Mostrando 502 resultados

Descripción archivística
Corias
Opciones avanzadas de búsqueda
Imprimir vista previa Ver :

Oficio de la Junta Provincial de Beneficencia de Oviedo

Oficio pidiendo, con la mayor urgencia posible, la documentación precisa para proceder la clasificación de la fundación de Navelgas. Aquí no hay respuesta de los dominicos, que se haya conservado.

Junta Provincial de Beneficencia Particular de Oviedo

Oficio de la Junta Provincial de Beneficencia de Oviedo

Oficio pidiendo, en nombre de la Dirección general de Enseñanza Superior y Secundaria, la documentación solicitada y pedida del título fundacional, relación de bienes y valores de dicho Obra pía, que no se han recibido en la dicha dirección. Da de plazo para el envío 8 días, y bajo apercibimiento de que si no se hace se procederá contra el Patronato de acuerdo con los arts. 16 y siguientes de la Instrucción del 24 de julio de 1913.
La respuesta de los dominicos de Corias se hizo el día 14 de abril de 1927, y son dos cuartillas, mecanografiadas, pegadas por el ángulo superior izq.. Dicen: con fecha 18-03-1923 este rectorado [colegio-convento de Corias] comunicó al gobierno que el albacea del difunto D. Ignacio González, había dado 19.725 y cuarenta centavos de pesos, enviando copia del recibo. Lo mismo se comunicó el 23 de octubre de 1923 y el 27 de junio 1924, enviando copia notarial del testamento del difunto. Y vuelve a decir que le envía adjunto nueva certificación, que lo hace en cuartilla adjunta, en la que certifica que lo único que se ha recibido es la cantidad y valor que ya se ha dicho de 19.725' 40). Ninguna de las dos cuartillas de respuesta está firmada.

Junta Provincial de Beneficencia Particular de Oviedo

Oficio de la Junta Provincial de Beneficencia de Oviedo y respuesta de los PP. de Corias

Oficio dice que se ha cumplido el 1º de los trámites que fija la Instrucción del 24-07-1913, que está en construcción el edificio, sin que se sepa si está terminado. Se pide si está terminado, se unan al expediente los certificados del arquitecto, maestro de obras, de médico y del inspector de 1ª enseñanza.
La respuesta de los dominicos de Corias se hizo el día 09 abril de 1928, esperan terminar el edificio al final del verano y se remitirán los certificados que se les piden.

Junta Provincial de Beneficencia Particular de Oviedo

Carpeta titulada: «Navelgas, O.P. , Celestino Alonso, O.P.»

Documentos sobre el Colegio de Navelgas, denomindo del "Santísimo Sacramento de Navelgas". Recopilación de documentos de variados temas; aunque predominan los referente a la legislación sobre las Instituciones de Beneficencia Particular

Alonso Villar, Celestino José, O.P. (beato)

Copia simple del Índice de documentos que se remiten al Tribunal Supremo para sustanciar el recurso contencioso-administrativo número 14.510, interpuesto por el Rector Superior de los PP. Dominicos de Corias, contra la Orden del Ministerio de Instrucción Pública y B.A. del 19 de septiembre de 1934

Como en el texto se lee, es el índice de 38 documentos, que componen 101 folios, que a petición del Tribunal Supremo, hecha el 5 de febrero de este año de 1935, se le remiten a dicho T.S. para el recurso contencioso- administrativo interpuesto por el convento de Corias contra la O. Ministerial del 19 de septiembre de 1934.

Colegio de S. Juan Bautista de Corias

Respuesta del P. Rector de Corias, Fr. Nicolás Albuerne, a la resolución del Ministerio de Instruc. Pública y Bellas Artes. Fundaciones benéfico-docentes, por la clasificación de benéfico-docente particular del Colegio de Navelgas.

