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Fotocopia de la esquela del funeral y entierro del P. Pedro Manovel y Prida, 05/06/1893, y fotocopia de la Voz Dominicana, Rev. Católica y Literaria con carta del Maestro General, el P. Larroca, 09/12/1884

Contiene:
-Esquela del funeral y entierro del P. Manovel en Salamanca.
-Publicación que recoge la carta del Maestro General, el P. Larroca, prohibiendo la publicación de la revista Católica y Literaria, en Roma, 1884-12-09

Convento de San Esteban de Salamanca

Felicitación de los alumnos del Ateneo Lateranense al P. Canal (1939-1940)

Felicitación Navideña al P. Canal y a España por los alumnos del Colegio Ateneo Laterano de Roma, donde el P. Canal impartía clases, el curso 1939-1940. Ponen los nombres de todos los alumnos, 22, y lo hacen en 14 lenguas: amén de las lengua mayoritarias se citan el Bohemo, Arabo, Greco, Romanesco, Maltese, Ruso y Latin. Los 14 alumnos autores de los textos los firman.
Bonito homenaje, que es claro exponente del prestigio del P. Canal.

Canal Gómez, Maximiliano, O.P.

Escrituras de recibos y cartas de pago (1621-1764)

  • ES 37274.AHDOPE A-B-VAp-11-7-3
  • Uni. doc. simple
  • 27/08/1621 - 26/03/1764
  • Parte deFondo A (Antiguo)

  • El cuaderno que ocupa los ff. 1-9 son recibos firmados por Sebastián Vicente, menos dos (los ff. 6 y 7), firmados por Juan Ximeno. Todos ellos son dineros recibidos para llevar a Roma, a través del Sr. Pedro Cosida, de Roma, agente de S.M. en Roma. Da la orden de pago o el pago Fr. Francisco de Medina, del convento de San Pablo de Valladolid. Frailes intermediarios que aparece: Fr. Lorenzo Fernández, del convento de Atocha; Fr. Dámaso Artufel, también de Atocha; Fr. Pedro Peralta, comisario del S. Oficio de la inquisición. Fechas: 1621-1622.

  • El cuaderno de los ff. 10-14, recoge cartas de pago o de reconocimiento de haber tomado o sacado dineros del depósito del convento de San Pablo de Valladolid. Todos ellos están firmados por doña María Micaela Clavo Pérez y Roca, viuda de D. José Blanco y Helguero; pero el recibo del f. 12 lo firman doña Micaela y su marido D. José Blanco en Valladolid, 28/08/1760, y se dice que los dineros (eran 33.000 reales) se depositaron en San Pablo como propios de doña Micaela, y procedían de su herencia materna, de su madre doña Rafaela Pérez Roca; y se sacan 7.617 reales y 22 mrs. y medio, para redimir un censo, con sus réditos, impuesto a favor de la cofradía sacramental de San Juan Bautista, y en contra de su marido. Las fechas entre 28/08/1760 - 26/03/1764.

Convento de San Pablo de Valladolid

Escritura pública de intercambio entre don Juan Pérez de Toledo y Santiago Brusco, Roma, 27/03/1523

Escritura pública de intercambio entre don Juan Pérez de Toledo, clérigo de la diócesis de Segovia y Santiago Brusco, soldado de la milicia de Santiago de Spata, sobre viñas del préstamo de Fuentelmonge (Soria) y ¿Fuentesloros? (¿dioc. de Cuenca?).

Pérez de Toledo, Juan (clérigo de l diócesis de Segovia)

Equivalencia de las monedas castellanas con las de otros reinos hispanos y Sicilia y Roma, post. a 1718

  • ES 37274.AHDOPE A-B-VAp-16-2-12
  • Uni. doc. simple
  • Post. 1718
  • Parte deFondo A (Antiguo)

El cuadernillo está para ver la equivalencia de las monedas castellanas con las de Valencia, de Navarra, de Sicilia, de Roma, de Mallorca, de Cataluña, y de Aragón. Además enseña la reducción de las "anas" portuguesas a las "varas" castellanas.

