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Borrador de la contestación del obispo de Ávila al ministro D. Lorenzo Arrazola (1864)

Respuesta como amigo y súbdito al ministro del Gobierno. La encíclica es tal encíclica, y no hay duda de su autenticidad, aunque no se le haya comunicado al gobierno. Con toda prudencia y amistad no puede interrumpir la publicación de dicha encíclica. Da cuatro razones: es una carta doctrinal del maestro de la Iglesia católica y el obispo no puede dejar de darla a conocer a sus fieles; porque la prensa de todos los colores comenta, explica y combate a su manera, y con plena libertad, el documento y ¿los obispos no pueden con libertad comentarla y explicarla a su fieles? Además (y sería la tercera razón) ya son varios los obispos que han publicado ya la encíclica; y termina diciendo que no ve que falte a ley alguna si se publica la carta del papa y que el Gobierno no debe ni puede poner obstáculo alguno, porque sería complicar aún más la situación: los obispos tenemos poco perder en el orden temporal, excepto la piel , como suele decirse...

Blanco y Lorenzo, Fernando, O.P. y exclaustrado, obispo y arzobispo.

Borrador de Libro de Misas pendientes de pago (1941-1955)

  • ES 37274.AHDOPE B-C-SAL-a-4-10
  • Uni. doc. simple
  • diciembre de 1941 - diciembre de 1955
  • Parte deFondo B (Archivo Nuevo)

Comienza con apuntes del mes de diciembre de 1941, anotando el día que se celebra la misa, el nombre del oferente, la cantidad de misas, y la fecha en que se pagaron. Última fecha, 1955-12-...

Convento de San Esteban de Salamanca

Borrador de observaciones de los obispos de la provincia eclesiástica de Valladolid al proyectos de ley de instrucción pública (1877)

Este texto es muy similar al documento anterior, incluso hay párrafos idénticos. Parece como si este documento fuera elaborado por varios obispo y de éste se hubiera sacado uno más definitivo y mejor presentado (aunque tampoco completo) como es el documento 9.
Dado el tema, y su importancia capital para la nación, los obispos quieren hacer oír su voz en la Cortes: el hombre depende en un todo de Dios y que la razón creada está sometida absolutamente a la verdad increada. La defensa de esta ley ha sido y es uno de los cuidados preferente de la Iglesia. La exposición va analizando las bases de proyecto... En el proyecto el error logra un gran templo ante la ley...

Blanco y Lorenzo, Fernando, O.P. y exclaustrado, obispo y arzobispo.

Borrador de petición de un altar privilegiado para el nuevo convento (s/f)

  • ES 37274.AHDOPE A-B-COR-10-1-2
  • Uni. doc. simple
  • 1605 -1621
  • Parte deFondo A (Antiguo)

Es el borrador de un escrito pensado y escrito para enviar a Roma, al Maestro de la Orden o la Curia, para que pidan un altar privilegiado al papa Paulo V. Expone las razones por las que hacen la petición. Piden que se conceda como suela hacerlo el papa, para que cada misa que se diga se saque un alma del purgatorio. Dice que es una ciudad, La Coruña, con gran concurso de gente extranjera por su puerto y comunicación con Francia, Irlanda, Inglaterra, amén de tener la Real Audiencia.
El convento es uno de los más antiguos y mejores del reino de Galicia, y hace uno 20 años el enemigo inglés lo incendió, y ya no se pudo habitar; el convento está muy pobre y con limosnas de los fieles cristianos están edificando otro nuevo, dentro de los muros y se necesita para acabar más de 15.000 ducados (la cantidad está corregida, o como tachada). Se dice también, al margen, que los religiosos predican y leen casos de conciencia (enseñanza). Al principio, en un recuadro, otra mano ha añadido: «Nótense estas razones que son bastantísimas para que se pida a su santidad, anejo a esta causa, algún beneficio grueso o frutos ad edificationem et reparationem monasterii.»

Convento de Santo Domingo de La Coruña

Borrador de recurso del Maestro de Novicios de San Pablo de Valladolid a la Intendencia de la Provincia de Valladolid para cobrar algo de los réditos del censo sobre propios [de Medina de Rioseco] (1828)

  • ES 37274.AHDOPE A-B-VAp-17-3-10
  • Uni. doc. simple
  • 03/03/1828
  • Parte deFondo A (Antiguo)

El recurso no pone Medina de Rioseco, pero habla de las deudas sobre los propios de "esa ciudad" y coincide con el resto de la documentación sobre el censo del Ayuntamiento de Rioseco, cuyos réditos son de 1144 reales al año, y se adeuda al Noviciado desde 1808. Pide que, de la Contaduría General de Propios de esta Provincia, se le dé inmediatamente , como se ha hecho con otros censulistas, dos anualidades. Valladolid, 03/03/1828, sin firma ni destino.

Convento de San Pablo de Valladolid

Borrador de sermón del obispo de Ávila, Fr. Fernando Blanco, para la reina Isabel II.

