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Correspondencia del exclaustrado Fr. José Tapia, O.P. con la Priora de Quejana, Madre Sor Manuela de S. Francisco, para encontrar un vicario-capellán dominico (exclaustrado) para el monasterio

El primer candidato es Fr. José Gómez, exclaustrado de La Alberca, cartas a Fr. José Tapia 10/9/1852; 19/9/1852 Y 23/1/1854 (escribe también del proyecto de la Casa Baja de la Peña de Francia); el P. José Gómez no fue a Quejana. Fr. José de Tapia, que logró un capellán en el P. Fr. Julián Andrés, del convento de Segovia, escribe a la Priora, dándole noticias, desde Salamanca: 28/10/1852 (con sello postal de 1852), 6/6/1853, 17/7/1853,24/8/1853 (con copia de la enviada al P. Provincial en la misma fecha), 6/11/1853 y 11/1/1854.

Tapia, José

«Reglamento interior para uso de las religiosas de Santo Domingo el Real de Granada, y precedido de la biografía de la Venerable Madre Sor Teresa de Jesús Titos y Garzón, Fundadora de esta Congregación», Granada 1923.

Contiene también la aprobación por el obispo de Granada D. José Meseguer, 1914-05-31, y el reconocimiento por el P. Maestro de la O.P., R. P. Jacinto Cormier, 1915-05-10.

Congregación de Santo Domingo (Hermanas dominicas de Granada)

Sobre vacío, dirigido a la Revda. M. Priora o Presidente de nuestro convento de Santa Cruz Dominicas de Vitoria

Supuesto sobre que contenía documentos de la Inquisición de Logroño. Cuando se hace esta catalogación el sobre está vacío, pero es evidente que los documentos del obispo e inquisidores están doblados en función de este sobre. Y cosa importante: el sobre se ha conservado junto a estos documentos.

Anónimo

Cuaderno de cartas del rey D. Fernando el Católico (1498 )

Como se ha indicado las cartas son de muy variada temática, pero siempre con relación a la Inquisición: hacer justicia sobre los presos a los inquisidores u otros oficiales, mandamientos de pago con dinero confiscado a los herejes, hacer justicia a los herejes, ayudas a mujeres, pagar los salarios oficiales de la inquisición etc. etc.
Al f 43v hay una carta en valenciano, datada en Zaragoza, 6 de junio de 1498, a favor del monasterio de Jerusalén de Valencia, que tienen necesidad, pues viven de limosna. Monasterio de clarisas de la primera Orden.
Al f 47 r-v, carta del rey a Miguel Font, receptor de los bienes confiscados por el delito de la herética pravedad, en el reino de Cerdeña, para que dé de las conmutaciones de penas, para la obra del monasterio de Santa Cruz de Segovia 267 ducados de oro en oro. Dada en Zaragoza, 22 /07/1498.
Al f 49 v sobre el nombramiento de Inquisidor de Barcelona en la persona del arcediano de Almazán y su asesor. Sobre éste, el rey piensa [escribe al arzobispo de Mesina - Martín Ponz o Ponce- y al obispo de Lugo- Alonso Suárez de la Fuente del Sauce-] que el doctor micer Lorenzo Remón es el indicado, que ya fue asesor en aquella inquisición, porque el arcediano no tiene experiencia «de las personas de aquella ciudat de Barcelona e principado de Cathalunia, que como vos, el arzobispo, sabeys son gente muy astuta y tienen muchas formas para quando tienen malicia executarla». Dada en Zaragoza, 2 de agosto de 1498.
Al folio 50v-51r. Merced del rey a Alfonso Cortés, hijo de Yuçe Papur y de Soli Alfrágil, judios, cuyos bienes fueron confiscados y el matrimonio murió al ser expulsados los judios, dejando un hijo que se llamaba Yuçe Ambrón, que se ha bautizado y se llama Alfonso Cortés. Pide que se le devuelvan los bienes de su madre. En Zaragoza, 11/08/1498.
Son muchos los judíos que por herética pravedad les ha sido confiscados bienes en las diócesis de Aragón y Cataluña; se citan también en Huesca, Calatayud, Valencia, Zaragoza, Barcelona, Cerdeña, Sicilia ...

