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Historia de la Universidad de Salamanca, 1569

Está considerada como la primera historia de la Universidad de Salamanca, y el autor la dedica: «A los mui Illustres Señores Rectores, Maestre Escuela y Claustro de la Universidad de Salamanca». Indica que se le pidió hiciese una historia breve. La introducción ocupa las pp. 3 a la mitad de la 6, donde comienza la historia, que alcanza hasta el año de su escritura 1560, p. 61. El la p. 63 comienza una Adición a la historia hasta el año 1626, que evidentemente no es ya de Chacón, que había muerto en Roma, en 1581. A la p. 71, comienzan las notas, escritas a 2 columnas.

Chacón, Pedro, maestro de la Universidad de Salamanca,

Información de escrituras sobre dotaciones de cátedras (1847)

Es un informe de respuesta a un oficio del alcalde de la villa de Oñate, en 1847, pero al final indica que este mismo informe se pasó al ayuntamiento en 1848. Lo produce el Instituto de segunda enseñanza, porque ya no existe la universidad. Se comunica que la villa contribuía al mantenimiento del instituto de 2ª enseñanza con 12.000 reales anuales. Se indican las escrituras a lo largo de la existencia de la universidad y las cantidades con que contribuía el municipio o villa. Indica que la universidad, como tal, fue extinguida en 1807, aunque Fernando VII, 1824 le concedió poder explicar instituciones filosóficas y jurisprudencia canónica y civil, para lo que la villa aportó 8.000 reales. El escrito está dirigido al Sr. alcalde del la villa de Oñate.

Universidad de Oñate: Sancti Spiritus

Información sobre las doce cátedras que existen y están corrientes en esta universidad de Sancti Spiritus de la villa de Oñate (1780)

Es respuesta a la Reales Provisiones del Consejo de Castilla de 02/06/1772 y del 05/02/1777. Indica las 8 cátedras que existen, con los nombres de los catedráticos, y los horarios. En 1777 se erigieron otras 4 cátedras y sus 4 becas, dotadas por el misma universidad, por el señoría de Vizcaya, provincia de Guipúzcoa y provincia de Álava. Se indican los nombres de los catedráticos de dichas cuatro cátedras. Oñate, 23/10/1780, firma D. Ramón María de Adurriaga, secretario de capilla.

Universidad de Oñate: Sancti Spiritus

Inquisidores Generales en los reinos de España

Súplica de D. Fernando de Arce y Dávila, sobrino del inquisidor general, D. Diego de Arce y Reinoso, y heredero del dicho suplica la consideración de su grandeza Título de Castilla, como se ha hecho con otros hijos y sobrios de ministros (se citan varios casos, entre ellos el de D. Baltasar de Sequeiros, sobre no de D. fray Antonio de Sotomayor, O.P.). Para manifestar los méritos del Inquisidor Arce y Reinoso, presenta la lista manuscrita de los Inquisidores Generales hasta D. Juan Everardo Nithard [Nithardo] con una reseña histórica de cada uno y con el nombre del Inquisidor D. Diego Sarmiento de Valladares, pero sin ningún dato, porque vivía cuando se hizo la lista (1669 -1695). La súplica no lleva fecha.

Arce y Dávila, Fernando de, sobrino del inquisidor Arce y Reinoso

Instrumentos pertenecientes al benefizio curato de la Yglesia de San Román de Segovia, por lo correspondiente a casas compradas y sus posehesiones tomadas, en virtud de las escrituras que aquí expresa.

El pleito se resume en que D. Cristóbal Muñiz fue cura en la iglesia de San Román de Segovia, y como tal vivió en unas casas de beneficio parroquial. Con pretexto de que dichas casas estaban viejas y en mal estado las compró con censo perpetuo de 1000 mrs. al año para él y sus sucesores. Se reclama que esas casas son del beneficio curato de la parroquia de San Román y en ella deben vivir los beneficiados de dicha iglesia. El fiscal de Segovia, Bachiller Gonzalo Tarancón, hace la reclamación de las casa el 14 de junio de 1567, y fue aceptada por el obispo de Segovia. El pleito se trae a Salamanca porque es donde vivía el licenciado Cristóbal Muñiz, que era beneficiado y vicario de la villa de Salvatierra [de Tormes] y al parece que murió en 1585. El pleito termina cuando los herederos de Cristóbal Muñiz de Godoy, llamados Diego Muñiz de Godoy, clérigo presbítero y provisor en la ciudad y obispado de Salamanca, y el licenciado Andrés Muñiz de Godoy, beneficiado de las Navas, estantes en Salamanca, declaran que el dicho Cristóbal Muñiz, difunto, dejó en su testamento y última voluntad, a la iglesia de San Román de Segovia la casa en cuestión. Los herederos renuncian a todos los derechos que pudieran tener, y que quede dicha casa para el beneficio curato de la dicha iglesia. Escritura en Salamanca, ante Luis Pérez de Ulloa, escribano y notario público apostólico, a 17/09/1585. Firma y signo del dicho notario.

