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Fondo B (Archivo Nuevo) Roma Item
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Rescripto de la Sagrada Congregación de Religiosos al P. Provincial de la Provincia de España, Roma,1920-1927

El doc. 7 es el rescripto autenticado por los sellos, en papel oficial y con firmas y sellos originales. El P. Provincial de España suplica licencia para vender objetos antiguos [muebles, utensilios...], en desuso hoy, para cubrir las deudas de la Casa del Noviciado. La concesión está datada en Roma, 22/01/1920; pero no tiene firma, sino un sello de tampón, en tinta roja, del "Archivum S. Congregationis de Religiosis". El lado del sello, se ha añadido: "Concordat cum originali, J. Mancini Arch., Romae die 17/03/1927", y al lado del año 1920 se ha añadido un 7. Sin embargo, en el reverso, está la aceptación del rescripto por el Maestro de la O.P. Fr. Buenaventura García Paredes, y fechada el 30/01/1920, cuando dicho padre no era Maestro de la O.P., pues comenzó su magisterio en 1925.
El doc. 8 es una copia simple, mecanografiada, del texto del rescripto anterior, indicando las dos fechas de 1920 y la de 1927. No lleva ni sellos ni firmas, únicamente se dice, en español,: "Es copia fiel del duplicado expedido en la fecha arriba indicada."

Sagrada Congregación de Religiosos

Rescripto de la Sagrada Congregación de Religiosos concediendo reducción de misas de las fundaciones del convento de La Coruña,1965

Petición del P. Prior Provincial para el convento de Santo Domingo de La Coruña, para reducir las misas de fundaciones. Se concede a las que se puedan celebrar según la tasa de la diócesis, añadiendo 25% pts. Debe registrarse esta reducción en la Tabla de Fundaciones y en el Registro de Misas

Sagrada Congregación de Religiosos

Rescripto de la Sagrada Congregación de Religiosos concediendo licencia para contraer un empréstito por 2.000.000 de pts. para la redificación del convento de Oviedo. 1944.

El P. Provincial de España ha solicitado poder pedir un crédito de 2 millones de pts. para la reedificación del convento-colegio de Oviedo. Se le concede con el rescripto del año 1944, que recibe y manda ejecutar el Maestro de la O.P. Fr. Martín Estanislao Gillet. Era provincia de España el P. José Cuervo. El mismo P. Provincial, P. Fr. José Cuervo, vuelve a pedir licencia similar, de 2 millones , el año 1946 y la S. Congregación vuelve concederlo, y el P. Manuel Suárez, ya Maestro de la O.P. lo recibe y manda ejecutar. Como se ha indicado, el rescripto de 1946 es una copia simple mecanografiada, que se repite en otro folio. Esta copia simple está escrito en español

Sagrada Congregación de Religiosos

Dispensa a Fr. Honorato Cruz Esteban para hacer el día la profesión temporal, a pesar de la votación contraria en el capítulo conventual

Rescripto. El P. Maestro de la O.P., Fr. Manuel Suárez hace a petición de la dispensa para profesar. La concesión por la Congregación de Religiosos, firmada por el cardenal Larraona y , al reverso, por el P. Fr. Manuel Suárez, Maestro de la O.P.

Sagrada Congregación de Religiosos

Subsanación de la profesión solemne de Fr. Juan de la Iglesia Rojo

Rescripto de subsanación de la profesión solemne de Fr. Juan de la Iglesia Rojo. En la copia presente nada más se dice "por las razones expuestas". En el reverso, aceptación de la Curia General de la O.P. El orador declara que quiere usar de las facultades que le concede el presente rescripto, en Montesclaros, 01/09/1951

Sagrada Congregación de Religiosos

Dispensa a Fr. Andrés Hernández del defecto de 7 meses para poder tener el oficio de socio [submaestro] del maestro de Novicios

Rescripto concediendo que el P. Andrés Hernández dispensa de siete meses de edad para poder ser submaestro de novicios, en Palencia, pues era el tiempo que le faltaba para tener la edad que el Derecho Canónico exigía para dicho cargo. El Maestro de la O.P. Fr. Manuel Suárez, en el reverso del rescripto sella y firma la aceptación. Y el P. Provincial, Fr. Aniceto Fernández, con su firma y sello, corrige el error del rescripto, que pone Fr. Ángel Hernández, cuando en realidad es Fr. Andrés Hernández.

