Mostrando 5281 resultados

Descripción archivística
Uni. doc. simple
Opciones avanzadas de búsqueda
Imprimir vista previa Ver :

Escrituras de venta de heredad de Pegollo y casas en Salamanca a favor del doctor Aries Maldonado (1428)

  • ES 37274.AHDOPE A-B-SAL-1-7
  • Uni. doc. simple
  • 09/04/1428 - 23/08/1428
  • Parte deFondo A (Antiguo)

Consta este pergamino de cuatro escrituras de compras que adquirió el doctor Aries Maldonado de la hacienda de Pegollo, aldea de Salamanca, y de casas en la ciudad de Salamanca, ante Alavar Sánchez, escribano. Los vendedores son Marcos Fernández ( hacienda de Pegollo) y el mismo escribano Alvar Sánchez (casas en la ciudad). Se citan las calles de Pozo Amarillo, la de los Moros, la de San Pelayo.

En el reverso del pergamino lleva dos resúmenes de la escritura: el más breve, y más antiguo es escueto y haciendo solamente referencia a las escrituras; otros más aclaratorio y muy posterior relaciona estas compras con doña Aldonza Maldonado y la compra de de la hacienda de Ventosa.

Maldonado, Aries, doctor

Copia autenticada de la escritura de toma de posesión que hizo el convento de San Esteban del medio lugar de La Sierpe (1440-1739)

  • ES 37274.AHDOPE A-B-SAL-19-3-3
  • Uni. doc. simple
  • 27/08/1440 - 14/08/1739
  • Parte deFondo A (Antiguo)

El P. Fr. José de Muguira, procurador del convento de San Esteban piden se haga copia auténtica de documento antiguo, Salamanca, 28/07/1739, La toma de posesión se hizo en la Sierpe de Ayuso, aldea y término de la ciudad de Salamanca, a 27/08/1440, ante Juan Fernández de Salamanca, notario. Firman la copia auténtica el escribano Roque Rodríguez Manzano y Fr. José de Muguira, O.P., en Salamanca, 14/08/1739.

Convento de San Esteban de Salamanca

Traslado de una Escritura de Traspaso en favor del Convento de San Juan y San Pablo de Peñafiel de 3.000 mrs. de las escribanías de esta villa, hecha por el síndico del Convento de San Francisco de ella (1446-1448)

Es un cuaderno en pergamino que se centra en la venta que hizo el convento de San Francisco de Peñafiel, de franciscanos, de 3.000 mrs. anuales que tenía por merced sobre las escribanías de la villa de Peñafiel, y que los compró el convento de San Juan y San Pablo de los dominicos, por 40.000 mrs. El convento franciscano tenía necesidad de reparación y restaurar su fábrica; y su representante fue Juan González Platero, vecino de la villa. Dada en Peñafiel, a 18/05/1446, ante Tristán de Orenes, escribano. el P. guardián de San Francisco era Fr. Francisco de Olmedo y el prior de de los frailes predicadores el doctor, Fr. Pedro de Canalejas.
A continuación siguen las escritura de aceptación de la compra-venta por los franciscano, Peñafiel, 01/6/1446; el rey, Juan II, confirma la escritura entre los dos convento, 04/09/1448; el mismo rey Juan II autoriza al convento de San Juan la toma de un préstamo necesario para la compra, 20/06/1447. Siguen escrituras del 04/09/1448, en la que el rey confirma las escrituras de privilegios que tiene el convento de San Juan y San Pablo, para que paguen no solo los escribanos de Peñafiel,sino también otros que ejercen el oficio en la villa; para que se pague la martiniega y penas fiscales, empadronamientos etc. También el príncipe Enrique (futuro Enrique IV) confirma todos las donaciones y privilegios hechos por D. Juan Manuel a su monasterio de Peñafiel, y el mismo rey Juan II confirma lo hecho por el príncipe Enrique. Todas las escrituras se hacen ante el escribano Tristán de Orenes, quien las signa y firma.

Convento de San Juan y San Pablo de Peñafiel

Copia auténtica de la escritura de las heredades tomadas por el convento a censo perpetuo del cabildo de la catedral de Salamanca (1451)

  • ES 37274.AHDOPE A-B-SAL-1-11
  • Uni. doc. simple
  • 22/11/1451 - 24/12/1451
  • Parte deFondo A (Antiguo)

En Salamanca a 22 de noviembre de 1451, ante Pero Alfonso de Salamanca, notario. Las posesiones del cabildo estaban en Otero, cerca de Pegollo, aldea del término de la ciudad, y pastos de ciertos ganado en el término del lugar de la Torre de Martín Pascual. Había pleitos entre el cabildo y renteros y el monasterio de San Esteban, que también tenía renteros en la Torre de Martín Pascua, y ya habían gastado mucho; por lo que ambas partes quieren quitarse de debates. Han decidido dar al monasterio todas las heredades a censo perpetuo por 15 fanegas de buen trigo por la medida nueva cada año.
En 26 de noviemebre se sigue hacien escrituras de las diversas partes y en el monesterio de San Esteban, el Prior, el doctor Fr. Pedro de Salamanca.
En el día 26 de noviembre de 1451, en el convento de San Esteban, ante el mismo notario, se da poder al prior y otros frailes en un capítulo. En él se citan los frailes siguientes: Fr. Pedro de Salamanca, doctor y prior, Fr. Pedro de Villaviciosa, maestro en Teo., Juan de Monleón,, presentado, Padro Martino ¿Marino?, presentado, Ferrando de Alba, doctor, Alfonso de Salamanca, doctor, Pedro López, doctor, Pedro de Santa Juliana, doctor, Francisco de Triana, Juan de Santo Tomás, doctor, Juan de Zorita, doctor, Alfonso de Salamanca, Pedro de Alba, Alfonso de Burgos, Pedro de Villacastín, Alfonso de Valdeoro, Alfonso de Sancti Spiritus, Antonio de Salamanca, Diego de Santa María. Y dice: que son casi todos o más de las dos partes de los frailes. La reunión del capítulo se hace en la capilla de Santo Tomás, en la claustra.
Este censo, se redimió el 23 de febrero de 1540 cuando el convento vendió a la catedral la 6ª parte del lugar de Terrones, ante el escribano Juan de Merlo.

Convento de San Esteban de Salamanca

Privilegio del rey Enrique IV de 115 fanegas de pan que tenía por juro de heredad don Alfonso Fernández de Sograndio (1458-1459)

  • ES 37274.AHDOPE A-B-PEF-1-2
  • Uni. doc. simple
  • 16/12/1458 - 10/01/1459
  • Parte deFondo A (Antiguo)

Cuaderno en pergamino, traslado de escrituras de privilegio, merced por juro de heredad, del rey Enrique IV, de 115 fanegas de pan, trigo y cebada, situadas sobre las alcabalas de las carne de Oviedo, a Alfonso Fernández Sograndio; se trapasan a Garci Sánchez de Valladolid y Lope Martínez de Zarauz, Diego Arias de Ávila y se trapasan al monasterio de San Sadornin (Saturnino) de cerca de Medina del Campo. Dada en Medina del Campo, a 10/01/1459, ante Rodrigo del Río, notario del rey.

