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Descripción archivística
Fondo B (Archivo Nuevo) Blanco y Lorenzo, Fernando, O.P. y exclaustrado, obispo y arzobispo. Madrid
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Legajos

La distribución en series o legajos es la siguiente:
1ª - Etapa de dominico y exclaustrado en Salamanca y Santiago de Compostela, años 1827 -1857
2ª - 5ª: Obispo de Ávila 1858 -1875
6ª - Arzobispo de Valladolid, 1875 -1881

Blanco y Lorenzo, Fernando, O.P. y exclaustrado, obispo y arzobispo.

Modelo de carta para las provincias eclesiásticas españolas para ser enviada al ministro de Gracia y Justicia (1872)

El escrito va dirigido a las provincias eclesiásticas españolas, como modelo para ser enviado al ministro de Gracia y Justicia.- El motivo inmediato es que los obispos se han enterado por la Gaceta [de Madrid, o del Estado] que se establece un nuevo presupuesto de obligaciones eclesiásticas, que cambiaría sustancialmente las relaciones económicas entre el Estado y la Iglesia. Esa ley da el último golpe al Concordato y despoja a la Iglesia de España de lo que le había quedado para el sostenimiento del culto y de sus ministros. La voz de los obispos no ha sido escuchada ni por las Cortes ni por el Gobierno. Se ha negado la verdad, desconocido el derecho, contrariado la justicia y sin ningún respeto ni consideración se ha privado a la Iglesia de sus legítimos y sagrados intereses. Los obispos no pueden consentir semejante despojo, por lo que los obispos se oponen a que esa ley tenga aplicación en sus diócesis y ratifican ante el gobierno y la nación la protesta que hicieron ante el Congreso los prelados reunidos en Zaragoza, en su exposición del 12 de octubre pasado, a la que se han adherido todos los obispos del reino. Consideran las disposiciones injustas, y de ningún valor ni efecto nulas. Seguirán exigiendo el cumplimiento del Concordato del 1851, que por derecho le corresponde como dotación que se señaló en lugar de los bienes de que fue privada o permutó con el Estado. No se debe molestar el Gobierno en implantar dicha ley en la diócesis... Rotas completamente todas las relaciones entre el Estado y la Iglesia.

Blanco y Lorenzo, Fernando, O.P. y exclaustrado, obispo y arzobispo.

Nota anónima dirigida al Sr. D. Lorenzo Arrazola, ministro de Gracia y Justicia (s/f)

Le hace notar que el obispo de Ávila desde hace un mes viene puesto como espectáculo en la prensa progresista y democrática, porque un suelto de la democracia dijo que en el palacio se había verificado el día 6 del corriente un suceso político de importancia.

Blanco y Lorenzo, Fernando, O.P. y exclaustrado, obispo y arzobispo.

Poder que da el arzobispo preconizado de Valladolid, Fr. Fernando Blanco, al Dr. D. Antonio López Quiroga, deán de la catedral de Valladolid para que en su nombre tome posesión de la sede.

Fr. Fernando Blanco ya preconizado arzobispo de Valladolid, da todo su poder cumplido al Dr. Antonío López Quiroga, para que en su nombre tome posesión de la sede de Valladolid, ante Juan Herrero Pinto, notario oficial mayor, Madrid, 14/12/1875. Testigos: los presbíteros D. Luis Muñoz Blanco,, Fr. José Fernández Checa, del Orden de Predicadores y el seglar D. Ramón María Nava, vecinos de Madrid. La legalización de la del notario Juan Herrero Pinto la hacen los notarios Ventura Miguel del Río, Saturnino Vicente Hinojal y Juan Ortega de la Fuente, en la misma fecha. Signos y firmas originales.

Blanco y Lorenzo, Fernando, O.P. y exclaustrado, obispo y arzobispo.

