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Convento de San Dictino de Astorga (1481-1835)

Bula del 19/12/1814. Bula del papa Pio VII de concesión de 171 ducados de oro de cámara de tres cuartas partes y octava más de oro moneda de Roma a favor de fray Joseph Bentín, actual prior del convento de dominicos de Astorga, sobre los frutos y rentas del obispado de Tortosa. Roma, S. Maria Maggiore.
Bula con cordón de seda y sello de plomo, circular, de doble impronta: Anverso: PIUS PAPA VII; reverso: efigie de San Pedro y San Pablo
Medidas: 520 x 635 mm.

Pío VII, papa

Convento de San Pablo de Valladolid (1900-1944)

Contiene:
-Concesión de licencias especiales para confesiones al P. José Pío Aza, por el Penitenciario Mayor, Cardenal Vannutelli, Roma, 17/05/1900. Texto impreso, en latín, 1 pliego. Documento 1.
-Comunicado de la Delegación de Hacienda de Valladolid al P. Prior de San Pablo, Fr. José Vázquez, Valladolid, 28/08/1917. Se le comunica que la iglesia y capilla están exentas de i puestos; no así el convento, que tendrá que pagar. 1 folio doblado, timbre oficial. Documento 2.
-Legítima de la reliquia de San Justo mártir que está en la iglesia de San Pablo de Valladolid, por el arzobispo de la ciudad D. Remigio Gandásegui y Gorrochátegui, Valladolid, 30/01/1921. Texto manuscrito. 1 folio. Documento 3.
-Súplica del P. Superior de los dominicos de Valladolid, Fr. Antonino Saldaña, al Ministro de Hacienda, Valladolid, 18/05/1923. Deseando lo dominicos abrir un centro de enseñanza y no tiendo espacio en el convento, suplica se les conceda para ese fin las oficinas de Hacienda, destruidas por un incendio y abandonadas al presente. 1 folio mecanografiado, sin firma. Un poco roto. Documento 4.
-Proyecto forja de la ¿barandilla del altar mayor de San Pablo? con su atril. Sin ninguna anotación más. 1 folio, diseño a lápiz. Documento 5.
-Petición y concesión de reducción de misas del convento de Valladolid, Roma, 22/04/1927. Original, con firma del Maestro de la O.P., Buenaventura García Paredes y Copia mecanografiada desde la curia general y otra copia mecanografiada de la curia Provincial; ambas sin sellos ni firmas originales. 2 folios. Documento 6 y 6b.
-Exención absoluta del pago de la contribución territorial al convento de San Pablo, Valladolid, 12/03/1930. 1 folio doblado, manuscrito. En su interior lleva dos resguardos de contribución a nombre del duque de Medinaceli, pasados al convento. Documento 7.
-No a la devolución del Colegio de San Gregorio. Son tres cartas. La primera de D. Miguel Martínez de la Riva, al P. Raimundo Castaño, Madrid, Ministerio de instrucción Pública, 27/10/1930, la cuestión sigue en estudio. La segunda es carta del General Berenguer (presidente del Consejo de M.) al Cardenal de Toledo, Madrid, 24/11/1930, el asunto ya está resuelto, solo falta el traslado de los efectos. La tercera, del Ministro Elías Tormo al P. Raimundo Castaño, Madrid, 04/12/1930, derogada la instancia de la Orden para la entrega del Colegio de San Gregorio. La primera carta es ológrafa del Sr. Martínez de la Riva; las otras dos, mecanografiadas pero con firmas ológrafas. Documento 8.
-Un sobre de correos, con sello postal de Alfonso XIII, dirigido a Fr. Domingo María Fernández, superior del convento de San Pablo de Valladolid. Contiene una carta del arzobispo de Valladolid (Remigio Gandásegui) al P. Fr. José Cuervo, Balneario de Corconte (Burgos), 24/07/1929, contestando a otra del P. Cuervo, sobre las sillas sobrantes del coro de la catedral que era el de San Pablo. Hay, también, una tarjeta del dicho arzobispo al P. Domingo María Fernández, Gallarta (Vizcaya), 06/08/1930 sobre la petición de la sillería del coro; le pide paciencia. Documento 9.
-Alhajas de la Señora Doña Fe S. (Samaniego) de Tablares Q.E.P.D. para la corona de la Virgen del Rosario, Valladolid, 13/06/1932, firmado por el P. Domingo María Fernández. 1 folio mecanografiado, con firma original. Está junto al anterior otro inventario, fechado el 11/08/1932, pero sin firma ni la nota final del anterior documento. Documentos 10 y 11.
-Inventario de altar de Santo Tomás de Aquino, 4 pp. de un cuaderno, escritas a lápiz, sin fecha ni firma. Documento 12.

