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Tractatus de Vitiis et Peccatis, de Lege humana et Tractatus de Gratia,

Los documentos contenidos en esta U. D. C. de comentarios Santo Tomás en Friburgo de Suiza, con sus cuestiones y pp. son los siguientes:

  • Doc. 1: Tractatus de Vitiis et Peccatis (I-II, QQ. 71 -89). Siempre con la indicación en el f. 1, al ángulo superior izquierdo: cuso, autor, Fribrurgo, fecha 1862-1963 y ad usum privatu, Studentium. Numerados en origen por quaestiones: Q. 71 (pp. 1-31); Q. 72 (pp.1-12); Q. 74 (pp. 1- 29), Q. 75 (pp. 1-14); Q. 76 (pp. 1-11); Q. 80 (pp. 1-15); Q. 81 (pp. 1-32); Q. 82 (pp. 1-14)-
  • Doc. 2: Q. 95: De lege humana in se (pp. 1-14)
  • Doc. 3: Tractatus de Gratia: Q. 109 (pp. 1- 44); Q. 110 de Gratiae essentia (pp. 1-24)

Urdánoz Aldaz, Teófilo, O.P.

Tractatus de Fide.

Corresponde al Tractatus de Fide Divina de la IIª - IIae de Santo Tomás. Podemos dividir el comentario en los siguientes documentos:

  • Doc. 1: Introductio ad secundam Secundae seu ad Moralem specialem (ff. 1-5); Praeambulum ad Tractatum de fide (ff.6-12).
  • Doc. 2: Quaestio Iª : De obiecto Fidei (ff. 13-77).
  • Doc. 3. De Fide - Qaestio I, Appendix: "De Revelatione Eiusque Fontibus" ( numeración propia del f. 56 al 76 estilo y tipo de letra, distinto).
  • Doc. 4: De natura actus Fidei (Q.IIª), (folios 78-110).
  • Doc. 5: De actu exteriori Fidei ( Q. 3ª), ff. (111-116).
  • Doc. 6: De Ipsa Fidei Virtute (Q. 4ª), (ff. 117 - 140.)
  • Doc. 7: De infidelitate (Q.10ª), (Q.11: De haeresi, ff. 141- 187)

Urdánoz Aldaz, Teófilo, O.P.

Tractatus de Spe

Se trata del comentario a las Cuestiones 17-22. El comentario está hecho en años diferentes: El primero está fechado en Friburgo en el curso 1960 -1961 y ocupa los folios paginados desde la p. 1 a la 36, y corresponde a las cuestiones 17-19.
El comentario segundo, desde la q. 20 a la 21 se enumeran del folio 1 al 11, y lleva la data Friburgo 1963-1964; los moldes de la máquina son diferentes a los del documento primero; Tiene varios añadidos a mano.
Como se ha dicho, tiene cuatro folios de bibliografía, dos al principio y otros dos al final, prácticamente son los mismos, aunque alguno lleva pequeñas correcciones; ambos tiene la datación en Friburgo 1963-1964.

Urdánoz Aldaz, Teófilo, O.P.

Tratado de las Pasiones (I - II QQ. 22-48). De la naturaleza y sujeto de las pasiones del alma.

Los temas según las Cuestiones de la Suma de Santo Tomás:
Quaestiones 22-48 se dedican al Tratado sobre las Pasiones. El tema de este documento es el comentario a la Cuestión 22, que trata sobre la naturaleza y el sujeto de las pasiones de humanas. Se busca una definición esencial de la Pasión (de las Pasiones) y del sujeto de las mismas: alma "per accidens; cuerpo per se".

Urdánoz Aldaz, Teófilo, O.P.

Segunda Orden

  • Ejemplar o documento 1: tienen 271 páginas, con los índices, y mide: 115 x 180 mm. con tapas de cartón duro, en tela plastificada de color negro.
  • Ejemplar o documento 2: tiene 200 páginas, más 4 de Índice. Tapas de cartón blando. Medidas:105 x 175 mm
  • Ejemplar 3: 1987, Valencia, con 205 pp. más otra 5 de Índice General. También en castellano. Medidas:120 x 168 mm.

Monjas Dominicas

Libros de Reglamento y Constituciones

Los libros contenidos son:
Doc. 1: «Reglamento interior para uso de las religiosas de Santo Domingo el Real de Granada, y precedido de la biografía de la Venerable Madre Sor Teresa de Jesús Titos y Garzón, Fundadora de esta Congregación», Granada 1923. Tip. Santa Rita, Monachil (Granada). Facsimil, 1995. pp. 174, más X de prólogo y más 1 Índice (Biografía, pp. 1-83; Reglamento, pp.84 -174). Medidas: 85 x 121 mm.

Congregación de Santo Domingo (Hermanas dominicas de Granada)

Cartas del Maestro Gregorio Gallo, maestrescuela de la Universidad de Salamanca, primer obispo de Orihuela y hermano de Fr. Juan

Se trata de un conjunto de cartas cuyo tema por lo general es solucionar el problema de que por el papa, Paulo IV, se ha decretado que una calongía o canonjía, debía darse al Santo Oficio de la Inquisición. Los cabildos preferían que se dijera lo que había que dar a la Inquisición, y en ello participara toda la iglesia y no recayese, exclusivamente, sobre la calongía de los cabildos metropolitanos. Este asunto y otros son los que hacen que el maestrescuela, maestro Gallo, actúe en nombre del cabildo de Salamanca y escriba estas cartas, y permanezca años fuera de su cabildo y universidad.