Recibida la resolución del Ministerio de Instrucción Pública con la clasificación del colegio de Navelgas como benéfico-docente particular, cuya copia simple, con algunas correcciones que se deben al P. Fr. Celestino Alonso, se conserva aquí en dos folios mecanografiados, el P. Rector del Colegio de Corias da su respuesta, dirigida al Ilmo. Sr. Director General de Primera Enseñanza. Señala que existe error al pretender convertir en Deuda Perpetua interior al 4% en nombre de la Fundación las 84.819, pts. y 22 cts. supuestamente el poder de los frailes. El colegio ha costado, según tasación, 243.174 pts y 50 cts. No hay nada que invertir de lo dejado por el fundador. Tampoco puede inscribirse en el registro de propiedad nombre de dicha Fundación el edificio en se halla instalado el Colegio... En consecuencia, Suplica, que teniendo esta respuesta por presentada, se sirva rectificar la dicha resolución del 19 de septiembre de 1934. Corias (Cangas del Narcea) par Madrid, 26 de diciembre de 1934. Firma autógrafa del Fr. Nicolás Albuerne Álvarez.

Colegio de S. Juan Bautista de Corias

Informe del Colegio de Navelgas a la sección especial de Estadística del Ministerio de Instrucción Pública y B. A.

El pliego principal con la respuesta al Censo G. de Establecimientos de Enseñanza, manuscrito y con letra del P. Fernando María Gutiérrez, que firma en 1933-07-10, como Superior Director. Se supone que es la copia auténtica para el Colegio de Navelgas. Dice que la subvención que tiene es de 5.309 pts. anuales, como herederos de D. Ignacio González. Sello y data con firma autógrafa
Se adjuntan otros escritos sobre la información del Colegio de Navelgas, referente al Censo General de Establecimiento de Enseñanza, que numeramos a lápiz:

  • n. 1: solicitud de la información del Colegio de Navelgas para el Censo General, pedido por Leonardo Camarasa, Directo del Instituto Nacional de 2ª Enseñanza de Oviedo, 1933-09-06; cuartilla oficial n. 360, mecanografiada, con firma autógrafa.
  • n. 2: Otra solicitud del Ayuntamiento de Tineo, mecanografiada, firmada por Severo Valdés, con el mismo asunto.
  • n. 3: Borrador del modelo a contestar, con advertencias. Es letra del P. Fernando María Gutiérrez.
  • n. 4: Modelo de ficha para dicho Censo, cumplimentado por el Colegio de Navelgas; es borrador.
  • n. 5: Contestación del P Provincial, Fr. José Cuervo López, a una carta-nota de respuesta al citado Censo. Es una cuartilla, mecanografiada, membrete del P. Provincial, Salamanca, sin fecha.
  • n. 6: Nota del P. Fernando María Gutiérrez al P. Provincial, P. Cuervo: Parece que el P. Fernando María no quiere equivocarse y recurre al P. Provincial para saber qué ha de poner. A esta nota se debe la respuesta anterior (n.5)
  • n. 7: Oficio del Ayuntamiento de Langreo al superior del colegio de Dominicos de la Felguera (P. Celestino Alonso), que ha reclamado unos libros del Colegio de Navelgas requisados por la Guardia Civil. El gobernador de Oviedo no levanta la incautación de dichos libros. Sama de Langreo, 1931-10-26.

Colegio de S. Juan Bautista de Corias

Oficio de La Junta Provincial de Beneficencia de Oviedo a los Patronos de la Fundación «Santísimo Sacramento" Instituida en Navelgas, y respuesta del P. Superior

El oficio es para recordar a los dominicos lo mandado en el Decreto de 9 de noviembre de 1932 y en art. 21 de la Ley de Confesiones y Congregaciones promulgada el 03-06-1933, sobre el rendimiento de cuentas al Protectorado y presentación del presupuesto. Se les da de plazo quince días para que los remitan. Documento original, con firma autógrafa del Gobernador Presidente.
La respuesta, copia simple a máquina, según el juicio de dominicos y de personas técnicas en la materia, no están obligados a presentar presupuestos ni a rendir cuentas. No es una Fundación ni los fraile Patrono, sino herederos del testador.

Colegio de Navelgas

Oficio de La Junta Provincial de Beneficencia de Oviedo a los Patronos de la Fundación «Santísimo Sacramento" Instituida en Navelgas, y respuesta del P. Superior

El oficio, original de la Junta Provincial de Beneficencia de Oviedo, responde a un comunicado del Director General de Primera Enseñanza, para que reclame a los dominicos de Navelgas/Corias la relación autorizada de los bienes y valores que constituyen en la actualidad el capital fundacional y dónde está depositado. Se les pide remitan lo pedido con la mayor urgencia. para que los remitan. Documento original, con firma autógrafa del Gobernador Presidente.
La respuesta de los dominicos, en copia simple a máquina, en una cuartilla, se copia también el oficio, dada en Navelgas, 30 de abril de 1934. Dan la cifra de 84.819, 22 pts. y recuerdan, a la Junta Provincial, que el Colegio de Navelgas no una Fundación ni los fraile Patronos, sino herederos del testador.
Oficio y respuesta se copian, a máquina, en un folio.