Fernando el Católico, rey de Aragón y Castilla

Cuaderno de cartas del rey D. Fernando el Católico y de la reina doña Isabel (1501 )

En este documento las cartas más frecuentes son del rey D. Fernando, pero hay bastantes que están dadas por los dos Reyes Católicos. Muchas están dirigidas al reino de Aragón, pero hay también cartas dirigidas a personas del reino de Castilla y a sus Inquisidores y oficiales. Todas las cartas está expedidas desde Granada entre el 22 de junio al 22 de agosto de 1501.
Hay varias cartas dirigidas a que se dé canonjías y prebendas a miembros de los tribunales inquisitoriales, tanto de Castilla como de Aragón. Otro lote de cartas tiene como finalidad el que se pague el salario a los oficiales de la Inquisición tanto de Castilla como de Aragón. Entre estas destaca la dirigida a Pedro Badía, porque el obispo de Palencia ha enviado al maestro Fr. Juan de Enguera, dominico, acompañado del doctor Fontea a la Inquisición de Barcelona, y se ordena que se les dé el salario de 320 libras barcelonesas.
Hay cartas de delicadeza con los pobres endeudados de Lérida y Huesca, por lo que se da licencia a oficiales para que puedan juzgar y sentenciar en esos casos y hagan particiones iguales. En esta carta se dice que se ha reparado el castillo de Lérida.
Caso curioso es el de la carta dada en Granada. 15/07/1501 dirigida al inquisidor de Toledo, en la habla de un preso que llevaba el paño pintado y que tenía errores [heréticos], "de los que llaman del 'Saco', que andan muchos otros por estos mis reinos y especialmente se sabe que los hay en Sevilla"; que se averigüe y se comunique a los inquisidores.
El día 30 de julio de 1501,por carta desde Granada reduce la cuantía que la inquisición a impuesto a unos moros de Zaragoza, de 2.000 florines lo deja en 1000.Dichos moros eran: Yuce Xama, Faray Degali, Yice Audón, Ybrahe Barrami.
Se congratula el rey de que haya sido liberado Arnal[do] de Moros, y dicen que un fraile del Carmen de Calatayud, deposo falsamente contra dicho Arnal.
Por carta del 7 de agosto de 1501, se alegra de que se haya solucionado el alcance que recaía sobre mossen Joan Dembun, que era de 9.867 sueldo y 10 dineros. El hermano del finado, Fr. Pedro Dembun, abad de Viruela había pagado.
El 22(08/1501 pide que se dé a Martín Carvallo la mitad de los bienes que tomó en la bahía de Gibraltar en el navío de cristianos nuevos y como parte se le dé el navío.
El mismo día 22 de agosto escribe al arzobispo de Tarragona: hay pestilencia en Barcelona, por lo que el tribunal y oficiales de la Inquisición se han trasladado a Tarragona, donde no hay casas para el Santo Oficio, sino el palacio arzobispal y el palacio de Lope Bordeja. Le pide que por el tiempo de pestilencia, le deje una de las dos casas o palacios.
Hay cartas a Mallorca, Cerdeña, Sardeña, Sicilia y las islas pertenecientes. Se sabe que hay muchas mercadurías de herejes que pasan por la isla y no se tiene noticia de ellas. Se pide al receptor del rey, Diego de Obregón, que extreme la vigilancia y comunique lo que hallare.