Convento de San Pablo de Valladolid

Convento de Santiago Apóstol de Pamplona (1230-1835)

Documentación variada: referente a la universidad del convento de Santiago, cartas de padres provinciales y de priores, noticias del convento y de frailes del mismo, sentencia contra algún fraile. Interesantes para para la universidad de Pamplona en el convento de los dominicos.

Gregorio XVI, papa

Convento de Santo Tomás de Ávila (1482 -1835)

Censos, breves, títulos académicos, estatutos, memoriales, cédulas reales, apuntes sobre documentos del archivo del convento - universidad de Santo Tomás de Ávila. Nombramientoss y certificados universitarios.

Provincia de España

Copia auténtica de la bula de Pio IX, por la que absuelve a Fr. Fernando Blanco, de su sede de Ávila para trasladarlo a la vacante metropolitana de Valladolid .

Esta copia auténtica, amén de comunicar el traslado de Fr. Fernando Blanco de Ávila a Valladolid, insiste en la entrega del palio, signo de la potestad plena del obispo, y también en la fórmula del Juramento que se hace al recibir el dicho palio, hasta el punto que se manda copia del texto a jurar. El obispo, antes de recibir el palio, escribió al nuncio expresándole los escrúpulos en la cuestión de las de defender "regalías de San Pedro" contra cualquier persona o institución, que el gobierno quiere retener (quitar). Esto obliga a que el papa le remita la fórmula de juramento y la nota explicativa del rey Alfonso XII y del Gobierno de España.

Pío IX, papa

Copia auténtica de las bulas de Pio IX a Fr. Fernando Blanco.

Esta copia auténtica recoge todas las bulas referidas a Fr. Fernando Blanco y Lorenzo, en el tiempo de ser electo y jurar como arzobispo de Valladolid:

  • La primera dirigida a Fr. Fernando Blanco, le comunica que la sede de Valladolid ha quedado vacante por la promoción de Juan Ignacio, título de Santa María de Pace, presbítero Cardenal Moreno, a la sede de Toledo; señala que el rey Alfonso XII de España, por sus letras y por el privilegio especial que tiene ha presentado a Fr. Fernando Blanco, obispo de Ávila, para ser trasladado a la sede de Valladolid, y oído el consejo de cardenales de la S.R.E. te transferimos a dicha iglesia metropolitana de Valladoli como arzobispo de ella. Dada en Roma, en San Pedro, el 17/09/1875.
  • La segunda también dirigida a Fr. Fernando Blanco y Lorenzo, obispo de Ávila, indica el papa Pío IX, que "hoy te absolvemos de de la sede de Ávila y te trasladamos a la iglesia metropolitana de Valladolid, que ha quedado vacante; le absuelve, y le declara absuelto, de toda suspensión, entredicho, censuras y penas. Data como la anterior.
  • La tercera es una carta del papa Pío IX al rey Alfonso XII, en el que le comunica que hoy, día de la fecha, Ha sido absuelto Fr. Fernando Blanco de la sede de Ávila y trasladado a la metropolitana de Valladolid. Data como las anteriores.
  • La cuarta bula está dirigida a los obispos sufragáneos de la iglesia metropolitana de Valladolid. Pide el papa que lo acepten como cabeza, con la obediencia y reverencia que son debidas... Data igual que las anteriores.
  • La quinta bula es la dirigida al Capítulo de la iglesia metropolitana de Valladolid. Les comunica el cambio de Fr. Fernando Blanco de la sede de Ávila a a la metropolitana de Valladolid y les manda, por esta letras apostólicas, que lo acojan humildemente como a padre y pastor de sus almas y muestren la obediencia y reverencia debidas y devotas y que reciban humildemente las salubres moniciones y mandatos. Data la misma que las anteriores. (Esta bula es la transcripción del pergamino de esta serie y U.D.C que lleva el n. 1 de los documentos).
  • La sexta bula es similar, y va dirigida al clero de la ciudad y diócesis de Valladolid, las anuncia que el elegido arzobispo, Fr. Fernando Blanco, hoy ha sido trasladado de la sede de Ávila a la vacante de Valladolid, como su arzobispo; por lo que por estas letras les pide lo admitan con grato honor como padre y pastor de sus almas y al mismo muestren la obediencia y reverencia debidas y devotas.... Data como las anteriores.
  • La séptima bula la dirige Pío IX al pueblo, a los habitantes de Valladolid; les pide que reciban a Fr. Fernando, devotamente como padre y pastor de vuestras almas, que lo miren con la debida honorificiencia, que atiendan sus avisos y mandatos salubres con humildad..
  • La octava bula va dirigida a " a los vasallos de la iglesia metropolitana de Valladolid". Les manda que le reciban devotamente, que le honren, y guarde la fidelidad acostumbrada.... Data la misma de las anteriores (véase las acotaciones del Consejo de Estado Español al final de este cuadernillo).
  • La novena bula, la dirige el papa Pío IX al episcopado católico: le comunica el traslado de Fr. Fernando Blanco, en el día de hoy, a la sede metropolitana de Valladolid, les recuerda, y quiere, como el mismo Fernando, que antes de tomar posesión en la sede y administración se debe prestar el juramento de fidelidad, y ejemplar de dicho juramento, exacto y sin correcciones, firmado y con el sello y en el tiempo fijado se debe transmitir a Roma para ser contenido en las mismas Letras Apostólicas, bulas, del nombramiento de obispo, que es lo que se ha hecho con la bula de Fr. Fernando, incluyendo la fórmula del juramento. Dada en Roma, en San Pedro, el año de la Encarnación del Señor mil ochocientos setenta y cinco, decimo quinto día de las kalendas de octubre, año treinta de nuestro pontificado (17/09/1875). Siguen los sellos del cardenal Vannicelli y del notario apostólico Bartolomeus Natali, testimonio de copia del original de Giusthiniani y los "vistos" del embajador español en Roma, el 25/09/1875, y el de agente Jacobo Prendergast, Madrid, 20/10/1875, al final A. Datti.
    El reverso del último folio del tercer pliego se hace algunas anotaciones de acuerdo con el Consejo de Estado:
  • Queda retenida (no se le da el pase) la bula dirigida a los vasallos de la iglesia de Valladolid por no ser propio de la autoridad eclesiástica dar la investidura de los señoríos temporales, y por estar abolidos por la leyes todos los señoríos jurisdiccionales.
  • En la bula de confirmación La primera de este cuadernillo) se retienen la cláusula «ex indultu seu privilegio apostolico cui non est hactenus in aliquo derogatum»
  • Ha tenido a bien resolver S.M. que la fórmula de juramento que el prelado ha des prestar antes de posesionarse de su iglesia, quede retenida la cláusula en la cual se promete defender contra cualquier persona las regalías de San Pedro, pues la palabra «regalías» envuelve la idea de corresponder a San Pedro lo que es propio de reyes y príncipes soberanos. Entendiéndose el juramento de obediencia a la Santa Sede sin perjuicio del de fidelidad debida a S.M... A esta retención, escribo el obispo Fr. Fernando Blanco, de propia mano: « De la retención de esta cláusula no se hizo uso y el juramento lo hice sin omitirla por no crerlo lícito en conciencia, y así lo dije al Sr. Ministro de Gracia y Justicia al remitirle el testimonio.» Se retiene pues la dirigida a los vasallos y la dirigida al rey. Las otras bula originales se le entregaron a obispo D. Fernando Blanco, Madrid 23 de noviembre de 1875. Firma Fernando Calderón y Collantes.

Pío IX, papa

Copia auténtica del documento de agradecimiento y concesión de bienes espirituales de la O.P. del Maestro Rmo. P. Fr. Martín E. Gillet al embajador español ante la S. Sede, familia y subalternos por las atenciones con el P. Canal.

Documento de agradecimiento al embajador de España ante la Santa Sede, D. Domingo de las Bárcenas y López Mollinedo, extensivo al Cónsul español, D. Mario Ponce de León, al embajador español ante el Quirinal y a varias personas de la embajada (que se citan) por la preocupación y atenciones que han tenido con el P. Canal. Como agradecimiento, el P. Gillet les concede por tres años participación en los bines espirituales de la O.P. por los vivos, y los sufragios, por otros tres años, tras la muerte.

