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Carta del D Ramón Celli al P. José Palacio, rector del colegio de San Gregorio (1835)

  • ES 37274.AHDOPE A-B-VAg-3-2-10
  • Uni. doc. simple
  • 14/02/1835
  • Parte deFondo A (Antiguo)

Ha presentado en casa de la difunta condesa de Benavente la carta de pago que el colegio le mandó. La devuelve para que exprese que el pago es de 1º de enero hasta el 5 de octubre de 1834, en que murió la condesa. Una vez rehecha la carta, la puede enviar a D. Marcial Antonio López, apoderado de la testamentaría de la difunta.
No pudo cobrara los 57 reales del P. Arbeteta, como le había dicho el P. Villafruela
Manda certificados de deudas sin interés, para que los unan a los enviados desde el año 1830, y se guarden en el archivo, hasta que les convenga "puesto que esta clase de papel va tomando valor y puede sacarse partido.

Colegio de San Gregorio de Valladolid

Carta del D Ramón Celli al P. José Palacio, rector del colegio de San Gregorio (1835)

  • ES 37274.AHDOPE A-B-VAg-3-2-11
  • Uni. doc. simple
  • 28/02/1835
  • Parte deFondo A (Antiguo)

Se alegra de que recibiese un certificado sin interés y que se haya desecho de él, aunque el precio ha sido bajo; aquí se vende a 14 o 15 %. Los juros va para largo que se haga su liquidación, pues depende de las resolución de las Cortes. Se entregó en la casa de la condesa de Benavente la carta de pago, pero el libramiento va lento. Cobró del P. Arbeteta.
En el billetito se escribe lo que corresponde de los 1.147 rs. y 17 mrz: 874.rs.

Colegio de San Gregorio de Valladolid

Carta del Consiliario del Opus Dei al P. Provincial de la O.P., Provincia de España

Da por supuesto que el P. Aniceto sabe, por la prensa, que se ha erigido en el Estudio General de Navarra un Instituto de Derecho Canónico, agregado a la Pontificia universidad de S. Juan de Letrán, de Roma. En octubre se iniciarán los estudios de Licenciatura en Derecho. El Instituto está abierto a sacerdotes seculares y a los religiosos. Ofrecen el centro a la Provincia.

Fernández Alonso, Aniceto, O.P.

Carta del arzobispo de Valladolid y obispos sufragáneos al Congreso de Diputados

El arzobispo metropolitano de Valladolid y los obispos de la provincia eclesiástica de Valladolid al Congreso de Diputados. Protestan de que el proyecto de Ley presentado a las Cortes sobre organización y atribuciones de los ayuntamientos, en los artículos 137, párrafo 5º y 138 párrafo decimo quinto, que tratan de los logares religiosos, como los cementerios cristianos, sin mencionar la autoridad eclesiástica. Si se aprueban como está redactados, habrá varias cuestiones de competencia. Por ello hacen las observaciones...

Lastra y Cuesta, Luis de la , arzobispo cardenal de Valladolid.

Carta del arzobispo de Valladolid y obispos sufragáneos a la reina Isabel II

El escrito dirigido a la reina Isabel II en nombre del arzobispo de Valladolid y sus hermanos obispos sufragáneos. Son las observaciones que hacen a la reina sobre el proyecto de Ley de Imprenta de 1859, la preocupación es por la censura, pero sobre todo por la cacareada libertad de prensa, referida especialmente a la "prensa periódica", que falta y ofende a los sentimientos más profundos de la nación.

Lastra y Cuesta, Luis de la , arzobispo cardenal de Valladolid.

Carta del arzobispo de Valladolid al ministro de Gracia y Justicia

El arzobispo envía un ejemplar de la encíclica "Quanta cura", de Pío IX, del 08/12/1864, para que vea que lo único que se pretende con la publicación en el Boletín Diocesano es dar a conocer a los fieles la encíclica. Reconoce y defiende que por ser encíclica excluye el remedio de retención o de súplica. La prensa ya estaban sacando sus conclusiones y propaganda contra el arzobispo. La pastoral que incluye la encíclica. Esta convencido que las leyes del reino no impiden ni ponen el menor obstáculo en lo relativo a la enseñanza de la doctrina católica en comunión del papa con los obispos y éstos con los diocesanos.