Colegio de Navelgas

Documentos del accidente de trabajo del obrero José Grela el 27 de octubre de 1926 [en la obra del Colegio de Navelgas]

Los dos folios manuscritos (que son copias) responden a las prescripciones del médico para el accidentado, firmadas por el Dr. Rosal, en Navelgas, 1926-11-20, y los gastos del accidentado, que deberá pagar el seguro, firmado por Ramón Fernández.
El pliego pequeño, con membrete es carta del P. Celestino Alonso al Gerente de la Compañía de seguros «La Presvatrice». comunica al final la cuenta de gastos del accidente y accidentado. Datada en Corias 1926-11-29 (día en que el accidentado volvió al trabajo). El P. Celestino escribe, al Sr. Muñoz de Diego, abogado de la compañía de Seguros, interesándose por el salario de los médicos que han atendido al accidentado, fechada el 1927-02-17, sin lugar; La otra cuartilla, es del abogado D. Alfonso Muñoz de Diego al P. Celestino, que envíe las cuentas del médico titular, D. Marcelino Cancio y la del suplente Dr. Rosal. Datada en Oviedo, 1927-03-05.

Colegio de Navelgas

Recurso Contencioso-Administrativo contra el Ministerio de Instrucción Pública y Bellas Artes por la clasificación del Colegio de Navelgas. Fase de Madrid

Este Recurso, pensamos, quedó interrumpido por la Guerra Civil, aunque el colegio de Navelgas sobrevivió algunos años más, hasta 1945, no hay (no tenemos) noticia de la solución final.

Guimón Eguiguren, José, abogado

Carta del P. Celestino Alonso al abogado D. José Guimón Eguiguren

Carta copia de la original, pues no la firma, pero se ve que es auténtica del P. Celestino. Describe breve y generalmente los problemas de la Fundación: ausencia de Navelgas durante 3 años y medio; ha habido 3 superiores diferentes; poco comunicados sobre la Fundación; no es posible averiguar si a la Junta Provincial de Beneficencia se le comunicó que la compra de terrenos y edificación la haría los dominicos... Se cansa, y está cansado, de estudiar este asunto, solo quiere acabar con esto. Está dispuesto a para ello a reintegrar a la Fundación todos los intereses, devengados o no, correspondientes al capital hasta que se abrió el colegio. así quedará zanjada que las fincas compradas y las obra hechas no son nada de la Fundación. Quiere dejar todo en paz. Pide consejo al abogado.

Guimón Eguiguren, José, abogado

Súplica del abogado D. José Guimón Eguiguren a la Sala Cuarta de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo

Carta copia de la original, firma a máquina del Sr. Abogado. Insiste que desde el principio del recurso solicitó la ampliación de antecedentes: no solo los del Ministerio, sino que se pidieran también los antecedentes en la Junta Provincial de Beneficencia de Oviedo, tanto con respecto a la resolución del 19 de septiembre de 1934... las comunicaciones de la Junta con el Gobernador Civil, como presidente, y lo que se haya dirigido a los Patronos de la Fundación [con varias fechas que cita]. Suplica a la Sala se sirva ordenar que con suspensión del término para formalizar la demanda se reclamen dichos antecedentes. Pide justicia, Madrid, 8 de abril de 1935,

Guimón Eguiguren, José, abogado

Carta del abogado D. José Guimón Eguiguren al P. Celestino Alonso

Cree el abogado que el P. Celestino desiste de la gestión respecto a la acumulación de intereses al capital, que se pudiera haber intentado en el Ministerio, pero parece que él (P. Celestino) prefiere que se haga en el Tribunal Supremo. Corrige al dominico en algún punto, sobre los Letrados de la Beneficencia. Se sigue esperando los informes de la Junta de Oviedo.

Guimón Eguiguren, José, abogado

Carta del abogado D. José Guimón Eguiguren al P. Celestino Alonso

Se inician las vacaciones en el Tribunal Supremo, sin que la Junta de Beneficencia de Oviedo haya contestado a la petición que se le hizo. Hasta el 15 de septiembre, nada hay que hacer. El mismo Abogado se va de vacaciones a Portugalete (da la dirección), pero deja sustituto en el despacho todos los días.

