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Descripción archivística
Fondo E (Libros y documentos ajenos a la Orden) Uni. doc. simple
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Lote de cuartillas y billetes o notas, cosidas formando un mismo documento, de recibos firmados por los empleados de la parroquia de San Pablo, del salario o trabajo que han cobrado.

Se indican varios puestos de trabajo en l aparroquia de San Pablo y lo que se les pagaba. Por poner algún ejmeplo:

  • El organista , Juan López, firma haber recibido 140 reales, por el salario entero del año 1834
  • El sacristán, Tomás Rincón, firma el recibo de 120 reales, del medio salario del sacristán, que se cumplió el 31 diciembre de 1834. También figura como sacristán Nicolás Arévalo. Tenía además otros 22 reales por salir con la cruz a procesiones generales, y rogativas.
  • El Monaguillo (Monacillo) declara haber recibido 33 reales, del medio salario que cumplió en 31 de diciembre de 1834. No pone en el hombre, pero aparece con fecha de 16 de octubre de 1834, y se llamaba Segundo Martín, y no sabía firmar, y ha recibido 33 reales por medio año de su salario, cumplido por San Juan de 1834
  • Alonso Escapa ¿Domínguez? cerero, ha recibido 21 reales más 26 mrs. importe de 2 libras de cera (a 10 reales la libra) y los 26 mrs. del renueve de 15 onzas de cera vieja, renovada por nueva.
  • Hay también recibís de arrieros por traer carga de trigo.
  • Felvi Simón ha recibido 151 reales por 75 libras de aceite, compradas al peso, y además ha dado 4 reales al mozo, por su trabajo.

García, Juan, administrador de la fábrica de la parroquial de San Pablo

Escritura de arrendamiento de tierras en Valverdón, propias del beneficio parroquial de San Pablo, a Carlos Marcos, vecino de dicha localidad.

Se dice que Valverdón es lugar de la jurisdicción de la ciudad de Salamanca; no indica qué tierras son, pero sí se dice que la paga es al párroco de San Pablo, D. Joaquín Román, que debe dar 5 fanegas de trigo bueno, seco y de buena calidad en cada un año de los seis, por los que se hace el arrendamiento, prorrogable por otros seis, cosa que se hace desde el 1823 al 1839. La firma primera es del 25 de abril de 1824, pero el tiempo se cuenta desde 1823.

Román, Joaquín, cura párroco de San Pablo (San Polo)

Sobre vacío, dirigido a la Revda. M. Priora o Presidente de nuestro convento de Santa Cruz Dominicas de Vitoria

Supuesto sobre que contenía documentos de la Inquisición de Logroño. Cuando se hace esta catalogación el sobre está vacío, pero es evidente que los documentos del obispo e inquisidores están doblados en función de este sobre. Y cosa importante: el sobre se ha conservado junto a estos documentos.

Anónimo

Escritura de arrendamiento de la huerta " La Cabra", por el cura párroco de San Pablo, D. Joaquín Román a Francisco Quintano, por 9 años

La huerta arrendada es propia del beneficio, del párroco. Se arrenda por 300 reales cada año, a pagar en el mes de enero. El arrendatario, confiesa que ha pagado a arrendatario anterior a él, Manuel Díez (vulgo cantero) en lo que se tasó la madera que deja en la noria de dicha huerta, por ser público que la destruyeron los franceses, y haberla costeado, nueva, él mismo. Ahora, Quintano declara que el maderaje de la noria que por propio suyo.
Se van señalando y firmando, por D. Joaquín Román, los pagos puntuales que hace el arrendatario, hasta enero de 1839.

Román, Joaquín, cura párroco de San Pablo (San Polo)

Nota del Comisario General de Cruzada, con varias declaraciones e instrucciones públicas, sobre gracias, privilegios y facultades en virtud de la Bula de la Santa Cruzada

Recuerda que para participar en las gracias, privilegios... de la bula de la Santa Cruzada hay que ternerla o tomarla y pedirle y escribir su nombre; también recuerda que no es suficiente dar una limosna, sino lo que a cada uno se le ha señalado. La duración es de una año desde la publicación de la bula. Hay que tener también el Sumario de la Bula llamado de Vivos y el de Difuntos, para éstos últimos se pueden tomar 2 Sumarios. Se alude al Sumario de la Bula de Composición, que la pueden tomar quienes deben restituir y no se ha averiguado el verdadero dueño, con tal que paguen 2.000 mrs..... Madrid, (sin día) de octubre de 1809. D. Patricio Martínez de Bustos.
Son declaraciones e instrucciones anteriores, de los años 1755,1757 y 1797.

Martínez de Bustos, Patricio, Comisario General

Testamentaría de Manuel Álvarez. Concierto entre Isabel Hernández, viuda de Manuel Herrero, y su hijo Juan García, herrero, y ajuste de cuentas entre ambos.

Se trata de un documento de concierto entre Juan García Herrero y su madre Isabel Hernández, viuda de Manuel Herrero. La madre se obliga a dar al hijo, que se ha casado con Josefa Sánchez, 480 reales de vellón y éste debe estar sujeto a todas las obligaciones del oficio de herrero, por lo que la madre le da la casa y fragua sita en la calle San Pablo de esta ciudad, y con todos los instrumentos del oficio de herrero. A partir del año 1836 el hijo pagará a su madre por el alquiler. Se hace inventario y tasación de la casa, fragua, e instrumental. Se citan los hijos de Manuel Herrero e Isabel Hernández. En un folio suelto y doblado está las medidas y tasación de la casa, hecha por Tomás Crespo y Manuel Hernández, Salamanca, 24 agosto de 1824 (se tasa en 3.164 reales).

