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Fondo B (Archivo Nuevo) Uni. doc. simple
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Restos de borrador de un discurso en las Cortes del obispo de Ávila, Fr. Fernando Blanco, en nombre del cardenal de Valladolid y obispos sufragáneos. (1869).

El cardenal arzobispo de Valladolid y los obispos sufragáneos se dirigen a los Señores Diputados con motivo del proyecto del Ministerio de Gracia y Justicia de reducir y fijar definitivamente el presupuesto de obligaciones eclesiásticas, exponiendo algunas reflexiones. Los obispos de España están cansados de clamar y protestar contra la injusticia y arbitrariedad, aunque todavía la idea del deber los alienta para protestar con evangélica energía contra los inmerecidos ataques que día a día hacen victima a la Iglesia por no faltar a su misión de protectora del orden y de los derechos sociales.
El Estado no cumple lo aceptado en el Concordato del 1851, no puede cumplir, según dice el gobierno, lo que demuestra su incompetencia y se convierte en juez de una causa de la que es parte. La Iglesia ha sido despojada de sus bienes injustamente y, ahora, se quiere meter una rebaja, sin contar con el Romano Pontífice. El Gobierno rompe el Contrato....

Blanco y Lorenzo, Fernando, O.P. y exclaustrado, obispo y arzobispo.

¿Si el clero (obispos, cabildo...) puede lícitamente jurar la Constitución que acaba de promulgarse en España?

Se trata de un artículo o una charla, que se pregunta ¿si el clero [en general] puede lícitamente jurar la Constitución Española?. Se refiere a la de 1869, producto de la "Gloriosa". Parte del fin que se propone el Gobierno al pedir que todo el clero jure la Constitución. El Gobierno sabe que las leyes una vez promulgadas hay que cumplirlas, pero no es necesario que los súbditos las juren. Por lo que el Gobierno lo que busca en el juramento del clero es un testimonio solemne y extraordinario que le dé respetabilidad, una fuerza moral. El edificio que acaban de levantar las Cortes Constituyentes no está fundamentado sobre tierra firme; siente que se bambolea y teme su pronta y estrepitosa ruina y con ella la su dominación. Para evitar esa ruina pide auxilio a la Iglesia. Estudia y expone la reacción del pueblo ante el juramento de los obispos débiles que juren, incluso un juramento condicional explicado a la gente. Ésta no vería más que el clero, débil, ha jurado. La final, estudia las ventajas o desventajas del del juramento, basándose en la historia, sobre todo de Francia. El juramento implica una cooperación con los males que traiga la Constitución, directa o indirectamente. Además la revolución del 1868 ha usurpado el derecho de la dinastía, con lo cual el que jura está apoyando la usurpación. El pueblo fiel consideraría debilidad y sus intereses personales o económicos. Son más las desventajas para el clero y la Iglesia que trae el juramento que las desventajas por no jurar. La cosa está muy clara. Evoca hasta los martirizados y huidos por la revolución francesa por no hacer juramento.

Blanco y Lorenzo, Fernando, O.P. y exclaustrado, obispo y arzobispo.

Libro de Cuentas (1870-1880)

Libro de cuentas entre enero de 1870 y diciembre de 1880.

Convento de San Juan Bautista de Corias

Circular del P. Maestro General Alejandro Vicente Jandel, Roma, Minerva, 08/12/1870; remitida por el P. Vicario Provincial Francisco Casso, Sevilla, 07/03/1871

  • ES 37274.AHDOPE B-A-b-2-2-13
  • Uni. doc. simple
  • 8 de diciembre de 1870 - 7 de marzo de 1871
  • Parte deFondo B (Archivo Nuevo)

Circular del P. Jandel remitida a los conventos de Bética por el Vicario Provincial de Andalucía, Fr. Francisco de Casso, Sevilla, 07/03/1871.

Jandel, Alexandre Vincent, O.P. (Maestro de la O.P.)

Carta del obispo de Ávila al ¿ministro de Gobernación?