Moreno y Maisanove, Juan Ignacio, arzobispo cardenal de Valladolid

Carta del abogado D. José Guimón Eguiguren al P. Celestino Alonso

Le recuerda que desde el principio la advirtió que había que armarse de paciencia. Comunica el estado del asunto: los informes pedidos a la Junta Provincial de Beneficencia de Oviedo no han llegado. Lo de la notificación es de menor importancia; lo que importa son los documentos de protestas de los dominicos presentaron ante la Junta; aunque se hayan perdido o destruido insistir en que existieron es a favor de la causa, para desmentir el consentimiento que se supone en la orden de calificación.

Guimón Eguiguren, José, abogado

Carta del abogado D. José Guimón Eguiguren al P. Celestino Alonso

Se inician las vacaciones en el Tribunal Supremo, sin que la Junta de Beneficencia de Oviedo haya contestado a la petición que se le hizo. Hasta el 15 de septiembre, nada hay que hacer. El mismo Abogado se va de vacaciones a Portugalete (da la dirección), pero deja sustituto en el despacho todos los días.

Guimón Eguiguren, José, abogado

Carta del abogado D. José Guimón Eguiguren al P. Celestino Alonso

Cree el abogado que el P. Celestino desiste de la gestión respecto a la acumulación de intereses al capital, que se pudiera haber intentado en el Ministerio, pero parece que él (P. Celestino) prefiere que se haga en el Tribunal Supremo. Corrige al dominico en algún punto, sobre los Letrados de la Beneficencia. Se sigue esperando los informes de la Junta de Oviedo.

Guimón Eguiguren, José, abogado

Carta del abogado D. José Guimón Eguiguren al P. Celestino Alonso

Se habían entrevistado, aunque rápidamente, el abogado y el P. Celestino, en Madrid. Le comunica que tiene reiterada en el T.S la petición de los documentos antecedentes, como se ve por la copia adjunta [es la Suplica anterior, doc. 16]. Aún nada definitivo se ha hecho, lo que se atribuye al retraso provocado por la reorganización de las Salas de lo contencioso administrativo del T.S.

Guimón Eguiguren, José, abogado

Carta del abogado D. José Guimón Eguiguren al P. Celestino Alonso

Comunica que en el segundo certificado de Cangas de Narcea se dice que las diligencias de notificación fueron enviadas el 26 de diciembre a la Sección Administrativa de 1ª Enseñanza. Pide que averigüe si se conserva en dicha institución. Que pide certificado.

Guimón Eguiguren, José, abogado

Carta del abogado D. José Guimón al P. Celestino Alonso

Aún no le ha pasado el T. Supremo los papeles para formalizar la demanda. Aclara los gastos y lo que falta de papel oficial. advierte: No dejen de ir preparando los documentos referentes a lo que les decía en la carta anterior, pues esper que le lamen de un momento a otro.

Alonso Villar, Celestino José, O.P. (beato)

Carta del P. Celestino Alonso al abogado D. José Guimón Eguiguren

Carta copia de la original, pues no la firma, pero se ve que es auténtica del P. Celestino. Describe breve y generalmente los problemas de la Fundación: ausencia de Navelgas durante 3 años y medio; ha habido 3 superiores diferentes; poco comunicados sobre la Fundación; no es posible averiguar si a la Junta Provincial de Beneficencia se le comunicó que la compra de terrenos y edificación la haría los dominicos... Se cansa, y está cansado, de estudiar este asunto, solo quiere acabar con esto. Está dispuesto a para ello a reintegrar a la Fundación todos los intereses, devengados o no, correspondientes al capital hasta que se abrió el colegio. así quedará zanjada que las fincas compradas y las obra hechas no son nada de la Fundación. Quiere dejar todo en paz. Pide consejo al abogado.

Guimón Eguiguren, José, abogado

Carta del abogado D. José Guimón Eguiguren al P. Fr. Nicolás Albuerne, superior de los PP. Dominicos de Corias

Es carta original, en una cuartilla, con membrete y firma autógrafa. Insistencia en la cuestión de la notificación de la resolución ministerial del 19 de septiembre de 1934. Parece que el Ministerio, por medio de la Junta de Beneficencia de Oviedo, quiere hacer una nueva diligencia, y puntualiza si alguien puede certificar, como se dice: "que fue el mismo día en que se llevó a efecto dicha notificación".