Fernández Sograndio, Alfonso

Escritura original de trueque y cambio que se celebró entre el señor obispo de Palencia y el convento de San Juan y San Pablo de Peñafiel, de los molinos de San Miguel por los de Reoyo (1468)

  • ES 37274.AHDOPE A-B-PEF-1-4
  • Uni. doc. simple
  • 26/02/1468 - 21/04/1468
  • Parte deFondo A (Antiguo)

Cuaderno en pergamino que recoge la documentación del trueque y cambio de molinos que se hizo entre el obispado de Palencia y el convento de San Juan y San Pablo de Peñafiel. Recoge lo tratado en el cabildo de Palencia del 26 de febrero de 1468 (se citan los asistentes), donde se acepta la decisión episcopal de hacer el trueque y cambio de los molinos con el convento de Peñafiel; el mismo cabildo. En 23/03/1468 el mismo cabildo da su poder a los clérigos Martín López, cura de Peñafiel y a Juan Martínez cura de Morpeceros de Suso (hoy Molpeces). Los dominicos de Peñafiel celebran su capítulo (en la capilla de San Esteban), en el que se citan los religiosos siguientes: Fr. Pedro de Barrionuevo prior, Fr. Alfonso de la Trinidad, suprior, Juan de San Miguel, presentado, Juan de Portillo, Pedro de Montenegro, Alfonso de Palencia , Juan de Madrid, Pedro de ¿Pontevedra?, Pedro de la Cuadra, Juan Aragonés, Francisco de Zamora y Fr. Gil Langayo. Dan su poder al P. Vicario General de los Conventos d reformados, y prior de San Pablo de Valladolid, FR.- Alonso de San Cebrián, quien decide por carta desde dicho convento del 30/03/1468. El cuaderno y escrituras de truque se hacen ante Pablo Ferrández, notario, en Peñafiel 21/04/1468.
Los molinos del obispado y del convento estaban en la ribera del "Río de Duratón", cerca de Peñafiel, junto a la iglesia de San Miguel y en el lugar llamado Reoyo (Rehayo).

Convento de San Juan y San Pablo de Peñafiel

Concesión de Enrique IV a los descendientes de Sancho Tejada (1470).

  • ES 37274.AHDOPE A-B-VAp-11-3-1
  • Uni. doc. simple
  • 10/09/1470
  • Parte deFondo A (Antiguo)

Es una copia simple de la concesión que hace el rey Enrique IV a la familia de Sancho de Tejada de 500 sueldos áureos de España, tener armas y pintarlas, por los grandes servicios que dicho Sancho Tejada, con doce hijos, y loables hazañas ha hecho al reyes, con todas las gracias y mercedes, honras y privilegios, exenciones e inmunidades de Infanzones. Dada en Valladolid, a 10/09/1470. Narra las acciones de Sancho Tejada y sus hijos desde el rey Ramiro de León.

Convento de San Pablo de Valladolid

Privilegio de Enrique IV confirmando un juro dejado al convento de San Pablo de Valladolid, Madrid, 07/04/1470

Privilegio de D. Enrique IV, por el que se confirma otra carta suya (ésta de 29-3-1470), en la que se mandaba dar al Prior y Convento de San Pablo de Valladolid, 2.000 maravedíes de juro que les dejó Dª Catalina Vázquez de Villandrando, mujer que fue de Fernand Gutiérrez de Sandoval, por la fiesta de Todos los Santos con vigilia, Misa cantada y responso, en la capilla de Santa Lucía en el dicho monasterio, donde está enterrado su padre, y su madre y abuela están enterradas delante de la capilla de Sto. Domingo Los 2.000 mrs. puestos sobre la alcabala de la hortaliza de la villa de Valladolid.
Madrid, 7 de abril de 1470, ante Fernando de Madrid, notario del reino de Castilla.

Convento de San Pablo de Valladolid

Bula original de la fundación del convento (1475)

  • ES 37274.AHDOPE A-B-SFE-1
  • Uni. doc. simple
  • 8 de abril de 1475
  • Parte deFondo A (Antiguo)

Se trata de la Bula original de la fundación del convento. El Capítulo de la Basílica de San Juan de Letrán de Roma, a fray Félix, O.P., de la diócesis de Ciudad Rodrigo, le concede licencia para fundar una iglesia y hospital con el título de San Juan de Letrán, con las donaciones entregadas para ello, en cera. Firmas: Carolus, canonicus et Franciscus de Lenis, canonicus S. J. Lateran.

Félix, fraile donado de la O.P:

Dehesas de las Alberguerías, en término de Trujillo (1481-1685)

  • ES 37274.AHDOPE A-B-SAL-27-1-4
  • Uni. doc. simple
  • 1481 - 1685
  • Parte deFondo A (Antiguo)

Pliego sin firma, con la última fecha de 1685.
Es un resumen de la propiedad de las dehesas de la Alberguerías, término de Trujillo, que vinieron al convento de San Esteban por Fr. Agustín de Paredes, que profesó en él. Parece que ni las anotaciones del convento coincidían en lo que correspondía a San Esteban, por lo que se puso pleito al convento seguido en Trujillo y en la Chancillería de Granada, que sentenció, en ambas apelaciones que al convento de San Esteban por Fr. Agustín Paredes le tocaba la cuarta parte de dichas dehesas de las Alberguerías. Estás tenían un censo perpetuo de 1500 mrs. , que son 44 reales y 4 mrs. a favor del monasterio de Santa María de Trujillo, dejado por Diego García de Paredes, para que recibiesen a su hija Estebanía de monja, hermana de Fr. Agustín. El convento de San Esteban ha pagado la cuarta parte de los 1500 mrs que hace 11 reales y 1 mrs. y consta que le convento paga a dicho censo al monasterio, 1 ducado. La toma de posesión la hicieron los FF. Domingo de Pizarro y Alonso de Carvajal.

Convento de San Esteban de Salamanca

Inquisidores Generales en los reinos de España

Súplica de D. Fernando de Arce y Dávila, sobrino del inquisidor general, D. Diego de Arce y Reinoso, y heredero del dicho suplica la consideración de su grandeza Título de Castilla, como se ha hecho con otros hijos y sobrios de ministros (se citan varios casos, entre ellos el de D. Baltasar de Sequeiros, sobre no de D. fray Antonio de Sotomayor, O.P.). Para manifestar los méritos del Inquisidor Arce y Reinoso, presenta la lista manuscrita de los Inquisidores Generales hasta D. Juan Everardo Nithard [Nithardo] con una reseña histórica de cada uno y con el nombre del Inquisidor D. Diego Sarmiento de Valladares, pero sin ningún dato, porque vivía cuando se hizo la lista (1669 -1695). La súplica no lleva fecha.

