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Carta del abogado D. José Guimón Eguiguren al P. Fr. Celestino Alonso

Ha estudiado detenidamente el asunto encargado. Los datos de la notificación de la resolución del 1934- 09-19, dice el P. Albuerne que fue el 26 de octubre de dicho año de 1933, pero aunque no consta en el expediente, opinan que la notificación fue 26 de septiembre. así no se podría recurrir como contencioso-administrativo, que opina no es el mejor camino. Da las posibles vías por las que se pueda seguir el recurso.

Guimón Eguiguren, José, abogado

Carta del abogado D. José Guimón Eguiguren al P. Fr. Celestino Alonso

Por los datos que le ha enviado, ve que el proyectado arreglo del asunto sin recurrir, puede complicarse; va a presentar el recurso para que no se pase el plazo, cosa que hace hoy mismo, por un escrito, cuya copia le envía [es el siguiente documento]. También le dice que en la Junta de Beneficencia de Oviedo, no hay justificante de la notificación al P. Albuerne, lo que puede correr a favor de la causa para los plazos. Que se podía haber sabido antes, lo cual sería mucho más favorable; por eso ha interpuesto el recurso. Insinúa el plan que se ha trazado. La pide algunos datos: inversiones en el mobiliario; cómo estuvo el capital casi 10 años improductivo; lo que hace el maestro, y punto sobre el inmueble... Indica las posibilidades del Tribunal Supremo.

Guimón Eguiguren, José, abogado

Carta del P. Fr. Celestino Alonso al abogado D. José Guimón Eguiguren

Dice que es imposible que firmara el P. Nicolás Albuerne la notificación antes de del 25 -26 de octubre, porque en esas fechas estaba en su casa paterna en Villamejín y no regresó hasta el 23 o 24 de octubre, por causa de la revolución habida. No hubo correo, sino que fue enviada desde la Alcaldía de Cangas se envió por un empleado a Corias. El P. no pudo firmarla. Desea que se cambie la clasificación de «Fundación», poniéndola como privada, no sujeta a la Beneficencia; pero esto parece ya imposible. Hay que se prescinda de la obligación de inscribir en el registro de propiedad, a nombre de la fundación, el edificio del Colegio, porque es totalmente nuestro (de la Orden de Predicadores). Es gratuita la afirmación de que el Colegio se ha hecho con las rentas del capital recibido. Los intereses devengados se usan para pagar al maestro, la renta del local, mobiliario... agua, limpieza. Describe retazos la construcción del edificio, el funcionamiento...

Guimón Eguiguren, José, abogado

Interposición del recurso a la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Supremo por el abogado D. José Guimón Eguiguren

Es la copia que en el anterior documento le decía al P. Celestino, que había interpuesto el recurso y le enviaba una copia. Se basa en que la notificación de la Orden del Ministerio (sobre la clasificación del Colegio de Navelgas) no llegó a manos del P. Nicolás Albuerne, Rector de Corias, hasta después del día 25 de octubre; porque hasta que llegó la notificación a su destino dio tiempo a los sucesos revolucionarios, que impidieron el decurso habitual del tiempo. Suplica que teniendo por presentado este escrito con el poder y copias que se acompaña, se sirva tener por interpuesto el indicado recurso... Pide justicia, Madrid. 23 de enero de 1935. Copia simple.

Guimón Eguiguren, José, abogado

Solicitud de la inscripción de la comunidad de Navelgas en el Registro del Ministerio de Justicia. Y concesión.

La Casa de Navelgas, independizada del convento de Corias, solicita ser reconocida como casa religiosa en el Registro de confesiones y Congregaciones de religiosos. Es la solicitud al Ministerio, por la ley del 2 de junio de 1933.
El tiempo de espera del Ministerio se ha producido un cambio en el P. Superior de dicha casa de Navelgas; aunque no se dice el nuevo Superior es el P. Fr. Celestino José Alonso Villar; el escrito es solo para el archivo de la casa, y aunque pone fecha, no pone firma ni el nombre del nuevo Superior.
El impreso comunicando el registro con el número de 175, es original.

