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Convento de San Pablo de Burgos

Divide esta obra en 4 apartados:
I. Carpeta de Pergaminos
II. Libro de Becerro
III. Legajos de papeles
IV. Sección de libros

Hoyos Gómez, Manuel María de los, O.P.

Copia de la petición del P. Fr. Aniceto Fernández, provincial, al obispo de Madrid-Alcalá, Mons.Eijo y Garay, para erigir casa religiosa el "Aquinas" de Madrid

Indica que la idea de un Instituto "Angélico" en la ciudad universitaria de Madrid se ha abandonado. Pero la idea de la O.P. y del Ministro de Educación Nacional es fundar un Colegio Residencia que se llamará "Aquinas", cuyas obras están muy adelantadas. Por ello, solicita permiso para erigir una casa religiosa en dicho lugar.
La gestión de este permiso quería llevarla directamente el P. Maestro de la O.P. P. Fr. Manuel Suárez [que ya había fallecido en un accidente de coche], el retraso en la solicitud se debe a esta circunstancia.

Fernández Alonso, Aniceto, O.P.

Copia auténtica de la bula de Pio IX, por la que absuelve a Fr. Fernando Blanco, de su sede de Ávila para trasladarlo a la vacante metropolitana de Valladolid .

Esta copia auténtica, amén de comunicar el traslado de Fr. Fernando Blanco de Ávila a Valladolid, insiste en la entrega del palio, signo de la potestad plena del obispo, y también en la fórmula del Juramento que se hace al recibir el dicho palio, hasta el punto que se manda copia del texto a jurar. El obispo, antes de recibir el palio, escribió al nuncio expresándole los escrúpulos en la cuestión de las de defender "regalías de San Pedro" contra cualquier persona o institución, que el gobierno quiere retener (quitar). Esto obliga a que el papa le remita la fórmula de juramento y la nota explicativa del rey Alfonso XII y del Gobierno de España.

Pío IX, papa

Copia auténtica de las bulas de Pio IX a Fr. Fernando Blanco.

Esta copia auténtica recoge todas las bulas referidas a Fr. Fernando Blanco y Lorenzo, en el tiempo de ser electo y jurar como arzobispo de Valladolid:

  • La primera dirigida a Fr. Fernando Blanco, le comunica que la sede de Valladolid ha quedado vacante por la promoción de Juan Ignacio, título de Santa María de Pace, presbítero Cardenal Moreno, a la sede de Toledo; señala que el rey Alfonso XII de España, por sus letras y por el privilegio especial que tiene ha presentado a Fr. Fernando Blanco, obispo de Ávila, para ser trasladado a la sede de Valladolid, y oído el consejo de cardenales de la S.R.E. te transferimos a dicha iglesia metropolitana de Valladoli como arzobispo de ella. Dada en Roma, en San Pedro, el 17/09/1875.
  • La segunda también dirigida a Fr. Fernando Blanco y Lorenzo, obispo de Ávila, indica el papa Pío IX, que "hoy te absolvemos de de la sede de Ávila y te trasladamos a la iglesia metropolitana de Valladolid, que ha quedado vacante; le absuelve, y le declara absuelto, de toda suspensión, entredicho, censuras y penas. Data como la anterior.
  • La tercera es una carta del papa Pío IX al rey Alfonso XII, en el que le comunica que hoy, día de la fecha, Ha sido absuelto Fr. Fernando Blanco de la sede de Ávila y trasladado a la metropolitana de Valladolid. Data como las anteriores.
  • La cuarta bula está dirigida a los obispos sufragáneos de la iglesia metropolitana de Valladolid. Pide el papa que lo acepten como cabeza, con la obediencia y reverencia que son debidas... Data igual que las anteriores.
  • La quinta bula es la dirigida al Capítulo de la iglesia metropolitana de Valladolid. Les comunica el cambio de Fr. Fernando Blanco de la sede de Ávila a a la metropolitana de Valladolid y les manda, por esta letras apostólicas, que lo acojan humildemente como a padre y pastor de sus almas y muestren la obediencia y reverencia debidas y devotas y que reciban humildemente las salubres moniciones y mandatos. Data la misma que las anteriores. (Esta bula es la transcripción del pergamino de esta serie y U.D.C que lleva el n. 1 de los documentos).
  • La sexta bula es similar, y va dirigida al clero de la ciudad y diócesis de Valladolid, las anuncia que el elegido arzobispo, Fr. Fernando Blanco, hoy ha sido trasladado de la sede de Ávila a la vacante de Valladolid, como su arzobispo; por lo que por estas letras les pide lo admitan con grato honor como padre y pastor de sus almas y al mismo muestren la obediencia y reverencia debidas y devotas.... Data como las anteriores.
  • La séptima bula la dirige Pío IX al pueblo, a los habitantes de Valladolid; les pide que reciban a Fr. Fernando, devotamente como padre y pastor de vuestras almas, que lo miren con la debida honorificiencia, que atiendan sus avisos y mandatos salubres con humildad..
  • La octava bula va dirigida a " a los vasallos de la iglesia metropolitana de Valladolid". Les manda que le reciban devotamente, que le honren, y guarde la fidelidad acostumbrada.... Data la misma de las anteriores (véase las acotaciones del Consejo de Estado Español al final de este cuadernillo).
  • La novena bula, la dirige el papa Pío IX al episcopado católico: le comunica el traslado de Fr. Fernando Blanco, en el día de hoy, a la sede metropolitana de Valladolid, les recuerda, y quiere, como el mismo Fernando, que antes de tomar posesión en la sede y administración se debe prestar el juramento de fidelidad, y ejemplar de dicho juramento, exacto y sin correcciones, firmado y con el sello y en el tiempo fijado se debe transmitir a Roma para ser contenido en las mismas Letras Apostólicas, bulas, del nombramiento de obispo, que es lo que se ha hecho con la bula de Fr. Fernando, incluyendo la fórmula del juramento. Dada en Roma, en San Pedro, el año de la Encarnación del Señor mil ochocientos setenta y cinco, decimo quinto día de las kalendas de octubre, año treinta de nuestro pontificado (17/09/1875). Siguen los sellos del cardenal Vannicelli y del notario apostólico Bartolomeus Natali, testimonio de copia del original de Giusthiniani y los "vistos" del embajador español en Roma, el 25/09/1875, y el de agente Jacobo Prendergast, Madrid, 20/10/1875, al final A. Datti.
    El reverso del último folio del tercer pliego se hace algunas anotaciones de acuerdo con el Consejo de Estado:
  • Queda retenida (no se le da el pase) la bula dirigida a los vasallos de la iglesia de Valladolid por no ser propio de la autoridad eclesiástica dar la investidura de los señoríos temporales, y por estar abolidos por la leyes todos los señoríos jurisdiccionales.
  • En la bula de confirmación La primera de este cuadernillo) se retienen la cláusula «ex indultu seu privilegio apostolico cui non est hactenus in aliquo derogatum»
  • Ha tenido a bien resolver S.M. que la fórmula de juramento que el prelado ha des prestar antes de posesionarse de su iglesia, quede retenida la cláusula en la cual se promete defender contra cualquier persona las regalías de San Pedro, pues la palabra «regalías» envuelve la idea de corresponder a San Pedro lo que es propio de reyes y príncipes soberanos. Entendiéndose el juramento de obediencia a la Santa Sede sin perjuicio del de fidelidad debida a S.M... A esta retención, escribo el obispo Fr. Fernando Blanco, de propia mano: « De la retención de esta cláusula no se hizo uso y el juramento lo hice sin omitirla por no crerlo lícito en conciencia, y así lo dije al Sr. Ministro de Gracia y Justicia al remitirle el testimonio.» Se retiene pues la dirigida a los vasallos y la dirigida al rey. Las otras bula originales se le entregaron a obispo D. Fernando Blanco, Madrid 23 de noviembre de 1875. Firma Fernando Calderón y Collantes.