Es contestación a una carta con ruego y encargo que le ha enviado el Gobierno (posiblemente el ministro de Gobernación). No se ha apresurado en dar cumplimiento ni responder, porque ha llegado cuando se estaba celebrando los misterio de la Redención [Semana Santa] y no eran días para dedicarlos a otros asuntos de menor importancia; "para contestar tenía que decir que no me era dado cumplir lo que se me rogaba" y porque, tras larga experiencia y mucho escritos las exposiciones de los obispos al Gobierno, por lo que a éste toca, han sido como predicar en el desierto y me venía a la memoria el refrán o proverbio española "predicar en el desierto, sermón perdido".
Hace referencia a la Cédula de Semana Santa, que no acepta, y habla de la «respetabilidad del monarca irresponsable» que posiblemente se refiera a Amadeo de Saboya, ya que la "cédula de Semana Santa, salió en 1872.
El obispo está harto de los gobiernos y sus ministros, se le nota cansado y llega a decir :«¿Qué obligación tengo yo de contestar a quien no me contesta ni da señales de impresionarse...»

Blanco y Lorenzo, Fernando, O.P. y exclaustrado, obispo y arzobispo.

Libro de la Cofradía de Nuestra Señora del Carmen (1872-1922)

Al principio se han añadido 5 folios, 2 en blanco; en los otros 3 hay nota de la fundación, Fr. Angalus Savini, Vicario General, 18 de diciembre 1872, “Instructio” y “Gratiae et Privilegia Praecipua”.

Cofradía de Nuestra Señora del Carmen de Corias

Borrador de carta del obispo de Ávila al ministro de Gracia y Justicia s/f

Respuesta a un Excmo. Señor, que le ha comunicado la constitución del Ministerio de Regencia, como consecuencia de la proclamación de Alfonso XII. Aunque no está muy claro, parece que la carta del ministro estaba fechada el día "2 de corriente".. Hace votos para que las buenas relaciones entre el Gobierno y el papa se renueven. Es cosa que desean todos los obispos por el bien de la Patria y de la Iglesia. Hace votos y se pone a disposición para lo que pueda servir. Reza por el monarca.

Blanco y Lorenzo, Fernando, O.P. y exclaustrado, obispo y arzobispo.

Libro de Exámenes de sacerdotes seculares/Libro en que se consigna la censura que los sacerdotes seculares obtienen en los exámenes que, por comisión del obispo de la diócesis sufren en este Colegio de San Juan Bautista de Corias, 1872 (1872-1900)

  • ES 37274.AHDOPE B-C-CRS-a-24
  • Uni. doc. simple
  • diciembre de 1872 - 18 de agosto de 1900
  • Parte deFondo B (Archivo Nuevo)

Título externo: Libro de Exámenes de sacerdotes seculares.
Título interno: Libro en que se consigna la censura que los sacerdotes seculares obtienen en los exámenes que, por comisión del obispo de la diócesis sufren en este Colegio de San Juan Bautista de Corias, 1872. Años: diciembre de 1872 a 18/08/1900.
Entre tapa y guarda anterior hay una carta del obispado de Oviedo dirigida al P. Joaquín Fonseca sobre la censura dada por los Examinadores Sinodales para prórroga de licencias, Oviedo, 01/07/1885, firma Benigno Rodríguez. Contiene los nombres de los examinadores y examinandos.

Convento de San Juan Bautista de Corias

Modelo de carta para las provincias eclesiásticas españolas para ser enviada al ministro de Gracia y Justicia (1872)

