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Carta del abogado D. José Guimón Eguiguren al P. Celestino Alonso

Carta original. Información de cómo va el asunto: le parece que no se acepta la propuesta nuestra; siguen hablando de liquidación de intereses desde que se recibieron; es posible que el edificio se reconozca como de la Orden. Espera ver el expediente pedido por el Tribunal Supremo, para ver todos los documentos. Se extraña de que no se haya hecho nueva notificación, como se decía que se haría. Pide un par de postales del colegio.

Guimón Eguiguren, José, abogado

Carta del abogado D. José Guimón Eguiguren al P. Celestino Alonso

Carta original. Ya tiene en su poder el expediente de los documentos [que pidió el Tribunal Supremo], y se dispone hacer copias. Destaca uno (que le manda copia) que es el que en el índice se reseña más ampliamente y es porque en él se trata de apoyar por la Administración "que el terreno y parte al menos de la construcción se realizó invirtiendo los intereses del capital recibido". [esto hace referencia a los documentos de esta misma serie 2: NAV-B- 2-2-DOC.1 y NAV-b- 2-4-doc.2]

Guimón Eguiguren, José, abogado

Carta del abogado D. José Guimón Eguiguren al P. Fr. Celestino Alonso

Ha estudiado detenidamente el asunto encargado. Los datos de la notificación de la resolución del 1934- 09-19, dice el P. Albuerne que fue el 26 de octubre de dicho año de 1933, pero aunque no consta en el expediente, opinan que la notificación fue 26 de septiembre. así no se podría recurrir como contencioso-administrativo, que opina no es el mejor camino. Da las posibles vías por las que se pueda seguir el recurso.

Guimón Eguiguren, José, abogado

Carta del abogado D. José Guimón Eguiguren al P. Fr. Celestino Alonso

Por los datos que le ha enviado, ve que el proyectado arreglo del asunto sin recurrir, puede complicarse; va a presentar el recurso para que no se pase el plazo, cosa que hace hoy mismo, por un escrito, cuya copia le envía [es el siguiente documento]. También le dice que en la Junta de Beneficencia de Oviedo, no hay justificante de la notificación al P. Albuerne, lo que puede correr a favor de la causa para los plazos. Que se podía haber sabido antes, lo cual sería mucho más favorable; por eso ha interpuesto el recurso. Insinúa el plan que se ha trazado. La pide algunos datos: inversiones en el mobiliario; cómo estuvo el capital casi 10 años improductivo; lo que hace el maestro, y punto sobre el inmueble... Indica las posibilidades del Tribunal Supremo.

Guimón Eguiguren, José, abogado

Carta del abogado D. José Guimón Eguiguren al P. Fr. Nicolás Albuerne, superior de los PP. Dominicos de Corias

Es carta original, en una cuartilla, con membrete y firma autógrafa. Insistencia en la cuestión de la notificación de la resolución ministerial del 19 de septiembre de 1934. Parece que el Ministerio, por medio de la Junta de Beneficencia de Oviedo, quiere hacer una nueva diligencia, y puntualiza si alguien puede certificar, como se dice: "que fue el mismo día en que se llevó a efecto dicha notificación".

Guimón Eguiguren, José, abogado

Carta del P. Celestino Alonso al abogado D. José Guimón Eguiguren

Carta copia de la original, pues no la firma, pero se ve que es auténtica del P. Celestino. Describe breve y generalmente los problemas de la Fundación: ausencia de Navelgas durante 3 años y medio; ha habido 3 superiores diferentes; poco comunicados sobre la Fundación; no es posible averiguar si a la Junta Provincial de Beneficencia se le comunicó que la compra de terrenos y edificación la haría los dominicos... Se cansa, y está cansado, de estudiar este asunto, solo quiere acabar con esto. Está dispuesto a para ello a reintegrar a la Fundación todos los intereses, devengados o no, correspondientes al capital hasta que se abrió el colegio. así quedará zanjada que las fincas compradas y las obra hechas no son nada de la Fundación. Quiere dejar todo en paz. Pide consejo al abogado.

Guimón Eguiguren, José, abogado

Carta del abogado D. José Guimón al P. Celestino Alonso

Aún no le ha pasado el T. Supremo los papeles para formalizar la demanda. Aclara los gastos y lo que falta de papel oficial. advierte: No dejen de ir preparando los documentos referentes a lo que les decía en la carta anterior, pues esper que le lamen de un momento a otro.