Guimón Eguiguren, José, abogado

Carta del abogado D. José Guimón Eguiguren al P. Fr. Celestino Alonso

Ha estudiado detenidamente el asunto encargado. Los datos de la notificación de la resolución del 1934- 09-19, dice el P. Albuerne que fue el 26 de octubre de dicho año de 1933, pero aunque no consta en el expediente, opinan que la notificación fue 26 de septiembre. así no se podría recurrir como contencioso-administrativo, que opina no es el mejor camino. Da las posibles vías por las que se pueda seguir el recurso.

Guimón Eguiguren, José, abogado

Carta del abogado D. José Guimón Eguiguren al P. Fr. Celestino Alonso

Por los datos que le ha enviado, ve que el proyectado arreglo del asunto sin recurrir, puede complicarse; va a presentar el recurso para que no se pase el plazo, cosa que hace hoy mismo, por un escrito, cuya copia le envía [es el siguiente documento]. También le dice que en la Junta de Beneficencia de Oviedo, no hay justificante de la notificación al P. Albuerne, lo que puede correr a favor de la causa para los plazos. Que se podía haber sabido antes, lo cual sería mucho más favorable; por eso ha interpuesto el recurso. Insinúa el plan que se ha trazado. La pide algunos datos: inversiones en el mobiliario; cómo estuvo el capital casi 10 años improductivo; lo que hace el maestro, y punto sobre el inmueble... Indica las posibilidades del Tribunal Supremo.

Guimón Eguiguren, José, abogado

Carta del abogado D. José Guimón Eguiguren al P. Celestino Alonso

Carta original. Ha llegado la certificación del Ayuntamiento de Cangas y las postales. Pero la certificación no responde a lo que interesa en el proceso, que es la certificación de la fecha de entrega de al Rector de Corias de la diligencia enviada por la Junta de Beneficencia de Oviedo. Sigue esperando el expediente solicitado por el T.S.

Guimón Eguiguren, José, abogado

Carta del abogado D. José Guimón Eguiguren al P. Celestino Alonso

Carta original. Información de cómo va el asunto: le parece que no se acepta la propuesta nuestra; siguen hablando de liquidación de intereses desde que se recibieron; es posible que el edificio se reconozca como de la Orden. Espera ver el expediente pedido por el Tribunal Supremo, para ver todos los documentos. Se extraña de que no se haya hecho nueva notificación, como se decía que se haría. Pide un par de postales del colegio.

Guimón Eguiguren, José, abogado

Carta del abogado D. José Guimón Eguiguren al P. Celestino Alonso

Carta original. Ya tiene en su poder el expediente de los documentos [que pidió el Tribunal Supremo], y se dispone hacer copias. Destaca uno (que le manda copia) que es el que en el índice se reseña más ampliamente y es porque en él se trata de apoyar por la Administración "que el terreno y parte al menos de la construcción se realizó invirtiendo los intereses del capital recibido". [esto hace referencia a los documentos de esta misma serie 2: NAV-B- 2-2-DOC.1 y NAV-b- 2-4-doc.2]

Guimón Eguiguren, José, abogado

Carta del abogado D. José Guimón al P. Celestino Alonso

Sigue trabajando y gestionando para llevar el asunto sin prisas, dada la actual situación. Si algo se puede conseguir, debe ser por el trabajo del abogado, con recomendaciones no se va a logar nada. Mejor es no acudir a ellas.

Alonso Villar, Celestino José, O.P. (beato)

Carta del abogado D. José Guimón al P. Celestino Alonso

Espero más noticias para el caso de Madrid que el P. Celestino le citaba en su carta. Puede ser interesante. Le comunica que aún no le ha dado traslado de los autos el Supremo.