Álvarez, Francisco, notario

Carta de fray Jaime Bleda

El autor, Fr. Jaime Bleda, calificador del Santo Oficio en Valencia, escribe al rey (Felipe III), en el distrito dice que quedan 2550, morisquillos, hombres y mujeres, algunos ya adulto, circuncidados y profesos de la secta de Mahoma; quedan en Valencia ciento grandes con título ficto de esclavos y 25 casas en Tortosa, tan moros como lo que pasaron a Argel... La Inquisición desconoce esta situación... pide que se le dé nombramiento de comisario para este asunto, pues tiene experiencia. Sin firma, por lo que es copia simple.
En el margen superior hay anotaciones del Consejo: Madrid, a 28 de marzo de 1612. Informen los Inquisidores. Sáquese una relación primaria para el Consejo de Estado.

Bleda, Jaime ¿O.P.?

Reconocimiento de paternidad

Florentino de Cruz reconoce a Francisco Cruz Toral como su hijo natural habido con Petra Toral soltera; ambos de naturas y residentes en Aldeamayor de San Martín, 15/10/1866. Firma el dicho florentino y los testigos Fermín y Sebastián Benito

Cruz, Florentino de

Síntesis histórica de la universidad de Oñate en respuesta a la Real Orden del 19/04/¿1800?

La universidad de Oñate, cumpliendo la O.R. del 19 de abril de ¿?, envía una buena síntesis de histórica de la universidad. No lleva ni firma ni fecha, pero es posterior a 1786, ya que el plan de estudios que se observa es el de la R. Cédula del 22/01/1786. Es copia simple

Universidad de Oñate: Sancti Spiritus

Carta del obispo de Calahorra y La Calzada, D. Andrés Porras y Temes, autorizando el oficio y misa de la festividad de la Purísima Concepción, según lo tiene la Orden Franciscana.

Recuerda que este privilegio lo ha pedido el rey al papa, para que la bula «Quum Primum», del 17/01/1761, tenga efecto en España. La concesión es para todos los fieles: sacerdotes, religiosos, institutos seculares y fieles laicos. Esto se concede a perpetuidad, pero que se use el oficio y misa ya aprobado por Roma que tiene la religión, orden, franciscana. Datado en Santo Domingo de La Calzada, a 24/05/1762.

Porras y Temés, Andrés, obispo de Calahorra-La Calzada

Constitución de la Congregación de Hermanas Oblatas de la Santísima Eucaristía, 19/04/1992

Constitución de la Congregación de Hermanas Oblatas de la Santísima Eucaristía, fundada por la M. María Auxilia de la Cruz. Nota del Arzobispo Primado de México, Mons. Ernesto Corripio Ahumada, y del canciller, Mons. Francisco Macedo Tenllado, México, 19/04/1992.

Congregación de Hermanas Oblatas de la Santísima Eucaristía

Carta de fray Jerónimo Gracián al ¿Inquisidor General?

La carta está datada " De Vince", 31 de octubre de 1609. Dice que vino a Flandes con el marqués de Guadaleste, embajador, "con el intento de imprimir mis obras y ejecutarme en almas más necesitadas, como he hecho." Se ha fijado en lo que podía hacer daño a nuestra fe, valiéndose de cierta correspondencia con Holanda e Inglaterra. Se ha enterado que se llevan a diario cantidad de libros heréticos a España y a las Indias, donde los herejes navegan, es principalmente ahora que hay tregua, y tienen muchos aprestados para enviar en abundancia. Tiene, con permiso del nuncio y del arzobispo de Malinas unos libros: «La Biblia en Rpmance», traducida por Cassiodoro de Reyna, impreso en Nostradam por Cipriano de Valera; libro perniciosísimo y hay abundancia de ellas en Holanda, «llévanse empacadas a modo de telas de Olanda y Cambray, entre la lencería». Cita otros 5 libros, y entre ellos «El Cathecismo Cristiano, que tiene forma de barajas de naypes y entre ellos se envía. Tienen noticia de otros libros, pero no los ha conseguido y pregunta si quieren que los envía a la Inquisición.

Gracián de la Madre de Dios, Fr. Jerónimo, carmelita descalzo.

Proclamación del Jubileo Universal concedido por el papa Clemente XIII en su elevación al trono pontificio; por el obispo de Calahorra y la Calzada

El nuncio le ha enviado un breve del papa Clemente XIII con la concesión del Jubileo Universal, como el de Año Santo, con las diligencias que su Santidad señala. El obispo señala las dos semanas en que se puede ganar este Jubileo: desde la Anunciación de Nuestra Señora, hasta el domingo de Ramos. Dado en Oñate, 06/03/1759

Porras y Temés, Andrés, obispo de Calahorra-La Calzada

Información sobre las doce cátedras que existen y están corrientes en esta universidad de Sancti Spiritus de la villa de Oñate (1780)

Es respuesta a la Reales Provisiones del Consejo de Castilla de 02/06/1772 y del 05/02/1777. Indica las 8 cátedras que existen, con los nombres de los catedráticos, y los horarios. En 1777 se erigieron otras 4 cátedras y sus 4 becas, dotadas por el misma universidad, por el señoría de Vizcaya, provincia de Guipúzcoa y provincia de Álava. Se indican los nombres de los catedráticos de dichas cuatro cátedras. Oñate, 23/10/1780, firma D. Ramón María de Adurriaga, secretario de capilla.

Universidad de Oñate: Sancti Spiritus

Copia del Auto del Consejo y de la Carta Orden del Consejo dirigida al Cancelario

El Consejo (se le ha hecho una consulta con anterioridad) manda el auto tomado: que la universidad [de Salamanca], por ahora, dé los «piques» que acostumbraba por el Decreto de Graciano, con tal que se tenga presente la corrección romana, la de D. Antonio Agustín y la de los demás canonistas, en especial la de Carlos Sebastián Verardi. Dada en Madrid, 25/10/1774.
Se copia, también la carta del mismo Consejo al Cancelario de la universidad sobre el tema, por la que le dice que el fiscal del tribunal ha decidido que la universidad nombre una comisión para el asunto, para que el Cancelario nombre a dos y canonistas y dos teólogos que confronten el cuerpo de Cánones publicado por Guillermo Weveregio con el texto original de la Colección de concilios y epístolas y notas... y que lo comunique al Consejo. Dada en Madrid 19/11/1774.