Gillet, Martín Estanislao, O.P.

Copia autorizada del “Motu Proprio” de Julio III por la que designa juez de causa entre los conventos dominicos de Segovia y Valladolid, Roma, 24/08/1554

Copia autorizada del “Motu Proprio” del papa Julio III, designando juez de causa entre los conventos de Santa Cruz de Segovia y San Pablo de Valladolid, ambos de frailes predicadores, sobre la división de los préstamos. Despacha la copia el Protonotario Apostólico y Auditor General de la Curia Romana, Francisco Alberico de Racaneto. Sobre los préstamos de Fuentelmonge y otros, dejados a las sacristías de dichos conventos.

Julio III, papa

Copia de la nota enviada por el P. Montoto, junto con recordatorios del P. Canal, a D. Francisco Franco Salgado-Araujo.

Manda 4 recordatorios del P. Canal al Secretario particular de Franco, con el encargo que dé tres a su Excelencia el Caudillo, para él, su esposa e hija, y otro para el mismo secretario, Salguero. Saludos para el Generalísimo...

Montoto Álvarez, Manuel, O.P.

Copia de los privilegios de los Maestros de la O.P. Xavierre, Galaminio y J.B. de Marinis (1605.1650)

  • ES 37274.AHDOPE A-B-SAL-25-2-1
  • Uni. doc. simple
  • 1605 - 1650
  • Parte deFondo A (Antiguo)

Resumen del privilegio dado al suprior y convento de San Esteban por los Maestro de la O.P. Jerónimo Xavierre (Valladolid, S. Pablo,10/06/1605), Agustín Galamini (Galaminio o Galamino), (París, Santiago,06/06/1611), confirmación del Rmo. Tomás Turco (Salamanca, 27/03/1647) y Juan Bautista de Marinis (Roma, 03/09/1650.

Xavierre, Jerónimo, O.P. (P. Maestro de la O.P.)

Copia de una Bula el papa León X (1516)

Copia mecanografiada de la bula del papa león X, por la que se une al convento de San Ildefonso el beneficio de la parroquia de San Juan de Almaraz, dejado por Pedro de Deza a la Santa Sede; Florencia, 07/02/1516.

Convento de San Ildefonso de Toro

Copia de una Bula el papa Sixto IV (1484)

Copia mecanografiada de la bula de bbsolución al convento de las obligaciones del legado dejado por el arzobispo de Sevilla Alfonso de Fonseca y familia, para la edificación de una capilla en dicho convento de Toro, para su sepulcro,, con capellanes . Roma, 13/06/1484.

Convento de San Ildefonso de Toro

Copia del privilegio o decreto del Rmo. P. Fr. Tomás Turco al convento de Salamanca(1647) y la confirmación del mismo por el Rmo. P. maestro de la O.P., Fr. Agustín Pipia (1724)

  • ES 37274.AHDOPE A-B-SAL-25-2-5
  • Uni. doc. simple
  • 27/03/1647 - 24/10/1724
  • Parte deFondo A (Antiguo)

Copia auténtica del decreto del Rmo. Tomás Turco al convento de San Esteban. Se remite al original que ha visto del Rmo. P. Fr. Serafino Sicco de Pavía, maestro de la O.P. que a su vez recoge haber visto otro decreto del Rmo. Xavierre, en el que prohíbe que haya más de 130 frailes, entre asignados y depositados, porque el convento no puede alimentar a más. Toda acción en contra es nula. Pero los provinciales mandaron muchos más frailes al convento, por lo que el Rmo. Sicco confirma el decreto de Xavierre, acentuando que hay muchos frailes sin oficio, "solo para estar". El decreto del Rmo. Serafino Sicco, dado en Roma, 27 de marzo de 1613. Ahora, el Rmo. Tomás Turco, aumenta el número de frailes a 140, sin contar a los novicios actuales; y manda que los provinciales visiten el convento de San Esteban solo una vez en su mandato; manda también que los vicarios generales de Indias, no asignen a ningún fraile de este convento, sin antes tener consentimiento del P. prior, a las Indias. Dado en San Esteban de Salamanca, 27 de marzo de 1647. Sigue la autentificación por parte del notario Esteban Díaz de Santa Ana, en Salamanca, 20/09/1724. Sigue la certificación de varios notarios a favor del Esteban Díaz de Santayana, que es notario.
Sigue, en el mismo pliego, la confirmación del decreto del P. Turco, por el Rmo. P. Fr. Agustín Pipia, dado en Roma, Minerva, 24/10/1724. Y el P. Alonso de Olivares, vicario in capite anota que este privilegio está revocado por el capítulo general de Bolonia y por el papa Benedicto XIII, 06/03/1726, por disminuir la autoridad del los PP. provinciales.