El escrito va dirigido a las provincias eclesiásticas españolas, como modelo para ser enviado al ministro de Gracia y Justicia.- El motivo inmediato es que los obispos se han enterado por la Gaceta [de Madrid, o del Estado] que se establece un nuevo presupuesto de obligaciones eclesiásticas, que cambiaría sustancialmente las relaciones económicas entre el Estado y la Iglesia. Esa ley da el último golpe al Concordato y despoja a la Iglesia de España de lo que le había quedado para el sostenimiento del culto y de sus ministros. La voz de los obispos no ha sido escuchada ni por las Cortes ni por el Gobierno. Se ha negado la verdad, desconocido el derecho, contrariado la justicia y sin ningún respeto ni consideración se ha privado a la Iglesia de sus legítimos y sagrados intereses. Los obispos no pueden consentir semejante despojo, por lo que los obispos se oponen a que esa ley tenga aplicación en sus diócesis y ratifican ante el gobierno y la nación la protesta que hicieron ante el Congreso los prelados reunidos en Zaragoza, en su exposición del 12 de octubre pasado, a la que se han adherido todos los obispos del reino. Consideran las disposiciones injustas, y de ningún valor ni efecto nulas. Seguirán exigiendo el cumplimiento del Concordato del 1851, que por derecho le corresponde como dotación que se señaló en lugar de los bienes de que fue privada o permutó con el Estado. No se debe molestar el Gobierno en implantar dicha ley en la diócesis... Rotas completamente todas las relaciones entre el Estado y la Iglesia.

Blanco y Lorenzo, Fernando, O.P. y exclaustrado, obispo y arzobispo.

Carta impresa del cardenal arzobispo de Valladolid al Ministro de Gracia y Justicia

El cardenal ha sido una orden del Gobierno de la República en la que se le reitera el cumplimiento de la orden del 30 de agosto y si por no cumplirla se producen alteraciones del orden pública se le considerará como causante y responsable personalmente en primer término de semejante acontecimiento. El cardenal hace una defensa, demostrando lo absurdo de condenar a uno por anunciar la ejecución de una orden. Protesta formalmente contra la conminación que se le hace. Él está encargado de ejecutar las bulas y debe cumplir el encargo. Pide los derechos de cualquier ciudadano. Niega que se le pueda acusar de tenacidad en desconocer los derechos de la Nación... Dada en Valladolid, 28 de setiembre de 1873.

Moreno y Maisanove, Juan Ignacio, arzobispo cardenal de Valladolid

Reclamación y protesta del episcopado español en las Cortes, contra el proyecto de separar la Iglesia del Estado (1873)

Consideran gravísima la reforma de separar la Iglesia del Estado. Consideran que será un debilitamiento de las dos entidades. No es proclamar la independencia absolutamente necesaria de las dos Potestades, como a veces se finge. Significa el empeño de expulsar a Dios del Estado o de construir un Estado sin Dios... Ruegan a los señores Diputados nieguen su aprobación al indicado proyecto.

Blanco y Lorenzo, Fernando, O.P. y exclaustrado, obispo y arzobispo.

Rescripto, impreso, de la Congregación del Concilio contestando a preguntas sobre las limosnas de las misas

Son 9 preguntas que se han presentado a la S. Sede y que el papa Pío IX y los cardenales han estudiado y resuelto. Todas son sobre las limosnas de las misas y en especial las limosnas de misas en los santuarios. La respuesta de la Congregación son escuetas: afirmativa, o negativa. Con fecha del 31 de agosto de 1874 fueron estas cuestiones y respuestas aprobadas por el papa Pío IX, que mandó transmitirlas a todos los obispos y que se observen perpetua e inviolablemente. Datada en Roma, 09/09/1874 y firmada por el cardenal Caterini, prefecto de la Congregación del Concilio. (Typis S.C. de Prop. Fide.)

Blanco y Lorenzo, Fernando, O.P. y exclaustrado, obispo y arzobispo.

Consultas del P. Vicario Provincial, Fr. Martín Clemente, al P. Maestro Vicario General de la O.P., Fr. José María Sanvito; y respuesta, Roma, Santa Maria supra Minerva, 22/08/1874

Expone varios temas de la Provincia de España. Sin fecha ni lugar. El P. Sanvito responde desde el Convento de Santa Maria supra Minerva en Roma.

Sanvito, José María, O.P., Vicario general de la O.P.