Consejo del Rey

Pan de Cada día. Para las Almas-Hostias, de M. Auxilia de la Cruz, 20/07/1978

Diario espiritual de la M. María Auxilia de la Cruz, comenzado el 21 de noviembre de 1936, Pos-Concilio 1969. Nota del Arzobispo Primado de México, Mons. Ernesto Corripio Ahumada. Impreso en México D.F.: Imprenta Venecia S.A., 20/07/1978.

Uriarte Gili/Healy, Rebeca María, O.SS.E. (M. María Auxilia de la Cruz)

Información de escrituras sobre dotaciones de cátedras (1847)

Es un informe de respuesta a un oficio del alcalde de la villa de Oñate, en 1847, pero al final indica que este mismo informe se pasó al ayuntamiento en 1848. Lo produce el Instituto de segunda enseñanza, porque ya no existe la universidad. Se comunica que la villa contribuía al mantenimiento del instituto de 2ª enseñanza con 12.000 reales anuales. Se indican las escrituras a lo largo de la existencia de la universidad y las cantidades con que contribuía el municipio o villa. Indica que la universidad, como tal, fue extinguida en 1807, aunque Fernando VII, 1824 le concedió poder explicar instituciones filosóficas y jurisprudencia canónica y civil, para lo que la villa aportó 8.000 reales. El escrito está dirigido al Sr. alcalde del la villa de Oñate.

Universidad de Oñate: Sancti Spiritus

Solicitud de ayuda a la Junta de Caridad de la parroquia de nuestra Señora de la Antigua

José Cuesta tiene a su mujer enferma desde hace dos años y tienen dos niños, y le faltan recursos; por lo que ruega al presidente y señores de la Junta de Caridad de la parroquia de la Antigua que se interese por su caso ante la Sociedad de Amigos de los Pobres de Valladolid. En Valladolid, 23/02/1866.
Al ángulo inferior izquierdo pone la fecha de 28 de febrero de 1877 «Días que falta la fe periódica».

Cuesta, José

Auto, resolución y determinación de los señores del ayuntamiento de la villa de Oñate sobre la extinción de las cátedras de artes y teología que regía la Compañía de Jesús en la universidad (1760)

El abogado, D. Juan de Rivera, juez de residencia nombrado por el conde de Oñate, da el auto, ante el ayuntamiento, de extinción de las cátedras de artes y teología que tenían los jesuitas en la universidad de la villa, porque la villa no puede pagar y hace años que no se imparten dichas cátedras, Oñate, 23/09/1760, ante Manuel Antonio de Aguirre Se avisa por carta al rector del colegio de la Compañía. Éste, llamado P. Manuel Cayetano Domínguez, responde por carta, aceptando la determinación, pero haciendo algunos reproches al alcalde. La carta se lee en el municipio el 01/10/1760. Al día siguiente se notifica al colegio de la Compañía y su rector la determinación o resolución. Al final , en lacapella del Colegio Mayor de Sancti Spiritus, el rector, D. Miguel Antonio Gallaistegui, reconoce los decretos anteriores sobre la extinción de las dichas cátedras y manda que este cuadernillo de escrituras autenticadas se guarde en el Archivo de la universidad, Oñate, 08/10/1760, firman: Lic. D. Miguel Antonio Gallaistegui, rector, D. Baltasar Jaime Martínez Compañón, secretario.

Compañía de Jesús, jesuitas

Estados de las cátedras que existen en este Colegio-Universidad y sus dotaciones, Oñate (1841)

Se indican las cátedras de filosofía, leyes y cánones. Las de filosofía, se dice que están vacantes y se dan por sustitutos. Las de leyes son 7 cátedras, pero solo tienen catedráticos la 1ª, 2ª, 3ª y 6ª (se indica los salarios de cada uno), las cátedras 4ª,5ª y 7ª la dan sustitutos.. Las de cánones y disciplinas son 3 , pero la segunda de cánones la da sustituto. Ya no se enseñan en este Colegio-Universidad las facultades de teología y medicina. Oñatre, 19/07/1841, sin firmas.

Universidad de Oñate: Sancti Spiritus

Edicto de los Inqusidores Apostólicos contra la Herética Pravedad y Apostasía en el Reino de Navarra, obispado de Calahorra y La Calzada, condado y señorío de Vizcaya, provincias de Guipúzcoa y Alava.....

El edicto está publicado, según reza, "por mandato del Santo Oficio de la Inquisición de Navarra". En el mismo se dice que se repiten los edictos, por lo que la data no pone el día, aunque sigue siendo el mes de enero y el año de 1756, y las firmas son las mismas. En este dicto se citan los libros prohibido del todo, y se citan 43 obras, en latín, francés e italiano

Porras y Temés, Andrés, obispo de Calahorra-La Calzada

Carta del P. Fr. Luis Aliaga al rey

Es una carta al rey Felipe III, sobre l decisión del Consejo de escribir cartas o no, a los obispos de Sicilia en favor de la Inquisición. El consejo, sin ninguna fe, de decidió usar las cartas, para poder favorecer al Santo Oficio. El P. Aliaga opina que es mejor no usar las cartas. Dada en Madrid, 11/04/1611.

Felipe III (1578-1621, rey)

Historia de la Universidad de Salamanca, 1569

Está considerada como la primera historia de la Universidad de Salamanca, y el autor la dedica: «A los mui Illustres Señores Rectores, Maestre Escuela y Claustro de la Universidad de Salamanca». Indica que se le pidió hiciese una historia breve. La introducción ocupa las pp. 3 a la mitad de la 6, donde comienza la historia, que alcanza hasta el año de su escritura 1560, p. 61. El la p. 63 comienza una Adición a la historia hasta el año 1626, que evidentemente no es ya de Chacón, que había muerto en Roma, en 1581. A la p. 71, comienzan las notas, escritas a 2 columnas.