Gutiérrez Ruenes, Fernando María, O.P.

2º Libro de Misas del Colegio de Padres Dominicos de Navelgas (1935-1944)

Comienza en octubre de 1935 y termina en enero de 1944. En la p 11, el P. Fernando María Gutiérrez pone una nota sobre los asesinatos de los frailes y cómo los marxistas se llevaron el dinero de los estipendios. Hasta la p. 10 firman los PP. FF. Celestino José Alonso y Santiago Franco (ambos asesinados).

Colegio del Santísimo Sacramento de Navelgas

Carta del abogado D. José Guimón Eguiguren al P. Celestino Alonso

Carta original. Ha llegado la certificación del Ayuntamiento de Cangas y las postales. Pero la certificación no responde a lo que interesa en el proceso, que es la certificación de la fecha de entrega de al Rector de Corias de la diligencia enviada por la Junta de Beneficencia de Oviedo. Sigue esperando el expediente solicitado por el T.S.

Guimón Eguiguren, José, abogado

Carta del abogado D. José Guimón Eguiguren al P. Celestino Alonso

Carta original. Información de cómo va el asunto: le parece que no se acepta la propuesta nuestra; siguen hablando de liquidación de intereses desde que se recibieron; es posible que el edificio se reconozca como de la Orden. Espera ver el expediente pedido por el Tribunal Supremo, para ver todos los documentos. Se extraña de que no se haya hecho nueva notificación, como se decía que se haría. Pide un par de postales del colegio.

Guimón Eguiguren, José, abogado

Carta del P. Celestino Alonso al abogado D. José Guimón Eguiguren

Carta copia de la original, pues no la firma, pero se ve que es auténtica del P. Celestino. Describe breve y generalmente los problemas de la Fundación: ausencia de Navelgas durante 3 años y medio; ha habido 3 superiores diferentes; poco comunicados sobre la Fundación; no es posible averiguar si a la Junta Provincial de Beneficencia se le comunicó que la compra de terrenos y edificación la haría los dominicos... Se cansa, y está cansado, de estudiar este asunto, solo quiere acabar con esto. Está dispuesto a para ello a reintegrar a la Fundación todos los intereses, devengados o no, correspondientes al capital hasta que se abrió el colegio. así quedará zanjada que las fincas compradas y las obra hechas no son nada de la Fundación. Quiere dejar todo en paz. Pide consejo al abogado.

Guimón Eguiguren, José, abogado

Carta del abogado D. José Guimón Eguiguren al P. Celestino Alonso

Le recuerda que desde el principio la advirtió que había que armarse de paciencia. Comunica el estado del asunto: los informes pedidos a la Junta Provincial de Beneficencia de Oviedo no han llegado. Lo de la notificación es de menor importancia; lo que importa son los documentos de protestas de los dominicos presentaron ante la Junta; aunque se hayan perdido o destruido insistir en que existieron es a favor de la causa, para desmentir el consentimiento que se supone en la orden de calificación.

Guimón Eguiguren, José, abogado

Carta del abogado D. José Guimón Eguiguren al P. Celestino Alonso

Se inician las vacaciones en el Tribunal Supremo, sin que la Junta de Beneficencia de Oviedo haya contestado a la petición que se le hizo. Hasta el 15 de septiembre, nada hay que hacer. El mismo Abogado se va de vacaciones a Portugalete (da la dirección), pero deja sustituto en el despacho todos los días.

Guimón Eguiguren, José, abogado

Carta del abogado D. José Guimón Eguiguren al P. Celestino Alonso

Cree el abogado que el P. Celestino desiste de la gestión respecto a la acumulación de intereses al capital, que se pudiera haber intentado en el Ministerio, pero parece que él (P. Celestino) prefiere que se haga en el Tribunal Supremo. Corrige al dominico en algún punto, sobre los Letrados de la Beneficencia. Se sigue esperando los informes de la Junta de Oviedo.