El documento 15 es un borrador, con bastantes tachaduras y correcciones. Se trata de un sermón comentario al Evangelio de San Lucas, 11,23 «Qui non est mecum contra me est», y dirigido a la reina Isabel II y familia real, y para ser predicado en la Capilla Real. Catolicidad de la historia de España, de la monarquía y de Isabel II.

El documento 16, un pliego comienza como el sermón anterior en el f 1r, pero el 1v está en blanco, continúa con un pliego que nada tiene que ver con el sermón, pues trata de las ventajas sociales de la bulla de la Cruzada, el f. 4r está escrito con parte de un sermón y el 4v, en blanco.

Blanco y Lorenzo, Fernando, O.P. y exclaustrado, obispo y arzobispo.

Borrador de un memorial del colegio de San Gregorio al Ayuntamiento de Valladolid. (1823)

  • ES 37274.AHDOPE A-B-VAg-6-1-3
  • Uni. doc. simple
  • 20/06/1823
  • Parte deFondo A (Antiguo)

Se ha devuelto a la O.P. el colegio de San Gregorio, pero le tienen que rehacer y arreglar los frailes, para lo cual presentaron un memorial anterior, en el que se pedía al Ayuntamiento se les quitaran los pesebres del patio , refectorios y habitaciones. No fue aceptada la solicitud de ese memorial, por lo que se decide mandar otro, cuyo borrador es el presente documento.

Colegio de San Gregorio de Valladolid

Borrador de un memorial al rey sobre querer privar al convento de la entrada al pasadizo del palacio (s/f, pero 1711)

  • ES 37274.AHDOPE A-B-VAp-17-2-2
  • Uni. doc. simple
  • --/08/1711
  • Parte deFondo A (Antiguo)

El convento dice al Rey que en la primavera pasada del 1711, Juan Lison de Tejada, ha tabicado la puerta del pasadizo de convento al palacio de S.M:, por lo que ha quitado un honor al convento y es una novedad. Suplica al rey que se quite el tabique.

Convento de San Pablo de Valladolid

Borrador del discurso en las Cortes del obispo de Ávila, Fr. Fernando Blanco, tras el alzamiento de septiembre. Sexenio Provisional, 1869.

Alzamiento de septiembre de 1868, que derrocó a la reina Isabel II, llamado "septembrina o Gloriosa". Lo que ha llegado a este archivo, que es un pliego, está distribuido en 5 puntos con su titulación: I, una introducción; el II, lo dedica a los objetos de la manifestación, manifiesta los cambios del alzamiento de septiembre como una ataque a la Iglesia y al catolicismo español; el III, lo anuncia como "nuestro criterio" (el título ha quedado así, tras tachar "Doctrinas respecto ellas") no piensa tocar ningún punto que no sea competencia de los obispos o roce o tenga conexión con el dogma, la moral o la disciplina de la Iglesia; el IV, lo titula "Libertades proclamadas": es el alzamiento más sediento de libertades que todos los anteriores; V , "libertad de cultos" (solo se han conservado 3 líneas).

Blanco y Lorenzo, Fernando, O.P. y exclaustrado, obispo y arzobispo.

Borrador del proyecto de exposición sobre medidas desafueros a nombre de todo el Episcopado Español. Encargo de..

El escrito estaría dirigido al ministro de Gracia y Justicia, que al comienzo de Sexenio Provisional era D. Manuel Ruiz Zorrilla, pero en el texto no hay nombre. Los obispos consideran que el alzamiento, comenzado como un cambio político, no debería provocar esta exposición que hacen los obispos, sería innecesaria ; pero por sorpresa del pueblo católico español, lo que proclamaba el alzamiento era justicia, moralidad igualdad de derecho, respeto a la propiedad y libertad de asociación... pero la realidad es que la piqueta revolucionaria se ha aplicado a destruir templos; a las clases más respetables se les priva de sus domicilio... los obispos no pueden menos de lanzar un grito y reprobar solemnemente sobre las ruinas de tantos templos desolados. Lo que más ha impresionado a los obispos, lo más doloroso, son algunas disposiciones del Ministerio de Gracia y Justicia: se quiere gobernar una nación católica hiriendo, violentando lo más sagrado. No es ese el camino, sino la ruina: lo relativo a las monjas es una injusticia, romper el Concordato con la S. Sede, despojar la Conferencia de San Vicente de Paul con su utilidad en el socorro físico y moral, desencadenamiento de la prensa, desacato al Papa sacándole coplas, acometida bárbara a la Nunciatura...

Blanco y Lorenzo, Fernando, O.P. y exclaustrado, obispo y arzobispo.

Borrador del sermón en el aniversario de la instalación del Hospicio de La Coruña

  • ES 37274.AHDOPE A-B-COR-15-8-22
  • Uni. doc. simple
  • 1844 - 1845
  • Parte deFondo A (Antiguo)

Tiene como tema bíblico: «Misit Deus misericordiam suam et veritatem suam.» (Sal. 56,4). Son unas palabras para celebrar el aniversario de la instalación del Hospicio de Beneficencia de La Coruña. Ve la inspiración de Dios para esta obra y por eso alaba la providencia divina.

Convento de Santo Domingo de La Coruña

Borradores de cartas del obispo de Ávila, Fr. Fernando Blanco, a la reina Isabel II.