  • La primera carta, datada en Burgos, 23/10/1559, parece que ha llegado de Flandes, pero anda sin casa y aun no ha recibido todo lo que tenía de Flandes, porque una nao no ha llegado aún; Agradece el nombramiento que le han hecho (se supone que el de maestrescuela).
  • La segunda carta, Toledo, 20/04/156 [1560], trata sobre la calongia magistral que hay que atender a lo que digan los del Consejo, pero hay que poner edicto para dicha calongía y debemos ser un voto: el más útil para la santa iglesia [catedral] y para el pueblo.
  • La 3ª carta de,Toledo, 01/05/1560. Envía copia del capítulo que la catedral de Toledo pide a S. M. "que en el breve de Paulo IV, concediendo al S.O. de la Inquisición que en las iglesias metropolitanas catedrales y colegiatas tome una "canonjía",
    que esto agravia a las dichas iglesias, por lo que piden se mande proveer la necesidad de la Inquisición, con la contribución de todo el estado eclesiástico. Consta de un pliego y un folio suelto.
  • Otra, de Toledo, 31/08/1560, da cuenta de negocios, habla de que el papa no ha aceptado la renuncia del obispo de Lugo, al que él no es muy acepto.
  • Otra carta de Toledo, 25/08/1560, tiene mal de gota. La calongía no vale más de 400 ducados, sin el pan, vestuario y manuales. Él ha ofrecido 300 ducados, pero los del Consejo no quieren saber nada de menos de 500 ducados. El Consejo piensa que sale ganando la iglesia y han puesto como ejemplo la catedral de Toledo y Cuenca cuyos los vestuarios valen de quince a veinte mil mrs. Además, la Inquisición tiene pleito con la iglesia de Toledo y la obliga a pagar todas las deudas en seis día. Sigue opinando, que la sentencia es dura y que siempre será mejor perder algo de dinero, que estar perpetuamente con esta carga en las cuentas. Pide que le den oficio para las negociaciones y que le envíen pareceres de letrados. Hará lo que pueda. habla también de que le quieren sacar de ahí [Salamanca] y de su salud que no es mucha; por lo que desea que el cabildo elija bien al candidato a la calongía magistral (es un pliego bien interesante).
  • La carta n. 7 es también de Toledo, 06/09/1560, dice haber enviado un pliego a Alba (posiblemente se refiera a que el duque de Alba había escrito al cabildo salmantino sobre la canonjía magistral y que éste contesta en la carta n. 32). Habla también de la negociación que lleva sobre el daño y agravio que los hombres de armas hacen a la iglesia y a la universidad. Pide información conjunta sobre el asunto.
  • En la carta 8, Toledo, 01/10/1560, menciona que no ha llevado gestión alguna, por la muerte del Melchor Cano, el arzobispo muy afectado, y a él, maestro Gallo, le han encomendado el sermón de sus honras fúnebres. Ha recibido la noticia de la muerte del canónigo Lovera.
  • La carta 10, del 09/10/1560, advierte el maestrescuela que la casa que tiene, que está junto a las de la catedral, en el barrio de las carnicerías, que amenazan ruina o están arruinadas, está en peligro; pide al cabildo que las repare y recuerda que si algún daño viene a su casa, las responsabilidades serán de la catedral.
  • La carta 12, Toledo, 31/10/1560,es toda sobre la canonjía de Salamanca, se ha llegado a un contrato, cuya escritura se ha hecho, como contrato temporal, y siempre con los 500 ducados.
  • La carta 18, Madrid, 08/12/1561, se queja de una carta que le ha llegado del cabildo, en la que se manifiesta descontento contra el maestro Gallo, por la lentitud de las gestiones; se defiende.
  • La carta 23, Madrid, 27/04/1562. sigue con la cuestión de la calongía que se suprime por 3 años, pero se ha crecido el subsidio, pero sin bajar el precio. La iglesia de Toledo trata de la calongía se torne a erigir y buscar otros medios para recompensar al Santo Oficio.
  • La carta 24, Milán 25/08/1552, y no de 1562, como pone a lápiz, se ha suspendido el concilio y está en Milán esperando que pueda venir a Salamanca.
  • Carta 25, Madrid, 12/12/1562, defiende su gestión en Madrid, porque hay acusaciones de haber hablado de lo tratado en reuniones y con el rey.
  • La carta 27, en realidad no es una carta sino una súplica que hace Axi Mahamet, africano, que al presente está en Salamanca, declara que siempre ha tenido celo de hacer bien a los cristianos cautivos, y ha procurado el rescate de muchos, y entre ellos a Cristóbal de Ribera, sobrino del prior de la catedral, y el Guardián franciscano de Constantinopla le prometió se le pagaría el rescate. Con dicho Ribera, rescató otros 19 cristianos, y los trajo a Nápoles, donde le pidieron los presos licencia para ir a oír misa, se la dio, pero todos huyeron; por lo que se ha quedado sin hacienda y pide limosna, por la misericordia que él ha tenido con los cristianos. Del cabildo se anota: " En Salamanca, a 14 de abril de 1562 años, que no ha lugar, que acuda a los testamentarios. (es un folio suelto).
  • El n. 28 es un memorial que llevó el racionero Francisco Franco a Madrid para el obispo de Cuenca y nuncio, para que hagan el reparto del subsidio, es cuadernillo de las cuentas ante el juez Licenciado Juan Sotelo Delgadillo, sobre lo que debía la diócesis de Salamanca a S. M. y de los gastos hechos y cobrados por dicho Licenciado Delgadillo, que certifica Pedro de Gaona, escribano de S. M. en Salamanca, 17/08/1556. Había cobrado el licenciado Delgadillo de la mesa capitular del cabildo de Salamanca 302.662 mrs. en pan y en dinero, y para pagar esto, el cabildo tomó censo de 1000 ducados, en 01/07/1556, del regidor Esteban de Paz, por renta de 27.500 mrs. al año. Dicho juez Delgadillo hizo muchos agravios a la diócesis cogiendo muchos más dineros. Se incluye la Real Cédula, para que se descuenten al cabildo de sus cargos los 100.146 mrs. que cobraron el juez y sus oficiales. Valladolid, 14/01/1558. Este cuadernillo termina con carta del Maestro Gallo,en Madrid, 23/01563, que es quien envía la Real Cédula y escribe al cabildo sobre el tema y sobre evitar pleitos con la universidad, y cómo no hace falta repartir los dineros a la Orden de Santo Domingo, porque éstos están obligados al rey y al obispado, y ya tienen lo que les toca. El maestro Gallo comunica las gestiones que está haciendo.
  • La carta 29, Madrid 07/08/1563, parece que el cabildo quiere entrar en pleito con el arzobispo de Santiago, aconseja que miren mucho, porque el arzobispo siempre ha tratado bien al cabildo; añade noticias sobre los negocios en Madrid e intercede para que el cabildo pague a las personas que tiene como letrados u otros oficios en Madrid.
  • La carta 30, Madrid, 31/08/1563: da noticias de recibir el dinero enviado por el cabildo, y cómo se ha empleado; sobre la pensión del cardenal Grambella; de asuntos de monjas; se va el obispo de Cuenca, y no se sabe quién vendrá en su lugar; el obispo de Lugo no vuelve. El maestro Gallo se encuentra mejor de salud.
  • Carta 31, Madrid, 15/04/1565. No ha habido negocios; tiene que acompañar al rey y a la reina a Toros de Guisando, hasta el segundo día de Pascua y de allí irá a Valladolid y Burgos; parece que el obispo de Cuenca vuelve para entender en lo de la congregación; envía la copia de la bula que le ha dado el nuncio; sobre los concilios provinciales; por acompañar al rey, éste pide al cabildo que se le cuente al maestro Gallo, como cuatro meses.
  • La carta 32, Salamanca, 22/05/ sin año: es una respuesta del cabildo de Salamanca al duque de Alba, que había pedido y mandado que una calongia vacante se le diese al bachiller Salazar, arcipreste de Piedrahíta. Se responde que dar la posesión pertenece el papa, y aún no se ha presentado a concurso; cuando se presente intentarán complacerle en conciencia.
  • El n. 33 corresponde a un sobre que lleva reproducida (calcada) la firma de fray Jerónimo de Almonacir, tomada de un libro del claustro de la universidad de Alcalá.