Reclamación y protesta del episcopado español en las Cortes, contra el proyecto de separar la Iglesia del Estado (1873)

Consideran gravísima la reforma de separar la Iglesia del Estado. Consideran que será un debilitamiento de las dos entidades. No es proclamar la independencia absolutamente necesaria de las dos Potestades, como a veces se finge. Significa el empeño de expulsar a Dios del Estado o de construir un Estado sin Dios... Ruegan a los señores Diputados nieguen su aprobación al indicado proyecto.

Blanco y Lorenzo, Fernando, O.P. y exclaustrado, obispo y arzobispo.

Rescripto de la S, Congregación de Ritos concediendo al reciente arzobispo de Valladolid, Fr. Fernando Blanco, facultad para subdelegar.

Se le concede según la petición, por espacio de 5 años, para que pueda subdelegar, por un tiempo, a algunas dignidades constituidas y que no necesitan sagrada unción: Vicario General, dignidades y canónigos de la iglesia metropolitana, prepósitos, archipresbíteros, párrocos, rectores de iglesias.... Roma, 17/09/1875. Al margen superior derecho pone: "Ojo, concluye el 17 de octubre de1880"

Blanco y Lorenzo, Fernando, O.P. y exclaustrado, obispo y arzobispo.

Restos de borrador de un discurso en las Cortes del obispo de Ávila, Fr. Fernando Blanco, en nombre del cardenal de Valladolid y obispos sufragáneos. (1869).

El cardenal arzobispo de Valladolid y los obispos sufragáneos se dirigen a los Señores Diputados con motivo del proyecto del Ministerio de Gracia y Justicia de reducir y fijar definitivamente el presupuesto de obligaciones eclesiásticas, exponiendo algunas reflexiones. Los obispos de España están cansados de clamar y protestar contra la injusticia y arbitrariedad, aunque todavía la idea del deber los alienta para protestar con evangélica energía contra los inmerecidos ataques que día a día hacen victima a la Iglesia por no faltar a su misión de protectora del orden y de los derechos sociales.
El Estado no cumple lo aceptado en el Concordato del 1851, no puede cumplir, según dice el gobierno, lo que demuestra su incompetencia y se convierte en juez de una causa de la que es parte. La Iglesia ha sido despojada de sus bienes injustamente y, ahora, se quiere meter una rebaja, sin contar con el Romano Pontífice. El Gobierno rompe el Contrato....

Blanco y Lorenzo, Fernando, O.P. y exclaustrado, obispo y arzobispo.

Restos del borrador del discurso en las Cortes del obispo de Ávila, Fr. Fernando Blanco, sobre la libertad de cultos (1869).

Claramente se trata de la discusión sobre la libertad de culto en las Cortes Españolas, durante el Sexenio Provisional. Los obispos reclaman a los diputados la importancia del tema y la responsabilidad que pesa sobre ellos al llevarlo a la práctica real. Su responsabilidad es grande. Principio: Dios ha revelado a lo hombres el modo y forma con que quiere ser adorado y servido... y este culto es el católico, por lo que es verdadero y el único verdadero. En España es el único desde siglos; y la gloria de la nación va unida a la fe y culto católico. Se pide a los Diputados que oigan el clamor del pueblo...

Blanco y Lorenzo, Fernando, O.P. y exclaustrado, obispo y arzobispo.

Sermones y pláticas incompletos de Fr. Fernando Blanco desde 1835 a diciembre de 1857.

Contiene los documentos siguientes.

  • Doc. 1: Sermón para la Purificación de Nuestra Señora compuesto por el canónigo de la Santa Iglesia Catedral de Ciudad Rodrigo, Rvdo. D. Antonio Villoria y Rengel, año de 1854. Es una cuadernillo cosido, y bien cuidado; tiene 9 hojas sin numerar; medidas:160 x 220 mm. No es Fr. Lorenzo el autor, sino que es el canónigo dicho. Fr. Lorenzo usaba, al igual que los demás predicadores, sermones de otros autores, y por las caligrafías usadas que son bastantes, pensamos que varios de sermones son de otros autores.