Vaca, Antonio, licen. arcediano y provisor de Segpvia

Lote de cuartillas y billetes o notas, cosidas formando un mismo documento, de recibos firmados por los empleados de la parroquia de San Pablo, del salario o trabajo que han cobrado.

Se indican varios puestos de trabajo en l aparroquia de San Pablo y lo que se les pagaba. Por poner algún ejmeplo:

  • El organista , Juan López, firma haber recibido 140 reales, por el salario entero del año 1834
  • El sacristán, Tomás Rincón, firma el recibo de 120 reales, del medio salario del sacristán, que se cumplió el 31 diciembre de 1834. También figura como sacristán Nicolás Arévalo. Tenía además otros 22 reales por salir con la cruz a procesiones generales, y rogativas.
  • El Monaguillo (Monacillo) declara haber recibido 33 reales, del medio salario que cumplió en 31 de diciembre de 1834. No pone en el hombre, pero aparece con fecha de 16 de octubre de 1834, y se llamaba Segundo Martín, y no sabía firmar, y ha recibido 33 reales por medio año de su salario, cumplido por San Juan de 1834
  • Alonso Escapa ¿Domínguez? cerero, ha recibido 21 reales más 26 mrs. importe de 2 libras de cera (a 10 reales la libra) y los 26 mrs. del renueve de 15 onzas de cera vieja, renovada por nueva.
  • Hay también recibís de arrieros por traer carga de trigo.
  • Felvi Simón ha recibido 151 reales por 75 libras de aceite, compradas al peso, y además ha dado 4 reales al mozo, por su trabajo.

García, Juan, administrador de la fábrica de la parroquial de San Pablo

Memorial contra un escrito del P. Fr. Villalpando despreciando la cultura española. Leído en el Claustro Pleno de la universidad de Salamanca, 26/08/1780

Discurso en que se defiende la cultura española contra el vaticinio del P. Villalpando. Este padre, religioso puediera ser Francisco de Torreblanca Villapando o el P. Juan Bautista Villalpando, jesuita.

Anónimo (catedrático de la universidad)

Nota del Comisario General de Cruzada, con varias declaraciones e instrucciones públicas, sobre gracias, privilegios y facultades en virtud de la Bula de la Santa Cruzada

Recuerda que para participar en las gracias, privilegios... de la bula de la Santa Cruzada hay que ternerla o tomarla y pedirle y escribir su nombre; también recuerda que no es suficiente dar una limosna, sino lo que a cada uno se le ha señalado. La duración es de una año desde la publicación de la bula. Hay que tener también el Sumario de la Bula llamado de Vivos y el de Difuntos, para éstos últimos se pueden tomar 2 Sumarios. Se alude al Sumario de la Bula de Composición, que la pueden tomar quienes deben restituir y no se ha averiguado el verdadero dueño, con tal que paguen 2.000 mrs..... Madrid, (sin día) de octubre de 1809. D. Patricio Martínez de Bustos.
Son declaraciones e instrucciones anteriores, de los años 1755,1757 y 1797.

Martínez de Bustos, Patricio, Comisario General

Pan de Cada día. Para las Almas-Hostias, de M. Auxilia de la Cruz, 20/07/1978

Diario espiritual de la M. María Auxilia de la Cruz, comenzado el 21 de noviembre de 1936, Pos-Concilio 1969. Nota del Arzobispo Primado de México, Mons. Ernesto Corripio Ahumada. Impreso en México D.F.: Imprenta Venecia S.A., 20/07/1978.