Chacón, Pedro, maestro de la Universidad de Salamanca,

Cuaderno de cartas del rey D. Fernando el Católico y de la reina doña Isabel (1501 )

Se inicia el cuaderno con una canonjía de Barcelona que posee el arcediano de Almazán [Fernando de Montemayor], y mossen Nicolao Bret le quiere despojar de ella, para él. El rey favorece al arcediano y escribe a Bret para que no le moleste; tres cartas desde Granada, 30/09/1501.

  • El 5/10/1501, el rey hace merced a Çaad Çadi, moro, vecino de Pliego, de la encomienda de Toledo de la Orden de Santiago. Éste había traído al reino de Granada cuando era moro, a una hermana suya que se había hecho cristiana para que tornase a Mahoma; por ello, los inquisidores de Cartagena le había desterrado de Murcia y confiscado los bienes de la familia. Ahora Çaad Çadi quiere convertirse al cristianismo y, si es así, el rey le levanta el destierro y le hace la merced de devolverle los bienes de familia. Dada en Granada.
  • El 6 de octubre de 1501, en Granada. Carta al venerable provisor de la Iglesia de Málaga: los vecinos de Tolox, Extavuo [Estepona], Benahabiz [Benahavís] de la Hoya de Málaga y Marbella, fueron bautizados, y después apostataron de nuestra fe y tornaron a la ley Mahomética (sic), y ahora, ellos han pedido que se quieren reconciliar y volver a la santa madre Iglesia. Por ello, y porque los inquisidores generales están en otros asuntos, le comunica que le envían la comisión para que los reconciliéis y absolváis haciéndolos adjurar imponiéndoles las penitencias saludables. El rey ruega y encarga a dicho provisor que visite los dichos lugares y reconcilie a los vecinos, sin dar escándalo y sin ruido.
    Devolución de bienes confiscado a un vecino de Calatayud.
  • El 30 de septiembre 1501 escribe al rey ¿de Portugal? porque algunos vecinos sospechosos o que han declarado ante la Inquisición se pasan al reino vecino. Entre ellos Gonzalo de León, vecino de Valencia de Alcántara. Le pide que no los acoja.
    Granada, 23/10/1501, salario extra a Miguel Pérez por la cuentas que lleva en la Inquisición de Valencia, 2.000 sueldos jaqueses.
    Granada 18/10/1501, con permiso del papa se pide que se cierre el campanario y las ventanas del convento de San Agustín y otras que dan a la huerta y clausura de las monjas de Santa Clara de la ciudad de Calatayud.
    Siguen varias cartas a bachiller mossen Luys de Maluenda, inquisidor y juez de bienes confiscados en Calatayud.
  • Écija, 02/12/150, carta a Luis XII rey de Francia: se han pasado muchos herejes judaizantes a los condados de Fox y Monpesler [Montpellier] y otras provincias de vuestro reino de Francia, desde Aragón... las estatuas de ellos han sido quemadas públicamente. Le pide que las personas que están citadas en el memorial, que lleva el nuncio, sean devueltas a su reino. (Al margen se escribe: no se usó esta requisitoria]. El mismo día se escribió otra carta al presidente y oidores del parlamento de Tolosa, sobre los mismos fugitivos de Aragón, para que den autorización al nuncio para prender y confiscar los bienes de dichos fugitivos. Y, con la misma data, otra carta a Mossen Gralla, embajador en Francia, para que haga llegar al rey la carta que le ha escrito.
  • Carta a los inquisidores de Aragón, el licenciado Fernando de Montemayor y doctor Quintanilla. Sobre la jurisdicción fiscal del tribunal, que es quien tiene que juzgar y no otros. Dad en Écija, 02/12/1501.
  • Ecija, 30 de noviembre de 1501, a los Diputados del Reino de Aragón, sobre tener conocimiento de bienes que creen pertenecer a los Diputados de Aragón en los confiscados por la herética pravedad.
  • Ecija, 07/ 12/1501, el rey ha hecho donación al comendador Fry Luis Çapata de unas casas en la ciudad de Calatayud a la carrera nueva, y después de vivir el comendador mucho tiempo ha sido un censal, que fue de Fernando López el Negrillo, hereje condenado, que luego se le dio a su hijo. El rey ya le había hecho donación al comendador y el asunto se había sobreseído y ahora se vuelve hacer instancia por la Audiencia y Justicia de Aragón. Ruega, dolido, que entiendan bien en el negocio.
  • Ecija 07/12/1501, otra carta sobre pleito de bienes confiscados, en este caso en Valencia. Se trata de un molino confiscado a un condenado por herejía, que el receptor del rey, Juan Claver, vendió a Francisco de Mompalao, y ahora los labradores que riegan sus heredades con agua del molino, le ha puesto pleito por ser bienes confiscados. Encarga el rey a los inquisidores vean el negocio de tal manera que se haga justicia como se debe, de manera que D. Francisco no pueda quejarse y la venta le sea enteramente guardada.
  • Écija, 08/12/1501, carta del rey y de la reina, al obispo de León (pero puede servir para todos los obispos), que no se entrometa en hacer inquisición, que para ello hay inquisidores apostólicos.
  • A Juan de Orduña receptor de bienes confiscados, en la villa de Valladolid: que venda la mitad de las casas y majuelo
  • Licencia al bachiller Alonso García vecino de LLerena, por haber sido condenado su padre y la memoria de vuestro abuelo no podéis ejercer el oficio de abogado y otros oficios, le hacen mercede para que pueda ejercer, sin caer en penas. Rey y reina, Sevilla, 4 días de enero de 1502.
  • Sevilla, 08/01/1502, manda el rey pagar los salarios al consejo de la inquisición de Cádiz con el partido de Jerez. Son 8 salarios, comenzando por el obispo de Jaén, inquisidor general, 100.000 mrs. Siguen los pagos a los consejeros de la Inquisición de Toledo, de Córdoba, Cuenca, Osma y Sigüenza.
  • En Mallorcas la Inquisición tiene preso a Pere Canti, mercader, al ques ele han secuestrado 32 piezas de paño, que allí tenía, que se den al receptor de la Inquisición y no se haga lo contrario. Sevilla, 31/12/1502 (sic).
  • Sevilla, 11/01/1502, a las autoridades de las ciudades y obispados de Cuenca, Sigüenza y Osma, para que den posadas buenas a Pedro Álvarez de Anaya, juez de de bienes confiscados, que del dinero de los mismos les den buenas posadas, ropas... Se manda pagar a los inquisidores y oficiales los mrs. de sus salarios. También manda que se pague a Aldonza Benet, hija de micer Benet los 10.000 sueldos, que hace mucho se les mando pagar, para ayuda de su casamiento. Pero el receptor no se lo ha dado, le manda que se le de a dicha Aldonza la cuantía dicha.
  • Sevilla, 11/01/1502. A súplica de doña Juan de Aragón, hija de los Reyes Católicos, hacen donación a Guillem Roch, despensero de dicha doña Juana, de unas casas que fueron de María Alexandre, hija de Franci Despla, que están en la ciudad de Barcelona, en las que moran ahora la suegra y mujer del dicho Guillem Roch, encomendadas por el Santo Oficio, que pueden valer hasta 300 libras barcelonesas, y dichas casas han sido confiscadas por condenación de la dicha María.
  • Sevilla, 14/01/1502, el rey y la reina, dan licencia al bachiller Gonzalo de Husillo, vecino de Toledo, para que pueda ejercer su oficio de abogado y otros, sin incurrir en pena, aunque su madre haya sido condenada por la Inquisición.
  • Sevilla, 17/01/1502, carta del rey y de la reina al obispo de Burgos, que se envía también a los prelados de Salamanca, Palencia, Ávila, Ciudad Rodrigo, Zamora y Segovia, y al licenciado Gumiel y al doctor Mercado. Se le pide que habiendo en sus diócesis Inquisidores apostólicos, ellos no deben entrar en las cuestiones de la Inquisición.