Convento de San Pablo de Valladolid

El obispado de Oviedo suplica al Santo Padre se digne dar rescripto para ejecutar lo convenido con el P. Provincial O.P., sobre el convento de Oviedo

La súplica se hace en nombre del obispo y del P. Provincial, O.P. Breve resumen de las relaciones entre la diócesis y los dominicos de Oviedo, la historia de los edificios del seminario diocesano y del convento de los frailes, donde por dos ocasiones se instaló el seminario. Ahora que la diócesis tiene un nuevo seminarios, ambas entidades suplican lo que han acordado: Que los dominicos puedan volver a inscribir en el Registro Público de la Propiedad la iglesia y el convento, que ahora está a nombre de la diócesis; que los dominicos paguen a la diócesis el valor del prado, al mediodía, que adquirió la diócesis y el suelo de la "casina", según el valor de los peritos; ambos renuncian a cualquier otra carga fuera de lo de lo establecido en este contrato. Oviedo, 22 de noviembre de 1945. Nombre mecanografiado de Benjamín, obispo de Oviedo.

Arriba y Castro, Benjamín de, obispo de Oviedo

El obispado de Oviedo suplica al Santo Padre (Sagrada Congregación del Concilio) se digne dar rescripto para ejecutar lo convenido con el P. Provincial O.P., sobre el convento de Oviedo

Este documento es prácticamente lo mismo que el anterior, aunque la redacción latina es un poco diferente; la fecha y firma son propias de este documento y se señala que la cantidad estimada por los peritos que han de pagar los frailes a la diócesis, por el prado y "casina" es de 131.000 pts. La presentación es como el documento oficial de la súplica, muy buen papel, sello, limpio y con el protocolo N.667/46. O.A. Oviedo, 22 de marzo de 1946.
Recordamos:
La súplica se hace en nombre del obispo y del P. Provincial, O.P. Breve resumen de las relaciones entre la diócesis y los dominicos de Oviedo, la historia de los edificios del seminario diocesano y del convento de los frailes, donde por dos ocasiones se instaló el seminario. Ahora que la diócesis tiene un nuevo seminarios, ambas entidades suplican lo que han acordado: Que los dominicos puedan volver a inscribir en al Registro Público de la Propiedad el antiguo convento con la iglesia, suelo y ruinas pertenecientes al mismo, que ahora está a nombre de la diócesis; que los dominicos paguen a la diócesis el valor del prado, al mediodía, que adquirió la diócesis y el suelo de la "casina", según el valor de los peritos; ambos renuncian y se liberan de cualquier otra carga fuera de lo establecido en este contrato.

Arriba y Castro, Benjamín de, obispo de Oviedo

Edicto del obispo de Santader, D. Rafael Tomás Menéndez de Luarca, sobre los privilegios de la Santa Cruzada a los oratorios privados

El cuaderno responde a la Orden Real, dada en Madrid, 15/12/1797 por la que se pide al obispo de Santander, D. Rafael Tomás Menéndez de Luarca, que envíe todo los originales de un edicto que ha publicado y repartido en su diócesis, dado en Cayón, 24 de agosto de 1797, con todas todas las declaraciones de los cardenales, con antecedentes y diligencias. Además que recoja todos los ejemplares impresos y repartidos de dicho edicto. El Edicto, es la parte impresa de este documento, donde el obispo manda que en los oratorios privados solo se puede decir una misa al día, en días ordinarios, y que los domingos y festivos todos deben ir a la iglesia para cumplir con el precepto. El edicto está en latín y español.
Su Majestad interviene, bajo la influencia de el Comisario de la Santa Cruzada, y se produce una serie de Órdenes Reales y respuestas del obispo de Santander, D. Rafael Tomás Ménedez, que se niega a enviar al rey los documentos que le pide, hasta noviembre de 1798. Las Órdenes Reales están datadas: Madrid, 15/12/1797; Aranjuez, 14/03/1798; San Lorenzo, 11/11/1798 y la última, también datada en San Lorenzo, 03/12/1798, en que se comunica que se ha recibido el edicto y los documentos que pedía S.M.
Las respuesta del obispo, en Santander, 31/ 12/1797, obedece la O. R. pero no la cumple; Santander, 03/04/1798, ve los intereses de la Comisaría general de la Santa Cruzada; otra respuesta del 16/11/1798, el obispo se decide a mandar todo lo que le viene pidiendo S.M. Por último, comunicado por la O.R. del 03/12/1798, que se han recibido el edicto, las consultas a los cardenales y congregación, con lo que el señor obispo ha cumplido lo que mandaba rey, éste le comunica que pasa todo el asunto a los del Consejo Real. La respuesta del obispo es una exposición, dirigida a los de dicho Consejo Real, con las opiniones de juristas y determinaciones de Trento, sobre el derecho y privilegios de los oratorio privados. Lo hace en 55 puntos, que ocupan desde el f. 15 al 48. Datada en Santander, 20/01/1799.