Arce y Dávila, Fernando de, sobrino del inquisidor Arce y Reinoso

Privilegio de los Reyes Católicos confirmando una renta dejada al convento de San Pablo de Valladolid por Juana de Herrera, Madrid, 09/04/1483

Privilegio de D. Fernando y Dª Isabel, RR. CC., confirmando al prior y convento de San Pablo de Valladolid, los 3.000 maravedíes sobre la alcabala de los lienzos de Valladolid y las tercias del lugar de Reynoso (en la merindad de Cerrato) que había dejado al monasterio de Dª Juana de Herrera, mujer del doctor García López de Madrid.
Madrid, 9 de abril de 1483, ante Pedro del Castillo notario del reino.

Convento de San Pablo de Valladolid

Copia de una Bula el papa Sixto IV (1484)

Copia mecanografiada de la bula de bbsolución al convento de las obligaciones del legado dejado por el arzobispo de Sevilla Alfonso de Fonseca y familia, para la edificación de una capilla en dicho convento de Toro, para su sepulcro,, con capellanes . Roma, 13/06/1484.

Convento de San Ildefonso de Toro

Bula del papa Inocencio VIII, por la que a petición de Fr. Alonso de Burgos, obispo de Palencia, concede la erección del Estudio de San Gregorio de Valladolid, Roma, San Pedro, 15/12/1487

Bula del papa Inocencio VIII, por la que a petición de Fr. Alonso de Burgos, obispo de Palencia, concede la erección del Estudio de San Gregorio de Valladolid (Colegio de San Gregorio), con varias licencias a profesores y estudiantes, como comer carne, vestir y dormir en lienzo…

Inocencio VIII, Papa

Apeo de las tierras del convento de San Pablo en el término de Renedo, 1490

  • ES 37274.AHDOPE A-B-VAp-16-1-1 y 2
  • Uni. doc. simple
  • 03/02/1490 -11/03/1490
  • Parte deFondo A (Antiguo)

El 3 de febrero de 1490, García de Salamanca, mayordomo del convento de San Pablo pide en nombre del convento hacer el apeo de las tierras que tiene en Renedo. Se hace el apeo ya en Renedo el 11/03/1490. Ante Alfonso de Salamanca, escribano y notario público. El escrito lleva en los margenes los nombres que tenían las tierrras. El apeo se presentó más tarde, 07/09/1531, por Fr, Pedro Nieto y también el 12/09/ de 1531.

En su interior hay un pliego suelto, mucho más tardío. que es una escritura de poder de Jorge Pérez, vecino de San Martín de Valdetuejar, ante Lorenzo Presa y Delgado, 31/12/1695, para litigar y defender su hidalguía. Lo firma y signa el escribano en la villa de Renedo de Valdetuejar (León), 19/01/1696.
Sin duda quien lo catalogó en el siglo XX se fijó en lo de Renedo; pero nada tiene que ver ni con el apeo ni el lugar de Renedo del doc. 1, que se refiere a Renedo de Esgueva (de Valladolid) y (pero esta escritura es de Renedo de Valdetuejar, no del de Valladolid). Copia auténtica firmada por el escribano.

Convento de San Pablo de Valladolid

Real provisión de los Reyes Católicos en el pleito del convento de San Esteban y Diego Alonso de Benavente (1491)

Cuaderno cosido, en papel, de 4 ff. más tapas de papel, la anterior con título y resumen. Carta, con sello real de papel pegado con lacre. Pleito sobre un prado en Pegollo, aldea de Salamanca entre el convento de San Esteban y el Doctor Diego Alonso de Benavente, catedrático de la universidad. Los frailes habían mandado tirar el muro que el doctor había hecho. La real provisión se da en Valladolid, el 12 de agosto de 1491; y los actos de acatamiento en Salamanca, 19 y 27 de agosto de 1491.ante Miguel Ferrández de Tapia, notario apostólico.

Chancillería de Valladolid

Bula del papa Inocencio VIII, concediendo y uniendo el beneficio simple de la Nava del Rey al convento de San Esteban (1491)

  • ES 37274.AHDOPE A-B-SAL-1-13
  • Uni. doc. simple
  • 11/10/1491.
  • Parte deFondo A (Antiguo)

El papa Inocencio VIII, a petición de los Reyes Católicos y con la renuncia espontánea del clérigo Alfonso Ferrera, concede y une el beneficio simple de la Nava del Rey al convento de San Esteban de Salamanca; convento de observancia y por la gran cantidad de frailes que acuden a él por razón de los estudios. Roma, San Pedro, 11/10/1491, pont. año octavo.
En plica firmas: F. de Turrecremata, Hieronimus Balbanus, entre otros.
En la plica firman:

Convento de San Esteban de Salamanca

Contrato y renovación de censo que otorgó Julián Precidado a favor del convento de San Pablo sobre unas casas, 1492-1761

  • ES 37274.AHDOPE A-B-VAp-16-1-6
  • Uni. doc. simple
  • 08/06/1492 - 1761
  • Parte deFondo A (Antiguo)

El cuaderno comienza por la escritura de renovación de censo perpetuo que hace Julían Preciado, y explica que eran 4 casas que tenía doña Juana de Portugal, de las que vendió 2, sitas al Barrio Nuevo, y el convento, como señor de directo dominio le vendió a Julián dos casas en censo por 150 mrs. y una gallina, por lo que él es señor de dichas casas. Se hace copia de las escrituras del censo que hizo Fr. Pedro de Carrión, fraile de San Pablo, para lo que presenta, y se copia, la escritura del poder del convento, ante el escribano Alonso de Salamanca, en el capítulo de San Pablo, en la sala de la claustra baja (veáse los nombres de los frailes en el Area de control.. notas del archivero). El poder se daba también al presentado fr. Pedro de León. La escritura se otorga ante Alonso de Salamanca y Gonzalo Rodríguez de Valencia, escribanos. El convento tenía por suyo todo el suelo, y sitio y cerco y toda la judería de la villa de Valladolid, por cierta cantidad de florines, concertada con los judíos y al convento deberían pagar todos los comprasen dichas casa de la aljama. La carta se otorga estando dentro del monasterio de San Pablo a 8 días de mes de junio año de 1492.
Fr. Pedro de Carrión poder que tiene da a censo al bachiller Juan de Aguilera, vecino de Valladolid y a su mujer, Maria González de Aguilera, las casas que el bachiller había compra a Abrahan Abenemayor, apartador judio, vecino de Valladolid, pero el suelo era del convento de San Pablo. El bachiller pagará 500 mrs. al años y un par de gallinas. Valladolid 20/06/1492, Ante Gonzalo Rodríguez de Valencia.
El dicho Julián Preciado, conoce las condiciones y se obliga al contrato del censo, por la dicha cantidad 150 mrs. y una gallina, Valladolid, 28/10/1560, Ante Juan de Rozas.
A continuación sigue otra escritura de renovación de censo de Gaspar Calvo y María de Vergara, y dice que después de Julián Preciado, tuvo la casa María Ordóñez, criada de la marquesa de Poza, que la traspasó Gaspar Calvo, Valladolid, 12 /05/1586, ante Francisco de Palencia.
En las tapas añadidas se da también noticia de la historia de este censo (ver área de notas)