Alonso Villar, Celestino José, O.P. (beato)

Carta del abogado D. José Guimón Eguiguren al P. Celestino Alonso

Le recuerda que desde el principio la advirtió que había que armarse de paciencia. Comunica el estado del asunto: los informes pedidos a la Junta Provincial de Beneficencia de Oviedo no han llegado. Lo de la notificación es de menor importancia; lo que importa son los documentos de protestas de los dominicos presentaron ante la Junta; aunque se hayan perdido o destruido insistir en que existieron es a favor de la causa, para desmentir el consentimiento que se supone en la orden de calificación.

Guimón Eguiguren, José, abogado

Carta del abogado D. José Guimón Eguiguren al P. Celestino Alonso

Se inician las vacaciones en el Tribunal Supremo, sin que la Junta de Beneficencia de Oviedo haya contestado a la petición que se le hizo. Hasta el 15 de septiembre, nada hay que hacer. El mismo Abogado se va de vacaciones a Portugalete (da la dirección), pero deja sustituto en el despacho todos los días.

Guimón Eguiguren, José, abogado

Carta del abogado D. José Guimón Eguiguren al P. Celestino Alonso

Cree el abogado que el P. Celestino desiste de la gestión respecto a la acumulación de intereses al capital, que se pudiera haber intentado en el Ministerio, pero parece que él (P. Celestino) prefiere que se haga en el Tribunal Supremo. Corrige al dominico en algún punto, sobre los Letrados de la Beneficencia. Se sigue esperando los informes de la Junta de Oviedo.

Guimón Eguiguren, José, abogado

Carta del abogado D. José Guimón Eguiguren al P. Celestino Alonso

Se habían entrevistado, aunque rápidamente, el abogado y el P. Celestino, en Madrid. Le comunica que tiene reiterada en el T.S la petición de los documentos antecedentes, como se ve por la copia adjunta [es la Suplica anterior, doc. 16]. Aún nada definitivo se ha hecho, lo que se atribuye al retraso provocado por la reorganización de las Salas de lo contencioso administrativo del T.S.

Guimón Eguiguren, José, abogado

Carta del abogado D. José Guimón Eguiguren al P. Celestino Alonso

Comunica que en el segundo certificado de Cangas de Narcea se dice que las diligencias de notificación fueron enviadas el 26 de diciembre a la Sección Administrativa de 1ª Enseñanza. Pide que averigüe si se conserva en dicha institución. Que pide certificado.

Guimón Eguiguren, José, abogado

Carta del arzobispo de Valladolid al ministro de Gracia y Justicia

El arzobispo envía un ejemplar de la encíclica "Quanta cura", de Pío IX, del 08/12/1864, para que vea que lo único que se pretende con la publicación en el Boletín Diocesano es dar a conocer a los fieles la encíclica. Reconoce y defiende que por ser encíclica excluye el remedio de retención o de súplica. La prensa ya estaban sacando sus conclusiones y propaganda contra el arzobispo. La pastoral que incluye la encíclica. Esta convencido que las leyes del reino no impiden ni ponen el menor obstáculo en lo relativo a la enseñanza de la doctrina católica en comunión del papa con los obispos y éstos con los diocesanos.

Moreno y Maisanove, Juan Ignacio, arzobispo cardenal de Valladolid

Carta del arzobispo de Valladolid y obispos sufragáneos a la reina Isabel II

El escrito dirigido a la reina Isabel II en nombre del arzobispo de Valladolid y sus hermanos obispos sufragáneos. Son las observaciones que hacen a la reina sobre el proyecto de Ley de Imprenta de 1859, la preocupación es por la censura, pero sobre todo por la cacareada libertad de prensa, referida especialmente a la "prensa periódica", que falta y ofende a los sentimientos más profundos de la nación.

Lastra y Cuesta, Luis de la , arzobispo cardenal de Valladolid.

Carta del arzobispo de Valladolid y obispos sufragáneos al Congreso de Diputados

El arzobispo metropolitano de Valladolid y los obispos de la provincia eclesiástica de Valladolid al Congreso de Diputados. Protestan de que el proyecto de Ley presentado a las Cortes sobre organización y atribuciones de los ayuntamientos, en los artículos 137, párrafo 5º y 138 párrafo decimo quinto, que tratan de los logares religiosos, como los cementerios cristianos, sin mencionar la autoridad eclesiástica. Si se aprueban como está redactados, habrá varias cuestiones de competencia. Por ello hacen las observaciones...