Obispo de Santander

Documentos y Circulares. Miscelánea 2

Tiene Índice mecanografiado en las primeras guardas con 77 documentos. Contiene Circulares, confirmaciones de Actas, cartas, Real Orden, dictámenes, exposiciones al Rey, peticiones, Actas de Capítulos, resoluciones, etc.

Boxadors, Juan Tomás de, O.P. (Maestro y Provincial)

Documentos para hacer el deslinde de los bienes entre el Vicariato de Puerto Maldonado, Misioneros Dominicos y Misioneras Dominicas del Santísimo Rosario, Roma (1950-1952)

  • ES 37274.AHDOPE B-B-b-26 vPE 2-2-1
  • Uni. doc. simple
  • 25 de noviembre de 1950 - 10 de marzo de 1952
  • Parte deFondo B (Archivo Nuevo)

Copia de la documentación que recogieron los PP. Andrés Ferrero y José Sarasola, en cumplimiento de la Orden del P.Maestro General, Fr. Manuel Suárez, para hacer un deslinde de bienes entre las tres instituciones citadas. Se enumeran todos seguidos tal como están.
En el folio de portada pone: “Al M.R.P. Provincial, Para el Archivo de la Provincial.

Ferrero, Andrés, O.P.

Documentos de la erección como Casa del Colegio de Los Ángeles de S. J. de Costa Rica (1946-1952)

Contiene:
-Copia de la compraventa de las temporalidades de la Arquidiócesis a favor de la "Ilustración Católica Limitada", S. J. de Costa Rica, 11/06/1946.
-Copia de la concesión del Arzobispado para hacer casa, 28/02/1952.
-Copia de la carta del Canónigo Secretario al P. Vicario Domingo del Pilar Fernández sobre lo mismo, 09/06/1950.
-Documento del Maestro de la O.P. Manuel Suárez: erección de la Casa-Colegio Los Ángeles como independiente, Roma, 21/04/1952, copia con firmas originales, mecanografiado, sin sello.

Sanabria Martínez, Víctor Manuel (arzobispo de San José de Costa Rica)

Documento del episcopado de D. Juan de Castilla. Pleito del Cabildo de Salamanca y Juan del Encina, clérigo salmantino estante en Roma