Turco, Tomás, maestro de la O.P. (1644 - 1649)

Copia del Rescripto de la S. Congregación de Religiosos a petición del Maestro de la O.P. para toda la Orden,1966

Contiene la súplica del Maestro de la O.P. Fr. Aniceto Fernández, solicitadas por el Capítulo General de Bogotá, 15-23 de julio 1965. Son tres puntos los que se suplica:

  • la posibilidad de elegir una hora de las "Horas Menores del Oficio", la más congrua, dada ya a los misioneros se aplique también a los hermanos que tengan ministerio pastoral, y con causa legítima estén ausentes del coro;
  • uso de la lengua vernácula y del Breviario Romano en los rezos con el pueblo y que esto sirva para cumplir con la obligación del rezo coral;
  • que la obligación de la misa conventual diaria para todas las casas, excepto noviciado y estudiantado, quede reducida a un día a la semana.
    El Rescripto se firmó el 21 de septiembre de 1966, firman Paulus Phelippe, O.P. y D.M. Huot, ad. a stu.

Sagrada Congregación de Religiosos

Copia del Rescripto de la Sagrada Congregación del Concilio, Roma,1905

El Maestro de la O.P. Fr. Jacinto María Cormier, suplica, que dada la pobreza de los conventos para educar y sustentar a los jóvenes novicios y estudiantes, se le conceda el indulto para retener alguna parte de los estipendios de misas manuales. Pío X lo concede por un trienio. Firma y sello del P. Fr. Jerónimo Coderch, autenticando la copia.

Sagrada Congregación del Concilio

Copia simple de dos bulas de Alejandro VI "In supreme dignitatis sede" (1815-1828)

  • ES 37274.AHDOPE A-B-VAg-1-2-3
  • Uni. doc. simple
  • 1815 - 1828
  • Parte deFondo A (Antiguo)

La copia de estas bulas es de 1815-1834. La primera bula dada en Roma, En San Pedro, 18 de mayo de 1501: Confirmación de la fundación y estatutos de Colegio de San Gregorio del predecesor Inocencio VIII. Respondiendo a las peticiones del Colegio señala, que el colegio está sujeto al vicario general de la observancia (reforma); legisla sobr el comer carne y pernoctar fuera del Colegio, sobre la elección del rector, que no puede ser reelegido por segunda vez, y de los consiliarios; los que entren en el colegio tienen que tener al menos 24 y no pasen de los 40; pueden estar en el colegio 8 años; ventajas de los alumnos para obtener grados; el rector puede dispensar como los demás priores del otros conventos; los colegiales pueden adquirir indulgencias especiales, pueden oír confesiones de familiares sirvientes del colegio. A sirvientes o donados puede admitirles al hábito y a la profesión. Bajo penas consabidas no se pueden revocar o cambiar estas ordenaciones.

  • La segunda bula, dada en Roma, junto a San Pedro, 23 de julio de 1501, pone al colegio bajo la protección de San Pedro y la suya. Autoriza beneficios eclesiásticos de Villaverde de Moleras, de Zafrón, de Villodre, de Espinosa, de Villagonzalo, de Cisneros de Talabán, de Flores de Ávila, de Cantiveros, Caberas (Cabezas) de Alambres, pertenecientes a las diócesis de Salamanca, Palencia, León, Pasencia y Ávila (ver área de notas)

Colegio de San Gregorio de Valladolid

Copia simple de Súplica a la Santa Sede del P. Fr. Francisco Coello de Portugal y Acuña, s/f