Lastra y Cuesta, Luis de la , arzobispo cardenal de Valladolid.

Carta del Consiliario del Opus Dei al P. Provincial de la O.P., Provincia de España

Da por supuesto que el P. Aniceto sabe, por la prensa, que se ha erigido en el Estudio General de Navarra un Instituto de Derecho Canónico, agregado a la Pontificia universidad de S. Juan de Letrán, de Roma. En octubre se iniciarán los estudios de Licenciatura en Derecho. El Instituto está abierto a sacerdotes seculares y a los religiosos. Ofrecen el centro a la Provincia.

Fernández Alonso, Aniceto, O.P.

Carta del D Ramón Celli al P. José Palacio, rector del colegio de San Gregorio (1835)

  • ES 37274.AHDOPE A-B-VAg-3-2-10
  • Uni. doc. simple
  • 14/02/1835
  • Parte deFondo A (Antiguo)

Ha presentado en casa de la difunta condesa de Benavente la carta de pago que el colegio le mandó. La devuelve para que exprese que el pago es de 1º de enero hasta el 5 de octubre de 1834, en que murió la condesa. Una vez rehecha la carta, la puede enviar a D. Marcial Antonio López, apoderado de la testamentaría de la difunta.
No pudo cobrara los 57 reales del P. Arbeteta, como le había dicho el P. Villafruela
Manda certificados de deudas sin interés, para que los unan a los enviados desde el año 1830, y se guarden en el archivo, hasta que les convenga "puesto que esta clase de papel va tomando valor y puede sacarse partido.

Colegio de San Gregorio de Valladolid

Carta del D Ramón Celli al P. José Palacio, rector del colegio de San Gregorio (1835)

  • ES 37274.AHDOPE A-B-VAg-3-2-11
  • Uni. doc. simple
  • 28/02/1835
  • Parte deFondo A (Antiguo)

Se alegra de que recibiese un certificado sin interés y que se haya desecho de él, aunque el precio ha sido bajo; aquí se vende a 14 o 15 %. Los juros va para largo que se haga su liquidación, pues depende de las resolución de las Cortes. Se entregó en la casa de la condesa de Benavente la carta de pago, pero el libramiento va lento. Cobró del P. Arbeteta.
En el billetito se escribe lo que corresponde de los 1.147 rs. y 17 mrz: 874.rs.

Colegio de San Gregorio de Valladolid

Carta del Director General de la Corte de María de Madrid a la de La Coruña

  • ES 37274.AHDOPE A-B-COR-13-2-3
  • Uni. doc. simple
  • 11/10/1849 - 30/11/1849
  • Parte deFondo A (Antiguo)

D. Ramón Leal, Director general de la Corte de María, da información de cómo se ha extendido la Corte de María por toda España, especialmente en Navarra, Provincias Vascongadas, Castilla la Vieja, Cataluiña y Baleares. Indica respecto a la imagen que el escultor está a punto de terminar, para finales de noviembre. No sabemos de qué imagen se trata. Manuscrito original y firmado.

Convento de Santo Domingo de La Coruña

Carta del Director General de la Corte de María de Madrid a la de La Coruña

  • ES 37274.AHDOPE A-B-COR-13-2-4
  • Uni. doc. simple
  • 21/06/1849
  • Parte deFondo A (Antiguo)

D. Ramón Leal, Director general de la Corte de María, comunica a D. Cristóbal de Rueda, Director de la Corte de María en La Coruña, que le remite la lista de las imágenes que deben visitar los asociados del coro 2. Si ha remitido la lista de los individuos de cada coro, no hace falta volverla a mandar. Comunica los precios de las láminas de la Virgen.

Convento de Santo Domingo de La Coruña

Carta del Director General de la Corte de María de Madrid al de La Coruña

  • ES 37274.AHDOPE A-B-COR-13-2-5
  • Uni. doc. simple
  • 26/06/1849
  • Parte deFondo A (Antiguo)

D. Ramón Leal, Director general de la Corte de María, comunica a D. Cristóbal de Rueda, Director de la Corte de María en La Coruña, que le comunica que ya ha encargado la imagen al escultor y se lo había comunicado a D. Francisco Ares, hermano de D. Cristóbal, que quedó en informarles.