Guimón Eguiguren, José, abogado

Carta del abogado D. José Guimón Eguiguren al P. Celestino Alonso

Se habían entrevistado, aunque rápidamente, el abogado y el P. Celestino, en Madrid. Le comunica que tiene reiterada en el T.S la petición de los documentos antecedentes, como se ve por la copia adjunta [es la Suplica anterior, doc. 16]. Aún nada definitivo se ha hecho, lo que se atribuye al retraso provocado por la reorganización de las Salas de lo contencioso administrativo del T.S.

Guimón Eguiguren, José, abogado

Carta del abogado D. José Guimón Eguiguren al P. Celestino Alonso

Comunica que en el segundo certificado de Cangas de Narcea se dice que las diligencias de notificación fueron enviadas el 26 de diciembre a la Sección Administrativa de 1ª Enseñanza. Pide que averigüe si se conserva en dicha institución. Que pide certificado.

Guimón Eguiguren, José, abogado

Carta del abogado D. José Guimón Eguiguren al P. Celestino Alonso

Carta original. Ya tiene en su poder el expediente de los documentos [que pidió el Tribunal Supremo], y se dispone hacer copias. Destaca uno (que le manda copia) que es el que en el índice se reseña más ampliamente y es porque en él se trata de apoyar por la Administración "que el terreno y parte al menos de la construcción se realizó invirtiendo los intereses del capital recibido". [esto hace referencia a los documentos de esta misma serie 2: NAV-B- 2-2-DOC.1 y NAV-b- 2-4-doc.2]

Guimón Eguiguren, José, abogado

Cuentas del Colegio de Navelgas desde que se aceptó el Legado hasta que se abrió el Colegio al principio de de enero de 1929

Es copia de las cuentas presentadas al Consejo de Provincia, y aprobadas en julio de 1933, cuyo libro está en poder del M. R. P. Provincial. Indica la obras hechas y los gastos. Firma ológrafa del P. Celestino José Alonso.

Colegio del Santísimo Sacramento de Navelgas

Libro de Cuentas del Colegio de Navelgas (1912-1929)

Lleva el Título de “Mayor”. El autor único es el P. Celestino José Alonso, que firma todas las cuentas. Comienza en la p. 2 con la fundación. El testamento del fundador Ignacio González García, vecino de La Habana, fechado el 22/04/1912. A partir del f. 5 comienzan las cuentas

Colegio del Santísimo Sacramento de Navelgas

Libro de la Sindicatura del Colegio de Navelgas (1932-1945)

Sin título: Libro de la Sindicatura del Colegio de Navelgas desde julio de 1932 a diciembre de 1945. Se le intitula “Mayor”. Firmas de los PP. Fernando María Gutiérrez, Celestino José Alonso, Manuel Ramos, Ángel Ciarán, Manuel Menéndez, visita del P. Perancho , 28/03/1947. Última firma de cuentas, 10/01/1946.

Colegio del Santísimo Sacramento de Navelgas

Libro de la Sindicatura, comienza el día 16 de diciembre de 1928

Anota el autor, P. Celestino José Alonso: «Hasta esta fecha hemos estado de posada los religiosos que trabajamos en la obra del Convento.» Los firmantes son los PP. Celestino, hasta el 04/03/1930, Enrique Izquierdo hasta el 05/05/1930, Wenceslao Fernández hasta el 25/08/1930, Fernando María Gutiérrez hasta el final, 02/07/1932. Visita del P. Provincial Esteban G. Vigil, 04/06/1936.

Colegio del Santísimo Sacramento de Navelgas

Memoria de la Comisión económica nombrada por el P. Provincial, Madrid, 28/01/1927

Incluye:
-Cuadernillo de 36 folios, firman los PP. Vicente A. Cienfuegos, Alfredo Fanjul, Celestino José Alonso, José María Solís, José Rodríguez y Marino Vea-Murguía. Doc. 8.
-Copia, otro ejemplar firmado solo por el P. Vea-Murguía, secretario de la Comisión. Doc. 8b.
-Otra copia, 37 folios, procedente del archivo del P. Salvador y Conde. Doc. 8c.