  • Doc. 2: Sermón de Santa Inés, sin datación y no lo hemos encontrado en el elenco de sermones predicados, del doc. 1 de la anterior Unidad Documental Compuesta. Son 4 hojas en la primera pone "Año de Cano", por lo que parece que es pudiera ser anterior a la exclaustración. Este sermón está firmado por Dr. Fernando Blanco.

  • Doc. 3: Sermón a los "Alumbrados": Real y primitiva Archicofradía de la Villa y Corte de Madrid del Alumbrado y Vela al Smo. Sacramento, 1857, Madrid. Anota Fr. Fernando de este sermón: «Deprisa y sin libros" y "Apuntes de dos días". 5 folios cosidos, sin numerar. Muchas tachaduras.

  • Doc. 4: Sermón de los Santos Inocentes, sin data; en el papel, sobre el que está escrito, pone "Primer año de Teología" [Quizás también antes de la exclaustración, estudiante de 1º de teología, 1832-1833]. Tiene 4 hojas, sin coser, pero solo se usan 2.

  • Doc. 5: Homilía para el Smo. Sacramento, sin data, una cuartilla.

  • Doc. 6: Sermón del Rosario (incompleto) sin data, dos hojas.

  • Doc. 7: Sermón de San Juan Bautista, sin data, un folio

  • Doc. 8: Sermón de los Reyes Magos, sin data, 1 folio.

  • Doc. 9: Sermón de la Pasión del Señor, que es una oración del predicador, sin data, dos hojas.

  • Doc. 10: Sermón de la muerte y Asunción de la Virgen María, sin data, 2 folios.

  • Doc. 11: Sermón de la Eucaristía, incompleto; tiene dos partes, una de ellas dirigida a algún obispo (Illmo. Sr) que comenta las palabras de Cristo «Accipite et manducate hoc est corpus meum», y es un folio y un billete; la otra es un pliego. Sin data.

  • Doc. 12: Sermón de San José, sin data, 1 folio.

  • Doc. 13: Sermón a los Presidarios ¿de Salamanca?, sin data; un pliego.

  • Doc. 14: Sermón del Carmen, Salamanca, sin fecha, escrito a lápiz, folio doblado.

  • Doc. 15: Sermón de San Vicente Mártir, sin data, folio doblado, 2 hojas, roto.

  • Doc. 16: Sermón del Smo. Rosario: sin data, tres pliegos, uno de ellos está, en gran, parte repetido. Diferentes tamaños.

  • Doc. 17: Sermones de San Isidro, sin data, tiene 4 folios, y tres sermones (uno incompleto).

  • Doc. 18: Sermón de Sexagésima o apuntes para el sermón de..... , para predicar en presencia del obispo, sin data. 1 folio.

  • Doc. 19: Apuntes para sermón o plática: "Puntos de comparación entre Santa Teresa de Jesús y Santa Catalina de Siena". Un folio doblado, dos hojas, sin data.

  • Doc. 20: Folios sueltos de sermones o pláticas. son 8 folio y una cuartilla. Dos de ellos son en papel impreso reutilizado: uno es del
    anuncio del "Oratorio del Patrocinio de Nuestra Señora que celebra su fiesta el 25 de noviembre en la iglesia de San Esteban y será predicado el Dr. D. Hilario Yglesias", sin fecha; lleva escrito un párrafo sobre Santo. Tomás. El otro es un impreso de "Perfumerías de Granada, Esposición de 1851 y sus productos aromáticos", con unas anotaciones de frases de San Gregorio Nacianceno y puntos de referencia hacia el sacerdocio y sacerdotes. El resto de folios son párrafos de sermones, uno dedicado a la Virgen, otro, al Rosario pero sin encontrar los restos.

  • Documento 21: examen de las circunstancias actuales, se nos trata de intolerantes y perturbadores de las conciencias, o se nos trata de falta de eficacia y fuerza si tratamos como trataba Jesús. Preparación o introducción para el inicio de la Cuaresma. Sin data, 1 folio.

  • Doc. 22: Plática sobre Jesucristo mediador. Sin data; 1 folio.