Fernando el Católico, rey de Aragón y Castilla

Preceptos de la Inquisición de Barcelona hechos por el Arcediano de Almazán

Debió formar un libro, o legajo, en el que se recogían los mandatos, preceptos o normas para los Inquisidores y oficiales de la Inquisición en Cataluña y Aragón, también de Castilla.
En el folio 48 está el título, pero posiblemente dado un poco posterior a los textos primitivos; se titula: «Preceptos dela Inquisición de Barcelona hechos por el arcediano de Almaçán». El texto comienza en el f. 51, bajo el título: «Los preceptos que el Arcidiano de Almaçán, visitador, hizo en virtud dela visita desta Inquisición del Principado de Cathaluña son los siguientes», y se escriben 40 preceptos dirigidos a Inquisidores y oficiales; los firma (copia) Ferdinandus, licenciatus, visitator (f.54r). A partir de este folio se van añadiendo otros preceptos, o mandatos y diversas normas legislativas de años posteriores:

  • f 54v: El notario Joan Antich de Bages, añade : Die XXVII, mensis novembris anni predicti D octavi [1508]. Eadem die por mi Joan Antich de Bages notario de la presente visita, por mandado del dicho señor Visitador, presente su Reverencia y los señores Inquisidores, fiscal y notarios del secreto fueron intimados, leydos e publicados los presentes preceptos fechos por el dicho señor Visitador, ahunque no es acabada ni complida la visita, a causa de mi partida para Caragoça. Los quales dichos preceptos mandó su Reverencia a los dichos Inquisidores y oficiales a quien toca y se esguardan, tengan y complan fasta en tanto que otro, en notario dellos, o de algunos de dellos, el Reverendísimo señor obispo de Vich, general Inquisidor, mandare o proviere. Los quales mandó fuessen continuados, insertos y puestos al pie de las instructiones del secreto. E porque lo sobredicho pasa en verdad continué aquí este acto de mi mano y firmelo de mi nombre el dicho día, y el dicho señor Visitador firmolos de su nombre. Firma [copia] Joan Antich de Bages, notario.
    [Y continúa] Die sexta mensis Junii, anno Millesimo Quingentesimo nono, en esta sala de audiencia el señor Visitador mandó a mi Bertolomeu Martínez, notario, que escriviesse y continuasse, al pie de los sobredichos capítulos, un capítulo de una letra missiva que el señor Inquisidor general havía embiado a su Reverencia, fecha en la villa de Valladolid a siete del mes de mayo más cerca passado, firmada, o sotascrita, de mano del señor Inquisidor general y scrita de mano de su secretario, el tenor de la qual es según se sigue: Los manaments e provisions haneu ordenades et fetes en aqueix Sanst Offici me han paregut molto be, e son stats ben fets e axi es ma voluntad sien tenguts e servats per los Inquisidors.
    De esta forma se van añadiendo los nuevos preceptos o mandatos y se van repitiendo todos, como hace el notario Bartomeu Martínez en la reunión de Inquisidores en el castillo de Cervera, el 27/07/1509, que ya figuran 45 preceptos; y lo mismo en la reunión de Barcelona del 10/12/1509 que se llega hasta los 78 preceptos.
    Al f. 68, una mano antigua ha escrito: "Parecen ser los originales". Pero en el f. 69, otra mano, más reciente que la anterior pone: «Están duplicados ¿desde? el f. 50 ... parecen estos originales, más no lo son, sino copias authénticas firmadas del arcediano de Almaçán, embiadas a diversas partes como también parece de la que está en esta Inquisición de Caragoça, de la misma letra y firma.