Convento de Santo Domingo de La Coruña

Carta del los frailes de Montesclaros al Vicario General O.P. en España y sus dominios (1832)

Carta dirigida al Rmo. P.N. Vicario General del Sagrado Orden de Predicadores en España y sus Dominios. Ocupaba dicho puesto el P. Francisco Usagre, elegido el mismo año en el capitulo General de Zaragoza (junio de 1832), por los padres del convento-santuario de Montesclaros. Son 4 sacerdotes, los únicos que pueden decir misas,. confesar y predicar. Exponen la cantidad de gente que acude al santuario. La carta se centra en suplicar la dispensa a Fr. Pedro Fernández, hijo de Montesclaros, estudiante de cuarto de teología en San Pablo de Valladolid, de 27 años, de lo que le falta del curso y pueda examinarse de confesor y ser predicador. Firman: Prior P. José de San Vicente, prior, Fr. Gregorio de la Peña, Fr. Genaro del Río y Fr. Bernardo Ruiz

Convento de Nuestra Señora de Montesclaros

Carta del Maestro Fr. Pedro de Herrera, O.P. al Maestro de la O.P., [Fr. Serafin Secchi]

La carta dirigida al Maestro de la O.P., que era el P. Fr. Sarafín Secchi, intenta ser secreta: «Supplico instantemente a V. Reverendísima no vea ésta nadie y en leyéndose, se rompa.» El caso que es que un sermón del P. M. Fr. Lorenzo Gutiérrez le ha caído muy bien al rey, por lo que éste obligó a los frailes de Toledo que le hiciesen prior. Ahora, después de hecho prior, hay grandes fundamentos para creer que S.M. va a instar en hacerle provincial, para pagarle con esto lo que predicó y procurar que en la provincia se enseñe y predique la sentencia de lo que el dicho P. Gutiérrez predicó. Se quiere disuadir a S. M. de este propósito, y no se encuentra otro medio que el que V. Reverendísima [Maestro de la O.P.] nos honre con su presencia en el capítulo [provincial]. El rey no lo tomará a mal, por ser V. Rma. la cabeza de la Orden. Le insiste venga al capítulo, a pesar de la descomodidad y de tener que volver por tercera vez a la provincia; pero es una cosa necesaria, porque sería introducir novedades inconvenientes en la provincia. Parece que es lo que busca el maestro Fr. Lorenzo Gutiérrez. Dada en Madrid, 25/01/1619

Herrera, Pedro, O.P., obispo

Carta del Ministro de Justicia, Antonio Iturmendi Bañales al P. Aniceto Fernández, Provincial

Contestando a dos carta del P. Aniceto (10 de agosto y 3 de septiembre de 1957) ha dado órdenes para que se conceda la Cruz de Honor de San Raimundo de Peñafort al Mons. Fr. José María García Graín por su labor labor evangelizadora y científica en aquellas tierras del Perú. Le agradece la invitación a la inauguración del noviciado de Caleruega, pero no podrá ir. La secretaria del ministro indicará al P. Aniceto la fecha para que lo pueda visitar en Ministerio.

Fernández Alonso, Aniceto, O.P.

Carta del nuncio en España, Lorenzo Campeggi, en defensa de los derechos del Convento (1637)

El convento de San Esteban poseía la tercera parte de los diezmos de Nava del Rey, que no los recibe desde 20 años a esta parte, y otras cosas (que se citan) de la herencia por la profesión de Fr. Clemente Álvarez, natural de dicha villa. Manda, bajo pena de excomunión mayor, que todos declaren los bines que ocultan pertenecientes al convento. Madrid, 10/03/1637.
En el reverso, el cura propio de la Nava, Pedro de Morales, ha cumplido y ha realizado la lectura y comunicación de lo que se manda en la carta, y la envía al P. F. Domingo ¿Peiró?, procurador de San Esteban, lo firma y fecha en Nava, abril 28 de 1637

Lorenzo Campeggi, nuncio

Carta del obispo de Ávila a D. Antonio Romero Ortiz, ministro de Gracia y Justicia.

En esta carta dice que va a hablar sobre las religiosas de clausura, del decreto salido del primer gobierno de la Gloriosa. Deja, en esta carta, la prohibición de dar hábitos y profesiones. Quiere limitarse a la parte del decreto relativa a la reducción de conventos y traslación de religiosas de unos a otros. Y lo hará con brevedad, porque no son momentos para que el obispo escriba ni para el que el Sr. ministro lea lo mucho que habría que decir. Señala: 1º ¿Qué razones de justicia, de conveniencia, utilidad pública aconsejan la medida de que se trata? Difícil compaginar la proclamada Libertad del alzamiento. Las casas que ocupan y las cosas que hay en ellas son de las monjas. ¿Con qué justicia se les puede privar de lo que es suyo? ¿Qué utilidad pública se saca de esto?