Súplica del P. Fr. Coello de Portugal, para poder celebrar misa fuera de lugar sagrado, siempre que sea en lugar honesto. Se la había dado rescripto de la S. C. de Sacramentos el 12/01/1962, que ya ha expirado, por lo suplica prórroga del mismo privilegio, por el apostolado entre sus colaboradores. Pide que la gracia valga para todas las diócesis de España, dado que su trabajo

Santa Sede

Copia simple de un documento del cardenal Fr. Juan Álvarez de Toledo sobre las costumbres de la provincia de España (1683)

  • ES 37274.AHDOPE A-B-SAL-26-2-3
  • Uni. doc. simple
  • 21/10/1551 - 08/05/1683
  • Parte deFondo A (Antiguo)

En realidad hay tres documentos de diversas fechas: El del cardenal Fr. Juan Álvarez de Toledo es del 01/10/1551 y se refiere a la adaptación de las nuevas Constituciones y las costumbres de la provincia de España (ff 1-.7) Después hay un breve del papa Clemente VIII sobre grados en la provincia, dado en San Pedro (Roma), 29/02/1682 (ff. 8- 14) y , por último, la aceptación de los documentos anteriores en el capítulo provincial de Ocaña, 08/05/1683 (ff. 14- 15) con cierta solemnidad, ya que se llama a testigos que, junto al provincial Fr. Tomás de Guzmán, y al notario apostólico Fr. Francisco de Pereda, y los definidores firman.
Testigos: FF. Diego Ordóñez, rector de Santo Tomás de Alcalá, Gaspar de Palencia, Domingo de Porres, prior de Santa Catalina de Cisneros, Juan de Céspedes, prior de Mérida.
Definidores: FF. Martín Gutiérrez, Diego Alderete, Domindo fer Mardones.
Se indica que son copia de los oroginales del oficio del Nuncio de Su Santidad en los reinos de España, en Madrid.

Convento de San Esteban de Salamanca

Copia simple del Rescripto de dispensa al convento de Padrón del número de vocales para elección de socio al Capítulo Provincial, 1954

Falta cuatro meses y algunos días para la celebración del Cap. Prov. las Constituciones legislan que los conventos de 8 frailes, de los que 6 tienen voz activa, pueden elegir socio a dicho capítulo provincial. El caso es que el convento de Padrón con 8 frailes, pero los vocales no llegan a 6. Se pide dispensa para que pueda elegir, entendido que se procurará cuanto antes el número de los vocales. Se concede solo por esta vez, y dejándolo a la conciencia del Maestro de la O.P., Fr. Manuel Suárez, que lo concede, por esta vez.
El Maestro de la O.P., recibe y

Fernández Alonso, Aniceto, O.P.

Copia simple del Rescripto de licencia para enterrar al P. Fr. Manuel Suárez, Maestro de la O.P. y al P. Fr. Aureliano Martínez, su secretario, en la iglesia de Caleruega, 1954

El P. Fr. Esteban Gómez, en calidad de Pro procurador General de la O.P. suplica poder enterrar al Maestro de la O.P. Fr. Manuel Suárez, y a su secretario Fr. Aureliano Martínez, en la iglesia del monasterio de Caleruega, lugar del nacimiento de Santo Domingo. Se le concedió la súplica. 2 folios iguales, pero en uno pone a tinta negra: "El original esta en Caleruega."

Sagrada Congregación de Religiosos

Copias resumen de documentos de la Sede Apostólica sobre el Colegio de San Gregorio (1562- 1570)

  • ES 37274.AHDOPE A-B-VAg-1-2-2
  • Uni. doc. simple
  • 1800 -1834
  • Parte deFondo A (Antiguo)

Breves resúmenes de confirmaciones de estatutos del Colegio::
.- el nuncio, cardenal Crivellius, Alejandro, sobre las pruebas de progenitores y linaje, Dada en Segovia, 26 de junio 1565.

  • Pío IV en un "Referendaris", confirma que haya 1 colegial por cada convento, Dado en Roma, 12/02/1562
  • Nuncio Juan Bautista Castaneus, sobre la reforma de estatutos, y en especial sobre las informaciones , para que se hagan antes de entrar y no después. Varia veces señala que en la reforma de los estatutos, intervienen el P. Provincial o el visitador "vos omanes simul cum vestro provinciali seu visitatore..." Dada en Madrid, 18/09/1570.

Colegio de San Gregorio de Valladolid

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