Convento de San Pablo de Valladolid

Dehesa de Azuquén en Villavieja, termino de Trujillo (1493)

  • ES 37274.AHDOPE A-B-SAL-27-1-3
  • Uni. doc. simple
  • 1493 - 1669
  • Parte deFondo A (Antiguo)

Pliego sin firma, con la última fecha de 1669.
Es un resumen de la propiedad de una dehesa, situada en Azuquén de Villavieja, junto a Trujillo, que vino al convento de San Esteban por Fr. Agustín de Paredes, que profesó en él. Se hace un historial de los poseedores y las escrituras sobre ella. Al convento pertenece de toda la dehesa la novena parte, y de la mitad la tercera parte. En dinero le toca 336 reales anuales. La primera escritura citada es de 1481 y la última 1669. Se cita la toma de posesión por el P. Francisco Pizarro de y Fr. Alonso Carvajal, en 1497,pero por lo complicado de las divisiones se tomó nueva posesión en 1509, por el P. Fr. Francisco de Miranda, procurador de San Esteban.

Convento de San Esteban de Salamanca

Dehesa de Pinarejo, en término de Trujillo (1497-1669)

  • ES 37274.AHDOPE A-B-SAL-27-1-5
  • Uni. doc. simple
  • ../05/1497 - 1685
  • Parte deFondo A (Antiguo)

Pliego sin firma, con la última fecha de 1669.
Es un resumen de la propiedad de la dehesa de Pinarejo, término de Trujillo, que vinieron al convento de San Esteban por Fr. Agustín de Paredes, que profesó en él. Tomó posesión el P. Domingo Pizarro, en mayo de 1497. En 31/07/1531 el convento tomó posesión de la mitad de la cuarta parte, que es la octava parte de esta dehesa, por muerte «ab intestatu» de García, hermano del P. Agustín. La posesión de esta parte la tomó el P. presentado Fr. Juan de Santa Cruz. Tiene el convento la tercera parte de todo.

Convento de San Esteban de Salamanca

Cuaderno de cartas del rey D. Fernando el Católico (1498 )

Como se ha indicado las cartas son de muy variada temática, pero siempre con relación a la Inquisición: hacer justicia sobre los presos a los inquisidores u otros oficiales, mandamientos de pago con dinero confiscado a los herejes, hacer justicia a los herejes, ayudas a mujeres, pagar los salarios oficiales de la inquisición etc. etc.
Al f 43v hay una carta en valenciano, datada en Zaragoza, 6 de junio de 1498, a favor del monasterio de Jerusalén de Valencia, que tienen necesidad, pues viven de limosna. Monasterio de clarisas de la primera Orden.
Al f 47 r-v, carta del rey a Miguel Font, receptor de los bienes confiscados por el delito de la herética pravedad, en el reino de Cerdeña, para que dé de las conmutaciones de penas, para la obra del monasterio de Santa Cruz de Segovia 267 ducados de oro en oro. Dada en Zaragoza, 22 /07/1498.
Al f 49 v sobre el nombramiento de Inquisidor de Barcelona en la persona del arcediano de Almazán y su asesor. Sobre éste, el rey piensa [escribe al arzobispo de Mesina - Martín Ponz o Ponce- y al obispo de Lugo- Alonso Suárez de la Fuente del Sauce-] que el doctor micer Lorenzo Remón es el indicado, que ya fue asesor en aquella inquisición, porque el arcediano no tiene experiencia «de las personas de aquella ciudat de Barcelona e principado de Cathalunia, que como vos, el arzobispo, sabeys son gente muy astuta y tienen muchas formas para quando tienen malicia executarla». Dada en Zaragoza, 2 de agosto de 1498.
Al folio 50v-51r. Merced del rey a Alfonso Cortés, hijo de Yuçe Papur y de Soli Alfrágil, judios, cuyos bienes fueron confiscados y el matrimonio murió al ser expulsados los judios, dejando un hijo que se llamaba Yuçe Ambrón, que se ha bautizado y se llama Alfonso Cortés. Pide que se le devuelvan los bienes de su madre. En Zaragoza, 11/08/1498.
Son muchos los judíos que por herética pravedad les ha sido confiscados bienes en las diócesis de Aragón y Cataluña; se citan también en Huesca, Calatayud, Valencia, Zaragoza, Barcelona, Cerdeña, Sicilia ...

Fernando el Católico, rey de Aragón y Castilla

Preceptos de la Inquisición de Barcelona hechos por el Arcediano de Almazán

Debió formar un libro, o legajo, en el que se recogían los mandatos, preceptos o normas para los Inquisidores y oficiales de la Inquisición en Cataluña y Aragón, también de Castilla.
En el folio 48 está el título, pero posiblemente dado un poco posterior a los textos primitivos; se titula: «Preceptos dela Inquisición de Barcelona hechos por el arcediano de Almaçán». El texto comienza en el f. 51, bajo el título: «Los preceptos que el Arcidiano de Almaçán, visitador, hizo en virtud dela visita desta Inquisición del Principado de Cathaluña son los siguientes», y se escriben 40 preceptos dirigidos a Inquisidores y oficiales; los firma (copia) Ferdinandus, licenciatus, visitator (f.54r). A partir de este folio se van añadiendo otros preceptos, o mandatos y diversas normas legislativas de años posteriores:

  • f 54v: El notario Joan Antich de Bages, añade : Die XXVII, mensis novembris anni predicti D octavi [1508]. Eadem die por mi Joan Antich de Bages notario de la presente visita, por mandado del dicho señor Visitador, presente su Reverencia y los señores Inquisidores, fiscal y notarios del secreto fueron intimados, leydos e publicados los presentes preceptos fechos por el dicho señor Visitador, ahunque no es acabada ni complida la visita, a causa de mi partida para Caragoça. Los quales dichos preceptos mandó su Reverencia a los dichos Inquisidores y oficiales a quien toca y se esguardan, tengan y complan fasta en tanto que otro, en notario dellos, o de algunos de dellos, el Reverendísimo señor obispo de Vich, general Inquisidor, mandare o proviere. Los quales mandó fuessen continuados, insertos y puestos al pie de las instructiones del secreto. E porque lo sobredicho pasa en verdad continué aquí este acto de mi mano y firmelo de mi nombre el dicho día, y el dicho señor Visitador firmolos de su nombre. Firma [copia] Joan Antich de Bages, notario.
    [Y continúa] Die sexta mensis Junii, anno Millesimo Quingentesimo nono, en esta sala de audiencia el señor Visitador mandó a mi Bertolomeu Martínez, notario, que escriviesse y continuasse, al pie de los sobredichos capítulos, un capítulo de una letra missiva que el señor Inquisidor general havía embiado a su Reverencia, fecha en la villa de Valladolid a siete del mes de mayo más cerca passado, firmada, o sotascrita, de mano del señor Inquisidor general y scrita de mano de su secretario, el tenor de la qual es según se sigue: Los manaments e provisions haneu ordenades et fetes en aqueix Sanst Offici me han paregut molto be, e son stats ben fets e axi es ma voluntad sien tenguts e servats per los Inquisidors.
    De esta forma se van añadiendo los nuevos preceptos o mandatos y se van repitiendo todos, como hace el notario Bartomeu Martínez en la reunión de Inquisidores en el castillo de Cervera, el 27/07/1509, que ya figuran 45 preceptos; y lo mismo en la reunión de Barcelona del 10/12/1509 que se llega hasta los 78 preceptos.
    Al f. 68, una mano antigua ha escrito: "Parecen ser los originales". Pero en el f. 69, otra mano, más reciente que la anterior pone: «Están duplicados ¿desde? el f. 50 ... parecen estos originales, más no lo son, sino copias authénticas firmadas del arcediano de Almaçán, embiadas a diversas partes como también parece de la que está en esta Inquisición de Caragoça, de la misma letra y firma.
    Desde el 80 r al 85, se encuentran las ordenanzas de la Inquisición hechas en Sevilla, en el convento de dominicos de San Pablo, el 29 de noviembre de 1484, ante los Reyes Católicos, Fr. Tomás de Torquemada y los inquisidores. Fueron dadas 28 ordenanzas o instrumentos, cuya copia autenticada es esta de este documento, por el notario Antonio Martínez, clérigo, notario apostólico, que pone sus signo y rúbrica. Al principio de esta copia [f. 80], una mano posterior, pero no mucho más tarde, ha escrito: " Estos instrumentos de Sevilla, están de estampa [borrón]... más éstas están más correctas y verdaderas y a ellas se ha de estar, mayormente que es copia authéntica sacada del original por el mismo secretario ante quien pasaron."
    Se añaden los instrumentos o instituciones hechas en Valladolid a 27 de octubre de 1488. Lo mismo que se hace con las instituciones de Sevilla de 1485, que no están en la estampa. También se copian las instituciones de Ávila de 1498; las de Sevilla del 17/06/1500 años, en tiempo del obispo de Palencia [fray Diego de Deza, O.P.], y las de Medina del Campo de 1504.
  • En el f. 102 comienzan los "Capítulo de los receptores y del arca fechos por don Mercader, Inquisidor general en los reynos de Aragón por buen recaudo dela hazienda. [obispo D. Luis Mercader, 1514-1516, inquisidor general en todos los reino de Aragón] y del mismo Inquisidor, D. Luis Mercader, en 1514 se añaden las instituciones contra los capítulos de las Cortes de Monzón perjudiciales al Santo Oficio de la Inquisición, confirmadas en Valladolid, 28/08/1514, conservan el sello de papel pegado con lacre o cera.
    Desde el f. 113, se van copiando las ordenanzas para enviar a diversas diócesis, pero siempre señala que son duplicados de las anteriores. En este folio se dice que esta copia es para Sicilia.
    -Al f. 124-127v, hay un memorial que lleva por título: "Memorial de algunos negocios que se han ofresçido estos años passados en que se ha hecho agravio y estorbo a los inquisidores y ministros de la Inquisición y novedad grande con ellos de lo que hasta aquí se ha usado. Sus autores D. Diego Tavera y Don Pero Ponce de León (a.1548).
    Desde el folio 128 hasta el 139v son cartas de D. Carlos y doña Juana, su madre, ante los problemas que se habían presentado, en muchos casos, de injerencias de las autoridades civiles y sus oficiales y los inquisidores y los suyos. Casi todas referentes a la Inquisición de Granada.
  • Desde el f. 157 al 180, se hace un índice y resumen de los privilegios de los Romanos Pontífices al Santo Oficio de la Inquisición.
  • El f. 181 lleva por título: «Interrogatorio para las ynformaciones que se huvieren de hazer de las personas, que se huvieren de probeer por inquisidores, oficiales o familiares del Santo Oficio de la Inquisición.»
  • Los folios 184 y 185, se hace traslado y traducción (amplia) al castellano del breve de Gregorio XIII, sobre la creencia que los confesores, teniendo la bula de Santa Cruzada, pueda absolver del pecado de herejía, cosa que es oficio de la Inquisición.
  • Los folios 186 al 198 llevan por título "Super rebus Sancte Inquisitionis". Tratan de un grave, inquietante, problema que ha llegado a España con la noticia de que el Sumo Pontífice, quiere cambiar, revocar y dar nueva provisión a otros Inquisidores en adelante, debido a la contra que se hace a la Inquisición por los enemigos. Una de las acusaciones es que la Inquisición va contra los ricos y los pobres están seguros. Carlos I despliega una gran actividad diplomática, para evitar lo que consideraba un desastre total para la Inquisición y para la catolicidad de la nación. Cartas desde Barcelona, desde el 5 al 24 de septiembre 1519, al cardenal Jacobacio (Dominicus Jacobatius), al embajador especial, D. Lope Hurtado de Mendoza, (que ocupan los ff 186v a 194r), al embajador D. Luis Carroz de Vilaragud, a D. Jerónimo de Vich, al cardenal Colona, a obispo, y al mismo papa León X y al cardenal de Ancona.
  • Provisión del Consejo de la Inquisición, dando indulto a los renegados y apóstatas, para que en dos años puedan volver a la fe de la Iglesia, prometiéndoles que si se presenta y confiesan su error, los Inquisidores les absolverán y no serán juzgados ni sus bines confiscados, sino que solo se les pondrán penitencias saludables (sin data ni firmas).
  • Copia y traslado de una provisión y comisión del Consejo de S.M. y de la Santa G. Inquisición dirigidas a los inquisidores de Toledo para que procedan contra los inhábiles que usan de las cosas prohibidas. Madrid 24/05/1546, firmas copiads: D. Diego Tavera, D. Pedro de Acuña de Avellaneda, D. Pedro Ponce de León. (copia).
  • En los ff. 200-207 se incluyen documentos impresos: Edicto general de los Inquisidores, para que todos lo que hayan visto u oído, a alguna o algunas personas, vivos presentes, o ausentes, o difuntos, decir o hacer u opinar contra la fe que enseña la Iglesia de Roma. Conviene a saber: que guardan el sábado.... so pena de excomunión, trina canónica monitione premisa, que en 6 día acudan personalmente a la sala de la Audiencia a decir y manifestar lo que supiere... (sin data). Copias de cédulas reales: datada en Zaragoza,15/07/1518, para que ninguna autoridad se entrometa en las cosas y privilegios del Santo Oficio; otra desde Monzón, del 09/19/1542, enviada a las autoridades de Jaén.... Por su parte, el Inquisidor General, D. Fernando de Valdés, transmite el Breve del papa Paulo IV sobre la unión de las canonjías al Santo Oficio de la Inquisición, Roma 17/01/1549; y otra de 1559.
    Los dos folios sueltos, nn 44 y 45, los colocamos al principio de este documento (como deberían estar). Es una copia (en dos ejemplares) de carta o decreto de gracia del obispo de Ávila [Francisco de la Fuente] y al electo obispo de Mesina, Martín [Ponz o Ponce] (Sicilia), inquisidores generales, subdelegados del Inquisidor General, Fr. Tomás de Torquemada, juntamente con el doctor Felipe Ponfii, doctor en ambos derechos, dada en Barcelona el jueves 10 de octubre de 1493, han decidido que cualquier condenado por el crimen de herejía, ausentes y los que fueron quemados en estatua, quieran comparecer y comparezcan ante los inquisidores poniéndose en la cárcel, antes de que sean capturados por los inquisidores, confesando sus pecados, sean admitidos y recibidos a penitencia publica que les impongan los inquisidores, no se les confisquen los bienes; por sola misericordia sean recibidos y si los condenados piden que se les admita a defenderse o probar su inocencia, poniéndose en la cárcel se les admita y que se tome integra su defensa y se haga con todo derecho y justicia, no obstante la primera sentencia lata y promulgada contra ellos.