Pío IX, papa

Copia de literal de un oficio que el Gobernador de Oviedo envió al Colegio de Navelgas, y de la respuesta que se ha dado.

El oficio del Gobernador de Oviedo, como Presidente de la Junta Provincial de Beneficencia, transmite que no se ha presentado el presupuesto del Colegio de Navelgas, como manda la O. Ministerial del 23 de junio último; se le pone de límite quince días. Dado en Oviedo 1933-12-13. La respuesta de P. Celestino, en el reverso de la cuartilla: Lo de Navelgas no es propiamente una fundación y los dominicos no son Patronos sino herederos del finado.

Colegio de Navelgas

Copia del contrato de cesión del Colegio de Santo Domingo de Oviedo para Seminario Conciliar de la diócesis

Son 2 copias del contrato entre la diócesis de Oviedo y la Provincia Dominica de España, representadas por el obispo Juan Bautista Luis y Pérez y por el P. Luis Getino [Luis Alonso Getino] nuevo provincial de los dominicos. En ambas copia se indican los normes de los firmantes y los sellos, pero no hay firmas. El provincial Getino, O.P. señala las condiciones . Se indica también que el convento de Oviedo, era propiedad dela la O.P., desde su fundación; pero después, en 30/09/1903, había sido dado en usufructo perpetuo por el obispo Fr. Ramón Martínez Vigil, O.P., obispo de Oviedo.

Luis y Pérez, Juan Bautista, obispo de Oviedo

Copia simple de Súplica a la Santa Sede del P. Fr. Francisco Coello de Portugal y Acuña, s/f

Súplica del P. Fr. Coello de Portugal, para poder celebrar misa fuera de lugar sagrado, siempre que sea en lugar honesto. Se la había dado rescripto de la S. C. de Sacramentos el 12/01/1962, que ya ha expirado, por lo suplica prórroga del mismo privilegio, por el apostolado entre sus colaboradores. Pide que la gracia valga para todas las diócesis de España, dado que su trabajo

Santa Sede

Copia simple del Índice de documentos que se remiten al Tribunal Supremo para sustanciar el recurso contencioso-administrativo número 14.510, interpuesto por el Rector Superior de los PP. Dominicos de Corias, contra la Orden del Ministerio de Instrucción Pública y B.A. del 19 de septiembre de 1934

Como en el texto se lee, es el índice de 38 documentos, que componen 101 folios, que a petición del Tribunal Supremo, hecha el 5 de febrero de este año de 1935, se le remiten a dicho T.S. para el recurso contencioso- administrativo interpuesto por el convento de Corias contra la O. Ministerial del 19 de septiembre de 1934.