    Desde el 80 r al 85, se encuentran las ordenanzas de la Inquisición hechas en Sevilla, en el convento de dominicos de San Pablo, el 29 de noviembre de 1484, ante los Reyes Católicos, Fr. Tomás de Torquemada y los inquisidores. Fueron dadas 28 ordenanzas o instrumentos, cuya copia autenticada es esta de este documento, por el notario Antonio Martínez, clérigo, notario apostólico, que pone sus signo y rúbrica. Al principio de esta copia [f. 80], una mano posterior, pero no mucho más tarde, ha escrito: " Estos instrumentos de Sevilla, están de estampa [borrón]... más éstas están más correctas y verdaderas y a ellas se ha de estar, mayormente que es copia authéntica sacada del original por el mismo secretario ante quien pasaron."
    Se añaden los instrumentos o instituciones hechas en Valladolid a 27 de octubre de 1488. Lo mismo que se hace con las instituciones de Sevilla de 1485, que no están en la estampa. También se copian las instituciones de Ávila de 1498; las de Sevilla del 17/06/1500 años, en tiempo del obispo de Palencia [fray Diego de Deza, O.P.], y las de Medina del Campo de 1504.
  • En el f. 102 comienzan los "Capítulo de los receptores y del arca fechos por don Mercader, Inquisidor general en los reynos de Aragón por buen recaudo dela hazienda. [obispo D. Luis Mercader, 1514-1516, inquisidor general en todos los reino de Aragón] y del mismo Inquisidor, D. Luis Mercader, en 1514 se añaden las instituciones contra los capítulos de las Cortes de Monzón perjudiciales al Santo Oficio de la Inquisición, confirmadas en Valladolid, 28/08/1514, conservan el sello de papel pegado con lacre o cera.
    Desde el f. 113, se van copiando las ordenanzas para enviar a diversas diócesis, pero siempre señala que son duplicados de las anteriores. En este folio se dice que esta copia es para Sicilia.
    -Al f. 124-127v, hay un memorial que lleva por título: "Memorial de algunos negocios que se han ofresçido estos años passados en que se ha hecho agravio y estorbo a los inquisidores y ministros de la Inquisición y novedad grande con ellos de lo que hasta aquí se ha usado. Sus autores D. Diego Tavera y Don Pero Ponce de León (a.1548).
    Desde el folio 128 hasta el 139v son cartas de D. Carlos y doña Juana, su madre, ante los problemas que se habían presentado, en muchos casos, de injerencias de las autoridades civiles y sus oficiales y los inquisidores y los suyos. Casi todas referentes a la Inquisición de Granada.
  • Desde el f. 157 al 180, se hace un índice y resumen de los privilegios de los Romanos Pontífices al Santo Oficio de la Inquisición.
  • El f. 181 lleva por título: «Interrogatorio para las ynformaciones que se huvieren de hazer de las personas, que se huvieren de probeer por inquisidores, oficiales o familiares del Santo Oficio de la Inquisición.»
  • Los folios 184 y 185, se hace traslado y traducción (amplia) al castellano del breve de Gregorio XIII, sobre la creencia que los confesores, teniendo la bula de Santa Cruzada, pueda absolver del pecado de herejía, cosa que es oficio de la Inquisición.