Sagrada Congregación de Religiosos

Subsanación de la profesión de varios dominicos

Rescripto de subsanación de la profesión solemne de los FF. Agustín Ruiz Rodríguez, Luis Ruiz Rodríguez, Rafael Sánchez Abía, Antonio Ochoa Rupérez, firmado por Juan Bautista Scapinelli. subsecretario de la S. Congregación. Al reverso, el P. Fr. Manuel Suárez, Maestro de la O.P., firma la aceptación y ejecución, 16/03/1954, y a continuación, Fr. Agustín Ruiz declara que acepta el rescripto y la gracia que se le concede, Madrid, 30/05/1954.

Sagrada Congregación de Religiosos

Rescripto de dispensa a Fr. Lucio Riesco para reintegrase en la O.P.

La súplica del P. Provincia de España nos indica que Lucio Riesco fue hermano de obediencia, converso, pero no fue admitido a la profesión solemne, por votaciones contrarias; pero él insistía en no salir de la Orden, por lo que el P. Provincia le permitió permanecer en el convento como terciario. Han pasado de eso 2 años y el prior del convento da una información optima. Por ello, se pide dispensa para poder regresar a la orden como hermano, con la posibilidad de dispensa del noviciado y emitida la profesión simple, después de un año pueda hacer la solemne. Debe exigírsele el "uti velle" y aceptado y firmado ene este mismo rescripto y en el Libro de Profesiones.
En el reverso se encuentra la firma y sello del P. Esteban Gómez, Vicario del Maestro O.P. y y la aceptación y firma de Fr. Lucio Riesco, en el convento de Vergara, 15/11/1956

Sagrada Congregación de Religiosos

Rescripto de dispensa para los novicios de Palencia: trasladarse al convento de Las Caldas y hacer su profesión temporal. 1951

Lo mismo que el rescripto anterior, en éste recoge la súplica del Provincial de España: el noviciado de Palencia no tiene espacio para se acoger a los postulantes que han de comenzar su noviciado. Por ello, se pide que los actuales novicios puedan terminar su último mes de noviciado (del 24de agosto al 24 de septiembre) en el convento de Las Caldas y hacer la profesión en él, donde harán la filosofía. Se concede pera debe anotarse en el libro de profesiones, pero no se dice "por una vez, solamente".

Fernández Alonso, Aniceto, O.P.

Rescripto de dispensa para los novicios de Palencia: trasladarse al convento de Las Caldas y hacer su profesión temporal. 1952

Lo mismo que el rescripto anterior, en éste recoge la súplica del Provincial de España: el noviciado de Palencia no tiene espacio para se acoger a los postulantes que han de comenzar su noviciado. Por ello, se pide que los actuales novicios puedan terminar los últimos 38 días de su noviciado en el convento de Las Caldas de Besaya, y hacer la profesión en él, donde harán la filosofía. Se concede sin que se diga nada del libro de profesiones.

Fernández Alonso, Aniceto, O.P.

Copia simple del Rescripto de dispensa al convento de Padrón del número de vocales para elección de socio al Capítulo Provincial, 1954

Falta cuatro meses y algunos días para la celebración del Cap. Prov. las Constituciones legislan que los conventos de 8 frailes, de los que 6 tienen voz activa, pueden elegir socio a dicho capítulo provincial. El caso es que el convento de Padrón con 8 frailes, pero los vocales no llegan a 6. Se pide dispensa para que pueda elegir, entendido que se procurará cuanto antes el número de los vocales. Se concede solo por esta vez, y dejándolo a la conciencia del Maestro de la O.P., Fr. Manuel Suárez, que lo concede, por esta vez.
El Maestro de la O.P., recibe y

Fernández Alonso, Aniceto, O.P.