Axi Mahamet, africano

Edicto de los Inqusidores Apostólicos contra la Herética Pravedad y Apostasía en el Reino de Navarra, obispado de Calahorra y La Calzada, condado y señorío de Vizcaya, provincias de Guipúzcoa y Alava.....

El edicto está publicado, según reza, "por mandato del Santo Oficio de la Inquisición de Navarra". Se estructura con los apartados: [libros] Prohibidos del todo, Libros prohibidos hasta que se expurguen, proposición que se manda borrar y declaración. Fechado en Logroño, 20/01/1756.

Porras y Temés, Andrés, obispo de Calahorra-La Calzada

Nota del Comisario General de Cruzada, con varias declaraciones e instrucciones públicas, sobre gracias, privilegios y facultades en virtud de la Bula de la Santa Cruzada

Recuerda que para participar en las gracias, privilegios... de la bula de la Santa Cruzada hay que ternerla o tomarla y pedirle y escribir su nombre; también recuerda que no es suficiente dar una limosna, sino lo que a cada uno se le ha señalado. La duración es de una año desde la publicación de la bula. Hay que tener también el Sumario de la Bula llamado de Vivos y el de Difuntos, para éstos últimos se pueden tomar 2 Sumarios. Se alude al Sumario de la Bula de Composición, que la pueden tomar quienes deben restituir y no se ha averiguado el verdadero dueño, con tal que paguen 2.000 mrs..... Madrid, (sin día) de octubre de 1809. D. Patricio Martínez de Bustos.
Son declaraciones e instrucciones anteriores, de los años 1755,1757 y 1797.

Martínez de Bustos, Patricio, Comisario General

Cartas del Inquisidor D. Diego de Spinosa a los inquisidores de Aragón y Castilla (1566-1569)