Fernando el Católico, rey de Aragón y Castilla

Acta de constitución del Consejo [de] Familia de un menor

El cuadernillo es el Acta de constitución del Consejo de familia de un menor, natural y vecino de la villa de la Redonda, porque el juez municipal juzga que el menor José Sánchez Villoria, de 16 años de edad, soltero e hijo legítimo de Andrés Sánchez González y de Paula Villoria Sánchez, difuntos, está desprotegido. Se constituye Consejo con cinco parientes: dos son tíos del menor, otros dos cuñados y un hermano, llamado Hilario Sánchez Villoria; y entre ellos, se eligió presidente del Consejo Familia a Blas Sánchez González, hermano del padre del menor. Y dicho Consejo destituyó al hermano del menor, Hilario Sánchez Villoria, del cargo de tutor testamentario, por faltar a las obligaciones del Código Civil, haberse ingerido en la administración de la tutela, no haber reunido al Consejo de familia y por los malos tratamientos inferidos al menor; por ello se deja sin defecto el nombramiento de tutor testamentario, se le remueve de la tutela testamentaria e inhabilita de la legítima que pudiera corresponderle como mayor de los hermanos varones, y en su sustitución se nombra a Francisco Sánchez Hernández, secretario de este Consejo de familia, y primo del menor, como tutor dativo, y como Protutor a Eulogio Rengel Sánchez, vecino de la Redonda. Se contienen en el cuadernillo los certificados de bautismo y confirmación del menor firmados por el párroco Benito Montes, en la parroquia de la Redonda, el 3 de febrero de 1909. Y un certificado médico, de que el menor no ha tenido enfermedad contagiosa y que al presente goza de perfecto estado de salud. Firma D. Antonio González Martín, licenciado en Medicina y cirugía, médico titular de Lumbrales, el día 4 de febrero de 1909.

Villoria Arroyo, Antonio, Juez Municipal de la villa de La Redonda (SA)

Certificado de matrimonio de Gervasio Barrera y Rita Juana Ruiz.

Fue testigo del matrimonio Fr. Manuel de la Misericordia Fernández, fraile mercedario (pone mercenario), que autentica la copia del libro original
Los esposos fueron: Gervasio Barrera, natural de Medina del Campo, pero residente en Valladolid, y su esposa Rita Juana Ruiz, natural de Valladolid

Misericordia Fernández, Fray Manuel,

Edicto de los Inqusidores Apostólicos contra la Herética Pravedad y Apostasía en el Reino de Navarra, obispado de Calahorra y La Calzada, condado y señorío de Vizcaya, provincias de Guipúzcoa y Alava.....

El edicto está publicado, según reza, "por mandato del Santo Oficio de la Inquisición de Navarra". Se estructura con los apartados: [libros] Prohibidos del todo, Libros prohibidos hasta que se expurguen, proposición que se manda borrar y declaración. Fechado en Logroño, 20/01/1756.

Porras y Temés, Andrés, obispo de Calahorra-La Calzada

Cartas del Inquisidor D. Diego de Spinosa a los inquisidores de Aragón y Castilla (1566-1569)