Colegio de S. Juan Bautista de Corias

Copia simple del Rescripto de dispensa al convento de Padrón del número de vocales para elección de socio al Capítulo Provincial, 1954

Falta cuatro meses y algunos días para la celebración del Cap. Prov. las Constituciones legislan que los conventos de 8 frailes, de los que 6 tienen voz activa, pueden elegir socio a dicho capítulo provincial. El caso es que el convento de Padrón con 8 frailes, pero los vocales no llegan a 6. Se pide dispensa para que pueda elegir, entendido que se procurará cuanto antes el número de los vocales. Se concede solo por esta vez, y dejándolo a la conciencia del Maestro de la O.P., Fr. Manuel Suárez, que lo concede, por esta vez.
El Maestro de la O.P., recibe y

Fernández Alonso, Aniceto, O.P.

Copias del Expediente del Ministerio de Instrucción Pública y Bellas Artes Relacionado con la fundación del Colegio de Navelgas.

Comienza con una carta de las madres de familia de Navelgas a la Reina, para que se lleve a cabo la realidad del último deseo de D. Ignacio González García, datada en Navelgas, 1920-07-29, por la maestra del pueblo doña Bibiana López. El Ministerio, que no tiene noticia del legado ni del Colegio, pide al gobernador civil, Presidente de la Junta Provincial de Beneficencia de Oviedo, información al respecto. así comienza todo. Los frailes contestaron a algunas peticiones de la Junta Prov. de Oviedo el 16 de marzo del 1923. No tiene los documentos originales, porque están en la Habana, sería necesario pedirlos, pero envían copia simple del testamento y del recibo de la herencia. Recalcan que es insuficiente lo dejado para levantar y sostener, y menos en Navelgas, un colegio d e 1ª y 2ª enseñanza y han optado por la mejor opinión de letrados, que es hacer lo que se pueda con el legado, y es lo que opinan también los vecinos de Navelgas. Se establecería un centro de estable y completo de 1ª enseñanza; algo de la 2ª y algunas clases de aplicación práctica par los jóvenes. Los intereses del legado no se tocan, porque se destinan sustento del personal docente. El Ministerio de Instrucción Pública sigue pidiendo, a los frailes de Corias, más informes: escritura fundacional, para "proceder a una clasificación" y relación de los bienes suscrita por ellos, data: Madrid, 1923-11-23. Hay informes que los frailes dan respuesta pero no a satisfacción del Ministerio, por lo que éste termina por "clasificar el Colegio de Navelgas de" Beneficencia particular docente", con las obligaciones de presentar presupuestos y rendir cuentas anualmente al Protectorado", Madrid, 19 de septiembre de 1934; comunicado por la Junta Provincial de Beneficencia de Oviedo, el 24 de septiembre de 1934 (ver la clasificación y comunicación en. B-C-NAV-b- 2-1-doc.1).

Ministerio de Instrucción Pública y Bellas Artes.

Correspondencia con la Provincia Bética sobre la Universidad (1956)

Carpeta procedente de la Curia provincial de España sobre las relaciones del P. Aniceto con la Provincia Bética por la Universidad Laboral de Córdoba. Incluye copia de la carta del P. Julián Fernández, Provincial de Bética, al P. Aniceto Fernández (Vedado, Habana) 18/II/56 [sic.] y propuesta de una solución para el mejor régimen y gobierno de la U.L.C.

Curia Provincial de la Provincia de España

Correspondencia de D.ª Ángeles de Uraín y documentación de últimas voluntades de D.ª Micaela de Uraín (1890)

  • ES 37274.AHDOPE B-C-VER-b-6-1-14
  • Uni. doc. simple
  • 17 de abril de 1890 - 22 de abril de 1890
  • Parte deFondo B (Archivo Nuevo)

Contiene:
-Carta de Bernabé a su tía, D.ª Ángeles de Uraín sobre asuntos personales de familia y la herencia de Micaela, San Sebastián, 18/04/1890.
-Concesión de indulgencias del Obispo de Vitoria sufragadas por D.ª Micaela de Uraín y Larranza, Vitoria, 22/04/1890.
-Certificado expedido por D. Rafael de la Escosura, Oficial de la Dirección general de Refgistros civil y de la propiedad y del Notariado. D.ª Micaela de Uraín y Larranza no otorgó ninguna disposición o modificación de su última voluntad desde el 01/01/1886. Madrid, 17/04/1890.