  • Los folios 186 al 198 llevan por título "Super rebus Sancte Inquisitionis". Tratan de un grave, inquietante, problema que ha llegado a España con la noticia de que el Sumo Pontífice, quiere cambiar, revocar y dar nueva provisión a otros Inquisidores en adelante, debido a la contra que se hace a la Inquisición por los enemigos. Una de las acusaciones es que la Inquisición va contra los ricos y los pobres están seguros. Carlos I despliega una gran actividad diplomática, para evitar lo que consideraba un desastre total para la Inquisición y para la catolicidad de la nación. Cartas desde Barcelona, desde el 5 al 24 de septiembre 1519, al cardenal Jacobacio (Dominicus Jacobatius), al embajador especial, D. Lope Hurtado de Mendoza, (que ocupan los ff 186v a 194r), al embajador D. Luis Carroz de Vilaragud, a D. Jerónimo de Vich, al cardenal Colona, a obispo, y al mismo papa León X y al cardenal de Ancona.
  • Provisión del Consejo de la Inquisición, dando indulto a los renegados y apóstatas, para que en dos años puedan volver a la fe de la Iglesia, prometiéndoles que si se presenta y confiesan su error, los Inquisidores les absolverán y no serán juzgados ni sus bines confiscados, sino que solo se les pondrán penitencias saludables (sin data ni firmas).
  • Copia y traslado de una provisión y comisión del Consejo de S.M. y de la Santa G. Inquisición dirigidas a los inquisidores de Toledo para que procedan contra los inhábiles que usan de las cosas prohibidas. Madrid 24/05/1546, firmas copiads: D. Diego Tavera, D. Pedro de Acuña de Avellaneda, D. Pedro Ponce de León. (copia).
  • En los ff. 200-207 se incluyen documentos impresos: Edicto general de los Inquisidores, para que todos lo que hayan visto u oído, a alguna o algunas personas, vivos presentes, o ausentes, o difuntos, decir o hacer u opinar contra la fe que enseña la Iglesia de Roma. Conviene a saber: que guardan el sábado.... so pena de excomunión, trina canónica monitione premisa, que en 6 día acudan personalmente a la sala de la Audiencia a decir y manifestar lo que supiere... (sin data). Copias de cédulas reales: datada en Zaragoza,15/07/1518, para que ninguna autoridad se entrometa en las cosas y privilegios del Santo Oficio; otra desde Monzón, del 09/19/1542, enviada a las autoridades de Jaén.... Por su parte, el Inquisidor General, D. Fernando de Valdés, transmite el Breve del papa Paulo IV sobre la unión de las canonjías al Santo Oficio de la Inquisición, Roma 17/01/1549; y otra de 1559.
    Los dos folios sueltos, nn 44 y 45, los colocamos al principio de este documento (como deberían estar). Es una copia (en dos ejemplares) de carta o decreto de gracia del obispo de Ávila [Francisco de la Fuente] y al electo obispo de Mesina, Martín [Ponz o Ponce] (Sicilia), inquisidores generales, subdelegados del Inquisidor General, Fr. Tomás de Torquemada, juntamente con el doctor Felipe Ponfii, doctor en ambos derechos, dada en Barcelona el jueves 10 de octubre de 1493, han decidido que cualquier condenado por el crimen de herejía, ausentes y los que fueron quemados en estatua, quieran comparecer y comparezcan ante los inquisidores poniéndose en la cárcel, antes de que sean capturados por los inquisidores, confesando sus pecados, sean admitidos y recibidos a penitencia publica que les impongan los inquisidores, no se les confisquen los bienes; por sola misericordia sean recibidos y si los condenados piden que se les admita a defenderse o probar su inocencia, poniéndose en la cárcel se les admita y que se tome integra su defensa y se haga con todo derecho y justicia, no obstante la primera sentencia lata y promulgada contra ellos.