Alonso Villar, Celestino José, O.P. (beato)

Carta de privilegio, confirmación y de traslado de Felipe IV de un juro perpetuo dejado al convento de San Pablo de Valladolid, Madrid, 27/04/1648

Carta de privilegio, confirmación y de traslado de juro perpetuo. Felipe IV, Madrid, 27 de abril de 1648, hace traslado de los 37.400 mrs. que tenía el convento de San Pablo de Valladolid, de juro anual sobre la hierba de las dehesas de La Serna y Açagala, de la Orden de Alcántara, que le había dado Juan García de Ovalle, vecino de Astorga, en 19 de enero de 1636. El rey los había cambiado por las alcabalas de Málaga en 23 de mayo de 1647. Eran prior y suprior en San Pablo, el 24 de agosto de 1631, fray Joseph Perlines y fray Marcelo Madrigal, respectivamente.
Por otra cédula real se cambiaron en el 13 de junio de 1731, a las rentas de la salinas de Castilla la Vieja y Zamora. Se inscribe en el doc., en Madrid, 29-05-1732.

Convento de San Pablo de Valladolid

Carta de privilegio y confirmación de Carlos II y Mariana de Austria confirmando un juro dejado al convento de San Pablo de Valladolid, Madrid, 22/02/1670

Carta de privilegio y confirmación de Carlos II y D.ª Mariana de Austria, su madre, confirmando los 20.744 mrs. de juro al año, a razón de 20 mil el millar, que dejó Dª Beatriz de Arce por su testamento del 5-12-1662, por las 13 misas cantadas en San Pablo de Valladolid. Puestos sobre el servicio de millones de Valladolid. La venta de S. Majestad a doña Beatriz de Arce fue el 11 de agosto de 1643 (aunque en el título y margen pone 1543).
Dada en Madrid, el 22 de febrero de 1670.
Asentado en las cuentas de Hacienda, Madrid, 10 de junio de 1670.

Carlos II (1661-1700, rey)

Carta de privilegio del rey Felipe IV, confirmando un juro del convento de San Pablo de Valladolid, Madrid, 31/08/1623

Carta privilegio de Felipe IV, confirmando los 35.762 mrs. de juro que tenía el convento de San Pablo de Valladolid, a razón de 14 mil al millar, que había dejado Juan Rodríguez y su hija Catalina Rodríguez, con obligaciones de casar huérfanas y para la Virgen del Rosario (según los testamentos de ambos de 8-10-1591 y 7 de junio 1622, respectivamente). Estos 35.762 al 14 mil el millar, quedan reducidos a 26.762 por la cédula R. del 26-10. 1621: de ellos 25.500 van al 20 mil el millar y los 1.262 al 35 mil el millar. Estaban puestos sobre los puertos secos de Portugal (mercadurías que salen o entran). La confirmación y reducción, en Madrid, 31-8-1623. Al final nueva reducción (7-6-1734) a 15.300 mrs. y se pasan a las salinas de Murcia o Badajoz. Al f 7r se cita al P. Fray Alonso Lobete, profeso y residente en San Pablo, y en el 7v a fray Francisco de Sotomayor, prior de San Pablo.
Última fecha, Madrid, 7 junio 1.734

Felipe IV (1605-1665, rey)

Carta de privilegio del rey Felipe IV, confirmando un juro del convento de San Pablo de Valladolid, Madrid, 16/06/1621

Carta de privilegio del rey Felipe IV, confirmando el juro de 35.357 maravedís, al 14, al 20 y al 35 el millar del convento de San Pablo de Valladolid, que dejaron doña Luisa Losada y Céspedes y su marido el licenciado Antonio de Frías Salazar, puestos sobre los puertos secos de Portugal.
La obligación del convento es de una misa diaria, de ellas cuatro cantadas. Los donantes se enterraron el capítulo del convento. Ella había muerto en la Coruña, su testamento del 4 de febrero de 1609: su confesor era fray Pedro de Zumárraga. Mandó que su cuerpo se enterrara en Sto. Domingo de la Coruña, hasta que fuera trasladado al de San Pablo de Valladolid.
Al f. 7 se relata la reunión del capítulo de frailes de San Pablo para aceptar la fundación y dotación de misas. Se citan los frailes siguientes: FF. Baltasar Navarrete, prior, Diego García, suprior, Alonso Lobete, Francisco de Salcedo, Antonio Ruyz, Diego de la Cueva, Francisco de Ocampo, Agustín Madaleno (Magdaleno), Hernando González, Alonos Gómez, Juan García, Juan de la Cruz, Manuel Roxo, Agustín Galiano, Andrés de la Puente, Francisco de Medina, Juan de San Pablo, Pedro Iralaguino de la Paz, Sebastián de la Solana, Manuel de Vega, Joseph Lantón, Jerónimo de Escovas, Miguel García, Toribio López, Joseph de Perlines, Rafael Manso, Miguel del Spiritu Sancto, Francisco de Zenova (¿Génova?), Pedro Rodríguez, Manuel de Ocaraza, Pedro Guerra, Lorenzo Caldera.
Al final reducciones en función de las pragmáticas reales; el juro se pone sobre las salinas de Murcia y Badajoz. Madrid, 7 de junio de 1734.