Uraín, Ángeles de

Correspondencia del P. Antonio Pastor Codesal con el P. Provincial Aniceto Fernández y una de Fr. Severino del Valle, Madrid - Guatemala (1952-1955)

  • ES 37274.AHDOPE B-B-b-24/3 vAC-1-3
  • Uni. doc. simple
  • 20 de marzo de 1952 - 5 de marzo de 1955
  • Parte deFondo B (Archivo Nuevo)

Son 8 cartas. Tema de empréstito para comprar casa cerca de Jesús obrero; noticias de la muerte de Fr. Serafín y Fr. Pelejero; se ve bien que la iglesia pueda ser parroquia; permiso para que pase a México; problemas de salud de Fr. Severino por lo que piensa en una capellanía de monjas; regresa Fr. Severino a España; noticias de la casa de Guatemala; problema de la propiedad jurídica; detalles del empréstito; noticias sobre las vidrieras del P. Ruiz Rivas; asunto de vocaciones; hay dos folios de "Esquema de convenio" para Baja Vera Paz entre el obispo Raimundo Manguán M. y la Provincia, borrador; problemas con el uso de dinero de Asociaciones y convento de Tívoli.

Pastor Codesal, Antonio, O.P.

Creación de la Hermandad de la Orden Tercera secular en la Provincia de España

El proceso cronológico de esta fundación, según estos documentos es:
1- Telegrama de D. Manuel de San Luis Beltrán Parazuelos Alonso al P. Julián Fernández, Provincial de Andalucía, enviado a Madrid, Colegio Santo Domingo, glorieta de Gaztambide. El origen de este telegrama es Dominicos -Córdoba. Comunica que el obispo [Mons. Albino] tiene gran interés en organizar la Tercera Orden Secular, bajo la dirección del P. Julián Fernández, que pide que de su autorización o autorice otro provincial.
2- Respuesta del P. Julián Fernández al telegrama de Manuel de San Luis Beltrán, Madrid, 1955-11-26. Le dice: la Hermandad de Terciarios ya está instituida en Córdoba y legalmente; él, el P. Julián, piensa que no puede constituir esa "Hermandad 'regular' de Terciarios Seculares". No hay dificultad, por su parte, si otro provincial tiene jurisdicción para hacer esa fundación, pero siempre bajo la responsabilidad de ese provincial; no se opone, sino que se alegra de que ellos (hermanos), puedan trabajar bajo la inmediata , directa y eficaz autoridad del obispo. Cuartilla en papel oficial del Provincial de Andalucía, con su membrete, y firma original del P. Julián Fernández.
3- Carta de De Manuel de San Luis Beltrán al P. Aniceto Fernández, Córdoba, 1955-12-09. Dos cuartillas mecanografiadas en papel común. Envái la carta del P. Julián y de acuerdo don el Sr. obispo [Mons. Albino] le aclara: se trata de fundar una Hermandad de la Tercera Orden Secular, sin ningún vínculo como "regular". Esta Hermandad, que podrá tener muchos hermanos, tendrá solo cinco o seis que trabajarán apostólicamente en el Reformatorio, que será de dicha Hermandad y como el lugar de su apostolado. Del P. Julián la palabra de que si otro P. Provincial quiere crear una Hermandad de la Tercera Orden Secular, para su apostolado, no hay impedimento; como no lo hay si algún padre dominico de la Provincia Bética quiere dirigir y orientar a los hermanos de dichas Hermandad. También tiene permiso para estar en el noviciado de Scala Coeli, como familiares, el P. Plaza lo permite, este padre nos apoya en la obra. Cuando vengan a Córdoba, a la Universidad Laboral, podrá hacerse cargo de la dirección de dicha Hermandad. El obispo pondrá como director un sacerdote secular, Terciario, y de la capilla de Hermandad (u Oratorio semi-público, de San Rafael (reformatorio)... Pide y ruega que el P. Aniceto una patente o certificado u oficio de erección de una Hermandad Tercera Secular, que desean que lleve el nombre del Beato Martín de Porres. Al final le dice: que sería conveniente tener constituida la Hermandad para primeros de año. Firma original de Manuel de San Luis Beltrán.
4- Carta de Manuel de San Luis al P. Aniceto. Córdoba, 1956-02-23. Cuartilla manuscrita. Está esperando que se imprima el Acta de la ceremonia de erección de la Hermandad. Nada más esté se la enviarán. Comunica que D. Hortilio Armayor ha pedido ingresara en la Hermandad. El obispo se lo ha concedido con emoción. Pide al P. Aniceto que envíe el consentimiento para que dicho sacerdote tome el hábito y también para que los hermanos hagan una profesión, que se hará en día que sea la Toma de posesión del Reformatorio. Desea que ese día el P. Aniceto pueda estar en Córdoba.
5- Carta de Manuel de San Luis Beltrán al P. Aniceto Fernández. Córdoba, 1956-03-02.Agradece que haya concedido a Fr. Albino [obispo de Córdoba] que pueda dar el hábito y Profesión al sacerdote D. Hortilio, ingresado en la Hermandad. El obispo está emocionado con la obra, hasta el punto de la tiene como obra propia (que lo es). Da noticia de entradas de hermanos, y de pasos que darán. Una cuartilla, a máquina, firma original.

Fernández Alonso, Aniceto, O.P.

Curriculum vitae del P. Venancio Diego Carro

Doc. 1: es el curriculum vitae escrito por el mismo P. Carro y redactado en primera persona (aunque a veces pasa a la tercera), tiene muchas lagunas, pasa de un tema a otro, errores mecanográficos a montones... Todo parece indicar que lo hizo ya enfermo, y está sin terminar. Tiene, como se ha dicho 4 ff. numerados. No tiene fecha ni firma. Interesante porque cita muchas obras realizadas en Caleruega y Burgos, que los otros documentos no citan, ni siquiera en la nota necrológica de las Actas Cap. Provinciales.

