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Fondo B (Archivo Nuevo) Madrid Item
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Documento sobre Fr. Luis Alonso de la Puente enviado por D. Luis González Gallo, Madrid, 18/09/1900

Sobre Fr. Luis Alonso de la Puente, asesinado en Madrid el 17 de julio de 1834, del convento de Santo Tomás. Enviada esta biografía por D. Luis González Gallo, a quien se la facilitó el párroco de Arroyo de Valdivielso (Burgos), D. Cirilo Alonso de la Puente, ya finado.

González Gallo, Luis

Carta del Vicario Provincial de la Bética, Fr. Pablo Crespo en Granada al P. Provincial Aniceto Fernández en Madrid, 22/11/1956

  • ES 37274.AHDOPE B-C-CDB-b-3-1-17
  • Item
  • 22 de noviembre de 1956 - 29 de febrero de 1956 [sic.]
  • Part of Fondo B (Archivo Nuevo)

Incluye:
-Carta del P. Crespo sobre los acuerdos o decisiones del Consejo de Provincia.
-Respuesta del P. Fernández con una datación problemática.
El escrito de Granada pone 22/11/56, mientras que la respuesta del P. Aniceto pone 22/II/56 [sic.], fecha que se repite en el escrito. Todo parece indicar que la fecha de la carta del P. Aniceto debe ser también del mes de noviembre; también lo exige el texto - posiblemente error de las máquinas antiguas.

Fernández Alonso, Aniceto, O.P.

Relación de documentos del Convento de Nuestra Señora de las Caldas en el Archivo de Provincia (1915-1970)

Relación con 74 documentos, fechados entre 1915 y 1970, y numerados del 1 al 74, pero estos números no tienen sus correspondientes en los documentos, ni tienen un orden cronológico.
Como puede verse, la gran mayoría son los que se catalogan en este AHDOPE, y nos confirma la falta de documentos procedentes del convento de Las Caldas de Besaya.

Archivo de Provincia

Carta del P. Fr. Bonifacio Llamera al P. Provincial, Fr. Aniceto Fernández

Algunos olvidos que no le puso en la carta anterior: le adjunta la carta de la madre del P. Lledó. El P. Fraile ha comunicado la imposibilidad de acercarse a Las Caldas para examinar al P. Soria; tendrá que ir éste a Salamanca. Pidió al P. Emilio una pieza de tela para hacer una especie de mono amplio y decente para que los coristas jueguen al futbol en Montesclaros; jugar con hábito es antieconómico e indecente. Sobre cómo ayudar a la madre del P. Soria.

Llamera, Bonifacio, O.P.

Carta del P. Fr. Bonifacio Llamera al P. Provincial, Fr. Aniceto Fernández.

Ayer fue la apertura del nuevo curso 1951-1952. Están en santos Ejercicios, bajo la dirección del P. Riera. La elección del P. Prior ha sido tranquila y el P. Vea-Murguía ha sido elegido. Se ha hecho el Plan del Curso con acuerdo y reparto de las asignaturas. Hay que hacer las votaciones de los que tienen que profesar en Salamanca el día 29. Caso de Julio Huici. Ha sido rechazado en Consejo y Capítulo; Fr. Armando González no se ha repuesto, se aconseja no empezar el curso hasta que esté recuperado; Fr. Amadeo está bastante bien. Descontento con el nuevo cocinero; y deficiente alimentación, propone la merienda para compensar la escasa alimentación. Los novicios de Palencia han venido con un espíritu magnífico.

Llamera, Bonifacio, O.P.

Carta del Ministro de Justicia, Antonio Iturmendi Bañales al P. Aniceto Fernández, Provincial

Contestando a dos carta del P. Aniceto (10 de agosto y 3 de septiembre de 1957) ha dado órdenes para que se conceda la Cruz de Honor de San Raimundo de Peñafort al Mons. Fr. José María García Graín por su labor labor evangelizadora y científica en aquellas tierras del Perú. Le agradece la invitación a la inauguración del noviciado de Caleruega, pero no podrá ir. La secretaria del ministro indicará al P. Aniceto la fecha para que lo pueda visitar en Ministerio.

