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Reclamación por el convento del estipendio de la cátedra dominicana de prima de la universidad de Salamanca (1714)

  • ES 37274.AHDOPE A-B-SAL-24-1-3
  • Uni. doc. simple
  • 12/05/1714 - 14/07/1794
  • Parte deFondo A (Antiguo)

El convento reclama el estipendio de la cátedra de prima de teología de los tres últimos meses de 1712 y el año completo de 1713, que se le debía. En total piden o reclaman 1.670 mrs. En 04/06/1714 el fiscal general, tras consultar libros manda que se le pague al convento. El convento presenta un certificado del estipendio de la dicha cátedra, concedido por los contadores reales de relaciones y extraordinario D. Miguel de Nava Díez de Robles y D. Antonio Frejomil Frechilla, en Madrid, a 14 de julio de 1694

Convento de San Esteban de Salamanca

Información sobre las doce cátedras que existen y están corrientes en esta universidad de Sancti Spiritus de la villa de Oñate (1780)

Es respuesta a la Reales Provisiones del Consejo de Castilla de 02/06/1772 y del 05/02/1777. Indica las 8 cátedras que existen, con los nombres de los catedráticos, y los horarios. En 1777 se erigieron otras 4 cátedras y sus 4 becas, dotadas por el misma universidad, por el señoría de Vizcaya, provincia de Guipúzcoa y provincia de Álava. Se indican los nombres de los catedráticos de dichas cuatro cátedras. Oñate, 23/10/1780, firma D. Ramón María de Adurriaga, secretario de capilla.

Universidad de Oñate: Sancti Spiritus

Facultad del maestro de la O. P., Fr. Sixto Fabri, Lucensis, al prior o presidente del convento de San Esteban para que pueda obligar a un fraile a opositar a cátedra de la universidad (1583-1589).

El documento está sin fecha. El maestro de la Orden de Predicadores, Fr. Sixto Fabri de Lucca, a petición del P. provincial de España, en nombre del convento de San Esteban, concede que pueda obligarse a un religioso a opositar a cátedra de la universidad de Salamanca, ante el temor de que se pierda la cátedra de teología por muerte repentina del catedrático. El candidato deberá ser elegido por el prior y su consejo, como el más digno a opositar, aunque sea de otra provincia dominicana. Dado en Roma (Minerva), sin fecha, con firma original, manu propria.
Este privilegio fue confirmado por el maestro de la O.P., Fr. Tomás Turco de Cremona, en Salamanca, 26 de marzo de 1647, con firma propia, en el mismo pergamino del P. Fabri.

Convento de San Esteban de Salamanca

Estados de las cátedras que existen en este Colegio-Universidad y sus dotaciones, Oñate (1841)

Se indican las cátedras de filosofía, leyes y cánones. Las de filosofía, se dice que están vacantes y se dan por sustitutos. Las de leyes son 7 cátedras, pero solo tienen catedráticos la 1ª, 2ª, 3ª y 6ª (se indica los salarios de cada uno), las cátedras 4ª,5ª y 7ª la dan sustitutos.. Las de cánones y disciplinas son 3 , pero la segunda de cánones la da sustituto. Ya no se enseñan en este Colegio-Universidad las facultades de teología y medicina. Oñatre, 19/07/1841, sin firmas.

Universidad de Oñate: Sancti Spiritus

Convenio entre la villa de Oñate y el Colegio de los Jesuitas de dicha villa (1706)

La escritura de los dos primeros folios es el consentimiento de la universidad de Oñate, por la persona del rector, D. Andrés Tobalina y Zulaica, al establecimiento de dos cátedras de filosofía y una de teología por los jesuitas en la universidad, en la que deben residir los catedráticos de ellas, según lo han convenido con la villa,11/02/1706, ante Francisco Antonio de Soralice. La escritura está copiada y autenticada por Manuel Antonio de Aguirre, escribano, en Oñate, 02/12/1744.
La escritura del convenio se realiza en la villa de Oñate, 06/10/1708, entre el alcalde de la dicha villa, Francisco Manuel de Plaza Lazarraga y demás autoridades y el P. Manuel Nieto, S. J. rector del colegio de la Compañía de Jesús, con el poder del P. Provincial de Castilla , P. Bernardo Peñalta. En este convenio se habla de la dotación de 400 ducados, para lo que se puso un impuesto de 2 mrs. en el azumbre de vino, por 2 años. Al f. 6 se halla el poder del P. Provincial de la Compañía, dado en Santiago, 13/09/1708, y y las capitulaciones del convenio por parte de los jesuitas, que son 7, y las de la villa, referidas a los cursos y, además, se da al colegio de jesuitas la escuela de primeras letras que tiene la villa con el salario de 170 ducados... Ante el escribano Bernardo de Astorquiza.
hace la copia y la autentica José Ignacio de Urtaza, escribano, en la universidad de Oñate, 04/12/1744.

Villa de Oñate

Auto, resolución y determinación de los señores del ayuntamiento de la villa de Oñate sobre la extinción de las cátedras de artes y teología que regía la Compañía de Jesús en la universidad (1760)

El abogado, D. Juan de Rivera, juez de residencia nombrado por el conde de Oñate, da el auto, ante el ayuntamiento, de extinción de las cátedras de artes y teología que tenían los jesuitas en la universidad de la villa, porque la villa no puede pagar y hace años que no se imparten dichas cátedras, Oñate, 23/09/1760, ante Manuel Antonio de Aguirre Se avisa por carta al rector del colegio de la Compañía. Éste, llamado P. Manuel Cayetano Domínguez, responde por carta, aceptando la determinación, pero haciendo algunos reproches al alcalde. La carta se lee en el municipio el 01/10/1760. Al día siguiente se notifica al colegio de la Compañía y su rector la determinación o resolución. Al final , en lacapella del Colegio Mayor de Sancti Spiritus, el rector, D. Miguel Antonio Gallaistegui, reconoce los decretos anteriores sobre la extinción de las dichas cátedras y manda que este cuadernillo de escrituras autenticadas se guarde en el Archivo de la universidad, Oñate, 08/10/1760, firman: Lic. D. Miguel Antonio Gallaistegui, rector, D. Baltasar Jaime Martínez Compañón, secretario.

Compañía de Jesús, jesuitas

Actas o Cuaderno de las visitas a las cátedras de mayores y menores de la universidad de Salamanca, mandadas hacer por el Rector D. Juan de Torres y de Córdova, 1587

Se recogen las visitas a las cátedras, que durante las fechas indicadas, fueron cinco. Se recogen las opiniones de los estudiantes, de cómo lee el catedrático, si cumple el programa o las lecciones; firman algunos estudiantes. Al final de las visitas se imponen multas a los maestros que faltado a sus deberes.

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Se recogen, en dichas fechas, cinco visitas realizadas a las cátedras, opinando los estudiantes y dando testimonio de cada pro

Universidad de Salamanca