Diego Carro, Venancio, O.P.

Curriculum vitae o Datos biográficos del Dr. P. Venancio Diego Carro, O.P. de la Real Academia de ciencias Morales y Políticas, de Madrid.

Este documento 2 es también un curriculum vitae, pero más amplio que el escrito por el mismo P. Carro y redactado en tercera persona. Recoge obras publicadas por el P. Carro y su difusión en Bélgica y en América, algunas publicaciones en la Rev. "Angelicum". Señala que fue restaurador del convento de Atocha, donde fue superior. Fue también catedrático de Religión en la universidad de Madrid y fundador del Instituto Histórico Dominicano en Madrid. Indica otras muchas actividades del P. Carro.

Diego Carro, Venancio, O.P.

Datos Biográficos del P. Venancio Diego Carro, O.P.

Este documento lleva añadido sobre el título: "Real Academia de Ciencias Morales y Políticas de Madrid". Muy parecido al anterior (Doc. 2), pero en otro estilo, más cercano y a veces escueto. Su autor es un anónimo dominico, ya que son varias las aclaraciones sobre costumbres o leyes dominicanas, y da algunas noticias de sus destinos en la Orden, y dice "Que el P. Carro sigue residiendo en Santo Domingo el Real, como Director del Instituto Histórico Dominicano, C/ General Oráa, 14".

Diego Carro, Venancio, O.P.

Demanda Contenciosa de los PP. Dominicos de Corias por la cuestión de la casa de Navelgas

La Demanda contenciosa, escrita por el abogado D. José Guimón Eguiguren, Madrid, 29/05/1939, es sobre el edificio del Colegio del "Santísimo Sacramento" de Navelgas. Construido por el Colegio de Corias, como heredero de los bines dejados por D. Ignacio González García, por su testamento en La Habana, 22/04/1912, que dejaba todo a los dominicos de Corias para hacer un centro benéfico de enseñanza primaria y secundaria. Debía tener (o creer) que tenía dinero abundantes, pero a la hora de la muerte y pagos de los albaceas, se entregó a los dominicos 19.725'40 pesos, o lo que es igual 84.819'20 pts. con una renta de 4.240'96. La gente del pueblo, sin saber lo que había dejado, hablaban de 100.000 pts. del legado dejado al pueblo; y así pidieron que se les diera 50.000 pts. para adquirir una casita donde se dieran las enseñanzas. Los herederos (los dominicos) viendo lo exiguo de la renta decidieron que era mejor, construir por su cuenta el edificio (construido tiene un valor de más de 250,000 pts. y dejar el capital y con la renta para hacer frente a los gastos de mantenimiento de las enseñanzas que deseaba el bienhechor, en la planta baja del edificio, y el resto de éste para las necesidades de la comunidad de dominicos, que debían enseñar y educar. Y así los dominicos comenzaron a dar las enseñanzas en el curso 1928-1929. Pero la legislación del 1934 y la Junta Provincial de Bienes Benéficos incluyó este centro como una Fundación u Obra Pía, que nada tenía que ver con la institución de los dominicos como herederos del bienhechor de La Habana. Pero el proceso revolucionario en Asturias en octubre de 1934 cogió al P. Nicolás Albuerne en Villamejín, con lo que del 3 al 23 de octubre, no pudo salir dada la persecución de los religiosos y fueron esos días cuando se notificó y se ejecutó la clasificación del edificio como bienes propios de una fundación benéfica. Lo que suponía que el edificio construido por los dominicos de Corias con su dinero propio se lo quitaban. Después de largo tiempo el pleito llegó a esta Demanda contenciosa, que firma y entrega el abogado José Guimón, en Madrid, 29/ 05/1939. Al final, hay unos folios de copias de documentos: una fotografía del conjunto de Navelgas (que no está en este escrito), nn 2 y 3: certificado del abogado secretario del ayuntamiento de Congas del Narcea; certificación de los PP. de Corias, de la elección del P. Nicolás Albuerne como prior de Corias. y 5, acta notarial requerida por el P. Nicolás Albuerne, de cómo este no pudo salir de Villamejín del 3 al 23 de octubre de 1934, dada en Proaza el 1939. Por eso no pudo hacer la reclamación de la clasificación del Navelgas.

Convento de San Juan Bautista de Corias

Despacho real de Alfonso XII al Venerable Presidente y Cabildo de la Sta. Iglesia Metropolitana de Valladolid