  • Doc. 23: Plática, incompleta, sobre la Ternura de la Virgen María. Sin data, 1 folio.

  • Doc. 24: Plática, incompleta, sobre el catolicismo como base de nuestra nacionalidad española; es el alma y la vida de nuestra vida. Sin data, 1 folio.

  • Doc. 25: Varios pliegos, 4, bajo el título "Covadonga"; quiere hablar con un corazón libre como católico, español y asturiano: los nombres de María y Covadonga deben ir siempre unidos. Arenga sobre la historia de España, Covadonga-María y la fe católica. Sin data.

  • Doc. 26: Jesucristo es la paz, nuestra paz. Tiene dos partes. La primera, 1 pliego suelto desarrolla el texto «Ipse est pax nostra», en una plática presidida por el obispo, ante la situación política de guerra. Le gustaría orar para que Jesucristo volviese al mundo trayendo la paz; pero Él está en medio de nosotros, nos orienta, ilumina con sus enseñanzas, pero según la interpreta la madre Iglesia. Desde esta idea la desarrolla en otra plática que ocupa dos pliegos cosidos: de Jesucristo autor y el maestro de la paz. Total 3 pliegos. Sin data.

  • Doc. 27: Plática sobre la situación de la Iglesia en Europa: «Gemitus matris tuae. In tribulatione patientes, orationi instantes» Abundan texto de profetas y de escritores cristianos. Resignación, Dios lo permite por el bien de sus elegidos; ni desconfianza en Dios, en su poder y bondad, ni irritarnos demasiado contra los ciegos instrumentos que quieren aniquilar la Iglesia. 2 folios sueltos y un pliego. Sin data. Este documento se relaciona con el B-D-BLANCO-b-3-3, doc. 5.

  • Doc. 28: Santiago de Compostela, 1851. Carta a la Reina Isabel II, en nombre del arzobispo D. Miguel García Cuesta (borrador, sin firmar), esperanzas con el Concordato de la Santa Sede y España. Un pliego. Junto a este pliego se hallan los Impresos del Concordato entre la Santa Sede y el Gobierno de España, celebrado el 16 de marzo de 1851 y ratificado en 1 y 23 de abril y publicado el 20/10/1851; impreso en La Esperanza, como suplemento al n. 2156, que es un cuadernillo cosido, numerado de la p. 1 a la 23, a dos columnas, versión bilingüe latín y español, incluyendo a Alocución del papa Pío IX, del 05/09/1851 y adjunto, aunque separado, el Real Decreto del Ministerio de Gracia, con la publicación de las Letras Apostólicas del papa Pío IX, el 05/09/1851, de que habla el art. 1º del Concordato, con numeración continuada de la del Concordato de la p. 25 a la 32. Madrid, Editor D. Francisco Gómez.- Imprenta La Esperanza.

  • Doc. 29: copia de la carta de adhesión del obispo de Jaca, D. Miguel García Cuesta, más tarde arzobispo de Santiago de Compostela, a la proclamación del dogma de la Inmaculada Concepción, dirigida al San Padre Pío IX. Data en Jaca, 25/04/1849. El arzobispo llamó a D. Fernando Blanco a Santiago, como secretario particular en 1851. Este documento y el anterior, son los únicos papeles que, con seguridad, pertenecían a Fr. Fernando, de su estancia en Santiago. No ha llegado ningún otro a este AHDOPE (que sepamos). Cuadernillo de un pliego y un folio, cosidos.

  • Doc. 30: Unión de tres personas en espíritu para honrar a la Santísima Trinidad... 1840. Un folio largo sobre esta devoción que honraba a la Santísima Trinidad, la Encarnación del Hijo de Dios en las purísimas entrañas de la Virgen María. Se trata de que tres personas se unan espiritualmente tres veces al día, y contritos de corazón recen siete veces el Gloria Patri... y un Avemaría. No hace falta que se reúnan en un mismo lugar. Esta devoción tenía indulgencias desde el año 1793. Se dan los nombres de esta unión: María González, Ana Espinosa y Valeriana Robledo.