Fernández Alonso, Aniceto, O.P.

Informe del P. Provincial, Fr. Aniceto Fernández, sobre Benjamín Gago Fernández

Fr. Benjamín Gago, fue profeso [temporal o simple] durante tres años, en los que estudió en Las Caldas de Besaya. Se le aconsejó no profesar solemne y dejar la O. P., como lo hizo, pero manifestando deseos de llegar al sacerdocio. No tenía mucho interés por la vida espiritual. Tampoco hubo nada en su conducta moral y religiosa, pero no se percibía interés en su vida espiritual.

Fernández Alonso, Aniceto, O.P.

Carta del Consiliario del Opus Dei al P. Provincial de la O.P., Provincia de España

Da por supuesto que el P. Aniceto sabe, por la prensa, que se ha erigido en el Estudio General de Navarra un Instituto de Derecho Canónico, agregado a la Pontificia universidad de S. Juan de Letrán, de Roma. En octubre se iniciarán los estudios de Licenciatura en Derecho. El Instituto está abierto a sacerdotes seculares y a los religiosos. Ofrecen el centro a la Provincia.

Fernández Alonso, Aniceto, O.P.

Índices del Archivo de la Curia Provincia sobre algunos temas de documentos del archivo

Cada folio tiene un tema diferente, con la misma estructura u organización: Apartado y Sección

  • folio 1. APARTADO: Informes; SECCIÖN: Asuntos particulares de religiosos, años: 1952 a 1962: división por años, con Nombres de frailes y asuntos, y fecha concreta (no siempre la pone).
  • folio 2. APARTADO: Informes; SECCIÓN: Informes Reservados, años: 1954 - 1951: División por años, nombres de los frailes, y asunto o motivo (muy genérico y muy reservados).
  • folio 3: APARTADO: Informes; SECCIÖN: expedientes. Solo cita 12 frailes, y solo en 4 pone las fechas (entre 1954-1957). La mayoría de las veces solo pone el nombre.
  • Autor supuesto: ¿Fr. Marino Vea-Murguía?

Anónimo dominico

Relación de inventario de doña Dorileta Guerra. Fallecida el 02/02/1930 (1924-1930)

Contiene:
-Relación y valoración de bienes de casa dejados por Dorileta Guerra, Valladolid, 02/03/1930, firman: P. Fr. Domingo María Fernández, prior de San Pablo y testamentarios, D. Agustín Rodríguez y D. Tomás Tablares. Estos mismos, el mismo día, firman la relación de los gastos ocasionados por el fallecimiento de Doña Dorileta.
-Disposiciones Testamentarias de doña Dorileta Guerra e inventario de objetos, “no está completo”, Ambos documentos están firmados por la dicha doña Dorileta, Valladolid, 14/02/1924.
-Resguardo de Depósito de doce títulos de Deuda Perpetua, que valen 42.500 pts., presentados por doña Dorileta en la Sucursal del Banco de España en Valladolid.
-Registro de Actos de última voluntad de doña Dorileta, Madrid, 20/02/1930.

Guerra Riesgo, Dorileta

Correspondencia de D.ª Ángeles de Uraín y documentación de últimas voluntades de D.ª Micaela de Uraín (1890)

Contiene:
-Carta de Bernabé a su tía, D.ª Ángeles de Uraín sobre asuntos personales de familia y la herencia de Micaela, San Sebastián, 18/04/1890.
-Concesión de indulgencias del Obispo de Vitoria sufragadas por D.ª Micaela de Uraín y Larranza, Vitoria, 22/04/1890.
-Certificado expedido por D. Rafael de la Escosura, Oficial de la Dirección general de Refgistros civil y de la propiedad y del Notariado. D.ª Micaela de Uraín y Larranza no otorgó ninguna disposición o modificación de su última voluntad desde el 01/01/1886. Madrid, 17/04/1890.