La primera carta está fechada en Madrid a 23/12/1567 y está dirigida al receptor de los bienes confiscados en la inquisición de la ciudad y obispado de Calahorra y su partido, comunicando el salario de que debe pagar a inquisidores, oficiales y ministros: a los inquisidores 50.000 mrs de costa que se añaden a su salario de 100.000 mrs. Pero las visitas corren por su cuenta, incluso el pago de los oficiales que le acompañen, y si no hacen la visita, que no se le dé esos 50.000 mrs. Al fiscal se le pagará hasta 80.000 mrs. siempre que no tenga otro trabajo fuera; a cada uno de los notarios del secreto hasta cumplir los 50.000 mrs; al notario de secuestros hasta cumplir los 40. 000 mrs., al alguacil 50.000 ..., etc. etc.
A partir de esta carta comienza el año de 1568, con la carta dirigida a los congregados en Valladolid, para tratar la cuestión de los moriscos, Madrid, 02/01/1568. Se escriben varias cartas para que se pague a oficiales y al gobernador de Toledo, a la inquisición de Barcelona y Mallorca. A los prelados de Valencia, sobre la conversión de los moriscos, Madrid 13/02/1568, y al obispo de Orihuela sobre lo mismo, el día 14. El 18/02/ 1568 se escribe un edicto de gracia para los cristianos renegados de la ciudad de Fez y su reino en Argel; Al Doctor Zurita , Inquisidor e Barcelona. Poder de Inquisidor Apostólico sobre la apostasía de Sevilla, al canónigo Hernán Bravo de Çayas, canónigo de la doctrina de Jaén, 17/03/1568, al que se le da 100.000 mrs. de salario y otros 50.000 de ayuda de costa.
Se escribe y se le pide que vaya a Madrid, al P. Fr. Francisco de Tordesillas, O.P., 05/05/1568, secreto para coger lo escrito que tiene en su celda sobre el arzobispo de Toledo (Carranza).
Lo sucedido con el obispo de Tortosa y el inquisidor Miranda con los moriscos del valle Uxó, que es cosa grave ( 22 de mayo) y hubo junta en Madrid de inquisidores de Castilla y Aragón sobre esta cuestión, porque muchos moriscos querían seguir siendo moros (Madrid, 25 de mayo de 1568) . Se publica un edicto de gracia en el obispado de Tortosa y Segorbe (ff. del 27 al 33). El 15 de junio se manda dar un salario de ayuda a los que que se ocuparon del auto de la fe que se celebró en Valencia el 7 de junio y se citan todos los deben recibir la ayuda. En carta de primero de julio al Conde de Benavente, virrey de Valencia, se aclara un poco lo del auto y la petición de los moriscos que quieren hablar con el rey.
El 20 de julio se hacen eco de los disturbios de Barcelona y Perpiñán contra los inquisidores.
Sobre el proceso de Carranza, los ff. 55v - 58r. Carta el P. Juan de Salinas, provincial de la O.P. en la Provincia de Castilla, pidiendo lo cartapacios de sermones del P. Diego de Vitoria, porque le han mandado 5 y son seis. Cartas a la Inquisición de Granada. Al folio 71-72 se vuelve sobre el proceso de Carranza.
En el f. 72v se recoge el traslado del oficio de la Inquisición de Calahorra a Logroño.
A los folios 98- 99v sobre los moriscos del reino de Valencia.
Hay cartas variadas a los Inquisidores de Aragón en especial sobre la inspección de libros que de Francia entran en Barcelona
Rara es la Inquisición de ciudad española que no tiene carta en este documento.

Spinosa [Espinosa], Diego de , Inquisidor General, (1566-1572)

Carta de fray Jerónimo Gracián al ¿Inquisidor General?

La carta está datada " De Vince", 31 de octubre de 1609. Dice que vino a Flandes con el marqués de Guadaleste, embajador, "con el intento de imprimir mis obras y ejecutarme en almas más necesitadas, como he hecho." Se ha fijado en lo que podía hacer daño a nuestra fe, valiéndose de cierta correspondencia con Holanda e Inglaterra. Se ha enterado que se llevan a diario cantidad de libros heréticos a España y a las Indias, donde los herejes navegan, es principalmente ahora que hay tregua, y tienen muchos aprestados para enviar en abundancia. Tiene, con permiso del nuncio y del arzobispo de Malinas unos libros: «La Biblia en Rpmance», traducida por Cassiodoro de Reyna, impreso en Nostradam por Cipriano de Valera; libro perniciosísimo y hay abundancia de ellas en Holanda, «llévanse empacadas a modo de telas de Olanda y Cambray, entre la lencería». Cita otros 5 libros, y entre ellos «El Cathecismo Cristiano, que tiene forma de barajas de naypes y entre ellos se envía. Tienen noticia de otros libros, pero no los ha conseguido y pregunta si quieren que los envía a la Inquisición.

Gracián de la Madre de Dios, Fr. Jerónimo, carmelita descalzo.

Carta de fray Jaime Bleda

El autor, Fr. Jaime Bleda, calificador del Santo Oficio en Valencia, escribe al rey (Felipe III), en el distrito dice que quedan 2550, morisquillos, hombres y mujeres, algunos ya adulto, circuncidados y profesos de la secta de Mahoma; quedan en Valencia ciento grandes con título ficto de esclavos y 25 casas en Tortosa, tan moros como lo que pasaron a Argel... La Inquisición desconoce esta situación... pide que se le dé nombramiento de comisario para este asunto, pues tiene experiencia. Sin firma, por lo que es copia simple.
En el margen superior hay anotaciones del Consejo: Madrid, a 28 de marzo de 1612. Informen los Inquisidores. Sáquese una relación primaria para el Consejo de Estado.

Bleda, Jaime ¿O.P.?