  • Doc. 31, Copia simple de a consulta que el canónigo penitenciario Viqueira dirigió a Roma y después al nuncio en España, sobre artículo 42 del concordato firmado por la Santa Sede y España (Isabel II) en 1851. Santiago de Compostela, 01/11/1851. Latín. Roma contestó que recurra al Nuncio Apostólico, cosa que hizo en un largo escrito, desde Santiago, a 15/01/1852 y el nuncio contestó que no podía reponder a algunos puntos de la consulta sin tener instrumentos de Roma, por lo que ha pedido información a Roma, Madrid, 30/01/1852. Se centra en el problema de absolver a los compradores de los bienes robados por el Estado a la Iglesia. La carta al nuncio está en español. Es un pliego, con letra cuidada, bien conservado. Mide: 230 x 335 mm.

Blanco y Lorenzo, Fernando, O.P. y exclaustrado, obispo y arzobispo.

Testimonio auténtico del juramento de fidelidad hecho por el obispo D. Fernando Blanco, antes de tomar posesión de la sede de Valladolid

Testimonio autenticado del juramento que realizó D. Fernando Blanco y Lorenzo, obispo que había sido de Ávila y hoy electo y preconizado arzobispo de Valladolid, ante el nuncio de S. Santidad, el cardenal Simeoni (Juan), presentó una bula y comisión, expedida por N. Ssmo. Padre papa Pío IX, en Roma apud S. Petrum , a diez y seis (sic) de septiembre del año corriente (1875). Y después de imponerle el palio le tomó y recibió el juramento de fidelidad, que su excelencia reverendísima hizo con arreglo a lo prevenido en la citada bula y fórmula del tenor siguiente (se transcribe el texto del juramento, que es el mismo de la bula y a lo prevenido de orden de S.M., en el pase de ella por el Ministerio de Estado y del despacho de Gracia y Justicia). Fueron testigos al juramento los Illmos. Sres. D. Pedro Payo, arzobispo electo de Manila y D. Elias Bianchi auditor y secretario de la nunciatura. Madrid, 11/12/1875. Signo y firma de Juan Herrero Pinto.

Blanco y Lorenzo, Fernando, O.P. y exclaustrado, obispo y arzobispo.

¿Si el clero (obispos, cabildo...) puede lícitamente jurar la Constitución que acaba de promulgarse en España?

Se trata de un artículo o una charla, que se pregunta ¿si el clero [en general] puede lícitamente jurar la Constitución Española?. Se refiere a la de 1869, producto de la "Gloriosa". Parte del fin que se propone el Gobierno al pedir que todo el clero jure la Constitución. El Gobierno sabe que las leyes una vez promulgadas hay que cumplirlas, pero no es necesario que los súbditos las juren. Por lo que el Gobierno lo que busca en el juramento del clero es un testimonio solemne y extraordinario que le dé respetabilidad, una fuerza moral. El edificio que acaban de levantar las Cortes Constituyentes no está fundamentado sobre tierra firme; siente que se bambolea y teme su pronta y estrepitosa ruina y con ella la su dominación. Para evitar esa ruina pide auxilio a la Iglesia. Estudia y expone la reacción del pueblo ante el juramento de los obispos débiles que juren, incluso un juramento condicional explicado a la gente. Ésta no vería más que el clero, débil, ha jurado. La final, estudia las ventajas o desventajas del del juramento, basándose en la historia, sobre todo de Francia. El juramento implica una cooperación con los males que traiga la Constitución, directa o indirectamente. Además la revolución del 1868 ha usurpado el derecho de la dinastía, con lo cual el que jura está apoyando la usurpación. El pueblo fiel consideraría debilidad y sus intereses personales o económicos. Son más las desventajas para el clero y la Iglesia que trae el juramento que las desventajas por no jurar. La cosa está muy clara. Evoca hasta los martirizados y huidos por la revolución francesa por no hacer juramento.

Blanco y Lorenzo, Fernando, O.P. y exclaustrado, obispo y arzobispo.

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