Bula del papa Pío IX al Capítulo de la Iglesia Metropolitana de Valladolid

Bula de Pío IX.... Capitulo Metropolitane Ecclesie.. El papa la dirige al Capítulo de la Iglesia Metropolitana de Valladolid, comunicándoles que ha absuelto del obispado de Ávila a Fr, Fernando Blanco y Lorenzo y lo ha trasladado a como arzobispo a la Metropolitana de Valladolid. Manda, pues, que lo reciban, lo tengan como pastor de la grey, administrador de bienes espirituales y temporales. Roma, San Pedro, Anno Incarnationis Dominice millesimo octingentesimo septuagesimo quinto, quinto decimo kalendas Octobris, pontificatus nostri anno trigesimo (17/09/1875). En el interior de la plica : "Visto de la Agencia General de Preces a Roma, Madrid, 20 de octubre de 1875, firma Jacobo Prendergast. Visto por el Exceléntisimo Sr. Embajador y Agente General de Preces a Roma de España en Roma, 24 de septiembre de 1875, Firma Antonio Benavides".

Pío IX, papa

Copia auténtica de la bula de Pio IX, por la que absuelve a Fr. Fernando Blanco, de su sede de Ávila para trasladarlo a la vacante metropolitana de Valladolid .

Esta copia auténtica, amén de comunicar el traslado de Fr. Fernando Blanco de Ávila a Valladolid, insiste en la entrega del palio, signo de la potestad plena del obispo, y también en la fórmula del Juramento que se hace al recibir el dicho palio, hasta el punto que se manda copia del texto a jurar. El obispo, antes de recibir el palio, escribió al nuncio expresándole los escrúpulos en la cuestión de las de defender "regalías de San Pedro" contra cualquier persona o institución, que el gobierno quiere retener (quitar). Esto obliga a que el papa le remita la fórmula de juramento y la nota explicativa del rey Alfonso XII y del Gobierno de España.

Pío IX, papa

Copia auténtica de las bulas de Pio IX a Fr. Fernando Blanco.

Esta copia auténtica recoge todas las bulas referidas a Fr. Fernando Blanco y Lorenzo, en el tiempo de ser electo y jurar como arzobispo de Valladolid:

  • La primera dirigida a Fr. Fernando Blanco, le comunica que la sede de Valladolid ha quedado vacante por la promoción de Juan Ignacio, título de Santa María de Pace, presbítero Cardenal Moreno, a la sede de Toledo; señala que el rey Alfonso XII de España, por sus letras y por el privilegio especial que tiene ha presentado a Fr. Fernando Blanco, obispo de Ávila, para ser trasladado a la sede de Valladolid, y oído el consejo de cardenales de la S.R.E. te transferimos a dicha iglesia metropolitana de Valladoli como arzobispo de ella. Dada en Roma, en San Pedro, el 17/09/1875.
  • La segunda también dirigida a Fr. Fernando Blanco y Lorenzo, obispo de Ávila, indica el papa Pío IX, que "hoy te absolvemos de de la sede de Ávila y te trasladamos a la iglesia metropolitana de Valladolid, que ha quedado vacante; le absuelve, y le declara absuelto, de toda suspensión, entredicho, censuras y penas. Data como la anterior.
  • La tercera es una carta del papa Pío IX al rey Alfonso XII, en el que le comunica que hoy, día de la fecha, Ha sido absuelto Fr. Fernando Blanco de la sede de Ávila y trasladado a la metropolitana de Valladolid. Data como las anteriores.
  • La cuarta bula está dirigida a los obispos sufragáneos de la iglesia metropolitana de Valladolid. Pide el papa que lo acepten como cabeza, con la obediencia y reverencia que son debidas... Data igual que las anteriores.
  • La quinta bula es la dirigida al Capítulo de la iglesia metropolitana de Valladolid. Les comunica el cambio de Fr. Fernando Blanco de la sede de Ávila a a la metropolitana de Valladolid y les manda, por esta letras apostólicas, que lo acojan humildemente como a padre y pastor de sus almas y muestren la obediencia y reverencia debidas y devotas y que reciban humildemente las salubres moniciones y mandatos. Data la misma que las anteriores. (Esta bula es la transcripción del pergamino de esta serie y U.D.C que lleva el n. 1 de los documentos).
  • La sexta bula es similar, y va dirigida al clero de la ciudad y diócesis de Valladolid, las anuncia que el elegido arzobispo, Fr. Fernando Blanco, hoy ha sido trasladado de la sede de Ávila a la vacante de Valladolid, como su arzobispo; por lo que por estas letras les pide lo admitan con grato honor como padre y pastor de sus almas y al mismo muestren la obediencia y reverencia debidas y devotas.... Data como las anteriores.
  • La séptima bula la dirige Pío IX al pueblo, a los habitantes de Valladolid; les pide que reciban a Fr. Fernando, devotamente como padre y pastor de vuestras almas, que lo miren con la debida honorificiencia, que atiendan sus avisos y mandatos salubres con humildad..
  • La octava bula va dirigida a " a los vasallos de la iglesia metropolitana de Valladolid". Les manda que le reciban devotamente, que le honren, y guarde la fidelidad acostumbrada.... Data la misma de las anteriores (véase las acotaciones del Consejo de Estado Español al final de este cuadernillo).
  • La novena bula, la dirige el papa Pío IX al episcopado católico: le comunica el traslado de Fr. Fernando Blanco, en el día de hoy, a la sede metropolitana de Valladolid, les recuerda, y quiere, como el mismo Fernando, que antes de tomar posesión en la sede y administración se debe prestar el juramento de fidelidad, y ejemplar de dicho juramento, exacto y sin correcciones, firmado y con el sello y en el tiempo fijado se debe transmitir a Roma para ser contenido en las mismas Letras Apostólicas, bulas, del nombramiento de obispo, que es lo que se ha hecho con la bula de Fr. Fernando, incluyendo la fórmula del juramento. Dada en Roma, en San Pedro, el año de la Encarnación del Señor mil ochocientos setenta y cinco, decimo quinto día de las kalendas de octubre, año treinta de nuestro pontificado (17/09/1875). Siguen los sellos del cardenal Vannicelli y del notario apostólico Bartolomeus Natali, testimonio de copia del original de Giusthiniani y los "vistos" del embajador español en Roma, el 25/09/1875, y el de agente Jacobo Prendergast, Madrid, 20/10/1875, al final A. Datti.
    El reverso del último folio del tercer pliego se hace algunas anotaciones de acuerdo con el Consejo de Estado:
  • Queda retenida (no se le da el pase) la bula dirigida a los vasallos de la iglesia de Valladolid por no ser propio de la autoridad eclesiástica dar la investidura de los señoríos temporales, y por estar abolidos por la leyes todos los señoríos jurisdiccionales.
  • En la bula de confirmación La primera de este cuadernillo) se retienen la cláusula «ex indultu seu privilegio apostolico cui non est hactenus in aliquo derogatum»
  • Ha tenido a bien resolver S.M. que la fórmula de juramento que el prelado ha des prestar antes de posesionarse de su iglesia, quede retenida la cláusula en la cual se promete defender contra cualquier persona las regalías de San Pedro, pues la palabra «regalías» envuelve la idea de corresponder a San Pedro lo que es propio de reyes y príncipes soberanos. Entendiéndose el juramento de obediencia a la Santa Sede sin perjuicio del de fidelidad debida a S.M... A esta retención, escribo el obispo Fr. Fernando Blanco, de propia mano: « De la retención de esta cláusula no se hizo uso y el juramento lo hice sin omitirla por no crerlo lícito en conciencia, y así lo dije al Sr. Ministro de Gracia y Justicia al remitirle el testimonio.» Se retiene pues la dirigida a los vasallos y la dirigida al rey. Las otras bula originales se le entregaron a obispo D. Fernando Blanco, Madrid 23 de noviembre de 1875. Firma Fernando Calderón y Collantes.