Álvarez Cienfuegos, Vicente, O.P., Provincial Prov. España

Sobre de correos con bordes negros, de difuntos, dirigido al P. Celestino José Alonso, al Colegio de Navelgas

El sobre, muy roto, dirigido al P. Celestino Alonso, al Colegio de Navelgas, lleva escrito por otra mano: "Consérvese el contenido de este sobre que es de importancia."
Cartas escritas o datadas en Castropol, entre los meses de febrero y marzo, por doña Julia Lagrada, Incide en lo mismo: que a su fallecimiento, el P. Celestino, o sus sucesor en el Colegio, retire de D. Federico González o familia 5.000 pts. que las tiene en su poder, para que atienda a una necesidades como Buena Prensa, Misiones católicas, culto en parroquias necesitadas...

Lagranda, Julia

Súplica del abogado D. José Guimón Eguiguren a la Sala Cuarta de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo

Carta copia de la original, firma a máquina del Sr. Abogado. Insiste que desde el principio del recurso solicitó la ampliación de antecedentes: no solo los del Ministerio, sino que se pidieran también los antecedentes en la Junta Provincial de Beneficencia de Oviedo, tanto con respecto a la resolución del 19 de septiembre de 1934... las comunicaciones de la Junta con el Gobernador Civil, como presidente, y lo que se haya dirigido a los Patronos de la Fundación [con varias fechas que cita]. Suplica a la Sala se sirva ordenar que con suspensión del término para formalizar la demanda se reclamen dichos antecedentes. Pide justicia, Madrid, 8 de abril de 1935,

Guimón Eguiguren, José, abogado

Asignaciones a la Casa de Navelgas, 1930-1935

Son tres cuartillas de asignaciones:

  • la de 1930-10-08: el P. José Cuervo López asigna a la casa de Navelgas a los PP. FF. Miguel Rodríguez, Vicente Rodríguez, Santiago Franco y Manuel Cancela. Reg. pag. 223;
  • la de 1933-12-08: El mismo P. Provincial, Fr. José Cuervo, asigna al P. Fernando María Gutiérrez y a Fr. Antonio Torres a la casa de Navelgas; Reg. 293
  • la de 1935-09-25, el P. Provincial Fr. Esteban González Vigil [Esteban Vigil] asigna al P. Fr. Gregorio Diez a la casa de Navelgas. Reg. pag. 10.

Cuervo López, José, O.P. Provincial de España y de la Prov. de Argentina

Dispensa de votos de Fr. Pedro Martínez, Salamanca, 1927

Dispensa de votos solemnes de Fr. Pedro Martínez, converso, firman también tres testigos. Petición a la Santa Sede firmada por el M. G. Fr. Buenaventura G. Paredes (hoy día Beato).