Petición y concesión para que puedan ser admitidos al noviciado unos jóvenes (1915)

Se pide que puedan ser admitidos al noviciado unos jóvenes que todavía no han completado los cuatro años de estudios en el colegio. Los jóvenes son:

  • Avelino López (Avelmus)
  • Primitivo Lerga (Sadoc)
  • Antonio Suárez
  • Fernando Fuentes
  • Jacobo Pastor (Amador)
  • Justo González (Domingo Justo)

La Sagrada Congregación advierte a los superiores que en el futuro procuren cumplir el decreto sobre los estudios.

Sagrada Congregación de Religiosos

Rescripto a favor del P. Fr. Ricardo Alonso, para conmutación de los rezos canónicos, 1957

Rescripto que recoge la súplica del P. Fr. Ricardo Alonso que pide conmutación de los rezos corales por otros, por motivos de enfermedad. Se le concede paro según el criterio del P. Maestro y por los rezos que éste le ponga. El maestro le conmuta las Horas Canónicas por el rezo de las tres partes del Rosario.

Sagrada Congregación de Religiosos

Licencia para bendecir rosarios, durante la "Cruzada del Rosario"-

El moderador de la "Cruzada del Rosario", pide al Santo Padre (la petición era antigua) que los sacerdotes dedicados a la dicha "Cruzada del Rosario" puedan bendecir las coronas (Rosarios) con las mismas indulgencias que lo frailes Predicadores. Se le concede

Sagrada Congregación de Ritos

Petición para impartir bendición papal con indulgencia plenaria el día de la solemne dedicación al Santuario Virgen del Camino, día 5 de septiembre.

La súplica, en esta copia, no dice quien es el orator (suplicante) Pensamos que es el P. Provincial Aniceto, pero a través de la Curia General o del mismo P. Maestro de la O.P.
El motivo es que el día 5 de septiembre será la solemne dedicación del nuevo Santuario de la Virgen del Caminos (León) y se quiere que todos los fieles, con las acostumbradas condiciones puedan gozar de los bienes espirituales de la bendición Apostólica e indulgencia plenaria. Se le concede.

Sagrada Congregación de Ritos

Rescriptos de dispensas por parte de la Sagrada Congregación de Religiosos. Año 1964

El documento es un elenco de frailes por el nombre, ordenados cronológicamente según fecha del rescripto. La estructura es : nombre y apellido (es más frecuente uno que los dos), a continuación la materia de la dispensa y por último la fecha: día y mes (pues todos son del 1964). Hay bastantes errores macanográficos, y algunos lleva so le nombre y apellido sin fecha.

Calle, Ovidio, O.P.

Carta del P. Manuel Montoto al P. José Cuervo, provincial, Roma, 1930

Escribe otra carta en el mismo día, tras haber tenido un Consejo Generalicio: se aprobó, con muchos pelos en la gatera, la fundación de la Felguera, siempre que sea casa formada (6 religiosos y de ellos 4 sacerdotes); falta aún la licencia del papa, pero ya se puede comenzar la fundación. Recuerda que para una fundación debe estar el Consejo Provincial en pleno, y si alguno no puede asistir, que se le pida su opinión por escrito, que debe unirse al Acta. Comunica que si Clemente Martínez Maeztu no tomó el hábito de H. marista, no se necesita dispensa. La petición de dispensa para el joven Crespo se hará a la Santa Sede inmediatamente. Se lamenta de la gran cantidad de peticiones que hay para dispensar los votos y tornar frailes al mundo.

Montoto Álvarez, Manuel, O.P.

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