Arcediano de Almazán, Fernando de Montemayor

Hermandad o Cofradía de este Convento de N. S. de la Peña de Francia confirmada por la Santidad de Alexandro Sexto, 1502

Contiene el acta de la fundación de la Hermandad o Cofradía del convento de la Peña, aceptada en el capítulo conventual del 11 de enero de 1504. se transcriben las bulas del papa Alejandro VI y se determinan los Estatutos de dicha Cofradía. A final, el P. Fr. Antonio de la Peña, Vicario general de Congregación de la Observancia ( sector reformado), confirma los Estatutos, en Medina de Campo, último día de febrero de 1504. Sigue la aprobación de los obispos de Palencia, Córdoba y Cartagena, en Medina del Campo, día 24 de julio de 1504.

Alejandro VI, papa

Cuaderno de cartas del rey D. Fernando el Católico y de la reina doña Isabel (1501 )

En este documento las cartas más frecuentes son del rey D. Fernando, pero hay bastantes que están dadas por los dos Reyes Católicos. Muchas están dirigidas al reino de Aragón, pero hay también cartas dirigidas a personas del reino de Castilla y a sus Inquisidores y oficiales. Todas las cartas está expedidas desde Granada entre el 22 de junio al 22 de agosto de 1501.
Hay varias cartas dirigidas a que se dé canonjías y prebendas a miembros de los tribunales inquisitoriales, tanto de Castilla como de Aragón. Otro lote de cartas tiene como finalidad el que se pague el salario a los oficiales de la Inquisición tanto de Castilla como de Aragón. Entre estas destaca la dirigida a Pedro Badía, porque el obispo de Palencia ha enviado al maestro Fr. Juan de Enguera, dominico, acompañado del doctor Fontea a la Inquisición de Barcelona, y se ordena que se les dé el salario de 320 libras barcelonesas.
Hay cartas de delicadeza con los pobres endeudados de Lérida y Huesca, por lo que se da licencia a oficiales para que puedan juzgar y sentenciar en esos casos y hagan particiones iguales. En esta carta se dice que se ha reparado el castillo de Lérida.
Caso curioso es el de la carta dada en Granada. 15/07/1501 dirigida al inquisidor de Toledo, en la habla de un preso que llevaba el paño pintado y que tenía errores [heréticos], "de los que llaman del 'Saco', que andan muchos otros por estos mis reinos y especialmente se sabe que los hay en Sevilla"; que se averigüe y se comunique a los inquisidores.
El día 30 de julio de 1501,por carta desde Granada reduce la cuantía que la inquisición a impuesto a unos moros de Zaragoza, de 2.000 florines lo deja en 1000.Dichos moros eran: Yuce Xama, Faray Degali, Yice Audón, Ybrahe Barrami.
Se congratula el rey de que haya sido liberado Arnal[do] de Moros, y dicen que un fraile del Carmen de Calatayud, deposo falsamente contra dicho Arnal.
Por carta del 7 de agosto de 1501, se alegra de que se haya solucionado el alcance que recaía sobre mossen Joan Dembun, que era de 9.867 sueldo y 10 dineros. El hermano del finado, Fr. Pedro Dembun, abad de Viruela había pagado.
El 22(08/1501 pide que se dé a Martín Carvallo la mitad de los bienes que tomó en la bahía de Gibraltar en el navío de cristianos nuevos y como parte se le dé el navío.
El mismo día 22 de agosto escribe al arzobispo de Tarragona: hay pestilencia en Barcelona, por lo que el tribunal y oficiales de la Inquisición se han trasladado a Tarragona, donde no hay casas para el Santo Oficio, sino el palacio arzobispal y el palacio de Lope Bordeja. Le pide que por el tiempo de pestilencia, le deje una de las dos casas o palacios.
Hay cartas a Mallorca, Cerdeña, Sardeña, Sicilia y las islas pertenecientes. Se sabe que hay muchas mercadurías de herejes que pasan por la isla y no se tiene noticia de ellas. Se pide al receptor del rey, Diego de Obregón, que extreme la vigilancia y comunique lo que hallare.

Fernando el Católico, rey de Aragón y Castilla

Cuaderno de cartas del rey D. Fernando el Católico y de la reina doña Isabel (1501 )

Se inicia el cuaderno con una canonjía de Barcelona que posee el arcediano de Almazán [Fernando de Montemayor], y mossen Nicolao Bret le quiere despojar de ella, para él. El rey favorece al arcediano y escribe a Bret para que no le moleste; tres cartas desde Granada, 30/09/1501.