Convento de San Esteban de Salamanca

Informes y exámenes médicos del caso Fr. Marcelino Rodríguez, religioso dominico

Este documento contiene:
1- Carta del P. Sabino Alonso al P. Aniceto, respuesta sobre la enfermedad de Fr. Marcelino Rodríguez y la actitud de la Sagrada Congregación. Su opinión según los informes de los médicos. Salamanca, 1955-01-15, cuartilla mecanografiada y parte a mano.
2- Informe del P. Arturo Alonso Lobo, sobre el caso de Fr. Marcelino Rodríguez, Salamanca, s/f, con firma original. Examen de la situación. Concluye es posible que el Romano Pontífice conceda la dispensa; dependiendo siempre de los informes médicos y del Superior Mayor.
3- Copia de la carta del P. Aniceto Fernández al P. Esteban Gómez, vicario general de la O.P. a Roma, Madrid, 1955-01-18, folio a máquina, sin firma. Envía los informes de Fr. Marcelino y las opiniones de los PP. Sabino Alonso y Arturo Alonso Lobo. El P. Aniceto apoya que se pueda solicitar la dispensa para que se ordene Fr. Marcelino.
4- La misma carta anterior, pero firmada por el P. Aniceto.
5- Borrador de la carta anterior, con correcciones manuales del P. Aniceto, pero sin firma.
6- Carta del Procurador General de la O.P., Fr. Mariner Teodoro Smith, sobre el caso de Fr. Marcelino, la S.C. no podrá dar la dispensa sin certificado médico que atestigüe su curación; otras opciones que para solucionar el caso de el enfermo. Roma, 1955-07-03. Cuartilla oficial con membrete y firma original del P. Mariner Teodoro.
7- Carta de Fr. Marcelino Rodríguez al P. Aniceto Fernández, Vergara, 1955-10-06. Comenta sus vacaciones y la carta o informe de los PP. Sabino y Arturo.
8- Informe del médico D. Rodrigo González Pinto, director del Sanatorio Psiquiátrico de S. Águeda. Bilbao, 28 marzo de 1956: Fr. Marcelino no tiene signo alguno de epilepsia. Su enfermedad no es epilepsia. acompaña su carta del informe médico del Dr. Luis Estrade Alda, neuropsiquiatra y los resultado de su examen de Fr. Marcelino.
9- Informe del Dr. Luis Estrade Alda, Bilbao, 28 de marzo de 1956: sin signos de epilepsia.
10- Carta del P. Esteban Gómez al P. Aniceto Fernández, Provincial. Según los informes que ha recibido, cree que podría ser ordenado Fr. Marcelino. Presentar los informes con explicaciones o aclaraciones de los términos. Roma, 17 de abril de 1956.
11- Otro informe, más aclaratorio para profanos del Dr. Rodrigo González Pinto. Niega la existencia de epilepsia, incluso en formas más atenuadas y atípicas. Le considera normal, sin tacha alguna de dicha enfermedad de epilepsia. Bilbao, 15 de septiembre de 1956.
12- Certificado del Dr. Agostino Cogorno, médico Chirurgo, Genova, 24 de septiembre de 1956. Indica los exámenes hechos a Fr. Marcelino y concluye que no tiene epilepsia. Lengua italiana.
13- Carta del P. Fr. Cagnasso, Pietro, O.P. al P. Provincial de la Prov. de España [P. Aniceto Fernández], Génova, 26 de septiembre de 1956. Ha acompañado a Fr. Marcelino a la consulta con el Dr. Cogorno, y se usaron los mejores medios científicos (hace una brevísima semblanza del Dr. Cogorno, y ha excluido del todo la enfermedad de epilepsia en Fr. Marcelino. Un folio mecanografiado, con firma original, papel oficial de la parroquia de S. Maria di Castello.
14- Carta del P. Esteban Gómez al P. Aniceto, Roma, 27 de septiembre de 1956, aconseja hablar con el P. Larraona, preguntando su opinión; cree que tiene a certeza moral de que lo de Fr. Marcelino nunca fue epilepsia.

Fernández Alonso, Aniceto, O.P.

Libro de Depósito (1896-1952)

Por legislación dominicana, había un "arca", o arcón, en los conventos denominada Depósito donde se guardaba el dinero del convento, cuyas llaves tenían dos religiosos denominados Depositarios, elegidos por la comunidad. Eran los responsable para recibir los ingreso y dar el dinero para los pagos. Ellos debían llevar su libro y dar cuentas a la comunidad de su gestión. Incluso podían hacer préstamos a entidades del convento o a obras del convento que tenían su entidad y contabilidad propia.
En este libro se ve cómo va cambiando la vida económica conventual, porque desde 1926, la función de depósito va pasando a las Cajas de Ahorros y quien se encarga es el P. Administrador, o Procurador y el arca del deposito va quedando como objeto de decoración. Los dos últimos depositarios que firman este libros son el P. Sabino Alonso y José Larrínaga, siendo prior del convento el P. Guillermo Fraile.