Arcediano de Almazán, Fernando de Montemayor

Inquisidores Generales en los reinos de España

Súplica de D. Fernando de Arce y Dávila, sobrino del inquisidor general, D. Diego de Arce y Reinoso, y heredero del dicho suplica la consideración de su grandeza Título de Castilla, como se ha hecho con otros hijos y sobrios de ministros (se citan varios casos, entre ellos el de D. Baltasar de Sequeiros, sobre no de D. fray Antonio de Sotomayor, O.P.). Para manifestar los méritos del Inquisidor Arce y Reinoso, presenta la lista manuscrita de los Inquisidores Generales hasta D. Juan Everardo Nithard [Nithardo] con una reseña histórica de cada uno y con el nombre del Inquisidor D. Diego Sarmiento de Valladares, pero sin ningún dato, porque vivía cuando se hizo la lista (1669 -1695). La súplica no lleva fecha.

Arce y Dávila, Fernando de, sobrino del inquisidor Arce y Reinoso

Legajos

En general son cartas, o la correspondencia entre el tribuna inquisitorial de Llenera y la presidencia del Santo Oficio ( la mayor parte de la cartas a Madrid)

Tribunal de la Inquisición de Llerena

Fotografías de María Auxilia de la Cruz y de la Congregación de Hermanas Oblatas de la Santísima Eucaristía (2001)

Contiene las siguientes 25 fotografías y 1 postal, que se encuentran en un sobre a nombre de María de los Ángeles Reyes, fechado el 12/01/2001:
-8 fotografías de María Auxilia de la Cruz en distintas etapas de su vida: la niña Rebeca; como maestra; en tiempo de persecución; Rebeca como postulante; como dominica; como oblata; llamada a ser hostia viva.
-Foto con la familia de la niña Rebeca Uriarte.
-Foto de la firma de la M. María Auxilia de la Cruz, O.SS.E.
-2 fotos de ¿sus padres?: don Carlos y doña Margarita.
-Foto de grupo de señoras que participan del carisma de las Oblatas de la Santísima Eucaristía.
-Foto del grupo de hermanas.
-2 fotos-collage: una del apostolado litúrgico y otra de la convivencia de catequesis y profesiones.
-2 fotos del colegio donde se educó la madre fundadora: Colegio de las Vizcainas.
-3 fotos de la casa madre en México D.F.: 2 del interior de la capilla y otra del mural.
-Foto de Puebla de los Ángeles.
-Foto del relicario que contiene la fórmula del voto de abandono y hostia.
-Foto del Sr. obispo Martínez.
-Foto del P. Miguel González.
-Postal del papa Pío XII.

Uriarte Gili/Healy, Rebeca María, O.SS.E. (M. María Auxilia de la Cruz)

Documentos de los obispos de Salamanca

Uno de los documentos sobre la noticia de la muerte del papa Pío VI, y el otro sobre las procesiones de Semana Santa ómo se debe notificar al pueblo o fieles: toque de campanas, sufragios y demostraciones acostumbrados y que se hagan rogativas en todas las parroquias para impetrar al Señor la pronta y acertada elección del sucesor en el trono pontificio. Comunica las facultades que el rey ha concedido a los obispos dadas las circunstancias y turbaciones de Europa: pueden dispensar de impedimentos del matrimonio y otras facultades. Todo ello, los curas deben explicárselo a los fieles, y darán aviso al obispo si se excitaren especies por ignorancia o malignidad, que perturben la quietud pública, para que se ponga remedio y proceder contra los autores. Dada en Villoruela, 14/09/1799. Firmas impresas, Antonio , obispo de Salamanca y José María Prichardo, Vice-Secretario

Obispos de Salamanca

Carta pastoral del obispo de Salamanca, D. Antonio Tavira y Almazán, a sus párrocos

Es una carta dirigida a todos los párrocos de la diócesis, dando la noticia de la muerte del papa Pío VI y como deben comunicársela a los fieles. ¿El modo? por toques de campanas y sufragios acostumbrados, se harán rogativas para la pronta y acertada elección del nuevo papa; comunicarán que los obispos, ahora, pueden dispensar de impedimentos del matrimonio y otras facultades. Todo deben explicárselo a los feligreses y se avisará al obispo si alguien se excitare y por esta ocasión perturbe la quietud pública. Dada en Villoruela, 14 de septiembre de 1799.

Obispos de Salamanca

Bula de licencia para la erección del Colegio-Universidad en la villa de Oñate, bajo la advocación del Espíritu Santo (1540)

Bula concedida ad perpetuam rei memoriam del papa Paulo III... Cum attentae considerationis... Romae apud Sanctum Petrum, anno Incarnationis Dominicae millessimo quingentessimo quadragessimo, Nono kalendas maii, Pontificatus nostri anno sexto. Roma, 23/04/1540.
Es una copia manuscrita, autenticada, con sello y firma, por el escribano de Oñate y secretario de la universidad D. José Ignacio de Urtaza, en la misma universidad de Oñate, a 06/09/1748. Se expide a ruego de la petición de D. Rodrigo de Mercado, obispo de Ávila, que es el fundador de la universidad.