Pío IX, papa

Rescripto de la S, Congregación de Ritos concediendo al reciente arzobispo de Valladolid, Fr. Fernando Blanco, facultad para subdelegar.

Se le concede según la petición, por espacio de 5 años, para que pueda subdelegar, por un tiempo, a algunas dignidades constituidas y que no necesitan sagrada unción: Vicario General, dignidades y canónigos de la iglesia metropolitana, prepósitos, archipresbíteros, párrocos, rectores de iglesias.... Roma, 17/09/1875. Al margen superior derecho pone: "Ojo, concluye el 17 de octubre de1880"

Blanco y Lorenzo, Fernando, O.P. y exclaustrado, obispo y arzobispo.

Carta del Ministro de Gracia y Justicia al arzobispo preconizado de Valladolid, D. Fr. Fernando Blanco

El ministro contesta a una carta de Fr. Fernando Blanco, arzobispo preconizado de Valladolid. Le comunica que el beneficio que solicitaba se lo ha dado o prometido a una persona de mucha dignidad; solo le queda un canonicato en la misma iglesia (Valladolid) que lo pone a la disposición del arzobispo. Madrid, 05/10/1875.

Blanco y Lorenzo, Fernando, O.P. y exclaustrado, obispo y arzobispo.

Libro de régimen del Santuario de la Virgen de la Peña de Francia

Contiene:
-Autos generales dictados en Santa Pastoral Visita.
-Copia de disposiciones dadas por el Prelado para el gobierno del Santuario.
-Registro del Boletín Eclesiástico.
-Actas de entrega, entrada y salida de clérigos.
-Acontecimientos notables del Santuario.

Convento de Nuestra Señora de la Peña de Francia

Carta del obispo de Ávila al ministro de Gracia y Justicia, D. Francisco de Cárdenas, agradeciendo el nombramiento de arzobispo de Valladolid (1875)

Carta de agradecimiento al Sr. ministro, D. Francisco de Cárdenas, por el nombramiento de arzobispo de Valladolid, y le pide lo transmita también e S.M. Alfonso XII. Solicita unos días de reflexión para decidirse a aceptar o no. La carta, copia sin firmar, está datada en Ávila, 8 de julio de 1857 (evidentemente, le han bailado los dos últimos dígitos, porque es 1875).

Blanco y Lorenzo, Fernando, O.P. y exclaustrado, obispo y arzobispo.

Breve del papa Pío IX a Fr. Fernando Blanco y Lorenzo, arzobispo de Valladolid

Breve de Pío IX a favor de Fr. Fernando Blanco, que va a tomar posesión de la nueva sede metropolitana de Valladolid, concediendo indulgencia plenaria y Bendición Apostólica a la primera misa pontifical que celebre en la catedral de Valladolid y en otros lugares insignes, con las condiciones normales de confesarse, comulgar, etc. Extiende la concesión de la plenaria a los que el mismo día de la misa primera visiten la catedral y eleven oraciones a Dios por la concordia entre los príncipes cristianos, extirpación de los herejes, conversión de los pecadores y exaltación de la Iglesia. Rome, sub annulo Piscatoris, 18 de septiembre de 1875, del pontificado, año 30. En el reverso lleva el destinatario: "Venerable hermano Fernando, obispo de la iglesia metropolitana de Valladolid." y el mismo Fr. Fernando Blanco, escribe: «Indulgencia plenaria por la primera Misa pontifical y Bendición Apostólica pro cathedrali et locis insignoribus. aplicada en la catedral.»

Pío IX, papa

Borrador de carta del obispo de Ávila, Fr. Fernando Blanco al nuncio apostólico en España

Comunica que le han llegado las bulas y documentos relativos a su traslado a Valladolid, con el pase del Gobierno. Le dice cómo queda el estado de la vacante de Ávila. Le preocupan las palabras que se han añadido, por el Gobierno, al juramento que debe hacer a S. Santidad. Tiene muchos reparos. Le indigna la reserva que se han aplicado a cláusulas de la Bulas, especialmente, la que refiere a las regalías de San Pedro. Esto le tiene irritado y es insufrible. Pide al Sr. nuncio que le conteste aclarándole todas esta inquietudes que tiene.