  • El doc. 7 refiere a que hace año y medio, poco más o menos, el obispo de Ávila, junto a sus hermanos obispos de la provincia eclesiástica de Valladolid, había enviado a la reina una exposición [pensamos que en 1860-doc. 4] y refiere también como pasados los sucesos de Loja [28 de junio de 1861, con el grito de viva la República y muera la Reina]... Hoy la situación es bien lamentable y se ve en la llamada "palestra periodística". Los obispo han levantado la voz pidiendo represión de excesos. Se ha querido acusar a los prelados (y tal vez acusen al que esto expone) de pretensiones absurdas y que querían meterse en política y dar a ésta una orientación a su gusto. Esto ya es una arma antigua de acusación y que ha dado grandes resultados a los errores y al mal. Pero dice a S.M. con respetuosa franqueza... En una nación, que es toda y en todo católica, la política debe serlo también.... los obispos tienen que luchar contra el error y el mal; pero si el error y el mal se cubren con velo o el manto de la política, el obispo tiene que romper ese velo y descubrir al monstruo, para que se le vea y se le trate como lo que es... El escrito parece ser de finales del 1861, o principios de 1862.
  • El doc. 8: lo poco que está escrito señala la obligación y el deber del obispo decir la verdad no solo a los débiles, sino también a los grandes y poderosos. Le recuerda a la reina que su advenimiento al trono de su mayores fue anunciado como una restauración católica, sucesora de una revolución anticatólica.
  • El doc. 9: es otra versión del doc. 7, pero en el que se incluye las alusiones al despojo de los Estados Pontificios. Está incompleta, pues solo queda un folio.
  • Doc. 10: son dos folios de otro borrador de carta, insistiendo en la enseñanza y prensa. Sin fecha, aunque al final pone que es una exposición sobre la enseñanza y prensa, en nombre de los obispos.

Blanco y Lorenzo, Fernando, O.P. y exclaustrado, obispo y arzobispo.

Borradores de escritos D. Fr. Fernando Blanco destinados al Boletín Eclesiástico de su diócesis de Ávila

Los borradores que se han conservado en este AHDOPE, con destino a ser impresos en el Boletín Eclesiástico de Ávila son los siguientes:

  • Doc. 1: Circular de 1860, posterior al 21 de agosto. En cumplimiento del convenio adicional del Concordato, la ley del Estado desde el 14 de abril de 1860 y el real decreto del 21 de agosto nombra una junta compuesta por D. Jerónimo Rocandio, canónigo magistrado de la catedral, y D. Pedro Moyano, beneficiado y administrador de la misma, y a D. Nicolás, párroco de San Vicente, a los que se unirán los elegidos por los arciprestazgos, presididos por el provisor y vicario general, para estudiar y determinar la permuta de los bienes eclesiásticos con el Estado. En este borrador se dice que la presente circular se publicará «En los primeros números del Boletín Eclesiástico que hemos dispuesto se publique». (2 ff., sin fecha ni firma.)

  • Doc. 2: Exhortación o carta pastoral, dada en Ávila el 22/04/1862, sin título. Con motivo de haberse puesto paz en España entre la Iglesia y el Estado por medio del convenio entre el Estado y el papa Pío IX. Exhorta a los fieles a aceptar lo convenido por el papa, fruto de la fe en la Iglesia de Jesucristo y a permanecer en unión y oraciones por la la Iglesia y el Santo Padre. Firmas de Fr. Fernando, obispo de Ávila y D. Manuel Domínguez, secretario (una cuartilla y 5 ff. numerados en origen; documento completo).

  • Doc. 3: Carta de Exhortación a clero y fieles, dada en Ávila, 31/08/1863, sobre el terremoto de Filipinas (03/06/1863). Exhortación a donar alimentos y limosnas para el pueblo filipino. Se abre una oficina de suscrición en la Secretaría del Cámara del obispado, (6 ff. numerados en origen, firmados por el obispo, y en el primero se indica "Boletín".) Relacionado con el Doc. 7 de BLANCO -b-4-5-

  • Doc. 4: Carta pastoral sobre la canonización del Beato Miguel de los Santos y de los Mártires del Japón, que fue el 08/06/1862. Escrito sin datar y sin firmar, en 8 cuartillas de tamaño y papel diferentes, numeradas en origen de la 1 a la 8.

  • Doc. 5: Circular a los párrocos, ecónomos y sacerdotes encargados de almas, dada en Ávila, a ... de mayo de1863. Comunica que ha ha llegado a un acuerdo con el superior de la Congregación de S. Vicente de Paul (PP. Paúles), para misionar en la diócesis. Les concede los permisos necesarios; pide a los curas que los acojan y faciliten su labor, y señala las indulgencias de los fieles. Se cita como comienzo misional al pueblo de Pozales del Hoyo. Consta de1 pliego, al que falta, en una hoja, la parte inferior, cortada.