Guimón Eguiguren, José, abogado

Carta del abogado D. José Guimón Eguiguren al P. Celestino Alonso

Se habían entrevistado, aunque rápidamente, el abogado y el P. Celestino, en Madrid. Le comunica que tiene reiterada en el T.S la petición de los documentos antecedentes, como se ve por la copia adjunta [es la Suplica anterior, doc. 16]. Aún nada definitivo se ha hecho, lo que se atribuye al retraso provocado por la reorganización de las Salas de lo contencioso administrativo del T.S.

Guimón Eguiguren, José, abogado

Carta del abogado D. José Guimón Eguiguren al P. Celestino Alonso

Le recuerda que desde el principio la advirtió que había que armarse de paciencia. Comunica el estado del asunto: los informes pedidos a la Junta Provincial de Beneficencia de Oviedo no han llegado. Lo de la notificación es de menor importancia; lo que importa son los documentos de protestas de los dominicos presentaron ante la Junta; aunque se hayan perdido o destruido insistir en que existieron es a favor de la causa, para desmentir el consentimiento que se supone en la orden de calificación.

Guimón Eguiguren, José, abogado

Carta del abogado D. José Guimón Eguiguren al P. Celestino Alonso

Comunica que en el segundo certificado de Cangas de Narcea se dice que las diligencias de notificación fueron enviadas el 26 de diciembre a la Sección Administrativa de 1ª Enseñanza. Pide que averigüe si se conserva en dicha institución. Que pide certificado.

Guimón Eguiguren, José, abogado

Carta del abogado D. José Guimón al P. Celestino Alonso

Aún no le ha pasado el T. Supremo los papeles para formalizar la demanda. Aclara los gastos y lo que falta de papel oficial. advierte: No dejen de ir preparando los documentos referentes a lo que les decía en la carta anterior, pues esper que le lamen de un momento a otro.

Alonso Villar, Celestino José, O.P. (beato)

Carta del P. Celestino Alonso al abogado D. José Guimón

Contesta a los puntos que pedía el abogado para hacer la demanda. Muy interesante. Lo principal para el P. Celestino es que no se les pase a la categoría de patronos, por los dominicos de Corias son herederos. Y cuando la Junta de Beneficencia de Oviedo les llamaban patronos, siempre se les ha corregido. Pone un ejemplo similar en Madrid, revistado por una comisión de la Repúbica y no se les ha obligado a ser patronos.
De manera fehaciente es imposible demostrar que el Colegio ha valido mucho más de lo dejado de capital y de los intereses. Es totalmente dinero puesto por el Colegio de Corias, porque si algo se usó en la obra de los intereses del capital han sido reintegrados. La obra se hizo casi enteramente por administración y desde el arquitecto, maestro de obras, capataz, maestro de albañil, y planos los hicieron dominicos. Podría presentar apuntes de pagos.
Sobre el capital, es también imposible porque los valores están mezclados con los de Corias, solo puede decir que los intereses que se gastaron en las obras, están reintegrados al capital y para pagar al maestro o docentes. Ningún fraile que votó la aceptación pensó que era una fundación y que eran patronos; no la habrían aceptado.

Alonso Villar, Celestino José, O.P. (beato)

Carta del abogado D. José Guimón al P. Celestino Alonso

Espero más noticias para el caso de Madrid que el P. Celestino le citaba en su carta. Puede ser interesante. Le comunica que aún no le ha dado traslado de los autos el Supremo.

Alonso Villar, Celestino José, O.P. (beato)

Carta del abogado D. José Guimón Eguiguren al P. Fr. Celestino Alonso

Por los datos que le ha enviado, ve que el proyectado arreglo del asunto sin recurrir, puede complicarse; va a presentar el recurso para que no se pase el plazo, cosa que hace hoy mismo, por un escrito, cuya copia le envía [es el siguiente documento]. También le dice que en la Junta de Beneficencia de Oviedo, no hay justificante de la notificación al P. Albuerne, lo que puede correr a favor de la causa para los plazos. Que se podía haber sabido antes, lo cual sería mucho más favorable; por eso ha interpuesto el recurso. Insinúa el plan que se ha trazado. La pide algunos datos: inversiones en el mobiliario; cómo estuvo el capital casi 10 años improductivo; lo que hace el maestro, y punto sobre el inmueble... Indica las posibilidades del Tribunal Supremo.