Blanco y Lorenzo, Fernando, O.P. y exclaustrado, obispo y arzobispo.

Borrador de carta del obispo de Ávila, Fr. Fernando Blanco al deán de la Sta. Iglesia Catedral de Valladolid

Comunica que han sido despachadas las bulas y demás documentos relativos a la preconización a la silla metropolitana de Valladolid. En consecuencia, ya ha cesado como obispo de Ávila y tomará posesión de la de Valladolid una vez que haya recibido el palio. Le pide al Deán comunique al cabildo esta carta, y envía una afectuoso saludo. Con fecha, pero sin firma. Es un borrador.

Blanco y Lorenzo, Fernando, O.P. y exclaustrado, obispo y arzobispo.

Despacho real de Alfonso XII al Venerable Presidente y Cabildo de la Sta. Iglesia Metropolitana de Valladolid

El rey comunica al Presidente y cabildo de la iglesia catedral de Valladolid y a su vicario capitular en sede vacante, que es el patrono de todas la iglesia de reino, por lo que presentó a Su Santidad al P. Fr. Fernando Blanco y Lorenzo, obispo de Ávila, para el arzobispado de Valladolid. El Santo Padre lo aceptó y dio sus bulas el día 17/09/1875 y el Consejo de Estado las aprobó quedando retenidas "la dirigida al mi real persona", la de "vasallos" y en la bula de confirmación quedan retenidas: la "que supone que la presentación hecha en mi real nombre ha sido por privilegio apostólico", cuando me corresponde por derecho de patronato; se retiene la cláusula que "manda la prelado la creación de un Monte de Piedad ", por ser esto perteneciente al poder real; lo mismo la reserva que establece a favor de la Sede Apostólica de la facultad de hacer nueva demarcación de la diócesis de Valladolid; también la cláusula del juramento que el prelado debe prestar, por la que se promete defender contra cualquiera persona las "Regalias de San Pedro"... Manda al Cabildo que acojan al prelado como su arzobispo, le dejen desempeñar su oficio y ejercer la jurisdicción archiepiscopal. El rey declara que por esta carta él le recibe y tiene recibido por arzobispo de Valladolid. Dada en Palacio, a dos de diciembre de 1875, Yo el Rey. En el reverso de la última hoja el obispo, ya arzobispo, Fr. Fernando Blanco, vuelve a testificar de su puño y letra "que el juramento de fidelidad al Papa, tanto para tomar posesión del arzobispado cuanto para recibir el sagrado palio se hizo conforme todo al Pontifical Romano y a la fórmula permitida por S. Santidad, sin tomar en cuenta la retención de la cláusula relativa a las Regalias de S. Pedro, antes bien expresándola; y así lo manifesté al Ministro de Gracia y Justica por escrito, rogándole que en adelante se omita dicha retención" (no firma)

Blanco y Lorenzo, Fernando, O.P. y exclaustrado, obispo y arzobispo.

Carta de felicitación de las monjas dominicas de Valladolid al Fr. Fernando Blanco, por su nombramiento de arzobispo

Las prioras o superioras de los monasterios de monjas dominicas de Valladolid felicitan al Fr. Fernando y le rinden homenaje por su nombramiento como arzobispo de Valladolid. Los monasterios son: San Felipe de la Penitencia, Santa Catalina y Nuestra Señora de Porta-Coeli. Las firmas son del capellán y priora o superiora: de San Felipe, Fr. Lorenzo Laza y Sor Justa de Jesús; de Santa Catalina, Fr. Manuel Fernández (director espiritual) y sor María Francisca Martín, presidenta; de Porta-Coeli, Dr. Andrés Morejón Nuño, capellán, y Sor Josefa de San Vicente. No pone fecha, pero hay que datarlo en diciembre de 1875, o enero de 1876

Monjas dominicas de Valladolid

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