Felipe IV (1605-1665, rey)

Carta de privilegio de Felipe II al convento de San Pablo de Valladolid de la tenencia de un juro, Madrid, 12/01/1564

Privilegio de confirmación de Felipe II, al Convento de San Pablo de Valladolid, de la Tenencia de 7.000 mrs. de juro, que el Convento había comprado a Dª Aldonça Manrique por 180.000 maravedíes, en el año de 1524. Están puestos sobre las alcabalas del pan grano (3.000), sobre la del peso y corrillo (2.000) y sobre la del vino (2.000). Confirma la posesión de los mismos hecha por la reina Dª Juana y Carlos I, en Valladolid, 24 de setiembre de 1524. En ésta declara por testigo Fray García de Loaisa, Maestro de la Orden de Predicadores.
Madrid, 12 de enero de 1564. Noveno de nuestro reinado.

Felipe II (1527-1598, rey)

Carta de privilegio de Felipe II a favor de D. Juan de Baeza, Madrid, 04/07/1562

Carta de privilegio de Felipe II, a favor de D. Juan de Baeza, por la que le pasa el mayorazgo de su padre D. Luis de Baeza, con 99.466 mrs. de juro cada año, puestos sobre las rentas de las alcabalas de Valladolid (36.000), sobre las de Palencia (12.000), sobre villas y lugares de Castrojeriz (25.000), sobre Rus (19.800) y sobre Carpio (16.666).
Madrid, 4 julio 1562, ante el doctor Luis de Monila.
Contiene folio impreso, de papel del 1648, con fecha del 16/09/1643, que es declaración a favor de D. Felipe de Salazar de que tiene un juro de 10.000 mrs. De éstos pertenecían a la obra pía fundada por doña Elvira de Berdesoto Maldonado en el convento de San Pablo de Valladolid 3.954 maravedíes.

Felipe II (1527-1598, rey)

Carta de privilegio de Carlos II y Mariana de Austria confirmando un juro sobre las salinas de Rusio dejado al convento de San Pablo de Valladolid, Madrid, 22/02/1670

Carta de privilegio de Carlos II (y su madre, la reina doña Mariana de Austria), confirmando el juro de 203.748 mrs. que el convento de San Pablo tenía sobre las salinas de Rusio.
La herencia procede de D. García de Arce Cabeza de Vaca, que hizo testamento en San Sebastián, el 6 de octubre de 1587. La donación al convento de San Pablo la hace Dª Beatriz de Arce Sarmiento, por su testamento del 5 de diciembre de 1662, en Valladolid, por la fundación de memoria con carga de 14 misas cantadas.
Madrid, 22 de febrero de 1670.

Carlos II (1661-1700, rey)

Carta de privilegio de Carlos II y Mariana de Austria confirmando un juro sobre las alcabalas de Sevilla dejado al convento de San Pablo de Valladolid, Madrid, 22/02/1670

Carta de privilegio del rey Carlos II y de su madre, D.ª Mariana de Austria, confirmando al convento de S. Pablo de Valladolid 80.000 mrs. de juro al año, a razón de 20 mil el millar, puestos sobre las alcabalas de la ciudad de Sevilla y su partido. Son donación de Dª Beatriz de Arce Sarmiento, que los dejó al convento con carga de 13 misas cantadas, según su testamento del 5-12-1662. Estos 80.000 mrs. están incluidos en los 431.208 maravedís de juro que dejó a San Pablo. Con antelación al 15 de septiembre de 1591.
Madrid, 22 de febrero de 1670.
Al principio contiene un folio de papel de 1670 sobre información para cobrar dichos maravedíes.