Guimón Eguiguren, José, abogado

Carta del abogado D. José Guimón al P. Celestino Alonso

Sigue trabajando y gestionando para llevar el asunto sin prisas, dada la actual situación. Si algo se puede conseguir, debe ser por el trabajo del abogado, con recomendaciones no se va a logar nada. Mejor es no acudir a ellas.

Alonso Villar, Celestino José, O.P. (beato)

Interposición del recurso a la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Supremo por el abogado D. José Guimón Eguiguren

Es la copia que en el anterior documento le decía al P. Celestino, que había interpuesto el recurso y le enviaba una copia. Se basa en que la notificación de la Orden del Ministerio (sobre la clasificación del Colegio de Navelgas) no llegó a manos del P. Nicolás Albuerne, Rector de Corias, hasta después del día 25 de octubre; porque hasta que llegó la notificación a su destino dio tiempo a los sucesos revolucionarios, que impidieron el decurso habitual del tiempo. Suplica que teniendo por presentado este escrito con el poder y copias que se acompaña, se sirva tener por interpuesto el indicado recurso... Pide justicia, Madrid. 23 de enero de 1935. Copia simple.

Guimón Eguiguren, José, abogado

Carta del abogado D. José Guimón Eguiguren al P. Fr. Nicolás Albuerne, superior de los PP. Dominicos de Corias

Es carta original, en una cuartilla, con membrete y firma autógrafa. Insistencia en la cuestión de la notificación de la resolución ministerial del 19 de septiembre de 1934. Parece que el Ministerio, por medio de la Junta de Beneficencia de Oviedo, quiere hacer una nueva diligencia, y puntualiza si alguien puede certificar, como se dice: "que fue el mismo día en que se llevó a efecto dicha notificación".

Guimón Eguiguren, José, abogado

Carta del abogado D. José Guimón Eguiguren al P. Celestino Alonso

Carta original. Información de cómo va el asunto: le parece que no se acepta la propuesta nuestra; siguen hablando de liquidación de intereses desde que se recibieron; es posible que el edificio se reconozca como de la Orden. Espera ver el expediente pedido por el Tribunal Supremo, para ver todos los documentos. Se extraña de que no se haya hecho nueva notificación, como se decía que se haría. Pide un par de postales del colegio.

Guimón Eguiguren, José, abogado

Carta del abogado D. José Guimón Eguiguren al P. Celestino Alonso

Carta original. Ha llegado la certificación del Ayuntamiento de Cangas y las postales. Pero la certificación no responde a lo que interesa en el proceso, que es la certificación de la fecha de entrega de al Rector de Corias de la diligencia enviada por la Junta de Beneficencia de Oviedo. Sigue esperando el expediente solicitado por el T.S.

Guimón Eguiguren, José, abogado

Carta del abogado D. José Guimón Eguiguren al P. Celestino Alonso

Carta original. Ya tiene en su poder el expediente de los documentos [que pidió el Tribunal Supremo], y se dispone hacer copias. Destaca uno (que le manda copia) que es el que en el índice se reseña más ampliamente y es porque en él se trata de apoyar por la Administración "que el terreno y parte al menos de la construcción se realizó invirtiendo los intereses del capital recibido". [esto hace referencia a los documentos de esta misma serie 2: NAV-B- 2-2-DOC.1 y NAV-b- 2-4-doc.2]

Guimón Eguiguren, José, abogado

Testamento del Sr. D. Ignacio González y García, 1912-04-22, La Habana, ante el Dr. Alfredo Castellanos y Arango; copia autenticada, en La Habana, 1924-04-12.

Copia legalizada del testamento de D. Ignacio González García, y como tal muy cuidada en el papel, encuadernación y firmas y sellos de notarios de La Habana. En ella se indican la diversas copias hechas de este testamento; se dice también que dicho Sr. Ignacio González García ha fallecido el día 18 de septiembre de 1912. Esta copia se ha hecho a petición del Prior de la Orden de Santo Domingo en esta capital [de La Habana], que pudiera ser el P. Francisco Vázquez Fernández.