  • Doc. 6: envoltorio que contiene varios papeles destinados al Boletín de la diócesis, que van marcados por el Sr. obispo del 1 al 8, para su impresión. Son pliegos, cuartillas, pp. de boletines eclesiástico, y contiene: un pliego muy sucio, titulado "Circular", con el n 1, sobre la conferencias morales que deben practicarse con exactitud, por lo que se dan normas a los arciprestes (fecha, 22/05/1864); en el mismo pliego, "Aviso a los obligados al rezo divino", con el n. 2 (fecha, 24/05/1864); el n. 3, tiene 2 cuartillas pegadas por una esquina, sobre "Casas Rectorales", siguiendo la petición del arcipreste y curas de Lorca a la reina, y contestación de ésta al Ministro de Hacienda para que se eximan de la permuta de bienes con el Estado las casas, para convertirlas en "Casas Rectorales", los coadjutores no tienen derecho a casa (fecha 24/05/1864); se intercala una cuartilla, sin numerar, pero de la que se dice: "Esto se pone en hoja aparte, Circular reservada" (al clero), para que informe sobre el estado de la enseñanza y educación primaria en su pueblo o pueblos, se le pide respuesta a 4 cuatro puntos; el n. 4 es una circular del Boletín eclesiástico de Burgos, tomada de Boletín ecle. de Calahorra y la Calzada, del 21/05/1864, pp158-159, sobre si los administradores del Estado deben cobrar los rendimiento de aniversarios y memorias, o lo debe cobrar el clero, con la respuesta de que si están impuestos sobre bienes particulares, corresponde el cobro al clero; para mayor entendimiento el Sr. obispo, incluye, con el n. 5, la circular que imprimió el 29/05/1860, sobre la reclamación de cargas espirituales; con el n. 6 un pliego de tamaño pequeño, manuscrito datado en Ávila, 25/05/1864, que debe añadirse a la circular anterior; el n. 7 corresponde a un folio ms. de una circular a los párrocos y ecónomos, porque el bulero no tiene bulas suficientes, por lo que se ordenan a los sacerdotes lo que deben hacer para que no falten las bulas; el n. 8 es una nota de la Secretaría de Cámara, para imprimir en el Boletín, avisando que han crecido mucho las instancias en Secretaria, y el Estado no paga lo suficiente por el trabajo, por lo que la rapidez no puede ser como la de antes, y los que presenta instancias, una vez despachadas, deben los interesados o personas autorizadas recogerlas, ni deben mandar los sellos, porque no se enviarán (fechada el 26/05/1864).

  • Doc. 7: "Exhortación pastoral que el ilustrísimo señor obispo de Ávila dirige a sus diocesanos al empezar el año de 1865, implorando socorros para el Soberano Pontífice" (nota con el título, y se ha añadido "mil ejemplares"). Datada en Ávila, 1 de enero de 1865 y firmada del obispo. Es un envoltorio de 6 folios, escritos horizontalmente y una nota añadida al f.5. Los ff. 1- 4 están numerados en origen; el 5 y 6 no tienen numeración (la añadimos a lápiz); la mayoría de los folios con timbre del obispado (como se ha indicado, al principio lleva una nota -trozo de un folio- con el título). Pide fervientes oraciones y socorros de limosnas para el Pontífice.

  • Doc. 8: Carta pastoral del obispo de Ávila, Fr. Fernando Blanco al clero y pueblo diocesanos, acerca de la encíclica del papa Pío IX de 08/12/1864 (Quanta Cura y Syllabus). Envoltorio de 17 cuartillas, de tamaño y papel diversos, numeradas en origen del 1 al 17, más la cuartilla de portada y título para la imprenta. Sin data ni firma, pero ciertamente de 1865. Son palabras de espiritual edificación acerca de la última encíclica de su S.S. en condena varios errores de grande y funesta transcendencia.

  • Doc. 9: Carta o exhortación del obispo de Ávila, Fr. Lorenzo Blanco, al clero y fieles (sin data ni firma) incompleta. Son 4 ff. numerados en origen del 1 al 4. Basada en la lectura de la última encíclica del Pio IX, del año pasado (Quanta cura), aboga por renovar y poner en acción el espíritu de oración, "espíritu de preces", por la Iglesia de Jesucristo y el Romano Pontífice. Aunque la Iglesia está segura, tiene mucha contradicción en el mundo actual, porque se quiere suplantar al reino de Dios por el reino de Satanás

  • Doc. 10: Borrador de la introducción a la encíclica del 08/12/1864, por el obispo de Ávila. Son 2 folios, sin data ni firma, pero el texto es el publicado, con la dicha encíclica, en el Boletín Eclesiástico del 26/01/1865 (ver la impresión en esta misma sección y serie, Unidad Documental Compuesta o expediente 1, doc. 5). Entre los retazos de la UDC (exp.) 4, han aparecido 2 cuartillas que comienza, la primera :« Continúa la circular» y la segunda pone la data y firma: Ávila, 18 de diciembre de 1864, Fr. Fernando, obispo. Añadimos estas dos cuartillas a los dos folios anteriores. Por lo tanto, son 2 ff. y 2 cuartillas.