Convento de San Esteban de Salamanca

Respuesta al P. Provincial sobre una consulta de derecho acerca de la profesión de religiosos dominicos mexicanos, que deben hacer el servicio militar en su país.

El problema que se les planteó a los juristas fue sobre la validez de la profesión solemne de los estudiantes mexicanos que estaban obligados al servicio militar. La dos cuartillas se dedican a la historia de lo que el Derecho Canónico dice al respecto, y las respuestas de la S.D. de Religiosos en diversas consultas, junto con las interpretaciones de juristas sobre las mismas. Aunque se exponen razones se mantiene la duda y se decide consultar otra vez a Roma. El Consejo conventual de San Esteban duda acerca de la validez de profesiones solemnes, por lo que se les piden que renueve la Profesión simple o temporal, hasta ver que solución da la S. Congregación.
El folio titulado "Nota para el R.P. Provincial del que escribe estas notas", tiene una parte firmada por el P. Fr. Arturo Alonso Lobo y otra, sin firmar, posiblemente del P. Sabino Alonso, que se adhiere a la opinión del P. Arturo Alonso Lobo. Texto tiene párrafos del Código eclesiástico en latín.

Fernández Alonso, Aniceto, O.P.

Respuesta de los Consejos de la Provincia de España y de Aragón al Maestro de la O.P., Fr. Miguel Browne, sobre la reforma de nuestra Liturgia O.P.

Los dos consejos provinciales estudiaron el documento enviado por el P. Maestro de la O.P. y votaron los cambios que se señalaban y las votaciones a cada uno de los puntos. Se aprueba que se mantenga en lo fundamental el Proyecto del Instituto Litùrgico y del Memorandum, por el Consejo de la Provincia de España. La de Aragón aprueba por unanimidad los proyectos del Instituto Litúrgico, pero manifiesta su disconformidad con los criterios del Memorandum. ambos consejos se reunieron el 28 de marzo de 1958.

Fernández Alonso, Aniceto, O.P.

Carta confidencial a los R. P. Provinciales Religiosos de España, del Nuncio Apostólico en España, en nombre de la S. C. del Santo Oficio, y contestación del P. Aniceto Fernández, Provincial, O.P.

En nombre de la S. C. del Santo Oficio y por su mandato, envía un cuestionario de 7 preguntas sobre los sacerdotes obreros, dominicos de la Provincia. Es una carta para todos los Provinciales religiosos. Lo hace desde San Sebastián, y pide que las respuestas se envíen a Madrid.
La respuesta del P. Aniceto sobre los dominicos sacerdotes obreros tiene 3 folios de papel común, con numeración a máquina, lo mismo que la firma. Es la copia, calcada, para el archivo de la Curia. De respuesta a cada uno de los puntos que requería el Nuncio, entre los años 1954 a 1957.

Fernández Alonso, Aniceto, O.P.

Rescripto de sanación [subsanación] general para priores

Este documento consta de un folio, en el que hay una carta del Maestro de la O.P. a los Priores Provinciales, la súplica de dicho Maestro a la S.C. para Religiosos e Institutos Seculares y el Rescripto, propiamente, dado por la S.C. dicha.
Se pide subsanación, porque posiblemente se han hecho muchos actos inválidos al no haber cumplido los conventos y vicariatos con la nueva legislación del capítulo general celebrado el año 1968, n. 96,1 y 2, que mandaba que a los tres meses de la promulgación de dichas actas, deberían estar elegidos los priores de los conventos erigidos y sus consejeros. Las actas se promulgaron el 1 de noviembre de 1968 y parece que en varios conventos no se ha hecho lo legislado, quizás por ignorancia de la reciente legislación.
El rescripto está fechado el 28/05/1969 y firmado por E. Heston. Es fotocopia

Fernández Alonso, Aniceto, O.P.

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