Castellanos y Arango, Alfredo, doctor - notario

Declaración de los bienes de Corias que hay en Navelgas

Sobre las cuartilla: En la primera cuartilla está el título dado y señala la finca "Congosta", comprada por la comunidad de Corias en 800 pts. y está registrada. En la misma Navelgas, posee la comunidad otra finca, llamada "la Congosta", sita en la Senrriquina de la Ferrería (sic). También registradas. Y forma un todo continuo y fueron comparadas para edificar la Casa-Colegio. Se pone la fecha de 4 de agosto de 1833 para el apartado "Valores Mobiliarios" (sic) y en la otra cuartilla pone los títulos de inversiones (habrá que mirar si eran de Navelgas o Corias).
Sobre el folio que añadimos: se recalca que fincas y edificio de Navelgas es total y exclusivamente del los PP. Dominicos. Las fincas se compran como apoderado del convento- colegio de Corias; para nada aparece ni el dinero ni el nombre de Ignacio González García. Este folio su autor dice: "Advertencias Importantes".
Autor supuesto.

Anónimo dominico

Consulta a abogados de Oviedo sobre la fundación de Navelgas

El P. Sabino hace un resumen de la entrevista personal con dicho abogado, e indica:

  • que no resultando dinero suficiente para lo que quiere el testador, se podían hacer dos cosas: esperar a que los intereses aumenten hasta hacerlo suficiente, o con lo que ha dejado hacer lo que se pueda.
  • Ni la familia del testador ni los vecinos de Navelgas tienen acción contra los frailes.
  • Quien puede pedir cuentas es unicamente la Junta Provincial de Beneficencia.
  • Que este es un caso de Patronato.
  • Que una escuela bien montada, sobre todo si le añadían algo de enseñanza de comercio, era el mejor modo de cumplir la voluntad del testador.
    Añade el P. Sabino que de este mismo parecer es D. Secundino de la Torre.

Martínez Lozano, Sabino, O.P. (o Martínez y Álvarez, Sabino)

Carta de los Abogados y Notarios, D. José Ramírez de Arellano y D. Juan Ramírez de Arellano, al D. Manuel Menéndez y Suárez, albacea.

Documento original y autenticado. Los abogados informan al albacea, D. Manuel Menéndez del pleito que ha surgido para anular el testamento del Sr. Ignacio González y García y cómo va el mismo pleito, las razones. Comenzado por los hermanos del testador y continuado por el Dr. Francisco Penichet, que exige una fuerte cantidad de dinero, amén de hacer al testador padre de dos hijas naturales.

Abogados-Notarios DD. José y Juan Ramírez de Arellano

Carta de los Abogados y Notarios, D. José Ramírez de Arellano y D. Juan Ramírez de Arellano, al D. Manuel Menéndez y Suárez, albacea.

Documento original y autenticado. Los abogados informan al albacea, D. Manuel Menéndez, de las gestiones que se han hecho en el pleito que ha surgido para anular el testamento del Sr. Ignacio González y García y cómo va el mismo pleito; las razones. Se escribe este documento para que el albacea pueda dar cuenta a los PP. dominicos de Corias, herederos. Informan cómo los hermanos del testador han intentado obtener la nulidad del testamento; lo que se debe hacer con los bienes muebles hallados en la casa de la Sra. Pastora Álvarez, con la que ha vivido el testador, y que murió varios días después de Sr. Ignacio González, y cómo se ha actuado en pleito con el Dr. Francisco Penichet. Este escrito va acompañado de un folio, sin numerar, titulado: «Detalle de la liquidación de los honorarios devengados en la Primera Instancia del Juicio seguido por el Dr. Francisco Penichet contra la sucesion del Sr. Ignacio González» (este folio es copia, firmada por D. Juan R. Arellano, para el Sr. Manuel Valiña.

Abogados-Notarios DD. José y Juan Ramírez de Arellano

Escrito sobre la fundación del Colegio de Navelgas

Es un buen trabajo para conocer la fundación de Navelgas. El autor fue durante varios años el encargado de dicho casa y escuela, y conocedor de todo referente al colegio, como a los dineros invertidos, tanto de herencia de D. Ignacio González como lo puesto por el convento de Corias, que fue quien recibió la herencia, y por los vecinos de Novelgas. Maneja muy bien las fechas y números para defender la institución de la intromisión del Estado, especialmente los años inmediatos a la proclamación a la Segunda República y sus primeros años. El Colegio o escuela de Navelgas se abrió el 5 de enero de 1929.