  • Doc. 11: Notificación para el Boletín Eclesiástico de Ávila, de la llegada del rescripto de la Congregación de Ritos por el que se da licencia al obispo, o a su delegado, para habilitar los altares que tiene aras sin reliquias. Debe seguirse lo que para el caso dice el Pontifical Romano, que lo copia o transcribe: Pontifex acepta mitra (1 folio doblado y una cuartilla, fechada 13/02/1865). Esto viene motivado porque en la visita pastoral había notado la falta de reliquias en las aras de los altares de muchas parroquias. Lo que había notificado a la diócesis una circular al clero, donde amén de denunciar la situación dicha, comunica que junto a otros obispos han pedido a Roma subsanar estos fallos. Esta carta tiene 1 pliego y un folio suelto y da las instrucciones de como ha de hacerse. Sin fecha pero finales de 1864, o principios del 1865).... Notifica también que se ha recibido un despacho del arzobispo y Cardenal de Toledo sobre la bula de la Santa Cruzada (que se imprimirá en el Boletín). Recomienda a los párrocos la comunicación a los fieles. Ávila,13/02/1865.

-Doc. 12: Borrador de circular del obispo de Ávila, Fr. Fernando Blanco, para el el Boletín Eclesiástico de Ávila, sobre la noticia de un periódico tendencioso de Madrid, que aseguraba que " el día seis de enero de 1864 se había producido en el palacio episcopal de Ávila un suceso político de importancia". El obispo arremete diciendo que es totalmente falso: no ha existido hecho ninguno. Es una difamación. El texto no está datado ni firmado; ya había mandado una carta por el Secretario de Cámara al director del periódico (que debe incluirse en el Boletín). A continuación va dando argumentos para hacer más clara la falsedad de la noticia y la mala intención del periódico: Nada se dice del contenido del suceso "tan importante", nadie lo ha visto, nadie es testigo, cuando el palacio está abierto a todo el mundo... Consta de 2 folio sueltos y un pliego. Sin data ni firma. puede fechar en los primeros meses de 1864. Hace referencia al documento de la Serie 2- UDC (expediente) 3, doc. 27.

  • Doc. 13: Documento marcado al principio con «Continuación del Boletín. Pronto.» Es texto para los impresores del Boletín, indicando la estructura del mismo: Una breve introducción en la que comunica que el 20/09/1865 se firmó el acta de cesión al Estado de los bienes eclesiásticos de la diócesis, objeto de la permuta con el Estado. Debe imprimirse el acta y la real orden recibida, tras el acta. Advierte el obispo, que en la permuta no se han incluido los bienes pertenecientes a las Capellanías, por considerarlas familiares, y advierte a los curas que si algún empleado del Gobierno intenta enajenar algo de estos bienes que se opongan todo lo posible y le avisen cuanto antes. Para saber los bienes que no entran en la permuta remite al suplemento n. 1, de la 2ª serie del Boletín diocesano. En la hoja final se pone "Pronto, Pronto", (pliego pequeño de dos hojas, medidas: 155 x 220 mm.)
    El Acta de la comisión de bienes, puede verse en la de Documentos de la Secretaría de Cámara, más adelante.

  • Doc.14: Circular a los párrocos y demás encargados de la cura de almas. En la parte superior pone "Boletín". Ávila 26/10/1865. Aunque la diócesis está libre de la epidemia que asola en otros lugares, el obispo pide a los curas que se hagan 3 días de rogativas cantándose las letanías de lo santos y preces acostumbradas. 2 ff. y una cuartilla, numerados en origen.

  • Doc. 15: Altar privilegiado o de Ánimas, Ávila, 05/02/1865. Borrador para el Boletín, un folio doblado (pliego pequeño); el papa Pío IX por un breve del 12/01/1865 autoriza al obispo para que designe en los iglesias parroquiales o colegiadas un altar privilegiado de Ánimas, ad tempus. Revoca todos los privilegios de anteriores altares y vuelve a designarlos, y si alguna parroquia no tiene, el párroco o encargado lo solicitará. Por espacio de 7 años. Se indican las indulgencias. Data y firma. Lleva al ángulo superior izquierdo el n. 3º.

  • Doc. 16: Borrador en folio doblado, lleva al ángulo superior izquierdo el n 2º. Ávila, 06/02/1865. Latín. En la parte superior pone: "En seguida del anterior rescripto, imprímase completo". La S. Sede ha dado al obispo facultad para que a los presbíteros que hayan recibido de buena fe estipendios por le segunda misa (cosa que estaba prohibida) pueda, a su entender, solucionar dicho problema. Decida que puedan quedarse, dada la pobreza de las parroquias, con el 10%. Papel con timbre del obispado de Ávila.

  • Doc. 17: año 1864-1865. Circular a los curas párrocos, ecónomos y demás cargos de la cura de almas. El obispo tenía desde hace mucho tiempo ansias de crear en cada la diócesis las Bibliotecas Parroquiales, con colecciones de buenas lecturas, para contrarrestar las perniciosas que abundan por todas partes; pero no se ha podido hacer por que era más urgente las fábrica de las parroquias. ahora puede, ya que el gobierno paga algo, y los curas podrán sufrir un pequeño descuento para dedicarlo a las dicvhas bibliotecas, y pueden comenzar adquiriendo la publicación de las Acta de los Mártires del Cristianismo publicadas en nuestro idioma por D. Primitivo Fuentes. Indica cómo se pueden adquirir. Son 5 cuartillas numeradas en origen. Sin data ni firma, pero la obra citada apareció en 1864 y 1865.