Llerena Inquisición

Es una versión mecanografiada del texto LLE b. 1. Está cosido y tiene 76 ff. Es posible que este documento sea obra del P. Justo Cuervo, ya que al final pone que el original se conserva en Salamanca, y lo tiene el dicho padre Cuervo.
Lo consideramos como un libro, aunque ciertamente no lo es

Tribunal de la Inquisición de Llerena

Cuenta de Conciencia y cartas de Concepción Cabrera de Armida a María Auxilia de la Cruz (1903-1936)

Contiene:
-Cuenta de Conciencia de la Sra. Concepción C. de Armida, Tomos 18 al 25, 01/01/1903-28/02/1907: Tomo 18, del 01/01/1903 al 31/07/1903 (20 ff. impresos, numerados 871-889); Tomo 19, del 01/08/1903 al 31/12/1903 (21 ff. impresos, numerados 894-912); Tomo 20, del 09/01/1904 al 31/12/1904 (30 ff. impresos, numerados 915-943); Tomo 21, 1905 (17 ff. impresos, numerados 947-962); Tomo 22, del 01/01/1906 al 30/06/1906 (36 ff. impresos, numerados 965-999); Tomo 23, del 01/07/1906 al 31/07/1906 (49 ff. impresos, numerados 1005-1052); Tomo 24, del 01/08/1906 al 31/12/1906 (28 ff. impresos, numerados 1055-1081); Tomo 25, del 01/01/1907 al 28/02/1907 (40 ff. impresos, numerados 1085-1123). Documento 1.
-Cuenta de Conciencia de la Sra. Concepción C. de Armida, Tomos 26 al 33, 01/03/1907-31/12/1909: Tomo 26, del 01/03/1907 al 31/03/1907 (9 ff. impresos, numerados 1127-1134); Tomo 27, del 01/04/1907 al 30/09/1907 (31 ff. impresos, numerados 1137-1166); Tomo 28, del 01/10/1907 al 31/12/1907 (35 ff. impresos, numerados 1169-1202); Tomo 29, del 01/01/1908 al 30/04/1908 (23 ff. impresos, numerados 1205-1226); Tomo 30, del 01/05/1908 al 31/08/1908 (21 ff. impresos, numerados 1229-1248); Tomo 31, del 01/09/1908 al 31/12/1908 (21 ff. impresos, numerados 1251-1270); Tomo 32, del 01/01/1909 al 31/05/1909 (14 ff. impresos, numerados 1273-1285); Tomo 33, del 01/06/1909 al 31/12/1909 (31 ff. impresos, numerados 1289-1318). Documento 2.
-Cuenta de Conciencia de la Sra. Concepción Cabrera de Armida, Tomos 34 al 39, 01/01/1910-31/12/1914: Tomo 34, del 01/01/1910 al 31/12/1910 (30 ff. impresos, numerados 1321-1349); Tomo 35, del 01/01/1911 al 31/12/1911 (41 ff. impresos, numerados 1353-1392); Tomo 36, del 10/01/1912 al 31/05/1912 (19 ff. impresos, numerados 1395-1412); Tomo 37, del 01/06/1912 al 31/12/1912 (23 ff. impresos, numerados 1415-1436); Tomo 38, del 01/01/1913 al 31/01/1914 (64 ff. impresos, numerados 1439-1501); Tomo 39, del 01/02/1914 al 31/12/1914 (19 ff. impresos, numerados 1505-1522). Documento 3.
-Cuenta de Conciencia de la Sra. Concepción Cabrera de Armida, Tomos 40 al 45, 01/01/1915-11/08/1925: Tomo 40, del 01/01/1915 al 31/12/1916 (20 ff. impresos, numerados 1525-1544); Tomo 41, del 01/01/1917 al 31/12/1917 (40 ff. impresos, numerados 1547-1585); Tomo 42, del 01/01/1918 al 31/12/1919 (15 ff. impresos, numerados 1589-1602); Tomo 43, del 01/01/1920 al 17/09/1921 (10 ff. impresos, numerados 1605-1613); Tomo 44, del 17/09/1921 al 03/01/1924 (13 ff. impresos, numerados 1617-1628); Tomo 45, del 04/01/1925 al 11/08/1925 (53 ff. impresos, numerados 1631-1682). Documento 4.
-Cuenta de Conciencia de la Sra. Concepción Cabrera de Armida, Tomos 46 al 55, 17/08/1925-06/12/1929: Tomo 46, del 17/08/1925 al 14/07/1926 (11 ff. impresos, numerados 1685-1694); Tomo 47, del 15/07/1926 al 28/02/1927 (23 ff. impresos, numerados 1697-1718); Tomo 48, del 01/03/1927 al 17/09/1927 (22 ff. impresos, numerados 1721-1741); Tomo 49, del 18/09/1927 al 03/12/1927 (18 ff. impresos, numerados 1745-1761); Tomo 50, del 04/12/1927 al 16/02/1928 (22 ff. impresos, numerados 1765-1785); Tomo 51, del 17/02/1928 al 30/04/1928 (7 ff. impresos, numerados 1789-1794); Tomo 52, del 01/05/1928 al 28/11/1928 (15 ff. impresos, numerados 1797-1810); Tomo 53, del 29/11/1928 al 17/11/1929 (21 ff. impresos, numerados 1813-1832); Tomo 54, del 18/11/1929 al 06/12/1929 (13 ff. impresos, numerados 1835-1846); Tomo 55, del 07/12/1929 al 30/09/1930 (32 ff. impresos, numerados 1849-1879). Documento 5.
-Cuenta de Conciencia de la Sra. Concepción Cabrera de Armida, Tomos 56 al 60, 01/10/1930-10/04/1923: Tomo 56, del 01/10/1930 al 28/02/1931 (18 ff. impresos, numerados 1883-1899); Tomo 57, del 01/03/1931 al 02/01/1932 (47 ff. impresos, numerados 1903-1948); Tomo 58, del 02/01/1932 al 14/01/1932 (20 ff. impresos, numerados 1951-1969); Tomo 59, del 14/01/1932 al 18/03/1933 (49 ff. impresos, numerados 1973-2020); Tomo 60, del 18/03/1933 al 10/04/1933 (19 ff. impresos, numerados 2023-2040). Documento 6.
-Cartas de la Venerable Sierva de Dios Concepción Cabrera de Armida a Rebeca Uriarte (Madre María Auxilia), entre 1925 y 1936. 29 ff. impresos, numerados 2-29, son transcripciones de las originales. Documento 7.