La primera carta está fechada en Madrid a 23/12/1567 y está dirigida al receptor de los bienes confiscados en la inquisición de la ciudad y obispado de Calahorra y su partido, comunicando el salario de que debe pagar a inquisidores, oficiales y ministros: a los inquisidores 50.000 mrs de costa que se añaden a su salario de 100.000 mrs. Pero las visitas corren por su cuenta, incluso el pago de los oficiales que le acompañen, y si no hacen la visita, que no se le dé esos 50.000 mrs. Al fiscal se le pagará hasta 80.000 mrs. siempre que no tenga otro trabajo fuera; a cada uno de los notarios del secreto hasta cumplir los 50.000 mrs; al notario de secuestros hasta cumplir los 40. 000 mrs., al alguacil 50.000 ..., etc. etc.
A partir de esta carta comienza el año de 1568, con la carta dirigida a los congregados en Valladolid, para tratar la cuestión de los moriscos, Madrid, 02/01/1568. Se escriben varias cartas para que se pague a oficiales y al gobernador de Toledo, a la inquisición de Barcelona y Mallorca. A los prelados de Valencia, sobre la conversión de los moriscos, Madrid 13/02/1568, y al obispo de Orihuela sobre lo mismo, el día 14. El 18/02/ 1568 se escribe un edicto de gracia para los cristianos renegados de la ciudad de Fez y su reino en Argel; Al Doctor Zurita , Inquisidor e Barcelona. Poder de Inquisidor Apostólico sobre la apostasía de Sevilla, al canónigo Hernán Bravo de Çayas, canónigo de la doctrina de Jaén, 17/03/1568, al que se le da 100.000 mrs. de salario y otros 50.000 de ayuda de costa.
Se escribe y se le pide que vaya a Madrid, al P. Fr. Francisco de Tordesillas, O.P., 05/05/1568, secreto para coger lo escrito que tiene en su celda sobre el arzobispo de Toledo (Carranza).
Lo sucedido con el obispo de Tortosa y el inquisidor Miranda con los moriscos del valle Uxó, que es cosa grave ( 22 de mayo) y hubo junta en Madrid de inquisidores de Castilla y Aragón sobre esta cuestión, porque muchos moriscos querían seguir siendo moros (Madrid, 25 de mayo de 1568) . Se publica un edicto de gracia en el obispado de Tortosa y Segorbe (ff. del 27 al 33). El 15 de junio se manda dar un salario de ayuda a los que que se ocuparon del auto de la fe que se celebró en Valencia el 7 de junio y se citan todos los deben recibir la ayuda. En carta de primero de julio al Conde de Benavente, virrey de Valencia, se aclara un poco lo del auto y la petición de los moriscos que quieren hablar con el rey.
El 20 de julio se hacen eco de los disturbios de Barcelona y Perpiñán contra los inquisidores.
Sobre el proceso de Carranza, los ff. 55v - 58r. Carta el P. Juan de Salinas, provincial de la O.P. en la Provincia de Castilla, pidiendo lo cartapacios de sermones del P. Diego de Vitoria, porque le han mandado 5 y son seis. Cartas a la Inquisición de Granada. Al folio 71-72 se vuelve sobre el proceso de Carranza.
En el f. 72v se recoge el traslado del oficio de la Inquisición de Calahorra a Logroño.
A los folios 98- 99v sobre los moriscos del reino de Valencia.
Hay cartas variadas a los Inquisidores de Aragón en especial sobre la inspección de libros que de Francia entran en Barcelona
Rara es la Inquisición de ciudad española que no tiene carta en este documento.

Spinosa [Espinosa], Diego de , Inquisidor General, (1566-1572)

Carta pastoral del obispo de Salamanca, D. Antonio Tavira y Almazán, al cabildo, arciprestes, vicarios ... y fieles, señaladamente a los de la ciudad.

La carta surge por motivo ocasión de que el rey ha mandado el año anterior, 1805, que en Madrid, las procesiones de Semana Santa se redujesen a una en la tarde del Viernes Santo. En Salamanca se celebraban 3 procesiones, por lo que el obispo se reunió con los cuerpos [cofradías] y personas que tenía que ver con el asunto e hicieron un auto cuyo tenor se recoge en el escrito. La única procesión de Viernes Santo: saca la procesión, la ordena, la preside y guía la cofradía de la Cruz. Luego se determina el orden de los pendones, las varas, o cruces. El primer paso será el la Oración del Huerto, acompañando a las andas cuatro o seis religiosos del convento de «PP. Calvaristas», y delante de las andas el gremio de los sastres; luego el paso de la columna, o azotes, precedido del gremio de "Obra Prima", acompañan al paso religiosos capuchinos; seguidamente el paso de la "Caña" o Ecce Homo, acopañado de religiosos carmelitas desclazos; detrás la ilustre congregación de Nazarenos, sita en la iglesia de San Carlos de clérigos menores (al margen: "hoy en San Julián"); después la imagen de Cristo crucificado, titulado «de la Fe», que lo sacarán dos seminaristas que gozan las dos becas del antiguo Colegio de la Doctrina (reunido en el seminario conciliar), alumbrado por doce o más seminaristas y acompañando las andas los religiosos del convento de San Agustín; luego sale el estandarte de la Verónica y las doce banderas de en dos filas, en medio de ellas los novicios de San Francisco con las insignias de la Pasión; y tras ellos los dos regidores que deputa la ciudad, que van delante del Santo Sepulcro, que lo llevarán cuatro religiosos de San Francisco con albas y estolas, y alumbran el paso las congregaciones de de Nuestra Señora de la Paz, San Pedro y San Pablo. Detrás irá la Audiencia eclesiástica, delante de la imagen de Nuestra Señora de los Dolores... y acompañando su andas algunos religiosos del convento de San Esteban (al margen: "Iban los PP. mozos") y seguidos la comunidad de San Francisco; y cierra la procesión el Sr. Gobernador militar y políco con su Audiencia, finalizándose con una tropa si la hubiere y cuatro o seis soldados deben acompañar al Santo Sepulcros. Se prohíbe tanto en la procesión del Viernes Santo como en la de Resurrección, que vayan mozos u otras personas a recoge la cera que cae de las hachas, por lo indecoroso que es en un acto de edificación y piedad, como es la procesión, y también se prohíbe que Mayordomos o Comisarios de un refrescos convites o agasajos, impropios de la mortificación y ayuno del sagrado tiempo de Cuaresma. Por ninguna razón de mayordomos, congregantes, comisarios o diputados se paren los pasos delante de ls casas, y se inclinen, ladeen o vuelvan a las puertas o ventanas de ellas como con grave escándalo del pueblo se ha venido haciendo antes de ahora. Se señala el recorrido: salida de la ermita de la Cruz, delante de la iglesia de San Francisco a la Agustinas Recoletas, subiendo por el Seminario conciliar a la calle de Libreros, por escuelas mayores a la catedral, de allí por la plazuela de S. Isidro, calle de la Rúa a la plazuela de los Limones, por el arco de Barbarroja a la plaza mayor, calle del prior y por las agustinas recoletas a la Cruz. Dado en el palacio episcopal de Salamanca, a 28 de marzo de 1806. Antonio, obispo de Salamanca, y D. Tomás González, vice-secretario.