  • Doc. 18: Circular del Comisario General de la obra pía para los Santos Lugares, D. Cayetano Díaz, arcediano de la iglesia catedral, a los párrocos y ecónomos. La situación está muy retrasada, sobre todo en el pago de los derechos de testamento y abintestatos,. Aboga a la conciencia y celo de los párrocos, que deben implicar a los fieles para pedir y motivas la devoción a dichos Santos Lugares. Folio doblado (pequeño pliego, de buen papel. Datado en Ávila, 01/10/1865, firma Cayetano Díaz.

  • Doc. 19: Borradores (son tres) dados en Ávila, el 08/01/1866 para su publicación en el Boletín diocesano; llevan los números 1º,2º y 3º. El n. 1º Se comunica a los presbíteros, comunidades religiosas y a los presbíteros misioneros de San Vicente de Paul, que se ha recibido carta de la reina, del 29/12/1865 cuyo parto está próximo, por lo que manda las oraciones con rogativas públicas. El n. 2º; da a conocer la carta del arzobispo de Toledo, como Comisario General de la Santa Cruzada, para que se reciba en la ciudad y pueblos la dicha Bula y se dé a conocer como de costumbre (esta carta lleva sello oficial de correos). El n. 3º: está dedicado a las Misiones, que está dando los presbíteros de la Congregación de San Vicente de Paul en la diócesis y también los presbíteros del de la Congregación del Corazón de María (claretianos o cordimarianos) que han conseguido frutos en la villa de Olmedo, según carta del obispo de Segovia, que manda se imprima a continuación. Los números 1º y 2º están datados y firmados; el n.3 sin data ni firma.

  • Doc. 20: Folio suelto, indicando Boletín, 17/12/1867; es la introducción o presentación de haber recibido, por vía del nuncio apostólico, y por el Ministerio de Gracia y Justicia, el Decreto Pontificio: Regni Hispaniarum. Manda que se imprima en el Boletín el texto en latín y en castellano. Sin firma.

  • Doc. 21: tres cuartillas, numeradas 2,3 y 4 (falta la 1), datadas y firmadas en Ávila, 26/01/1869,de una circular, incompleta, al clero diocesano, sobre la retirada y recogida de libros prohibidos por la Iglesia; los fieles los entregarán a los párroco o ecónomos. Señala que todo libro de materias religiosas, que no lleven el nombre del autor y sin la aprobación de la autoridad ordinaria, de donde se imprimió debe tenerse por malo o prohibido, o cuanto menos por sospechoso. Los sacerdotes no hace falta los remitan a la sede episcopal, sin que los quemen. Esta materia cree que será objeto de otras reflexiones.

  • Doc. 22: Circular a los párrocos, ecónomos y oros sacerdotes con cura de almas, Ávila, 24/02/1869, normas para el cumplimiento pascual. Un folio doblado (pliego pequeño), datado y firmado por el obispo. En el reverso pone: "A la imprenta. Urge mucho dar este número".

  • Doc. 23: Borrador, incompleto, de la publicación del Jubileo, Año Santo, por la encíclica "Gravibus Ecclesiae del 24/12/1874 por el papa Pío IX. Está escrito en 5 folios, numerados en origen, de papel de difuntos, de la esquela del cardenal de Santiago D. Miguel García Cuesta. La publicación en el Boletín Eclesiástico de Ávila se encuentra en esta misma Serie 3, UDC 1, doc. 8. Está incompleto el borrador, pues falta el final que puede verse en la publicación dicha.

  • Doc. 24: Borrador, incompleto, de Exhortación para el Jubileo, Año Santo, de 1875 . Son 9 cuartillas, numeradas (pero falta la 7ª) la ultima, sin numerar, hace de carpeta y lleva escrito en el reverso: "Boletín número corriente. 1º insértese el edicto publicado en tipos ordinarios del Boletín. 2º La pastoral suya principio va adjunto."

  • Doc. 25: Despacho del obispo de Ávila sobre los óleos nuevos. Ávila, 16/03/1875. Recuerda el mandato de la Iglesia de renovar los óleos tras la consagración de los mismos en el Jueves Santo. Indica cómo han de llevarse a cada arciprestazgo y de estos a las parroquias. Debe estar el comisionado o comisionados por los arciprestazgos el Jueves Santo en la catedral, para llevarlos. Son tres cuartillas numeradas, datadas y firmadas. En el reverso de la 3ª cuartilla pone: " Urge el despacho entre hoy, 17, y mañana. Decretos de hacienda en caracteres menores."

  • Doc. 26: Borrador de la exhortación del obispo de Ávila al clero diocesano. Ávila, 30/06/1875. Anuncia, convoca y exhorta a los sacerdotes diocesanos a la Ejercicios Espirituales que comenzarán el ¿17? (tachado) de julio en el Seminario Conciliar de San Millán. Son 4 cuartillas, con data y firma.