Cabrera de Armida, Concepción

Carta pastoral del obispo de Salamanca, D. Antonio Tavira y Almazán, al cabildo, arciprestes, vicarios ... y fieles, señaladamente a los de la ciudad.

La carta surge por motivo ocasión de que el rey ha mandado el año anterior, 1805, que en Madrid, las procesiones de Semana Santa se redujesen a una en la tarde del Viernes Santo. En Salamanca se celebraban 3 procesiones, por lo que el obispo se reunió con los cuerpos [cofradías] y personas que tenía que ver con el asunto e hicieron un auto cuyo tenor se recoge en el escrito. La única procesión de Viernes Santo: saca la procesión, la ordena, la preside y guía la cofradía de la Cruz. Luego se determina el orden de los pendones, las varas, o cruces. El primer paso será el la Oración del Huerto, acompañando a las andas cuatro o seis religiosos del convento de «PP. Calvaristas», y delante de las andas el gremio de los sastres; luego el paso de la columna, o azotes, precedido del gremio de "Obra Prima", acompañan al paso religiosos capuchinos; seguidamente el paso de la "Caña" o Ecce Homo, acopañado de religiosos carmelitas desclazos; detrás la ilustre congregación de Nazarenos, sita en la iglesia de San Carlos de clérigos menores (al margen: "hoy en San Julián"); después la imagen de Cristo crucificado, titulado «de la Fe», que lo sacarán dos seminaristas que gozan las dos becas del antiguo Colegio de la Doctrina (reunido en el seminario conciliar), alumbrado por doce o más seminaristas y acompañando las andas los religiosos del convento de San Agustín; luego sale el estandarte de la Verónica y las doce banderas de en dos filas, en medio de ellas los novicios de San Francisco con las insignias de la Pasión; y tras ellos los dos regidores que deputa la ciudad, que van delante del Santo Sepulcro, que lo llevarán cuatro religiosos de San Francisco con albas y estolas, y alumbran el paso las congregaciones de de Nuestra Señora de la Paz, San Pedro y San Pablo. Detrás irá la Audiencia eclesiástica, delante de la imagen de Nuestra Señora de los Dolores... y acompañando su andas algunos religiosos del convento de San Esteban (al margen: "Iban los PP. mozos") y seguidos la comunidad de San Francisco; y cierra la procesión el Sr. Gobernador militar y políco con su Audiencia, finalizándose con una tropa si la hubiere y cuatro o seis soldados deben acompañar al Santo Sepulcros. Se prohíbe tanto en la procesión del Viernes Santo como en la de Resurrección, que vayan mozos u otras personas a recoge la cera que cae de las hachas, por lo indecoroso que es en un acto de edificación y piedad, como es la procesión, y también se prohíbe que Mayordomos o Comisarios de un refrescos convites o agasajos, impropios de la mortificación y ayuno del sagrado tiempo de Cuaresma. Por ninguna razón de mayordomos, congregantes, comisarios o diputados se paren los pasos delante de ls casas, y se inclinen, ladeen o vuelvan a las puertas o ventanas de ellas como con grave escándalo del pueblo se ha venido haciendo antes de ahora. Se señala el recorrido: salida de la ermita de la Cruz, delante de la iglesia de San Francisco a la Agustinas Recoletas, subiendo por el Seminario conciliar a la calle de Libreros, por escuelas mayores a la catedral, de allí por la plazuela de S. Isidro, calle de la Rúa a la plazuela de los Limones, por el arco de Barbarroja a la plaza mayor, calle del prior y por las agustinas recoletas a la Cruz. Dado en el palacio episcopal de Salamanca, a 28 de marzo de 1806. Antonio, obispo de Salamanca, y D. Tomás González, vice-secretario.

Obispos de Salamanca

Convenio entre la villa de Oñate y el Colegio de los Jesuitas de dicha villa (1706)

La escritura de los dos primeros folios es el consentimiento de la universidad de Oñate, por la persona del rector, D. Andrés Tobalina y Zulaica, al establecimiento de dos cátedras de filosofía y una de teología por los jesuitas en la universidad, en la que deben residir los catedráticos de ellas, según lo han convenido con la villa,11/02/1706, ante Francisco Antonio de Soralice. La escritura está copiada y autenticada por Manuel Antonio de Aguirre, escribano, en Oñate, 02/12/1744.
La escritura del convenio se realiza en la villa de Oñate, 06/10/1708, entre el alcalde de la dicha villa, Francisco Manuel de Plaza Lazarraga y demás autoridades y el P. Manuel Nieto, S. J. rector del colegio de la Compañía de Jesús, con el poder del P. Provincial de Castilla , P. Bernardo Peñalta. En este convenio se habla de la dotación de 400 ducados, para lo que se puso un impuesto de 2 mrs. en el azumbre de vino, por 2 años. Al f. 6 se halla el poder del P. Provincial de la Compañía, dado en Santiago, 13/09/1708, y y las capitulaciones del convenio por parte de los jesuitas, que son 7, y las de la villa, referidas a los cursos y, además, se da al colegio de jesuitas la escuela de primeras letras que tiene la villa con el salario de 170 ducados... Ante el escribano Bernardo de Astorquiza.
hace la copia y la autentica José Ignacio de Urtaza, escribano, en la universidad de Oñate, 04/12/1744.