  • El 5/10/1501, el rey hace merced a Çaad Çadi, moro, vecino de Pliego, de la encomienda de Toledo de la Orden de Santiago. Éste había traído al reino de Granada cuando era moro, a una hermana suya que se había hecho cristiana para que tornase a Mahoma; por ello, los inquisidores de Cartagena le había desterrado de Murcia y confiscado los bienes de la familia. Ahora Çaad Çadi quiere convertirse al cristianismo y, si es así, el rey le levanta el destierro y le hace la merced de devolverle los bienes de familia. Dada en Granada.
  • El 6 de octubre de 1501, en Granada. Carta al venerable provisor de la Iglesia de Málaga: los vecinos de Tolox, Extavuo [Estepona], Benahabiz [Benahavís] de la Hoya de Málaga y Marbella, fueron bautizados, y después apostataron de nuestra fe y tornaron a la ley Mahomética (sic), y ahora, ellos han pedido que se quieren reconciliar y volver a la santa madre Iglesia. Por ello, y porque los inquisidores generales están en otros asuntos, le comunica que le envían la comisión para que los reconciliéis y absolváis haciéndolos adjurar imponiéndoles las penitencias saludables. El rey ruega y encarga a dicho provisor que visite los dichos lugares y reconcilie a los vecinos, sin dar escándalo y sin ruido.
    Devolución de bienes confiscado a un vecino de Calatayud.
  • El 30 de septiembre 1501 escribe al rey ¿de Portugal? porque algunos vecinos sospechosos o que han declarado ante la Inquisición se pasan al reino vecino. Entre ellos Gonzalo de León, vecino de Valencia de Alcántara. Le pide que no los acoja.
    Granada, 23/10/1501, salario extra a Miguel Pérez por la cuentas que lleva en la Inquisición de Valencia, 2.000 sueldos jaqueses.
    Granada 18/10/1501, con permiso del papa se pide que se cierre el campanario y las ventanas del convento de San Agustín y otras que dan a la huerta y clausura de las monjas de Santa Clara de la ciudad de Calatayud.
    Siguen varias cartas a bachiller mossen Luys de Maluenda, inquisidor y juez de bienes confiscados en Calatayud.
  • Écija, 02/12/150, carta a Luis XII rey de Francia: se han pasado muchos herejes judaizantes a los condados de Fox y Monpesler [Montpellier] y otras provincias de vuestro reino de Francia, desde Aragón... las estatuas de ellos han sido quemadas públicamente. Le pide que las personas que están citadas en el memorial, que lleva el nuncio, sean devueltas a su reino. (Al margen se escribe: no se usó esta requisitoria]. El mismo día se escribió otra carta al presidente y oidores del parlamento de Tolosa, sobre los mismos fugitivos de Aragón, para que den autorización al nuncio para prender y confiscar los bienes de dichos fugitivos. Y, con la misma data, otra carta a Mossen Gralla, embajador en Francia, para que haga llegar al rey la carta que le ha escrito.
  • Carta a los inquisidores de Aragón, el licenciado Fernando de Montemayor y doctor Quintanilla. Sobre la jurisdicción fiscal del tribunal, que es quien tiene que juzgar y no otros. Dad en Écija, 02/12/1501.
  • Ecija, 30 de noviembre de 1501, a los Diputados del Reino de Aragón, sobre tener conocimiento de bienes que creen pertenecer a los Diputados de Aragón en los confiscados por la herética pravedad.
  • Ecija, 07/ 12/1501, el rey ha hecho donación al comendador Fry Luis Çapata de unas casas en la ciudad de Calatayud a la carrera nueva, y después de vivir el comendador mucho tiempo ha sido un censal, que fue de Fernando López el Negrillo, hereje condenado, que luego se le dio a su hijo. El rey ya le había hecho donación al comendador y el asunto se había sobreseído y ahora se vuelve hacer instancia por la Audiencia y Justicia de Aragón. Ruega, dolido, que entiendan bien en el negocio.
  • Ecija 07/12/1501, otra carta sobre pleito de bienes confiscados, en este caso en Valencia. Se trata de un molino confiscado a un condenado por herejía, que el receptor del rey, Juan Claver, vendió a Francisco de Mompalao, y ahora los labradores que riegan sus heredades con agua del molino, le ha puesto pleito por ser bienes confiscados. Encarga el rey a los inquisidores vean el negocio de tal manera que se haga justicia como se debe, de manera que D. Francisco no pueda quejarse y la venta le sea enteramente guardada.
  • Écija, 08/12/1501, carta del rey y de la reina, al obispo de León (pero puede servir para todos los obispos), que no se entrometa en hacer inquisición, que para ello hay inquisidores apostólicos.
  • A Juan de Orduña receptor de bienes confiscados, en la villa de Valladolid: que venda la mitad de las casas y majuelo
  • Licencia al bachiller Alonso García vecino de LLerena, por haber sido condenado su padre y la memoria de vuestro abuelo no podéis ejercer el oficio de abogado y otros oficios, le hacen mercede para que pueda ejercer, sin caer en penas. Rey y reina, Sevilla, 4 días de enero de 1502.
  • Sevilla, 08/01/1502, manda el rey pagar los salarios al consejo de la inquisición de Cádiz con el partido de Jerez. Son 8 salarios, comenzando por el obispo de Jaén, inquisidor general, 100.000 mrs. Siguen los pagos a los consejeros de la Inquisición de Toledo, de Córdoba, Cuenca, Osma y Sigüenza.
  • En Mallorcas la Inquisición tiene preso a Pere Canti, mercader, al ques ele han secuestrado 32 piezas de paño, que allí tenía, que se den al receptor de la Inquisición y no se haga lo contrario. Sevilla, 31/12/1502 (sic).
  • Sevilla, 11/01/1502, a las autoridades de las ciudades y obispados de Cuenca, Sigüenza y Osma, para que den posadas buenas a Pedro Álvarez de Anaya, juez de de bienes confiscados, que del dinero de los mismos les den buenas posadas, ropas... Se manda pagar a los inquisidores y oficiales los mrs. de sus salarios. También manda que se pague a Aldonza Benet, hija de micer Benet los 10.000 sueldos, que hace mucho se les mando pagar, para ayuda de su casamiento. Pero el receptor no se lo ha dado, le manda que se le de a dicha Aldonza la cuantía dicha.
  • Sevilla, 11/01/1502. A súplica de doña Juan de Aragón, hija de los Reyes Católicos, hacen donación a Guillem Roch, despensero de dicha doña Juana, de unas casas que fueron de María Alexandre, hija de Franci Despla, que están en la ciudad de Barcelona, en las que moran ahora la suegra y mujer del dicho Guillem Roch, encomendadas por el Santo Oficio, que pueden valer hasta 300 libras barcelonesas, y dichas casas han sido confiscadas por condenación de la dicha María.
  • Sevilla, 14/01/1502, el rey y la reina, dan licencia al bachiller Gonzalo de Husillo, vecino de Toledo, para que pueda ejercer su oficio de abogado y otros, sin incurrir en pena, aunque su madre haya sido condenada por la Inquisición.
  • Sevilla, 17/01/1502, carta del rey y de la reina al obispo de Burgos, que se envía también a los prelados de Salamanca, Palencia, Ávila, Ciudad Rodrigo, Zamora y Segovia, y al licenciado Gumiel y al doctor Mercado. Se le pide que habiendo en sus diócesis Inquisidores apostólicos, ellos no deben entrar en las cuestiones de la Inquisición.