En Salamanca, 02/12/1502, ante Alonso Cornejo, escribano, reunión del cabildo catedralicio (se citan lo canónigo y racioneros), Francisco de Fermoselle, vecino de Salamanca, procurador y en nombre de Juan del Encina, su hermano, residente en la corte de Roma, presenta e intima y notifica, su poder y una bula de "mandato de providendo" del papa Alejandro VI, de la ración que en dicha iglesia ha vacado por muerte de Antonio Carrillo; bula en pergamino, en latín, sellada con sello de plomo, pendiente en cuerdas de cáñamo, concedida a su parte. Y asimismo, el proceso sobre ella fulminado, también escrito en pergamino y en latín, con sello de cera colorada en una caja de madera, pendiente de cordones colorados, cuyo tenor uno en pos de otro, sucesiva es: (se copian los dos documentos), la bula de concesión a de al ración a Juan del Encina, dada en Roma, San Pedro, de 1502, indicción quinta, día 25 de septiembre, pontificado de Alejandro VI año undecimo. Incluye las letras apostólicas dirigidas al obispo de Zamora [D. Diego Meléndez y Valdés], a quien se nombra juez y ejecutor, y al decano Oviedo y al archidiácono de cornado de Compostela, con la bula inicial de donación a dicho Juan del Encina, dada en Roma, San Pedro, año de la Encarnación del Señor 1500, el 3 de agosto, año octavo del pontificado de Alejandro VI. A continuación se copia la letra apostólica del papa Borja al obispo de Salamanca, dada en Roma en el palacio apostólico, en la cámara, de las habitaciones, el 25/09/1502, pontificado undécimo, obligando a la obediencia al obispo y cabildo a que, en el plazo de 6 días de la presentación de la letra apóstolica, cumplan lo mandado en la bula a favor de Juan del Encina, bajo penas y censuras: suspensión a divinis y entredicho a las iglesias. El notario del Vaticano es Egidio [Gil] Senier, llamado bisantinus [bizantino].
La respuesta a la bula del papa Alejandro VI, con que se inicia la copia de documentos, del 02/12/1502, la da el cabildo salmantino el día 07/12/1502, ante el notario Alonso Cornejo, y ante el bachiller en decretos, el honrado Sr. Gonzalo Monte, provisor oficial y vicario general de la ciudad y diócesis por el Sr. D. Juan de Castilla, obispo de Salamanca. Como procurador del cabildo actúa Juan de Villalón. Dada la premura del tiempo, para no caer en las censuras impuestas por el papa Borja, indicadas en el "proceso fulminado", la respuesta y apelación se presenta por escrito, dirigido al obispo de Zamora, como juez y ejecutor. Dice que el cabildo no está obligado a obedecer ni a cumplir lo contenido en la bula y su proceso: porque dicho pretenso proceso, provisión y censuras fueron y son ninguna, porque el "mandato de providendo" fue y es subrepticio y obrepticio, impetrado en gran perjuicio del bien público de la iglesia de Salamanca, del cabildo de ella y otras terceras personas, que son el maestro de canto y órganos, que son oficiales de dicha iglesia. Además, en esta iglesia de más de ciento diez y ciento quince años, y más tiempo, no fue ni es la pretendida ración que pide Juan del Encina, y si antes fue, sería "estruta y supresa" justa y santamente en favor del culto divino eclesiástico y del común de la iglesia de Salamanca..... Y lo otro porque perjudicaría a la iglesia de Salamanca, al cabildo a los oficiales, que tienen sus oficios en posesión jurídicamente; y atacaría a los privilegios de esta iglesia (por lo que en este asunto ni el obispo de Zamora tiene jurisdicción) y el cabildo no puede desposeer a los oficiales, por lo que no está obligados a cumplir lo mandado, etc., etc. En consecuencia, apela de lo mandado por V. Señoría, ante el muy santo padre y pide los apóstolos de esta apelación, sepe sepiua, sepissime y para los del cabildo y sus bienes, pide con día, mes y año al presente notario testimonio signado. Y porque al presente no se puede haber copia de S. Señoría para interponer la dicha apelación, por la mucha distancia, la interpongo ante el provisor y oficial de Salamanca, como ante pública y honesta persona, a quien pido y requiero me dé los apóstolos.

Cabildo de la catedral de Salamanca

Documento de reducción del convento de Oviedo a simple vicaría

El Maestro O.P., P. Gillet se lamenta de la deplorable revuelta de 1934 en Oviedo, con el incendio del convento de Santo Domingo de Oviedo, y recoge la petición del P. Provincial y del Consejo de Provincia de reducir el convento a simple vicaría, hasta que se instituya un nuevo vicario. El Maestro Fr. Gillet lo concede por el tiempo de su voluntad y declara suspendidos todos lo oficios conventuales, a la vez encomienda que siguiendo las Constituciones instituya un vicario.

Gillet, Martín Estanislao, O.P.

Documentación referente a la fundación y prórroga de la casa-parroquia del Carmen en Santa Ana, El Salvador (1946-1961)

  • ES 37274.AHDOPE B-B-b-24/4 vAC-1-1
  • Uni. doc. simple
  • 20 de junio de 1946 - 11 de noviembre de 1961
  • Parte deFondo B (Archivo Nuevo)