Carlos II (1661-1700, rey)

Carta de privilegio de Carlos II y Mariana de Austria confirmando la posesión de un juro del convento de San Pablo de Valladolid, Madrid, 02/08/1673

Carta de privilegio de D. Carlos II y su madre doña Mariana. Por la que se confirma la posesión del convento de Valladolid de 102.000 maravedís de juro al quitar a razón de 20.000/millar, situados en los Millones de Madrid y su provincia, por cuenta de los 500.000 ducados, que dejó D.ª Andrea María de Barahona (ya poseedora el 28/08/1633), para fundar un convento en Arroyo del valle de Valdevieso, y si esto no era posible se dotase al convento de Santillana para que los religiosos fueran a los pueblos de la Montaña a predicar y se diese al Col. De Santo Tomás de Alcalá, una renta de 3.000 reales al año para dos estudiantes pobres. Por los testamentarios se hizo fundación en San Pablo de Valladolid, de misas cantadas y rezadas (dos de cada a la semana). Al f. 9r se recoge una escritura del 22/10/1662 en la que se cita a fray Clemente de Chavarría, prior del convento de Sto. Tomás de la Madrid y fray Sebastián Galdo, procurador general de la Orden. Al f. 10 r, se cita al provincial fray Juan Martínez de Prado, provincial, y su secretario Fray Juan de San Martín.
Dada en Madrid, 2 de agosto de 1673. Se anotó razón de la carta, en Madrid, 26 de agosto de 1673.

Carlos II (1661-1700, rey)

Carta de poder de Bartolomé Riesco y Montero a Gregorio González , cura del coto de Labio y a Sebastián Pérez de Gamda?? Roxas, vecino de Luarca (1749)

En realidad es una unidad documental simple o documento único. Carta de poder de Bartolomé Riesco y Montero, militar, a Gregorio González, cura del Coto de Labio y a Sebastián Pére, para poder pedir en diversos lugares los documentos informativos de la limpieza de sangre.pedir. En San Sebastián, 12/11/1749, ante Santiago de Echeverría.

Convento de San Pablo de Valladolid

Carta de petición del colegio de Gregorio al nuncio, Pedro Gravina para cambiar o suprimir algunos estatutos (1817)

  • ES 37274.AHDOPE A-B-VAg-1-1-2
  • Uni. doc. simple
  • 30/04/1817
  • Parte deFondo A (Antiguo)

El rector y la comunidad de San Gregorio piden al nuncio cambiar o suprimir el estatuto de informaciones de limpieza de sangre, de vida y costumbres. Los tiempos han cambiado y, además, esas informaciones se hacen cuando uno pide tomar el hábito de la O.P:
Al final de escrito, otra mano ha puesto: "Concedió todo su eminencia, D. Pedro Gravina, como se pidió, por su breve dado en Madrid, decimo sexto kalendas junii anno 1817 y 18 del pontificado de su SS. P. Pío papa VII.

Colegio de San Gregorio de Valladolid

Carta de María del Rosario Aznar al P. José Palacio, rector de San Gregorio (1835)

  • ES 37274.AHDOPE A-B-VAg-3-2-13
  • Uni. doc. simple
  • 14/03/1835
  • Parte deFondo A (Antiguo)

Escribe la esposa de D. Ramón Celli, porque este está de viaje a Zaragoza. Se le pide al colegio que haga un poder a D. Ángel Mas, con cláusula de poder sustituirle, por si fuera necesario. Es primo de esta señora y de D. Ramón Celii, trabaja en el crédito público y asistira a junta de gremios.

Colegio de San Gregorio de Valladolid

Carta de María del Rosario Aznar al P. José Palacio, rector de San Gregorio (1835)

  • ES 37274.AHDOPE A-B-VAg-3-2-16
  • Uni. doc. simple
  • 06/06//1835
  • Parte deFondo A (Antiguo)

Informa que la junta de los gremios se ha vuelto a diferir hasta el 10 de los corrientes. Se han pasado por la testamentaría de la condesa de Benavente y les han dicho que los réditos del censo se darán hasta finales de diciembre de 1834, siempre que se convenga con el poseedor en la rebaja de la cuarta parte del liquido, deducidas las contribuciones. En esto han convenido todos los censualistas, a fin de poner el corriente hasta ese año. El señor Celli sigue fuera.

Colegio de San Gregorio de Valladolid

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