Blanco y Lorenzo, Fernando, O.P. y exclaustrado, obispo y arzobispo.

Carta del obispo de Ávila al ministro de Gracia y Justicia, D. Francisco de Cárdenas, agradeciendo el nombramiento de arzobispo de Valladolid (1875)

Carta de agradecimiento al Sr. ministro, D. Francisco de Cárdenas, por el nombramiento de arzobispo de Valladolid, y le pide lo transmita también e S.M. Alfonso XII. Solicita unos días de reflexión para decidirse a aceptar o no. La carta, copia sin firmar, está datada en Ávila, 8 de julio de 1857 (evidentemente, le han bailado los dos últimos dígitos, porque es 1875).

Blanco y Lorenzo, Fernando, O.P. y exclaustrado, obispo y arzobispo.

Carta del obispo de Ávila al ¿ministro de Gobernación?

Es contestación a una carta con ruego y encargo que le ha enviado el Gobierno (posiblemente el ministro de Gobernación). No se ha apresurado en dar cumplimiento ni responder, porque ha llegado cuando se estaba celebrando los misterio de la Redención [Semana Santa] y no eran días para dedicarlos a otros asuntos de menor importancia; "para contestar tenía que decir que no me era dado cumplir lo que se me rogaba" y porque, tras larga experiencia y mucho escritos las exposiciones de los obispos al Gobierno, por lo que a éste toca, han sido como predicar en el desierto y me venía a la memoria el refrán o proverbio española "predicar en el desierto, sermón perdido".
Hace referencia a la Cédula de Semana Santa, que no acepta, y habla de la «respetabilidad del monarca irresponsable» que posiblemente se refiera a Amadeo de Saboya, ya que la "cédula de Semana Santa, salió en 1872.
El obispo está harto de los gobiernos y sus ministros, se le nota cansado y llega a decir :«¿Qué obligación tengo yo de contestar a quien no me contesta ni da señales de impresionarse...»

Blanco y Lorenzo, Fernando, O.P. y exclaustrado, obispo y arzobispo.

Carta del Obispo de Ávila, Fr. Fernando Blanco, a la reina Isabel II (1859).

Es una carta patriótica del obispo con grandes alabanzas a la reina, por la declaración de la Guerra de África de 1859 1860. Reconoce, y le dice a la reina, que la guerra es un mal gravísimo, mas cuando la justicia ofendida y el honor nacional ultrajado exigen el sacrificio de emprenderla...... Ofrece sus oraciones y también ofrece a la reina y al Gobierno el 10% de su dotación durante el tiempo que dure la guerra, y el mismo ofrecimiento hace de los que disfruten dotación superior a 15.000 reales y del 8% de los que disfrutan inferior, y está dispuesto a mayores sacrificios, si las circunstancias lo exigen. Espera que el clero de su diócesis siga el ejemplo. Ávila, 09/11/1859.

Blanco y Lorenzo, Fernando, O.P. y exclaustrado, obispo y arzobispo.

Carta del obispo de Ávila, Fr. Fernando Blanco, a la reina Isabel II (1863).

Es una carta dirigida a la reina, pero a través del ministro de Gracia y Justicia, como indica al principio por mano del obispo.
El motivo de la carta es que los párrocos de la ciudad se quejan de que los empleados de la Administración de Hacienda Pública les exigen contribución por las casas rectorales que habitan, lo que les parece una ofensa a la inmunidad que vienen gozando y una disposición contraria al Concordato. Para el obispo es una cuestión de derecho y si se quiere de decoro. Exclama: "Harto han perdido la Iglesia y la respetable clase del clero. Vuestra M., en su acendrado amor a la Iglesia y a cuanto a ella pertenece, no puede querer, no puede aprobar que se lastimen más." Acude también al Concordato. Los empleados de la Hacienda dicen que es exigencia de Real Orden del 04/07/1862. Alude también al corazón de la reina y a que el clero es uno de los más fuertes elementos del orden del país y un poderos sostén del trono de V.M. De lo contrario el obispo pondrá a salvo su conciencia con los medios que sean permitidos.

Blanco y Lorenzo, Fernando, O.P. y exclaustrado, obispo y arzobispo.

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