Contiene:
-Rescripto de la Nunciatura, que el obispo de San Ana transcribe y remite al P. Antonio Pastor Codesal, Vicario Provincial, se prorroga el contrato otros cinco años, San Salvador, 20/06/1946, Nuncio Juan M. Castellani.
-El obispo Santiago Ricardo, a petición del P. Provincial Aniceto, concede la administración de parroquia y casa, in perpetuum, ad nutum Sanctae Sedis, Santa Ana, 19/02/1952, firma el obispo.
-Nota del P. Maestro Manuel Suárez al P. Provincial Aniceto Fernández sobre lo que falta a los documentos de la fundación de Santa Ana y del Colegio de Los Ángeles de San José de Costa Rica, Roma, 12/03/1952.
-Copias de los documentos de concesión de iglesia y casa por el obispo Santiago Ricardo, Santa Ana, 07/04/1952.
-Copia de la aceptación por la Santa Sede, Roma, 28/06/1952.
-Documento original firmado por el P. Suárez con la erección de la Casa de Santa Ana, una vez todo subsanado, Roma, 11/07/1952.
-El Vicario de Centroamérica envía al P. Esteban Gómez la documentación sobre San Ana, es copia sin firmar, San José de Costa Rica, 12/08/1960.
-Copia del documento de cesión de la parroquia de Santa Ana, Roma, 31/10 y 05/11/1960.
-Escrito del P. Esteban Gómez al P. Provincial Aniceto Fernández pidiendo aclaración de terminología del contrato de la iglesia y casa de Santa Ana que aún está pendiente, Roma, 21/03/1960. Se añade a mano "Ya está todo arreglado".
-Copia simple de la concesión de la S. Congregación del Concilio, Roma, 11/11/1961.

Villanova y Meléndez, Santiago Ricardo (obispo de San Ana, El Salvador)

Diversos documentos. Miscelánea 3

Tiene Índice mecanografiado en las primeras guardas con 59 documentos. Contiene juicios críticos, patentes, circulares, fundaciones, Real Cédula, exposiciones, informes, peticiones, ordenaciones, partidas de bautismo, certificados, bulas, manifiestos y catálogo, entre otros. La Circular del f 161 continúa en el f. 183.

Cano, Melchor, O.P.

Diverse lettere et risposte in materia della Concettione

Contiene las cartas o extractos de cartas siguientes:

  • Carta del papa Paulo V al rey Felipe III de España, Roma, Santa María Maggiore, 19/01/1619, exalta la devoción y piedad del rey a la Sma. Virgen, como Inmaculada y patrona. No quiere innovar o mudar en la materia. Da gracias a Dios, venera la inenarrable belleza y pulcritud de la Madre de Dios. Latín.
  • Carta del nuncio de España [Antonio Caetani] al cardenal Borghese, Madrid, 16/07/1617. Italiano. Informa del negocio de la Inmaculada, en el reino de Aragón y en la corte de Madrid. Italiano
  • Carta del Cardenal Mellino al Maestro de Camera de nuestro señor, Roma 08/09/1617. Italiano
  • Billete del cardenal Mellino a la santidad de n. s. Paulo V, di casa, li, 29/08/1617. Informa sobre la reunión, que duró de las 20 horas a la 1 de noche. Se trató: si la materia (Immaculata Concetta) es definible, si era expediente de definir, en este punto dijerolque sí los cardenales Aldobrandini, Belarmino y Borgia; los otros, Verallo, Bonsi Araceli, Ascoli y yo [Mellino] tenemos la opinión negativa; si se prohibía que no se dé a conocer ni en el púlpito ni medios públicos la opinión de lo comentado; Aldobradino, Berlarmino y Araceli fueron negativo, los demás positivos. La mayor parte de la reunión fue discutir si María Ssma. fue concebida en pecado o no. italiano
  • Carta del P. Luis Aliaga, confesor del rey al Maestro de la O.P., [P. fr. Serafino Secchi], Madrid, 27/01/11617. Escribe para animarle a que se decida a pedir al Santo Padre que soluciones el problema de la Concepción, ante una oferta del flamenco conde de Luden, herético, de 100.000 escudos.... Madrid, 27/08/1617. Italiano
  • Carta del nuncio de España al cardenal Borghese, Madrid 30/09/1617. Italiano
  • Carta del cardenal Borghese al Nuncio de España, Roma, 20/11/1617. Italiano
  • Carta de los Maestros en teología de la provincia de España: Al Rvmo. Padre nuestro Maestro General de la Orden de Santo Domingo [Serafino Secchi]
    Por orden del rey [Felipe III], juntó nuestro P. Provincial en esta corte, en el convento de Atocha, a los PP. Maestros de la Provincia, para tratar de los medios más convenientes a la paz de la República y servicio de Dios nuestro Señor, en la materia de la Concepción de la Virgen, nuestra Señora. En la reunión se presento el duque cardenal de Lerma, con carta del rey. y les presentó tres puntos de parte del monarca. Primero, que la provincia pida a su santidad mande que celebre la fiesta de la Purísima Concepción de nuestra Señora como la celebra el resto de la Iglesia y en vez de "Santificación" se diga "Concepción". Segundo que predique la "opinión pía", que nuestra Señora no fue concebida en pecado original, sin hacer mención a la opinión de Santo Tomás, sino dejándola en su probabilidad. Tercero, que desde luego, en presencia o ausencia del S.M. se predicasen algunos de estos sermones. Dicho esto el duque de Lerma salió de la junta. Estaba presente el confesor del rey [Fr. Luis Aliaga]. algunos padres fueron del parecer que se concediese al rey todo lo que pedía, porque era justo, pero la mayor parte fue del parecer: Primero, que en cosa tan grave y tan propia de la Orden, no se diese paso alguno ni se determinase la menor cosa sin dar parte a Vuestra Rvma. ni se comenzase a hablar palabra al Su Santidad, que no se hablase por boca de V.Rvma.; segundo, que así en le rejar, como en el predicara sentían mucha dificultad, en cualquier innovación que hiciese, que siente lo mismo que otrora, que es lo que enseñaron los Santos Padres y "al presente permanecemos en la misma sentencia con la misma firmeza, sería una grave disinción (sic), indignos de predicadores de el Evangelio, predicar lo contrario, lo qual sería un grand menoscabo de la verdad que la Orden de Sto. Domingo ha profesado, y en agravio totale de la sinceridad quese profes en el púlpito"; el tercero, que se la presente a Su Santidad el lado de esta controversia y alboroto de la República y perseverancia en nuestra doctrina y como nos arrojamos a sus pies como nuestro dueño, que [a} nosotros mismos nos mande lo que debemos hacer en esta parte, que en negocio tan grave más toca Su Santidad que a nosotros, y ejecutaremos puntualmente... En Santo Tomás de Madrid, 24/06/[1618] Firman los Maestros: Fr. Baltasar Navarrete, Fr. Diego Lorenzana, Fr. Juan de Pereda, Fr. Domingo Pimentel, Fr. Bernardino de Ayala, Fr. Francisco de Sotomayor, Fr. Francisco de Augustina, y los presentados: Fr. Pedro de Olivares, Christóbal de Torres.
  • Carta al cardenal Borghese, desde París el 15/02/1619, el nuncio de Francia; conocen la respuesta de España, prefiere no mover nada ni innovar en cuestión de la Concepción.
  • Y otra carta desde Paris, 30/01/1619,del mismo Nuncio Guido Bentivoglio, arzobispo de Rodas, que en escaso cree que es una cuestión de odio de los españoles al pontífice.
  • Otra carta de los dominicos españoles al Maestro de la O.P., (pone Rvmo Padre) de aquellos que no estaba de acuerdo con la anterior. Por orden del rey Felipe III se reunieron el confesor del Rey [Aliaga], el Padre provincial y maestro de la Provincia. Vino el duque de Lerma y entregó una carta. Dice que propuso dos puntos principales. El primero, que la Provincia de España suplique al V. Santidad, les mande dejar y celebrar la fiesta de la Purísima Concepción Concepción en la forma que la reza y celebra el resto de la Iglesia; segundo, que V. Santidad mande a los religiosos de la dicha provincia que prediquen la opinión que tiene que la Virgen fue concebida sin pecado original. Quiere que su Santidad mande que se cumplan los dos puntos para la paz y sosiego de los reinos del la Iglesia y la Orden. Madrid, 24/06/1618. Firman: Fr, Luis Aliaga, Fr. Antonio Pérez de Sotomayor, el maestro Fr. Tomás González catedrático de prima y consultor de la Inquisición, el maestro Fr. Juan González catedrático de prima de la Complutense, el maestro Fr. Juan de la Fuente cronista de S.M. consultor del Supremo Consejo de la Inquisición, el maestro Fr. Lorenzo Gutiérrez catedrático de vísperas Complutense y consultor del Consejo S. de la G. Inquisición, el maestro Fr. Alonso Barrantes, prior del convento de San Pedro Mártir de Toledo y consultor del S.O. de la Inquisición de Valladolid y Toledo, y el P. Fr. Pedro Venero rector del Colegio de Santo Tomás de Alcalá y consultor del Consejo Supremo de la Inquisición.
  • Capítulo de una carta escrita por el P. General de Sto. Domingo de Lisboa (sic), 09/07/1618, al P. procurador general de la misma Orden en Roma. Está informado de la cuestión del España y de la reunión provincial de los maestros sobre la Concepción de María Virgen. Le envía copia de las cartas que ha recibido.
  • A continuación se copia una carta o escrito del obispo de Foligno al Santo Padre, dándole a conocer que ha recibido cartas del Nuncio de España, del 21 y 23 de febrero pasado, ve comprensible que no se pueda escribir ni estampar contra la opinión pía, por lo que no se divulga lo escrito por el doctor Silvio, teólogo de Duay, sobre la tercera parte de Sto. Tomás, y que se pondrá diligencia para examinar otros ejemplares... (sin fecha).
  • Al final se copia una carta dirigida a Mons. Patriarca de Jerusalén, a cuyo margen se escribe: 1618/26/diciembre. Habla del obispo de Cartagena enviado como Embajador extraordinario, y recibido con tales honores, que en la segunda audiencia presentó carta del Su Majestad, escrita con mucha eficacia sobre la materia de la Concepción de la gloriosa Virgen, instando a su Santidad que definiese el artículo fundándose en el escándalo. Su santidad, escuchando con atención, le respondió que no podía sino alabar mucho la singular piedad, santo celo y devoción a la Virgen... en cuanto al negocio, le dijo S. Santidad que no era nuevo, al que se ha dedicado tiempo y estudio cuanto era necesario, y su Santidad, después de haber rezado mucho a su divina Majestad había hecho el decreto hecho, y su conciencia no le permitía más..