Uraín, Ángeles de

Observaciones dirigidas a la reina Isabel II por los obispos de la provincia eclesiástica de Valladolid sobre el proyecto de Ley de Imprenta, del 03/01/1859.

Las observaciones a dicha "Ley de Imprenta", se centran en los títulos II y III, que son los que se refieren a los escritos sujetos a la propia censura del Diocesano, y a la formalidades que han de observarse en su aplicación. Los obispos desarrollan las observaciones en 13 puntos, insistiendo que el proyecto es de inmensa transcendencia, por lo que es objeto de estas observaciones, en la parte relativa a la previa censura de los Ordinarios para escritos religiosos que hayan de ver la luz pública. Consideran que es idéntico al Decreto de las Cortes de Cádiz de 22 de febrero de 1813, impugnado enérgicamente por parte del episcopado español. En esta materia lo que se está legislando es la absorción de la Iglesia por el Estado. Juzgaría el tribunal laico lo que pertenece al magisterio de los obispos, en materia religiosa. Concluyen: Los Prelados infrascritos, respetuosamente, suplican a V.M. se digne mandar sean excluidos del mencionado proyecto de Ley de Imprenta los artículos (añadido al margen: 15,21 y 22 que no han podido leer sin dolorosa sorpresa y) que han dado ocasión a estas reverentes observaciones, dejando libre y 'espedita', en el sentido ya dicho, la acción de los Ordinarios en todo cuanto se refiere y pueda afectar a la legítima interpretación de la Sagrada Escritura, a los dogmas, a la disciplina y regla de las costumbre y demás cosas de la religión....Valladolid, 14 de febrero de 1859.

Obispo de Valladolid

Borrador de carta del obispo de Ávila, Fr. Fernando Blanco, a la reina Isabel II.

El obispo Fr. Fernando Blanco escribe a la reina, porque sabe que le aprecia. Desde hace un mes viene siendo el obispo objeto de murmuración de la prensa pública de cierto color político, que un día y otro siguen escribiendo absurdos, como que en el palacio episcopal se había verificado un suceso político de importancia, que es falsísimo, pero siguen escribiendo comentarios que ofende la reputación del obispo, que ya, públicamente, han sido desmentidos por orden del mismo obispo; pero puede que las murmuraciones haya llegado hasta palacio. El obispo no ha cambiado su respeto, fidelidad y amor hacia su reina. Por ello escribe esta carta y confía que transmita a la real familia su fidelidad a la monarquía.

Blanco y Lorenzo, Fernando, O.P. y exclaustrado, obispo y arzobispo.

Borrador de carta - exposición del obispo de Ávila, Fr. Fernando Blanco, a la reina Isabel II.

Es un borrador. El obispo de Ávila juntamente con los obispos de la provincia eclesiástica de Valladolid, exponen el lamentable estado de la enseñanza pública. Es un texto muy similar al doc. 6 de esta Unidad Documental Compuesta, o expediente, pero sin fecha ni firma, con menos tachaduras y correcciones, y la última parte es más directa y personal del obispo. Pero no deja de ser un borrador.

Blanco y Lorenzo, Fernando, O.P. y exclaustrado, obispo y arzobispo.

Restos del borrador del discurso en las Cortes del obispo de Ávila, Fr. Fernando Blanco, sobre la libertad de cultos (1869).

Claramente se trata de la discusión sobre la libertad de culto en las Cortes Españolas, durante el Sexenio Provisional. Los obispos reclaman a los diputados la importancia del tema y la responsabilidad que pesa sobre ellos al llevarlo a la práctica real. Su responsabilidad es grande. Principio: Dios ha revelado a lo hombres el modo y forma con que quiere ser adorado y servido... y este culto es el católico, por lo que es verdadero y el único verdadero. En España es el único desde siglos; y la gloria de la nación va unida a la fe y culto católico. Se pide a los Diputados que oigan el clamor del pueblo...

Blanco y Lorenzo, Fernando, O.P. y exclaustrado, obispo y arzobispo.