  • Doc. 27: Borrador de la Exhortación del obispo de Ávila con motivo de la encíclica del papa Pío IX «Cum Sancta Mater" del 27/04/1859, pidiendo oraciones por la paz en la guerra de Italia. La exhortación de D. Fr. Fernando Blanco dada en Ávila, 10/07/1859, con las órdenes para cumplimiento de los deseos del Pontífice. Ocupa la exhortación 8 pp. en 1 pliego y 2 folios sueltos, numeradas en origen. Las órdenes para el cumplimiento, ocupan otros 2 folios sin paginar [lo hacemos a lápiz]. En total son 12 pp. En la p. 11 firma el Sr. obispo y en la 12 el secretario, D. Manuel A. Domínguez. La encíclica está publicada en el Boletín Eclesiástico de Ávila, en las pp. 211-214, y un ejemplar se conserva en este nuestro AHOPE, en esta misma serie 3, UDC (exp.) 1, doc. 3. Junto a las 12 pp. conservamos el folio envoltorio que conservaba este borrador.

  • Doc. 28: Borrador, ¿incompleto? de una carta pastoral, sobre la iglesia tras el viaje que hizo Roma. Por estar dirigida al clero y fieles suponemos que estará publicada en el Boletín Eclesiástico y también creemos que es posterior a la publicada el 29/08/1867 (ver en esta serie 3, UDC (exp.) 1, doc. 7). Este borrador consta de 29 folios (algunos son billetes de notas), numerados en origen; no lleva data ni firma ni la terminación es la habitual. Pensamos que está incompleta [tendrá que verse si se publicó en el Boletín].

  • Doc. 29: Una cuartilla, sin fecha ni firma, encabezada por esta advertencia: «En hoja aparte, si puede ser». Se ha impreso una exhortación pastoral con rogativas por la paz ante la guerra de Italia, pero por sorpresa se ha firmado la paz [pudiera referirse a la guerra de África, 1859 -1860, que también se hicieron rogativas]. Quedan suspendidas las rogativas por el fin de la guerra, y solo se leerá la exhortación pastoral y se hará una rogativa por el afianzamiento de la paz. Tiene relación con el documento 19 de Serie 2, UDC (exp.). Año de 1859.

Blanco y Lorenzo, Fernando, O.P. y exclaustrado, obispo y arzobispo.

Breve de Gregorio XVI dispensando la edad para ordenarse sacerdote a Fr. Antonio Sala, O.P. (1834)

Este documento en pergamino, en vitela, resulta un tanto extraño, porque se aplica a un fraile dominico de Pamplona, pero esto no aparece para nada. Tampoco aparece en las listas de frailes dominicos que manejamos el nombre de Fr. Antonio Sala. Se le dispensa de la edad para ordenarse sacerdote.

Gregorio XVI, papa

Breve de la supresión de la Compañía de Jesús, Jesuitas

El Breve del papa Clemente XIV, suprimiendo, derogando y extinguiendo a la Compañía de Jesús. Dado en Roma, en Santa Maria Maggiore, 21 de julio de 1773, quinto de nuestro pontificado.
La Real Cédula de Carlos III y sus Consejo, dada en San Ildefonso, 16 de septiembre de 1773.
Hay dos ejemplares: uno con tapas y muy bien conservado, y el otro, sin tapas, sucio y con escrito y dibujos o garabatos a plumilla

Clemente XIV (papa)

Breve de León XIII, Roma, San Pedro, 05/07/1887

A petición del P. Provincial de España, P. Fr. José Domingo Martínez, concede indulgencias a los sacerdotes y fieles asistentes al "Rosario de la Aurora" en las fiestas de la Natividad, Anunciación, Asunción de la Virgen María Inmaculada. En la parte externa (o vuelta) se encuentra la autorización para publicar las indulgencias del obispo de Palencia, D. Juan Lozano, 21/06/1887.

León XIII, papa

Breve del papa León X a los priores y conventos de Santa Cruz la Real de Segovia y de San Pablo de Valladolid, Roma, 13/06/1515

Breve del papa León X a los priores y conventos de Santa Cruz la Real de Segovia y de San Pablo de Valladolid, ambos conventos de la Observancia, por el que revalida una bula anterior del mismo papa, en que se reunían ciertos patrimonios de las sacristías de ambos conventos, alternando el cobro y gastos de luces y otros menesteres de sacristía, por años. Lo que quedaba del patrimonio era muy poco para los dos conventos.