Obispos de Salamanca

Documento del episcopado de D. Juan de Castilla. Pleito del Cabildo de Salamanca y Juan del Encina, clérigo salmantino estante en Roma

En Salamanca, 02/12/1502, ante Alonso Cornejo, escribano, reunión del cabildo catedralicio (se citan lo canónigo y racioneros), Francisco de Fermoselle, vecino de Salamanca, procurador y en nombre de Juan del Encina, su hermano, residente en la corte de Roma, presenta e intima y notifica, su poder y una bula de "mandato de providendo" del papa Alejandro VI, de la ración que en dicha iglesia ha vacado por muerte de Antonio Carrillo; bula en pergamino, en latín, sellada con sello de plomo, pendiente en cuerdas de cáñamo, concedida a su parte. Y asimismo, el proceso sobre ella fulminado, también escrito en pergamino y en latín, con sello de cera colorada en una caja de madera, pendiente de cordones colorados, cuyo tenor uno en pos de otro, sucesiva es: (se copian los dos documentos), la bula de concesión a de al ración a Juan del Encina, dada en Roma, San Pedro, de 1502, indicción quinta, día 25 de septiembre, pontificado de Alejandro VI año undecimo. Incluye las letras apostólicas dirigidas al obispo de Zamora [D. Diego Meléndez y Valdés], a quien se nombra juez y ejecutor, y al decano Oviedo y al archidiácono de cornado de Compostela, con la bula inicial de donación a dicho Juan del Encina, dada en Roma, San Pedro, año de la Encarnación del Señor 1500, el 3 de agosto, año octavo del pontificado de Alejandro VI. A continuación se copia la letra apostólica del papa Borja al obispo de Salamanca, dada en Roma en el palacio apostólico, en la cámara, de las habitaciones, el 25/09/1502, pontificado undécimo, obligando a la obediencia al obispo y cabildo a que, en el plazo de 6 días de la presentación de la letra apóstolica, cumplan lo mandado en la bula a favor de Juan del Encina, bajo penas y censuras: suspensión a divinis y entredicho a las iglesias. El notario del Vaticano es Egidio [Gil] Senier, llamado bisantinus [bizantino].
La respuesta a la bula del papa Alejandro VI, con que se inicia la copia de documentos, del 02/12/1502, la da el cabildo salmantino el día 07/12/1502, ante el notario Alonso Cornejo, y ante el bachiller en decretos, el honrado Sr. Gonzalo Monte, provisor oficial y vicario general de la ciudad y diócesis por el Sr. D. Juan de Castilla, obispo de Salamanca. Como procurador del cabildo actúa Juan de Villalón. Dada la premura del tiempo, para no caer en las censuras impuestas por el papa Borja, indicadas en el "proceso fulminado", la respuesta y apelación se presenta por escrito, dirigido al obispo de Zamora, como juez y ejecutor. Dice que el cabildo no está obligado a obedecer ni a cumplir lo contenido en la bula y su proceso: porque dicho pretenso proceso, provisión y censuras fueron y son ninguna, porque el "mandato de providendo" fue y es subrepticio y obrepticio, impetrado en gran perjuicio del bien público de la iglesia de Salamanca, del cabildo de ella y otras terceras personas, que son el maestro de canto y órganos, que son oficiales de dicha iglesia. Además, en esta iglesia de más de ciento diez y ciento quince años, y más tiempo, no fue ni es la pretendida ración que pide Juan del Encina, y si antes fue, sería "estruta y supresa" justa y santamente en favor del culto divino eclesiástico y del común de la iglesia de Salamanca..... Y lo otro porque perjudicaría a la iglesia de Salamanca, al cabildo a los oficiales, que tienen sus oficios en posesión jurídicamente; y atacaría a los privilegios de esta iglesia (por lo que en este asunto ni el obispo de Zamora tiene jurisdicción) y el cabildo no puede desposeer a los oficiales, por lo que no está obligados a cumplir lo mandado, etc., etc. En consecuencia, apela de lo mandado por V. Señoría, ante el muy santo padre y pide los apóstolos de esta apelación, sepe sepiua, sepissime y para los del cabildo y sus bienes, pide con día, mes y año al presente notario testimonio signado. Y porque al presente no se puede haber copia de S. Señoría para interponer la dicha apelación, por la mucha distancia, la interpongo ante el provisor y oficial de Salamanca, como ante pública y honesta persona, a quien pido y requiero me dé los apóstolos.

Cabildo de la catedral de Salamanca

"Estracto del Espediente Seguido por la Comisión Provincial de Monumentos Históricos y Artísticos de Salamanca, a fin de encontrar y exhumar los restos mortales del Maestro Fray Luis de León"

El cuadernillo relata todo el proceso de la búsqueda de los restos de fray Luis de León, desde la reunión del 25 de noviembre de 1854 que se decide la búsqueda de los restos, la identificación los mismos y la entrega a la universidad de los restos identificados como del fraile agustino Fr. Luis de León, que se tuvo lugar el la universidad, el 28 de marzo de 1856. En este proceso se señalan las autoridades presentes en los actos: el Gobernador, D. Pedro Celestino Argüelles, El obispo D. Fernando de la Puente, el rector de la universidad D. Andrés de Laorden, decanos...

Fernando de la Puente Primo de Rivera, obispo de Salamanca

Parecer sobre la enagenación de los bienes eclesiásticos en el Estado Romano, contra el parecer y aclaraciones del Abate Juan Vicente Bolgeni, en Asis, 1799

El autor, anónimo, hace un resumen del parece que ha dicho o publicado el ex-jesuita, Bolgeni, y señala los 5 puntos o argumentos en los que se apoya dicho ex-jesuita para justificar la actuación del poder civil (La Revolución Francesa) para arrebatar los bienes de los Estado Pontificio. A continuación va dando su opinión contraria a los señalados 5 puntos. Al final dice el anónimo autor: cae pues a tierra todo vuestro raciocinio fundado en término generales indefinidos...Resolvemos, pues, finalmente que el despojo de las propiedades en el Estado Romano es injusto, es ilícito; y, consiguientemente que es injusta e ilícita cualquiera compra que de ellos se haga sin consentimiento y voluntad del propietario...