Carta del Obispo de Ávila, Fr. Fernando Blanco, al ministro de la Gobernación, (1859) y Respuesta de éste.

La carta nace de la preocupación del obispado español sobre el proyecto de ley de Imprenta y el derecho de los obispos ha censurar los impresos de carácter religioso. El obispo escribe confidencialmente al Ministro, con la finalidad de que se dé cuenta y reflexione en las consecuencias de dicho proyecto, en especial por los artículos del 15 al 22. Al final, el obispo ve como una gran calamidad la falta de unión íntima y de entera confianza entre el Gobierno y los obispos. Pide que reflexione e impida que esos artículos, que suprimen el Nihil obsta de los prelados en publicaciones eclesiásticas, puestos en el proyecto de ley, se quiten o no se aprueben.
El destinatario es el Ministro de la Gobernación, que en el año 1859 era D. José Posada Herrera.
Y éste contesta al obispo en la carta (doc. 23), tranquilizándolo y a pidiéndole que lea detenidamente el decreto del 1 de julio de 1829, de Fernando VII.

Blanco y Lorenzo, Fernando, O.P. y exclaustrado, obispo y arzobispo.

Nota anónima dirigida al Sr. D. Lorenzo Arrazola, ministro de Gracia y Justicia (s/f)

Le hace notar que el obispo de Ávila desde hace un mes viene puesto como espectáculo en la prensa progresista y democrática, porque un suelto de la democracia dijo que en el palacio se había verificado el día 6 del corriente un suceso político de importancia.

Blanco y Lorenzo, Fernando, O.P. y exclaustrado, obispo y arzobispo.

Copia auténtica de la bula de Pio IX, por la que absuelve a Fr. Fernando Blanco, de su sede de Ávila para trasladarlo a la vacante metropolitana de Valladolid .

Esta copia auténtica, amén de comunicar el traslado de Fr. Fernando Blanco de Ávila a Valladolid, insiste en la entrega del palio, signo de la potestad plena del obispo, y también en la fórmula del Juramento que se hace al recibir el dicho palio, hasta el punto que se manda copia del texto a jurar. El obispo, antes de recibir el palio, escribió al nuncio expresándole los escrúpulos en la cuestión de las de defender "regalías de San Pedro" contra cualquier persona o institución, que el gobierno quiere retener (quitar). Esto obliga a que el papa le remita la fórmula de juramento y la nota explicativa del rey Alfonso XII y del Gobierno de España.

Pío IX, papa

Copia auténtica de las bulas de Pio IX a Fr. Fernando Blanco.

Esta copia auténtica recoge todas las bulas referidas a Fr. Fernando Blanco y Lorenzo, en el tiempo de ser electo y jurar como arzobispo de Valladolid:

  • La primera dirigida a Fr. Fernando Blanco, le comunica que la sede de Valladolid ha quedado vacante por la promoción de Juan Ignacio, título de Santa María de Pace, presbítero Cardenal Moreno, a la sede de Toledo; señala que el rey Alfonso XII de España, por sus letras y por el privilegio especial que tiene ha presentado a Fr. Fernando Blanco, obispo de Ávila, para ser trasladado a la sede de Valladolid, y oído el consejo de cardenales de la S.R.E. te transferimos a dicha iglesia metropolitana de Valladoli como arzobispo de ella. Dada en Roma, en San Pedro, el 17/09/1875.
  • La segunda también dirigida a Fr. Fernando Blanco y Lorenzo, obispo de Ávila, indica el papa Pío IX, que "hoy te absolvemos de de la sede de Ávila y te trasladamos a la iglesia metropolitana de Valladolid, que ha quedado vacante; le absuelve, y le declara absuelto, de toda suspensión, entredicho, censuras y penas. Data como la anterior.
  • La tercera es una carta del papa Pío IX al rey Alfonso XII, en el que le comunica que hoy, día de la fecha, Ha sido absuelto Fr. Fernando Blanco de la sede de Ávila y trasladado a la metropolitana de Valladolid. Data como las anteriores.
  • La cuarta bula está dirigida a los obispos sufragáneos de la iglesia metropolitana de Valladolid. Pide el papa que lo acepten como cabeza, con la obediencia y reverencia que son debidas... Data igual que las anteriores.
  • La quinta bula es la dirigida al Capítulo de la iglesia metropolitana de Valladolid. Les comunica el cambio de Fr. Fernando Blanco de la sede de Ávila a a la metropolitana de Valladolid y les manda, por esta letras apostólicas, que lo acojan humildemente como a padre y pastor de sus almas y muestren la obediencia y reverencia debidas y devotas y que reciban humildemente las salubres moniciones y mandatos. Data la misma que las anteriores. (Esta bula es la transcripción del pergamino de esta serie y U.D.C que lleva el n. 1 de los documentos).
  • La sexta bula es similar, y va dirigida al clero de la ciudad y diócesis de Valladolid, las anuncia que el elegido arzobispo, Fr. Fernando Blanco, hoy ha sido trasladado de la sede de Ávila a la vacante de Valladolid, como su arzobispo; por lo que por estas letras les pide lo admitan con grato honor como padre y pastor de sus almas y al mismo muestren la obediencia y reverencia debidas y devotas.... Data como las anteriores.
  • La séptima bula la dirige Pío IX al pueblo, a los habitantes de Valladolid; les pide que reciban a Fr. Fernando, devotamente como padre y pastor de vuestras almas, que lo miren con la debida honorificiencia, que atiendan sus avisos y mandatos salubres con humildad..
  • La octava bula va dirigida a " a los vasallos de la iglesia metropolitana de Valladolid". Les manda que le reciban devotamente, que le honren, y guarde la fidelidad acostumbrada.... Data la misma de las anteriores (véase las acotaciones del Consejo de Estado Español al final de este cuadernillo).
  • La novena bula, la dirige el papa Pío IX al episcopado católico: le comunica el traslado de Fr. Fernando Blanco, en el día de hoy, a la sede metropolitana de Valladolid, les recuerda, y quiere, como el mismo Fernando, que antes de tomar posesión en la sede y administración se debe prestar el juramento de fidelidad, y ejemplar de dicho juramento, exacto y sin correcciones, firmado y con el sello y en el tiempo fijado se debe transmitir a Roma para ser contenido en las mismas Letras Apostólicas, bulas, del nombramiento de obispo, que es lo que se ha hecho con la bula de Fr. Fernando, incluyendo la fórmula del juramento. Dada en Roma, en San Pedro, el año de la Encarnación del Señor mil ochocientos setenta y cinco, decimo quinto día de las kalendas de octubre, año treinta de nuestro pontificado (17/09/1875). Siguen los sellos del cardenal Vannicelli y del notario apostólico Bartolomeus Natali, testimonio de copia del original de Giusthiniani y los "vistos" del embajador español en Roma, el 25/09/1875, y el de agente Jacobo Prendergast, Madrid, 20/10/1875, al final A. Datti.
    El reverso del último folio del tercer pliego se hace algunas anotaciones de acuerdo con el Consejo de Estado:
  • Queda retenida (no se le da el pase) la bula dirigida a los vasallos de la iglesia de Valladolid por no ser propio de la autoridad eclesiástica dar la investidura de los señoríos temporales, y por estar abolidos por la leyes todos los señoríos jurisdiccionales.
  • En la bula de confirmación La primera de este cuadernillo) se retienen la cláusula «ex indultu seu privilegio apostolico cui non est hactenus in aliquo derogatum»
  • Ha tenido a bien resolver S.M. que la fórmula de juramento que el prelado ha des prestar antes de posesionarse de su iglesia, quede retenida la cláusula en la cual se promete defender contra cualquier persona las regalías de San Pedro, pues la palabra «regalías» envuelve la idea de corresponder a San Pedro lo que es propio de reyes y príncipes soberanos. Entendiéndose el juramento de obediencia a la Santa Sede sin perjuicio del de fidelidad debida a S.M... A esta retención, escribo el obispo Fr. Fernando Blanco, de propia mano: « De la retención de esta cláusula no se hizo uso y el juramento lo hice sin omitirla por no crerlo lícito en conciencia, y así lo dije al Sr. Ministro de Gracia y Justicia al remitirle el testimonio.» Se retiene pues la dirigida a los vasallos y la dirigida al rey. Las otras bula originales se le entregaron a obispo D. Fernando Blanco, Madrid 23 de noviembre de 1875. Firma Fernando Calderón y Collantes.