Alonso Villar, Celestino José, O.P. (beato)

Cláusula 5ª del testamento de D. Ignacio González y García.

Reproduce la cláusula 5ª del testamento del Sr. Ignacio González; sin duda con la finalidad de no estar manejando el testamento original ni el libro de Actas de Consejo cada vez que hay un problema que resolver sobre la cuestión

Anónimo dominico

Escritura Notarial de las Notarias de Arellano y Recio, de Recibo, n. 1256, protocolo de Dr. Juan R. Arellano, ante José Ramírez de Arellano y Pedroso, abogado y notario, La Habana, 1917-11-24, para el R. P. Fr. Francisco Vázquez y Fernández y para el señor Manuel Menéndez y Suárez.

Escritura de carta de pago que otorga el R. P. Fray Francisco Vázquez y Fernández, O.P., a D. Manuel Menéndez Suárez, albacea testamentario de D. Ignacio González García, ante Juan Ramírez Arellano, notario, en la Habana, a 24/11/1917. en la que se declara que ha habido, por parte de varias personas, demanda para declarar nulo el testamento de D. Ignacio González y García, por querer presentar deudas contraídas por el difunto testador; pero perdieron el juicio, y es la razón del retraso en ejercer el albacea, D. Manuel Menéndez y Suárez, su oficio. Están las cuentas del albacea, dicho D. Manuel Menéndez, de los bienes dejados por el difunto. La herencia dejada es de 19.725 pesos con 40 centavos en oro oficial. Esta escritura es, pues, para el albacea, D. Manuel Menéndez, por la que el P. Francisco Vázquez, O.P. prior de La Habana, quien tiene todo el poder del convento de San Juan Bautista de Corias, confiesa haber recibido los dineros líquidos de la herencia de D. Ignacio , para el escuela de Navelgas.
Copia auténtica, con firma y sello del notario y legalización, D. Juan Ramírez de Arfellano, en La Habana, 11 abril de 1924. Cuadernillo de 16 ff. con tapas propias de la notaría.

Notarias Arellano Recio, La Habana

Copia de una carta del convento de Corias al P. Francisco Vázquez (dominico en Cuba) y poder notarial del mismo al mismo para actuar con las acciones heredadas.

Copia, en dos folios, de una carta mecanografiada enviada al M. R. P. Fr. Francisco Vázquez, a La Habana, por el convento de Corias. Conocen que hay noticias de que las acciones de la «Havana Electric Railway» debe canjearse por acciones de otra compañía. Y ahora, un padre dominico procedente de la Habana, que está en el convento de La Coruña, ha comentado que el canje debe hacerse inmediatamente, y así se lo ha comunicado el Prior del convento coruñés. De Cuba parece que le han urgido a lo mismo, pero con una prórroga. Dada la distancia, en Corias no pueden enterarse de las noticias, ni conocen las ventajas o inconvenientes de las operaciones financieras en Cuba. Confiando en los conocimientos y en la bondad del P. Francisco, el convento de Corias ha decidido, por unanimidad, darle un poder bastante amplio para hacer el canje de la manera más ventajosa y segura, o para venderlas si cree oportuno. No quieren limitar el poder dada la confianza, la experiencia y el conocimiento de las cuestiones que tiene. Parece que lo más conveniente sería la venta y traer el dinero y colocarlo en España. Necesita Corias dinero, para acabar el edificio que están levantado en Navelgas. Le han dicho al notario que haga el poder para él o para el P. Superior de El Vedado, por si hubiera algún problema. La carta, que es copia, no pone ni fecha ni firma.
El poder, concedido, se hace en Oviedo, 1816-10-12, ante el notario Secundino de la Torre. El rector de Corias es: El P. Sabino M. Lozano (que figura con sus apellidos verdaderos: Martínez y Álvarez), el notario señala la amplitud del poder. Es esta escritura copia simple en un pliego. Por lo tanto 2 folios y un pliego de 4 pp. Se une también el recibí del notario D. Secundino de la Torre de los Honorarios devengados por el poder y una copa; Oviedo, 1916-10-12.

Vázquez y Fernández, Francisco, O.P. prior de la Habana

Resultados 401 a 440 de 502