Fernando el Católico, rey de Aragón y Castilla

Documento del episcopado de D. Juan de Castilla. Pleito del Cabildo de Salamanca y Juan del Encina, clérigo salmantino estante en Roma

En Salamanca, 02/12/1502, ante Alonso Cornejo, escribano, reunión del cabildo catedralicio (se citan lo canónigo y racioneros), Francisco de Fermoselle, vecino de Salamanca, procurador y en nombre de Juan del Encina, su hermano, residente en la corte de Roma, presenta e intima y notifica, su poder y una bula de "mandato de providendo" del papa Alejandro VI, de la ración que en dicha iglesia ha vacado por muerte de Antonio Carrillo; bula en pergamino, en latín, sellada con sello de plomo, pendiente en cuerdas de cáñamo, concedida a su parte. Y asimismo, el proceso sobre ella fulminado, también escrito en pergamino y en latín, con sello de cera colorada en una caja de madera, pendiente de cordones colorados, cuyo tenor uno en pos de otro, sucesiva es: (se copian los dos documentos), la bula de concesión a de al ración a Juan del Encina, dada en Roma, San Pedro, de 1502, indicción quinta, día 25 de septiembre, pontificado de Alejandro VI año undecimo. Incluye las letras apostólicas dirigidas al obispo de Zamora [D. Diego Meléndez y Valdés], a quien se nombra juez y ejecutor, y al decano Oviedo y al archidiácono de cornado de Compostela, con la bula inicial de donación a dicho Juan del Encina, dada en Roma, San Pedro, año de la Encarnación del Señor 1500, el 3 de agosto, año octavo del pontificado de Alejandro VI. A continuación se copia la letra apostólica del papa Borja al obispo de Salamanca, dada en Roma en el palacio apostólico, en la cámara, de las habitaciones, el 25/09/1502, pontificado undécimo, obligando a la obediencia al obispo y cabildo a que, en el plazo de 6 días de la presentación de la letra apóstolica, cumplan lo mandado en la bula a favor de Juan del Encina, bajo penas y censuras: suspensión a divinis y entredicho a las iglesias. El notario del Vaticano es Egidio [Gil] Senier, llamado bisantinus [bizantino].
La respuesta a la bula del papa Alejandro VI, con que se inicia la copia de documentos, del 02/12/1502, la da el cabildo salmantino el día 07/12/1502, ante el notario Alonso Cornejo, y ante el bachiller en decretos, el honrado Sr. Gonzalo Monte, provisor oficial y vicario general de la ciudad y diócesis por el Sr. D. Juan de Castilla, obispo de Salamanca. Como procurador del cabildo actúa Juan de Villalón. Dada la premura del tiempo, para no caer en las censuras impuestas por el papa Borja, indicadas en el "proceso fulminado", la respuesta y apelación se presenta por escrito, dirigido al obispo de Zamora, como juez y ejecutor. Dice que el cabildo no está obligado a obedecer ni a cumplir lo contenido en la bula y su proceso: porque dicho pretenso proceso, provisión y censuras fueron y son ninguna, porque el "mandato de providendo" fue y es subrepticio y obrepticio, impetrado en gran perjuicio del bien público de la iglesia de Salamanca, del cabildo de ella y otras terceras personas, que son el maestro de canto y órganos, que son oficiales de dicha iglesia. Además, en esta iglesia de más de ciento diez y ciento quince años, y más tiempo, no fue ni es la pretendida ración que pide Juan del Encina, y si antes fue, sería "estruta y supresa" justa y santamente en favor del culto divino eclesiástico y del común de la iglesia de Salamanca..... Y lo otro porque perjudicaría a la iglesia de Salamanca, al cabildo a los oficiales, que tienen sus oficios en posesión jurídicamente; y atacaría a los privilegios de esta iglesia (por lo que en este asunto ni el obispo de Zamora tiene jurisdicción) y el cabildo no puede desposeer a los oficiales, por lo que no está obligados a cumplir lo mandado, etc., etc. En consecuencia, apela de lo mandado por V. Señoría, ante el muy santo padre y pide los apóstolos de esta apelación, sepe sepiua, sepissime y para los del cabildo y sus bienes, pide con día, mes y año al presente notario testimonio signado. Y porque al presente no se puede haber copia de S. Señoría para interponer la dicha apelación, por la mucha distancia, la interpongo ante el provisor y oficial de Salamanca, como ante pública y honesta persona, a quien pido y requiero me dé los apóstolos.

Cabildo de la catedral de Salamanca

Escritura de toma de posesión de la cuarta parte del lugar de Turra (1502-1739)

  • ES 37274.AHDOPE A-B-SAL-19-5-1
  • Uni. doc. simple
  • 19/12/1502 - 17/08/1739
  • Parte deFondo A (Antiguo)

Es el traslado de una escritura que se realizó en Turra (tierra de Salamanca), el 19 de diciembre de 1502, de la toma de posesión de la cuarta parte del lugar por Martín Perez, vecino de Salamanca, que por contrato de venta le pertenecía, ante Francisco Madaleno, escribano y notario, en Turra. El traslado se hace en Salamanca, por el escribano Roque Rodríguez Manzano y a petición del convento de San Esteban por el P. Fr. José de Muguira, procurdor de dicho convento, el 17/08/1739. Firma de Roque

Convento de San Esteban de Salamanca

Copia auténtica de la escritura del Testamento de Doña Beatriz de Sotomayor (1502-1549)

  • ES 37274.AHDOPE A-B-SAL-1-12
  • Uni. doc. simple
  • 13/12/1502 - 07/06/1549
  • Parte deFondo A (Antiguo)

La presente copia está pedida por el convento de San Esteban y su procurador Luis Medina, ante el teniente de corregidor, Licenciado Diego de Pareja, y la hace el escribano Diego Ruano, el 07/06/1549. Según se dice en el documento, el original del testamento era en papel, y cerrado y sellado con siete sellos de cera colorada en las espaldas y colgados de unas trenzas de hilo blanco y firmado de doña Beatriz de Sotomayor y de Francisco Rodríguez, notario apostólico, en Sardón [de los frailes], el 2 de diciembre de 1502. Doña Beatriz murió el 12 o el 13 de diciembre, porque el convento pide apertura del testamento el día 13 de diciembre. Se hace una detallada escritura de los pasos para abrir dicho testamento. La difunta dejó como heredero universal al convento de San Esteban, encargando a los padres Fr. Domingo de Vitoria y Fr. Gutierre de Ampudia (su confesor y director espiritual) cumplieran las mandas de lo dejado a sus criadas, y manda que se le entierre en la sepultura de su esposo Gonzalo de Villafuerte, en la capilla mayor del convento de San Esteban. Todos sus bienes (especialmente en Sardón) para el convento.

Convento de San Esteban de Salamanca

Escritura de venta de la cuarta parte del lugar de Turra y la toma de posesión(1502)

  • ES 37274.AHDOPE A-B-SAL-4-5
  • Uni. doc. simple
  • 25/09/1502 - 19/12/1502
  • Parte deFondo A (Antiguo)

El cuadernillo tiene la escritura de venta y la de toma de posesión de la cuarta parte del lugar de Turra (jurisdicción de Salamanca). Vende Alonso de Monroy , y compra Martín Pérez, por precio de 140.000 mrs.
Salamanca, 25 de septiembre de 1502, ante Juan González, de Salamanca, escribano.
A la hoja 8 comienza la escritura de posesión de la compra anterior, por Martín Pérez, en Turra, a !9/12/1502, ante Francisco Madaleno, escribano. Ambas escrituras van signadas y firmadas de los escribanos dichos.

Monroy, Alfonso de

Resultados 41 a 80 de 5281