León X, papa

Breve del papa León XII nombrando Maestro General de la Orden al P. Joaquín Briz, Roma, San Pedro, 29 - 07 - 1825

  • ES 37274.AHDOPE A-B-ORD-11-1-5
  • Uni. doc. simple
  • 1825-07-29
  • Parte deFondo A (Antiguo)

Es una copia manuscrita del Breve del P. León XII,en el que cumpliendo lo que se estableció en la bula Inter graviores de Pío VII, nombra maestro de la Orden de Predicadores al P. Joaquín Briz, pues, según dicha bula, corresponde, pasados los seis años, el magisterio de la O.P. a la parte de España.
Lleva el visto bueno del rey, Roma, 30 -07 -1825 firmado por Guillermo Curtoys.
Testimonio de traducción autentica, de José Pasgati Btracho, Madrid, 14 - 09 - 1825

León XII, papa

Breve del papa Paulo V por el que concede indulgencia plenaria a los visitante de la iglesia de San Pablo de Valladolid, Roma, San Marcos, 26/03/1612

Breve del papa Paulo V, a instancias de Francisco de Rojas y Sandoval, duque de Lerma, por el que concede indulgencia plenaria a los que visiten la iglesia de San Pablo de Valladolid los primeros domingos de marzo, junio, septiembre y diciembre.

Paulo V, papa

Breve del papa Pío IX a Fr. Fernando Blanco y Lorenzo, arzobispo de Valladolid

Breve de Pío IX a favor de Fr. Fernando Blanco, que va a tomar posesión de la nueva sede metropolitana de Valladolid, concediendo indulgencia plenaria y Bendición Apostólica a la primera misa pontifical que celebre en la catedral de Valladolid y en otros lugares insignes, con las condiciones normales de confesarse, comulgar, etc. Extiende la concesión de la plenaria a los que el mismo día de la misa primera visiten la catedral y eleven oraciones a Dios por la concordia entre los príncipes cristianos, extirpación de los herejes, conversión de los pecadores y exaltación de la Iglesia. Rome, sub annulo Piscatoris, 18 de septiembre de 1875, del pontificado, año 30. En el reverso lleva el destinatario: "Venerable hermano Fernando, obispo de la iglesia metropolitana de Valladolid." y el mismo Fr. Fernando Blanco, escribe: «Indulgencia plenaria por la primera Misa pontifical y Bendición Apostólica pro cathedrali et locis insignoribus. aplicada en la catedral.»

Pío IX, papa

Breve relazione delle cose sueesse in questa nouva persecuzione della Cina, cavata dalla relazione composta in Macao dalli PP. Missionarii dell’ Ordine de Predicatori esiliati da quella Missione.

En la segunda hoja pone: Estos libros y papeles pertenecientes a las cosas y pleitos de China, puso Fray Diego Raspeño en la librería de S. Esteban a 29 de marzo de 1728 año, que los tenía el Señor Montalván. Fray Diego Raspeño.

Anónimo

Breves de León XIII (1881-1883)

Contiene 2 breves de León XIII en vitela.
-Documento 1. Breve de León XIII, Roma, 16/09/1881. Texto manuscrito sobre vitela, sello y firma del Cardenal Mertel.
-Documento 2. Breve de León XIII, Roma, 12/02/1884. Texto manuscrito sobre vitela, sello y firma del Cardenal Mertel.

Convento de San Juan Bautista de Corias

Breviarium juxta Ritum Sacri Ordinis Praedicatorum, pars secunda

Comienza con el decreto de aprobación del breviario por el P. Clemente XII, siguen tablas y Salterio. Los oficio de Tiempo, con la fiesta de La Sma. Trinidad, en la p. 129; y el propio de los Santos, en la p. 369. Llega, lo conservado, hasta la octava de Todos los Santos. Tienen buenas grabados a toda plana.

Orden de Predicadores

Breviarium juxta Ritum S. Ordinis Praedicatorum (2)

Tornaci Nerviorum (Tuornai, Bélgica), 1894, pp. 32 + 4 + 1-919 + I – CLXVIII + 2 + 3 + Officia Propria Sanctorum quorum festa I Hispania. 1-103. En el Lomo: Breviarium S.O.P.

Frühwirth, Andreas, O.P., Maestro G. de la O.P.

Breviarium S.O.P.

Breviario.
-Entre las pp. 20 y 21 de "Psalterium David" se ha añadido un fragmento con "De Regula" escrito en latín, por una cara, y por la otra, y en castellano, "Acto de Reparación al Sacrantísimo Corazón de Jesús".
-Entre las pp. 1144 y 1145 se ha añadido un fragmento con "Additio ad vi. Lect.".
-Entre las pp. 1420 y 1421 se ha añadido un fragmento con "In Lect. vi., post ult. verba, addatur.
-Entre las pp. 1460 y 1461 hay un fragmento con "In Lect. vi., post ult. verba, addatur".
-Entre las pp. 1784 y 1785 se han añadido tres folios completando "Patrocicnii S. Thomnae Aguinatis".
-Entre las pp. 216 y 217 del final se han añadido 20 folios con "Lectiones primi Nocturni pro die 16 Januarii", "Lectiones primi nocturni pro Sabbato post oct. Corp. Christi", "S. Joanis Bosco", "Officium SS. Cordis Jesu", "Addenda et Mutanda", "Sancti Alberti Magni" y fe de erratas.
-La última página también ha sido añadida y contiene "Mutanda et corrigenda".
-Entre la portada del final y la pasta posterior hay 16 folios que contienen "Beatae Mariae Virginis", entre las páginas hay un fragmento manuscrito: "In Festo D.N. Jesu Christo Regis", entre las pp. hay un fragmento mansucrito.

Anónimo

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