Villa de Oñate

Auto, resolución y determinación de los señores del ayuntamiento de la villa de Oñate sobre la extinción de las cátedras de artes y teología que regía la Compañía de Jesús en la universidad (1760)

El abogado, D. Juan de Rivera, juez de residencia nombrado por el conde de Oñate, da el auto, ante el ayuntamiento, de extinción de las cátedras de artes y teología que tenían los jesuitas en la universidad de la villa, porque la villa no puede pagar y hace años que no se imparten dichas cátedras, Oñate, 23/09/1760, ante Manuel Antonio de Aguirre Se avisa por carta al rector del colegio de la Compañía. Éste, llamado P. Manuel Cayetano Domínguez, responde por carta, aceptando la determinación, pero haciendo algunos reproches al alcalde. La carta se lee en el municipio el 01/10/1760. Al día siguiente se notifica al colegio de la Compañía y su rector la determinación o resolución. Al final , en lacapella del Colegio Mayor de Sancti Spiritus, el rector, D. Miguel Antonio Gallaistegui, reconoce los decretos anteriores sobre la extinción de las dichas cátedras y manda que este cuadernillo de escrituras autenticadas se guarde en el Archivo de la universidad, Oñate, 08/10/1760, firman: Lic. D. Miguel Antonio Gallaistegui, rector, D. Baltasar Jaime Martínez Compañón, secretario.

Compañía de Jesús, jesuitas

Estados de las cátedras que existen en este Colegio-Universidad y sus dotaciones, Oñate (1841)

Se indican las cátedras de filosofía, leyes y cánones. Las de filosofía, se dice que están vacantes y se dan por sustitutos. Las de leyes son 7 cátedras, pero solo tienen catedráticos la 1ª, 2ª, 3ª y 6ª (se indica los salarios de cada uno), las cátedras 4ª,5ª y 7ª la dan sustitutos.. Las de cánones y disciplinas son 3 , pero la segunda de cánones la da sustituto. Ya no se enseñan en este Colegio-Universidad las facultades de teología y medicina. Oñatre, 19/07/1841, sin firmas.

Universidad de Oñate: Sancti Spiritus

Constituciones del Colegio-Seminario de Santo Domingo de Guzmán de El Burgo de Osma (1752)

En la tapa anterior de pergamino lleva el título escrito con tinta y pluma. Interiormente el título es: "Constituciones del Colegio Seminario de Santo Domingo de Guzmán, de la villa del Burgo de Osma: hechas y ordenadas por el Ilustrísimo y Reverendísimo Señor D. Pedro Clemente de Aróstegui, obispo y señor de dicha villa, de las Quintanas Rubias y Uzero, del Consejo de S.M. etc.". En Madrid, En la imprenta de Lorenzo Mjados. Año 1752.
Introducción del Sr. obispo, tiene XXXIX constituciones, que ocupan las pp. de la 1 a la 49; de pa p. 51 a la 55 el Indice.

Aróstegui, Pedro Clemente,arzobispo obispo de Osma (sic)

Legajo con Actas de Profesión de religiosos premostratenses de Retuerta

Se compone esta serie o legajo de 5 documentos:
Las cédulas de las profesiones, que son cuatro, son muy similares en el formulario: nombre del fraile, se ofrece a sí mismo a la iglesia de Santa María madre de Dios (solo una dice: Beata María de Retorta), prometen la conversión de sus costumbre y la enmienda de su vida y estabilidad en el monasterio y obediencia hasta la muerte (solo uno menciona la castidad), según el evangelio de Cristo, según la evangélica institución y según la regla canónica de San Agustín, al señor o abad presente y a sus sucesores, a los que la mayor parte de la congregación elija canónicamente. Este último punto, varía algo en las dos últimas, más recientes, que añade: elijan o sean recibidos.

  • La primera profesión es de Juan de Ovirna, y la hace a don Fernando y sucesores, sin fecha, pero letra gótica, s. XV, pergamino. Medidas:195 x 115 mm. Documento 1
  • La segunda profesión es de Fray Juan, con el mismo texto que la anterior, en manos de Don Fernando de Arze, y firma Fr. Juan de ¿Aquirre?, papel. Medidas: 215 x 80 mm. A la espalda, en letra antigua pone: "Parece ser de 1448 o 1449" letra cursiva. Documento 2. El abad pudiera ser el mismo de la primera.
  • La tercera el de 27 de enero de 1527, es de fray Juan de Casares, y señala, reinantes en la Iglesia Clemente VII, en España Carlos emperador, Rey Felipe y Juana. A las espaldas pone: año de 1527, Profesión de Carasa." Documento 3
  • La cuarta es la profesión de fray Diego López de Vergara, es la única que pone Beata María de Retorta y promete castidad hasta la muerte, y la fecha por el año de la Encarnación, 1553, día 21 de septiembre. folio, papel, Medidas: 210 x 300 mm. Documento 4
  • Documento 5: pliego de papel de finales del siglo XVIII o principios del XIX, escrito por un fraile del monasterio de Retuerta que recogió cuatro actas de profesión de premostratenses en dicho monasterio. El monje recopilador hace dos anotaciones: "son cuatro cartas de Profesión las más antiguas que se hallan en el archivo" Da a entender que el monasterio seguía existiendo monasterio; por lo tanto el pliego es anterior a la exclaustración. Anota además, que la cuarta es " la del célebre Anticuario e ilustre hijo de este convento, el P. D. Diego López de Vergara, que hizo su profesión el 21 de septiembre de 1553". a las espaldas pone: Fr. Diego de Vergara.