Paulo V, papa

Diurnum juxta ritum Sacri Ordinis Praedicatoruum.

En la realidad este Diurnum es una reimpresión (2ª edic.) del Diurnum de 1758 y del anterior (A-A-ORD- 7), corregido y aumentado.
Tiene las partes propias de los Diurnos o Diurnales, ya señaladas en el anterior. Tiene bastantes letras iniciales con pequeños
grabados, algunos tomados del Diurno anterior y otros propios para este Diurnum. Tiene hojas añadidas.
Entre las pp.172 - 173 se ha cosido pp. de la 197 a 216, que deberían estar después. Faltan las pp de 217 a la 236; y de 276 a la 282; entre las pp. 284 a 287, que han desparecido, y en su lugar han cosido las pp 301-308, de un Diurnum muy pequeño de tamaño. al final de la p. LXXVIII están las licencias de quienes tienen permiso para reimprimir la obra, e. Maestro del Sacro Palacio, Fr. Tomás Agustin Ricchini.

Orden de Predicadores

Diurnum juxta ritum Sacri Ordinis Praedicatorum.

  • ES 37274.AHDOPE A-A-ORD-7
  • Uni. doc. simple
  • anterior de 1736
  • Parte deFondo A (Antiguo)

La distribución que tiene es la siguiente:
Páginas de 1 a 150 salterio de David en maitines, los días de la semana.
Páginas de 151 a 198 salmos de vísperas y horas menores
Páginas de 199 a 216 se dedica a os cantos del oficio divino
Páginas de 219 a 382 Diurno de tiempos litúrgicos y fiestas movibles.
Páginas de 383 a 564 propio y común de Santos
Páginas del final 1 a 12, oficios de santos propios para España y sus territorios.
Tiene oraciones recortadas y páginas repetidas sin coser que proceden de otros diurnos y de las oraciones que con el paso de los años se fueron añadiendo a los oficios.
En este "Diurnum" o diurnal, como es lógico no están las completas.
Observamos que en este libro no aparecen los oficios del beato Benedicto IX, dominico, cuyo culto se approbó en 1736; ni el del beato Álvaro de Córdoba, que lo fue en 1741; como tampoco está el oficio a Santa Catalina de Ricci, canonizada en 1746. Ello nos hace suponer que es un Diurno del tiempo del P. Tomás Ripoll, maestro de la O.P. de 1725 a 1747.

Orden de Predicadores

Dispensa del postulantado a Moisés Hernández Martín, que fue anteriormente novicio en otra provincia

Rescripto. El P. Provincial de España, P. Fr. Tomás Sánchez Perancho, hace a petición de la dispensa del postulantado. Y la concesión por la Congregación de Religiosos. En el reverso, el P. Fr. Aniceto Fernández, Vicario General de la O.P., firma la aceptación y manda que se ejecute.

Sagrada Congregación de Religiosos

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