Pío IX, papa

Rescripto de la S, Congregación de Ritos concediendo al reciente arzobispo de Valladolid, Fr. Fernando Blanco, facultad para subdelegar.

Se le concede según la petición, por espacio de 5 años, para que pueda subdelegar, por un tiempo, a algunas dignidades constituidas y que no necesitan sagrada unción: Vicario General, dignidades y canónigos de la iglesia metropolitana, prepósitos, archipresbíteros, párrocos, rectores de iglesias.... Roma, 17/09/1875. Al margen superior derecho pone: "Ojo, concluye el 17 de octubre de1880"

Blanco y Lorenzo, Fernando, O.P. y exclaustrado, obispo y arzobispo.

Carta del arzobispo de Valladolid y obispos sufragáneos al Congreso de Diputados

El arzobispo metropolitano de Valladolid y los obispos de la provincia eclesiástica de Valladolid al Congreso de Diputados. Protestan de que el proyecto de Ley presentado a las Cortes sobre organización y atribuciones de los ayuntamientos, en los artículos 137, párrafo 5º y 138 párrafo decimo quinto, que tratan de los logares religiosos, como los cementerios cristianos, sin mencionar la autoridad eclesiástica. Si se aprueban como está redactados, habrá varias cuestiones de competencia. Por ello hacen las observaciones...

Lastra y Cuesta, Luis de la , arzobispo cardenal de Valladolid.

Copia de literal de un oficio que el Gobernador de Oviedo envió al Colegio de Navelgas, y de la respuesta que se ha dado.

El oficio del Gobernador de Oviedo, como Presidente de la Junta Provincial de Beneficencia, transmite que no se ha presentado el presupuesto del Colegio de Navelgas, como manda la O. Ministerial del 23 de junio último; se le pone de límite quince días. Dado en Oviedo 1933-12-13. La respuesta de P. Celestino, en el reverso de la cuartilla: Lo de Navelgas no es propiamente una fundación y los dominicos no son Patronos sino herederos del finado.

Colegio de Navelgas

Carta del abogado D. José Guimón Eguiguren al P. Celestino Alonso

Carta original. Ha llegado la certificación del Ayuntamiento de Cangas y las postales. Pero la certificación no responde a lo que interesa en el proceso, que es la certificación de la fecha de entrega de al Rector de Corias de la diligencia enviada por la Junta de Beneficencia de Oviedo. Sigue esperando el expediente solicitado por el T.S.

Guimón Eguiguren, José, abogado

Carta del P. Celestino Alonso al abogado D. José Guimón Eguiguren

Carta copia de la original, pues no la firma, pero se ve que es auténtica del P. Celestino. Describe breve y generalmente los problemas de la Fundación: ausencia de Navelgas durante 3 años y medio; ha habido 3 superiores diferentes; poco comunicados sobre la Fundación; no es posible averiguar si a la Junta Provincial de Beneficencia se le comunicó que la compra de terrenos y edificación la haría los dominicos... Se cansa, y está cansado, de estudiar este asunto, solo quiere acabar con esto. Está dispuesto a para ello a reintegrar a la Fundación todos los intereses, devengados o no, correspondientes al capital hasta que se abrió el colegio. así quedará zanjada que las fincas compradas y las obra hechas no son nada de la Fundación. Quiere dejar todo en paz. Pide consejo al abogado.

Guimón Eguiguren, José, abogado

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