebida en pecado original, sin hacer mención a la opinión de Santo Tomás, sino dejándola en su probabilidad. Tercero, que desde luego, en presencia o ausencia del S.M. se predicasen algunos de estos sermones. Dicho esto el duque de Lerma salió de la junta. Estaba presente el confesor del rey [Fr. Luis Aliaga]. algunos padres fueron del parecer que se concediese al rey todo lo que pedía, porque era justo, pero la mayor parte fue del parecer: Primero, que en cosa tan grave y tan propia de la Orden, no se diese paso alguno ni se determinase la menor cosa sin dar parte a Vuestra Rvma. ni se comenzase a hablar palabra al Su Santidad, que no se hablase por boca de V.Rvma.; segundo, que así en le rejar, como en el predicara sentían mucha dificultad, en cualquier innovación que hiciese, que siente lo mismo que otrora, que es lo que enseñaron los Santos Padres y "al presente permanecemos en la misma sentencia con la misma firmeza, sería una grave disinción (sic), indignos de predicadores de el Evangelio, predicar lo contrario, lo qual sería un grand menoscabo de la verdad que la Orden de Sto. Domingo ha profesado, y en agravio totale de la sinceridad quese profes en el púlpito"; el tercero, que se la presente a Su Santidad el lado de esta controversia y alboroto de la República y perseverancia en nuestra doctrina y como nos arrojamos a sus pies como nuestro dueño, que [a} nosotros mismos nos mande lo que debemos hacer en esta parte, que en negocio tan grave más toca Su Santidad que a nosotros, y ejecutaremos puntualmente... En Santo Tomás de Madrid, 24/06/[1618] Firman los Maestros: Fr. Baltasar Navarrete, Fr. Diego Lorenzana, Fr. Juan de Pereda, Fr. Domingo Pimentel, Fr. Bernardino de Ayala, Fr. Francisco de Sotomayor, Fr. Francisco de Augustina, y los presentados: Fr. Pedro de Olivares, Christóbal de Torres.
  • Carta al cardenal Borghese, desde París el 15/02/1619, el nuncio de Francia; conocen la respuesta de España, prefiere no mover nada ni innovar en cuestión de la Concepción.
  • Y otra carta desde Paris, 30/01/1619,del mismo Nuncio Guido Bentivoglio, arzobispo de Rodas, que en escaso cree que es una cuestión de odio de los españoles al pontífice.
  • Otra carta de los dominicos españoles al Maestro de la O.P., (pone Rvmo Padre) de aquellos que no estaba de acuerdo con la anterior. Por orden del rey Felipe III se reunieron el confesor del Rey [Aliaga], el Padre provincial y maestro de la Provincia. Vino el duque de Lerma y entregó una carta. Dice que propuso dos puntos principales. El primero, que la Provincia de España suplique al V. Santidad, les mande dejar y celebrar la fiesta de la Purísima Concepción Concepción en la forma que la reza y celebra el resto de la Iglesia; segundo, que V. Santidad mande a los religiosos de la dicha provincia que prediquen la opinión que tiene que la Virgen fue concebida sin pecado original. Quiere que su Santidad mande que se cumplan los dos puntos para la paz y sosiego de los reinos del la Iglesia y la Orden. Madrid, 24/06/1618. Firman: Fr, Luis Aliaga, Fr. Antonio Pérez de Sotomayor, el maestro Fr. Tomás González catedrático de prima y consultor de la Inquisición, el maestro Fr. Juan González catedrático de prima de la Complutense, el maestro Fr. Juan de la Fuente cronista de S.M. consultor del Supremo Consejo de la Inquisición, el maestro Fr. Lorenzo Gutiérrez catedrático de vísperas Complutense y consultor del Consejo S. de la G. Inquisición, el maestro Fr. Alonso Barrantes, prior del convento de San Pedro Mártir de Toledo y consultor del S.O. de la Inquisición de Valladolid y Toledo, y el P. Fr. Pedro Venero rector del Colegio de Santo Tomás de Alcalá y consultor del Consejo Supremo de la Inquisición.
  • Capítulo de una carta escrita por el P. General de Sto. Domingo de Lisboa (sic), 09/07/1618, al P. procurador general de la misma Orden en Roma. Está informado de la cuestión del España y de la reunión provincial de los maestros sobre la Concepción de María Virgen. Le envía copia de las cartas que ha recibido.
  • A continuación se copia una carta o escrito del obispo de Foligno al Santo Padre, dándole a conocer que ha recibido cartas del Nuncio de España, del 21 y 23 de febrero pasado, ve comprensible que no se pueda escribir ni estampar contra la opinión pía, por lo que no se divulga lo escrito por el doctor Silvio, teólogo de Duay, sobre la tercera parte de Sto. Tomás, y que se pondrá diligencia para examinar otros ejemplares... (sin fecha).
  • Al final se copia una carta dirigida a Mons. Patriarca de Jerusalén, a cuyo margen se escribe: 1618/26/diciembre. Habla del obispo de Cartagena enviado como Embajador extraordinario, y recibido con tales honores, que en la segunda audiencia presentó carta del Su Majestad, escrita con mucha eficacia sobre la materia de la Concepción de la gloriosa Virgen, instando a su Santidad que definiese el artículo fundándose en el escándalo. Su santidad, escuchando con atención, le respondió que no podía sino alabar mucho la singular piedad, santo celo y devoción a la Virgen... en cuanto al negocio, le dijo S. Santidad que no era nuevo, al que se ha dedicado tiempo y estudio cuanto era necesario, y su Santidad, después de haber rezado mucho a su divina Majestad había hecho el decreto hecho, y su conciencia no le permitía más..

Paulo V, papa

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