Monasterio de Santa María de Retuerta

Documento del episcopado de D. Juan de Castilla. Pleito del Cabildo de Salamanca y Juan del Encina, clérigo salmantino estante en Roma

En Salamanca, 02/12/1502, ante Alonso Cornejo, escribano, reunión del cabildo catedralicio (se citan lo canónigo y racioneros), Francisco de Fermoselle, vecino de Salamanca, procurador y en nombre de Juan del Encina, su hermano, residente en la corte de Roma, presenta e intima y notifica, su poder y una bula de "mandato de providendo" del papa Alejandro VI, de la ración que en dicha iglesia ha vacado por muerte de Antonio Carrillo; bula en pergamino, en latín, sellada con sello de plomo, pendiente en cuerdas de cáñamo, concedida a su parte. Y asimismo, el proceso sobre ella fulminado, también escrito en pergamino y en latín, con sello de cera colorada en una caja de madera, pendiente de cordones colorados, cuyo tenor uno en pos de otro, sucesiva es: (se copian los dos documentos), la bula de concesión a de al ración a Juan del Encina, dada en Roma, San Pedro, de 1502, indicción quinta, día 25 de septiembre, pontificado de Alejandro VI año undecimo. Incluye las letras apostólicas dirigidas al obispo de Zamora [D. Diego Meléndez y Valdés], a quien se nombra juez y ejecutor, y al decano Oviedo y al archidiácono de cornado de Compostela, con la bula inicial de donación a dicho Juan del Encina, dada en Roma, San Pedro, año de la Encarnación del Señor 1500, el 3 de agosto, año octavo del pontificado de Alejandro VI. A continuación se copia la letra apostólica del papa Borja al obispo de Salamanca, dada en Roma en el palacio apostólico, en la cámara, de las habitaciones, el 25/09/1502, pontificado undécimo, obligando a la obediencia al obispo y cabildo a que, en el plazo de 6 días de la presentación de la letra apóstolica, cumplan lo mandado en la bula a favor de Juan del Encina, bajo penas y censuras: suspensión a divinis y entredicho a las iglesias. El notario del Vaticano es Egidio [Gil] Senier, llamado bisantinus [bizantino].
La respuesta a la bula del papa Alejandro VI, con que se inicia la copia de documentos, del 02/12/1502, la da el cabildo salmantino el día 07/12/1502, ante el notario Alonso Cornejo, y ante el bachiller en decretos, el honrado Sr. Gonzalo Monte, provisor oficial y vicario general de la ciudad y diócesis por el Sr. D. Juan de Castilla, obispo de Salamanca. Como procurador del cabildo actúa Juan de Villalón. Dada la premura del tiempo, para no caer en las censuras impuestas por el papa Borja, indicadas en el "proceso fulminado", la respuesta y apelación se presenta por escrito, dirigido al obispo de Zamora, como juez y ejecutor. Dice que el cabildo no está obligado a obedecer ni a cumplir lo contenido en la bula y su proceso: porque dicho pretenso proceso, provisión y censuras fueron y son ninguna, porque el "mandato de providendo" fue y es subrepticio y obrepticio, impetrado en gran perjuicio del bien público de la iglesia de Salamanca, del cabildo de ella y otras terceras personas, que son el maestro de canto y órganos, que son oficiales de dicha iglesia. Además, en esta iglesia de más de ciento diez y ciento quince años, y más tiempo, no fue ni es la pretendida ración que pide Juan del Encina, y si antes fue, sería "estruta y supresa" justa y santamente en favor del culto divino eclesiástico y del común de la iglesia de Salamanca..... Y lo otro porque perjudicaría a la iglesia de Salamanca, al cabildo a los oficiales, que tienen sus oficios en posesión jurídicamente; y atacaría a los privilegios de esta iglesia (por lo que en este asunto ni el obispo de Zamora tiene jurisdicción) y el cabildo no puede desposeer a los oficiales, por lo que no está obligados a cumplir lo mandado, etc., etc. En consecuencia, apela de lo mandado por V. Señoría, ante el muy santo padre y pide los apóstolos de esta apelación, sepe sepiua, sepissime y para los del cabildo y sus bienes, pide con día, mes y año al presente notario testimonio signado. Y porque al presente no se puede haber copia de S. Señoría para interponer la dicha apelación, por la mucha distancia, la interpongo ante el provisor y oficial de Salamanca, como ante pública y honesta persona, a quien pido y requiero me dé los apóstolos.

Cabildo de la catedral de Salamanca

Arancel de la parroquia de San Pablo de la ciudad de Salamanca

Este ejemplar, u otro similar, se entregó en el obispado para que el prelado, en este caso D. Anastasio Rodrigo Yusto, lo aprobara, según se pone en al final de este documento. Los aranceles se marcan sobre los oficios de Bautismos, Matrimonios y Entierros y se indica el arancel por cada persona que asiste o celebra cada oficio, que son: el Párroco, sacristán, monacillos y organista. Donde más se extiende es en los aranceles de los entierros, con una curiosa casuística.

Parroquia de San Pablo de Salamanca

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