El rey comunica al Presidente y cabildo de la iglesia catedral de Valladolid y a su vicario capitular en sede vacante, que es el patrono de todas la iglesia de reino, por lo que presentó a Su Santidad al P. Fr. Fernando Blanco y Lorenzo, obispo de Ávila, para el arzobispado de Valladolid. El Santo Padre lo aceptó y dio sus bulas el día 17/09/1875 y el Consejo de Estado las aprobó quedando retenidas "la dirigida al mi real persona", la de "vasallos" y en la bula de confirmación quedan retenidas: la "que supone que la presentación hecha en mi real nombre ha sido por privilegio apostólico", cuando me corresponde por derecho de patronato; se retiene la cláusula que "manda la prelado la creación de un Monte de Piedad ", por ser esto perteneciente al poder real; lo mismo la reserva que establece a favor de la Sede Apostólica de la facultad de hacer nueva demarcación de la diócesis de Valladolid; también la cláusula del juramento que el prelado debe prestar, por la que se promete defender contra cualquiera persona las "Regalias de San Pedro"... Manda al Cabildo que acojan al prelado como su arzobispo, le dejen desempeñar su oficio y ejercer la jurisdicción archiepiscopal. El rey declara que por esta carta él le recibe y tiene recibido por arzobispo de Valladolid. Dada en Palacio, a dos de diciembre de 1875, Yo el Rey. En el reverso de la última hoja el obispo, ya arzobispo, Fr. Fernando Blanco, vuelve a testificar de su puño y letra "que el juramento de fidelidad al Papa, tanto para tomar posesión del arzobispado cuanto para recibir el sagrado palio se hizo conforme todo al Pontifical Romano y a la fórmula permitida por S. Santidad, sin tomar en cuenta la retención de la cláusula relativa a las Regalias de S. Pedro, antes bien expresándola; y así lo manifesté al Ministro de Gracia y Justica por escrito, rogándole que en adelante se omita dicha retención" (no firma)

Blanco y Lorenzo, Fernando, O.P. y exclaustrado, obispo y arzobispo.

Dispensa a Fr. Andrés Hernández del defecto de 7 meses para poder tener el oficio de socio [submaestro] del maestro de Novicios

Rescripto concediendo que el P. Andrés Hernández dispensa de siete meses de edad para poder ser submaestro de novicios, en Palencia, pues era el tiempo que le faltaba para tener la edad que el Derecho Canónico exigía para dicho cargo. El Maestro de la O.P. Fr. Manuel Suárez, en el reverso del rescripto sella y firma la aceptación. Y el P. Provincial, Fr. Aniceto Fernández, con su firma y sello, corrige el error del rescripto, que pone Fr. Ángel Hernández, cuando en realidad es Fr. Andrés Hernández.

Sagrada Congregación de Religiosos

Dispensas de votos en el año 1967

El documento es un elenco de frailes por orden alfabético de apellidos; los votos dispensados se señalan: temporales o solemnes y al final la fecha de la dispensa. Hace un balance por votos dispensados: Temporales 14, y solemnes, 9.
Como el anterior es un documento para uso del archivo provincial

Calle, Ovidio, O.P.

Disposiciones Testamentarias de Sor María Concepción de Santo Tomás de Aquino Flores, Madrid, 12/02/1914

Testamento hecho ante el notario D. Ramón Martínez y Rodríguez. Deja herederos universales y únicos a D. José Ronzano Camañes y a su fallecimiento a D. Lesmes Alcalde Barbero (el P. Lesmes) y después del óbito de este a D. José Fernández Velasco (el último en plena propiedad). Albaceas D. Arturo Ortega y D. Inocencio Fernández Bada (dominicos, aunque no lo dice).

Martínez Lozano, Antonio, O.P., Provincial Prov. España

Diverse lettere et risposte in materia della Concettione

Contiene las cartas o extractos de cartas siguientes:

  • Carta del papa Paulo V al rey Felipe III de España, Roma, Santa María Maggiore, 19/01/1619, exalta la devoción y piedad del rey a la Sma. Virgen, como Inmaculada y patrona. No quiere innovar o mudar en la materia. Da gracias a Dios, venera la inenarrable belleza y pulcritud de la Madre de Dios. Latín.
  • Carta del nuncio de España [Antonio Caetani] al cardenal Borghese, Madrid, 16/07/1617. Italiano. Informa del negocio de la Inmaculada, en el reino de Aragón y en la corte de Madrid. Italiano
  • Carta del Cardenal Mellino al Maestro de Camera de nuestro señor, Roma 08/09/1617. Italiano
  • Billete del cardenal Mellino a la santidad de n. s. Paulo V, di casa, li, 29/08/1617. Informa sobre la reunión, que duró de las 20 horas a la 1 de noche. Se trató: si la materia (Immaculata Concetta) es definible, si era expediente de definir, en este punto dijerolque sí los cardenales Aldobrandini, Belarmino y Borgia; los otros, Verallo, Bonsi Araceli, Ascoli y yo [Mellino] tenemos la opinión negativa; si se prohibía que no se dé a conocer ni en el púlpito ni medios públicos la opinión de lo comentado; Aldobradino, Berlarmino y Araceli fueron negativo, los demás positivos. La mayor parte de la reunión fue discutir si María Ssma. fue concebida en pecado o no. italiano
  • Carta del P. Luis Aliaga, confesor del rey al Maestro de la O.P., [P. fr. Serafino Secchi], Madrid, 27/01/11617. Escribe para animarle a que se decida a pedir al Santo Padre que soluciones el problema de la Concepción, ante una oferta del flamenco conde de Luden, herético, de 100.000 escudos.... Madrid, 27/08/1617. Italiano
  • Carta del nuncio de España al cardenal Borghese, Madrid 30/09/1617. Italiano
  • Carta del cardenal Borghese al Nuncio de España, Roma, 20/11/1617. Italiano
  • Carta de los Maestros en teología de la provincia de España: Al Rvmo. Padre nuestro Maestro General de la Orden de Santo Domingo [Serafino Secchi]
    Por orden del rey [Felipe III], juntó nuestro P. Provincial en esta corte, en el convento de Atocha, a los PP. Maestros de la Provincia, para tratar de los medios más convenientes a la paz de la República y servicio de Dios nuestro Señor, en la materia de la Concepción de la Virgen, nuestra Señora. En la reunión se presento el duque cardenal de Lerma, con carta del rey. y les presentó tres puntos de parte del monarca. Primero, que la provincia pida a su santidad mande que celebre la fiesta de la Purísima Concepción de nuestra Señora como la celebra el resto de la Iglesia y en vez de "Santificación" se diga "Concepción". Segundo que predique la "opinión pía", que nuestra Señora no fue concebida en pecado original, sin hacer mención a la opinión de Santo Tomás, sino dejándola en su probabilidad. Tercero, que desde luego, en presencia o ausencia del S.M. se predicasen algunos de estos sermones. Dicho esto el duque de Lerma salió de la junta. Estaba presente el confesor del rey [Fr. Luis Aliaga]. algunos padres fueron del parecer que se concediese al rey todo lo que pedía, porque era justo, pero la mayor parte fue del parecer: Primero, que en cosa tan grave y tan propia de la Orden, no se diese paso alguno ni se determinase la menor cosa sin dar parte a Vuestra Rvma. ni se comenzase a hablar palabra al Su Santidad, que no se hablase por boca de V.Rvma.; segundo, que así en le rejar, como en el predicara sentían mucha dificultad, en cualquier innovación que hiciese, que siente lo mismo que otrora, que es lo que enseñaron los Santos Padres y "al presente permanecemos en la misma sentencia con la misma firmeza, sería una grave disinción (sic), indignos de predicadores de el Evangelio, predicar lo contrario, lo qual sería un grand menoscabo de la verdad que la Orden de Sto. Domingo ha profesado, y en agravio totale de la sinceridad quese profes en el púlpito"; el tercero, que se la presente a Su Santidad el lado de esta controversia y alboroto de la República y perseverancia en nuestra doctrina y como nos arrojamos a sus pies como nuestro dueño, que [a} nosotros mismos nos mande lo que debemos hacer en esta parte, que en negocio tan grave más toca Su Santidad que a nosotros, y ejecutaremos puntualmente... En Santo Tomás de Madrid, 24/06/[1618] Firman los Maestros: Fr. Baltasar Navarrete, Fr. Diego Lorenzana, Fr. Juan de Pereda, Fr. Domingo Pimentel, Fr. Bernardino de Ayala, Fr. Francisco de Sotomayor, Fr. Francisco de Augustina, y los presentados: Fr. Pedro de Olivares, Christóbal de Torres.
  • Carta al cardenal Borghese, desde París el 15/02/1619, el nuncio de Francia; conocen la respuesta de España, prefiere no mover nada ni innovar en cuestión de la Concepción.
  • Y otra carta desde Paris, 30/01/1619,del mismo Nuncio Guido Bentivoglio, arzobispo de Rodas, que en escaso cree que es una cuestión de odio de los españoles al pontífice.
  • Otra carta de los dominicos españoles al Maestro de la O.P., (pone Rvmo Padre) de aquellos que no estaba de acuerdo con la anterior. Por orden del rey Felipe III se reunieron el confesor del Rey [Aliaga], el Padre provincial y maestro de la Provincia. Vino el duque de Lerma y entregó una carta. Dice que propuso dos puntos principales. El primero, que la Provincia de España suplique al V. Santidad, les mande dejar y celebrar la fiesta de la Purísima Concepción Concepción en la forma que la reza y celebra el resto de la Iglesia; segundo, que V. Santidad mande a los religiosos de la dicha provincia que prediquen la opinión que tiene que la Virgen fue concebida sin pecado original. Quiere que su Santidad mande que se cumplan los dos puntos para la paz y sosiego de los reinos del la Iglesia y la Orden. Madrid, 24/06/1618. Firman: Fr, Luis Aliaga, Fr. Antonio Pérez de Sotomayor, el maestro Fr. Tomás González catedrático de prima y consultor de la Inquisición, el maestro Fr. Juan González catedrático de prima de la Complutense, el maestro Fr. Juan de la Fuente cronista de S.M. consultor del Supremo Consejo de la Inquisición, el maestro Fr. Lorenzo Gutiérrez catedrático de vísperas Complutense y consultor del Consejo S. de la G. Inquisición, el maestro Fr. Alonso Barrantes, prior del convento de San Pedro Mártir de Toledo y consultor del S.O. de la Inquisición de Valladolid y Toledo, y el P. Fr. Pedro Venero rector del Colegio de Santo Tomás de Alcalá y consultor del Consejo Supremo de la Inquisición.
  • Capítulo de una carta escrita por el P. General de Sto. Domingo de Lisboa (sic), 09/07/1618, al P. procurador general de la misma Orden en Roma. Está informado de la cuestión del España y de la reunión provincial de los maestros sobre la Concepción de María Virgen. Le envía copia de las cartas que ha recibido.
  • A continuación se copia una carta o escrito del obispo de Foligno al Santo Padre, dándole a conocer que ha recibido cartas del Nuncio de España, del 21 y 23 de febrero pasado, ve comprensible que no se pueda escribir ni estampar contra la opinión pía, por lo que no se divulga lo escrito por el doctor Silvio, teólogo de Duay, sobre la tercera parte de Sto. Tomás, y que se pondrá diligencia para examinar otros ejemplares... (sin fecha).
  • Al final se copia una carta dirigida a Mons. Patriarca de Jerusalén, a cuyo margen se escribe: 1618/26/diciembre. Habla del obispo de Cartagena enviado como Embajador extraordinario, y recibido con tales honores, que en la segunda audiencia presentó carta del Su Majestad, escrita con mucha eficacia sobre la materia de la Concepción de la gloriosa Virgen, instando a su Santidad que definiese el artículo fundándose en el escándalo. Su santidad, escuchando con atención, le respondió que no podía sino alabar mucho la singular piedad, santo celo y devoción a la Virgen... en cuanto al negocio, le dijo S. Santidad que no era nuevo, al que se ha dedicado tiempo y estudio cuanto era necesario, y su Santidad, después de haber rezado mucho a su divina Majestad había hecho el decreto hecho, y su conciencia no le permitía más..