Universidad de Oñate: Sancti Spiritus

Documentos de la universidad de Oñate (1706 -1800)

Temática variada: convenio con la Compañía de Jesús, jesuitas; respuesta de la Universidad de Alcalá a la pretensión de los jesuitas de poner Estudio en Madrid (Villa y Corte), extinción de las cátedras de arte y teología en Oñate; informe sobre las cátedras de la universidad de Oñate; síntesis histórica.

Universidad de Oñate: Sancti Spiritus

Correspondencia de la universidad de Oñate con la provincia de Álava (1827)

La universidad de Oñate reclama a la provincia de Álava los dineros asignados para la dicha universidad. En el 1826 se le había condonado los 36.700 reales que debía desde el curso 1823-1824; ahora se le pide 16.000 reales correspondiente al curso 1825-1826. Comunica el envío de de dos expedientes de oposiciones a las cátedras de lógica y novísima recopilación, y reclama informes para la inspección. el pliego contiene tres borradores, desde el 27/04/ al .10/08/1827

Universidad de Oñate: Sancti Spiritus

Memorial contra un escrito del P. Fr. Villalpando despreciando la cultura española. Leído en el Claustro Pleno de la universidad de Salamanca, 26/08/1780

Discurso en que se defiende la cultura española contra el vaticinio del P. Villalpando. Este padre, religioso puediera ser Francisco de Torreblanca Villapando o el P. Juan Bautista Villalpando, jesuita.

Anónimo (catedrático de la universidad)

Historia de la Universidad de Salamanca, 1569

Está considerada como la primera historia de la Universidad de Salamanca, y el autor la dedica: «A los mui Illustres Señores Rectores, Maestre Escuela y Claustro de la Universidad de Salamanca». Indica que se le pidió hiciese una historia breve. La introducción ocupa las pp. 3 a la mitad de la 6, donde comienza la historia, que alcanza hasta el año de su escritura 1560, p. 61. El la p. 63 comienza una Adición a la historia hasta el año 1626, que evidentemente no es ya de Chacón, que había muerto en Roma, en 1581. A la p. 71, comienzan las notas, escritas a 2 columnas.

Chacón, Pedro, maestro de la Universidad de Salamanca,

Cuentas de las cantidades que existían depositadas en el Archivo de esta Santa Basílica Catedral, distribución de las mismas y papel de la Deuda Consolidada y Diferida.....1866-1867

Se hace cargo de los fondos y cuenta de subsidio, lo entregado al Sr. obispo y a la fábrica, lo invertido en papel, cuentas de memorias y título. Después se hace la distribución, con la firma del deán y del superintendente de hacienda, quedado to hecho y conforme.

Cabildo de la catedral y Junta de Hacienda de Salamanca

Testamentaría de Manuel Álvarez. Concierto entre Isabel Hernández, viuda de Manuel Herrero, y su hijo Juan García, herrero, y ajuste de cuentas entre ambos.

Se trata de un documento de concierto entre Juan García Herrero y su madre Isabel Hernández, viuda de Manuel Herrero. La madre se obliga a dar al hijo, que se ha casado con Josefa Sánchez, 480 reales de vellón y éste debe estar sujeto a todas las obligaciones del oficio de herrero, por lo que la madre le da la casa y fragua sita en la calle San Pablo de esta ciudad, y con todos los instrumentos del oficio de herrero. A partir del año 1836 el hijo pagará a su madre por el alquiler. Se hace inventario y tasación de la casa, fragua, e instrumental. Se citan los hijos de Manuel Herrero e Isabel Hernández. En un folio suelto y doblado está las medidas y tasación de la casa, hecha por Tomás Crespo y Manuel Hernández, Salamanca, 24 agosto de 1824 (se tasa en 3.164 reales).

Álvarez, Francisco, notario

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