Anónimo

Cuaderno de cartas del rey D. Fernando el Católico y de la reina doña Isabel (1501 )

En este documento las cartas más frecuentes son del rey D. Fernando, pero hay bastantes que están dadas por los dos Reyes Católicos. Muchas están dirigidas al reino de Aragón, pero hay también cartas dirigidas a personas del reino de Castilla y a sus Inquisidores y oficiales. Todas las cartas está expedidas desde Granada entre el 22 de junio al 22 de agosto de 1501.
Hay varias cartas dirigidas a que se dé canonjías y prebendas a miembros de los tribunales inquisitoriales, tanto de Castilla como de Aragón. Otro lote de cartas tiene como finalidad el que se pague el salario a los oficiales de la Inquisición tanto de Castilla como de Aragón. Entre estas destaca la dirigida a Pedro Badía, porque el obispo de Palencia ha enviado al maestro Fr. Juan de Enguera, dominico, acompañado del doctor Fontea a la Inquisición de Barcelona, y se ordena que se les dé el salario de 320 libras barcelonesas.
Hay cartas de delicadeza con los pobres endeudados de Lérida y Huesca, por lo que se da licencia a oficiales para que puedan juzgar y sentenciar en esos casos y hagan particiones iguales. En esta carta se dice que se ha reparado el castillo de Lérida.
Caso curioso es el de la carta dada en Granada. 15/07/1501 dirigida al inquisidor de Toledo, en la habla de un preso que llevaba el paño pintado y que tenía errores [heréticos], "de los que llaman del 'Saco', que andan muchos otros por estos mis reinos y especialmente se sabe que los hay en Sevilla"; que se averigüe y se comunique a los inquisidores.
El día 30 de julio de 1501,por carta desde Granada reduce la cuantía que la inquisición a impuesto a unos moros de Zaragoza, de 2.000 florines lo deja en 1000.Dichos moros eran: Yuce Xama, Faray Degali, Yice Audón, Ybrahe Barrami.
Se congratula el rey de que haya sido liberado Arnal[do] de Moros, y dicen que un fraile del Carmen de Calatayud, deposo falsamente contra dicho Arnal.
Por carta del 7 de agosto de 1501, se alegra de que se haya solucionado el alcance que recaía sobre mossen Joan Dembun, que era de 9.867 sueldo y 10 dineros. El hermano del finado, Fr. Pedro Dembun, abad de Viruela había pagado.
El 22(08/1501 pide que se dé a Martín Carvallo la mitad de los bienes que tomó en la bahía de Gibraltar en el navío de cristianos nuevos y como parte se le dé el navío.
El mismo día 22 de agosto escribe al arzobispo de Tarragona: hay pestilencia en Barcelona, por lo que el tribunal y oficiales de la Inquisición se han trasladado a Tarragona, donde no hay casas para el Santo Oficio, sino el palacio arzobispal y el palacio de Lope Bordeja. Le pide que por el tiempo de pestilencia, le deje una de las dos casas o palacios.
Hay cartas a Mallorca, Cerdeña, Sardeña, Sicilia y las islas pertenecientes. Se sabe que hay muchas mercadurías de herejes que pasan por la isla y no se tiene noticia de ellas. Se pide al receptor del rey, Diego de Obregón, que extreme la vigilancia y comunique lo que hallare.

Fernando el Católico, rey de Aragón y Castilla

Estatutos, Constituciones de la universidad de Oñate y el juramento de aceptación y cumplimiento por las autoridades y alumnos. Copia

Estos estatutos se redactaron en Valladolid, ante el presidente de la R. Audiencia, D. Miguel Muñoz, obispo de Cuenca y otros licenciados, y testamentarios del fundador D. Rodrigo de Mercado, ante Domingo de Murueta, escribano (sin señalar la fecha). A partir de la hoja 35, como se ha indicado, se copia la aceptación y juramento de estos estatutos por la autoridades del Colegio de Oñate, el rector D. Sebastián Lertaun, maestros, consiliarios y colegiales, ante el maestro Lope de Alquiza, que es quien fue a Valladolid y trajo los dichos estatutos, el 30/12/1552, siendo el escribano y notario del Colegio, Juan López de Galarza. Se copian, también, sesiones del Claustro del Colegio, con aportaciones o modificaciones del texto primero sobre el que se determinan varias cuestiones: número de colegiales, sobre opositores a otras universidades, distribución de colegiales entre provincias vascas, y reinos de Castilla, León, Aragón y Navarra. Estos claustros se celebraron desde el 16/12/1550 hasta el 28/04/1555.
Son 87 estatutos, escritos en latín, lo mismo que los mandatos añadidos o corregidos. Solo se escriben en castellano las hojas 35-37r. Al final está la firma del licenciado Pedro Llorente, notario apostólico, pero sin signo.

Universidad de Oñate: Sancti Spiritus

Respuesta del claustro de la universidad de Alcalá a la pretensión de los jesuitas de tener Estudios en la Corte (1627)

La escritura presenta dos destinatarios, pues está corregido cuando se dirige a V. Señoría Illustrísima (V. Sª. Illª), que se tacha, y en su lugar se sobrescribe V. A. (Vuestra Alteza). En la parte superior de la carta, la mano que ha hecho las correcciones dichas escribe: «Al Consejo de Inquisición.» La carta estaba dirigida a la Inquisición, pues habla de "ese Tribunal". A la pretensión de la Compañia, la universidad de Salamanca había publicado un memorial, que fue acusado de herejía ante el tribunal inquisitorial. La universidad de Alcalá sale en defensa de la de Salamanca, contra la pretensión de los jesuitas. La carta pudo ser utilizada por la universidad de Oñate.

Compañía de Jesús, jesuitas

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