Paulo V, papa

Documento declarando erigida en casa de la Orden, con la advocación del Santísimo Sacramento, la que acaba de construirse en la villa de Navelgas.

Se declara erigida la casa de Navelgas, habiéndose cumplido todas las condiciones del Derecho Canónico y de las leyes de la O.P.: petición del P. Provincial y su Consejo, y obtención de la licencia del Maestro de la O.P., consentimiento del Ordinario del lugar y beneplácito de la Santa Sede [autorización del nuncio]. El documento señala la formación de la primera comunidad de dicha casa de Navelgas, por la asignación de los religiosos: M.R.P. Fr. Celestino José Alonso, a quien se instituye en Vicario de la nueva comunidad, R.P. Fr. Enrique Izquierdo, y el hermano converso [o lego, o de obediencia] Fr. Antonio Peña

Cuervo López, José, O.P. Provincial de España y de la Prov. de Argentina

Documento sobre Fr. Luis Alonso de la Puente enviado por D. Luis González Gallo, Madrid, 18/09/1900

Sobre Fr. Luis Alonso de la Puente, asesinado en Madrid el 17 de julio de 1834, del convento de Santo Tomás. Enviada esta biografía por D. Luis González Gallo, a quien se la facilitó el párroco de Arroyo de Valdivielso (Burgos), D. Cirilo Alonso de la Puente, ya finado.

González Gallo, Luis

Documento sobre las relaciones con otras provincias (Aragón y Filipinas) y el envío de frailes a América

Son notas informativas a tener en cuenta, indicando las fuentes. Trata de la Provincia de Aragón y su restauración; con la Provincia de Filipinas, para la fundación de Nieva y con provincias de Hispanoamérica y el envío fe frailes a dichas antiguas provincias americanas.

Dominicos. Provincia de España

Documentos referentes a los intentos para la reconstrucción del templo de Santo Domingo de Gerona

Estas hojas o escritos dependen de una instancia, que no se encuentra en este archivo, dirigida por el P. Monleón y el obispo D. José Cartañá al Sr. D. Mariano Puigdollers, y de una visita que en enero hizo el P. Monleón a dicho Sr. Puigdollers. El P. Aniceto Fernández sirve de intermediario.
La carta del 13 de abril: manifiesta la buena acogida por parte del Sr. Puigdollers de la idea de restauración del templo de Santo Domingo, único ejemplar del gótico primitivo en Cataluña; pero manifiesta que no hay dinero. El obispo tiene máximo interés y está ilusionado con la recuperación y restauración del templo. El P. Monleón, autor de esta carta, pide algo de dinero para este año para el templo.
La cuartilla es una respuesta del P. Alfonso Monleón, Gerona, 16/04/1959, a otra carta del P. Aniceto Fernández, en la que le dice que le envía una copia de la carta que escribió al Sr. Puigdollers (es la carta anterior). El obispo ha sentido mucho la falta de dinero para la restauración. Anuncia un viaje a Madrid, para ver qué se puede hacer. Agradece la intercesión del P. Aniceto.
El otro folio (n.3) es una carta del Director General de Asuntos Eclesiásticos, D. Mariano Puigdollers al P. Aniceto, en papel oficial. Comprende la desilusión que expresa la carta de P. Monleón. Le explica el funcionamiento de los presupuestos para Asuntos de templos y conventos que es bien poco. Ha solicitado para la Memoria presupuestaria del próximo bienio la inclusión de un nuevo concepto: "reconstrucción" y ha cifrado la cantidad de 2 millones de pts. A ver si Hacienda lo acepta. De momento, ha concedido para el asunto de Gerona, 25.000 pts. No es nada, pero da lo que tiene. Al final, por ser San Aniceto le envía, de propia mano, un cordial felicitación.

Fernández Alonso, Aniceto, O.P.

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