Uriarte Gili/Healy, Rebeca María, O.SS.E. (M. María Auxilia de la Cruz)

Parecer sobre la enagenación de los bienes eclesiásticos en el Estado Romano, contra el parecer y aclaraciones del Abate Juan Vicente Bolgeni, en Asis, 1799

El autor, anónimo, hace un resumen del parece que ha dicho o publicado el ex-jesuita, Bolgeni, y señala los 5 puntos o argumentos en los que se apoya dicho ex-jesuita para justificar la actuación del poder civil (La Revolución Francesa) para arrebatar los bienes de los Estado Pontificio. A continuación va dando su opinión contraria a los señalados 5 puntos. Al final dice el anónimo autor: cae pues a tierra todo vuestro raciocinio fundado en término generales indefinidos...Resolvemos, pues, finalmente que el despojo de las propiedades en el Estado Romano es injusto, es ilícito; y, consiguientemente que es injusta e ilícita cualquiera compra que de ellos se haga sin consentimiento y voluntad del propietario...

Anónimo

Preceptos de la Inquisición de Barcelona hechos por el Arcediano de Almazán

Debió formar un libro, o legajo, en el que se recogían los mandatos, preceptos o normas para los Inquisidores y oficiales de la Inquisición en Cataluña y Aragón, también de Castilla.
En el folio 48 está el título, pero posiblemente dado un poco posterior a los textos primitivos; se titula: «Preceptos dela Inquisición de Barcelona hechos por el arcediano de Almaçán». El texto comienza en el f. 51, bajo el título: «Los preceptos que el Arcidiano de Almaçán, visitador, hizo en virtud dela visita desta Inquisición del Principado de Cathaluña son los siguientes», y se escriben 40 preceptos dirigidos a Inquisidores y oficiales; los firma (copia) Ferdinandus, licenciatus, visitator (f.54r). A partir de este folio se van añadiendo otros preceptos, o mandatos y diversas normas legislativas de años posteriores:

  • f 54v: El notario Joan Antich de Bages, añade : Die XXVII, mensis novembris anni predicti D octavi [1508]. Eadem die por mi Joan Antich de Bages notario de la presente visita, por mandado del dicho señor Visitador, presente su Reverencia y los señores Inquisidores, fiscal y notarios del secreto fueron intimados, leydos e publicados los presentes preceptos fechos por el dicho señor Visitador, ahunque no es acabada ni complida la visita, a causa de mi partida para Caragoça. Los quales dichos preceptos mandó su Reverencia a los dichos Inquisidores y oficiales a quien toca y se esguardan, tengan y complan fasta en tanto que otro, en notario dellos, o de algunos de dellos, el Reverendísimo señor obispo de Vich, general Inquisidor, mandare o proviere. Los quales mandó fuessen continuados, insertos y puestos al pie de las instructiones del secreto. E porque lo sobredicho pasa en verdad continué aquí este acto de mi mano y firmelo de mi nombre el dicho día, y el dicho señor Visitador firmolos de su nombre. Firma [copia] Joan Antich de Bages, notario.
    [Y continúa] Die sexta mensis Junii, anno Millesimo Quingentesimo nono, en esta sala de audiencia el señor Visitador mandó a mi Bertolomeu Martínez, notario, que escriviesse y continuasse, al pie de los sobredichos capítulos, un capítulo de una letra missiva que el señor Inquisidor general havía embiado a su Reverencia, fecha en la villa de Valladolid a siete del mes de mayo más cerca passado, firmada, o sotascrita, de mano del señor Inquisidor general y scrita de mano de su secretario, el tenor de la qual es según se sigue: Los manaments e provisions haneu ordenades et fetes en aqueix Sanst Offici me han paregut molto be, e son stats ben fets e axi es ma voluntad sien tenguts e servats per los Inquisidors.
    De esta forma se van añadiendo los nuevos preceptos o mandatos y se van repitiendo todos, como hace el notario Bartomeu Martínez en la reunión de Inquisidores en el castillo de Cervera, el 27/07/1509, que ya figuran 45 preceptos; y lo mismo en la reunión de Barcelona del 10/12/1509 que se llega hasta los 78 preceptos.
    Al f. 68, una mano antigua ha escrito: "Parecen ser los originales". Pero en el f. 69, otra mano, más reciente que la anterior pone: «Están duplicados ¿desde? el f. 50 ... parecen estos originales, más no lo son, sino copias authénticas firmadas del arcediano de Almaçán, embiadas a diversas partes como también parece de la que está en esta Inquisición de Caragoça, de la misma letra y firma.
    Desde el 80 r al 85, se encuentran las ordenanzas de la Inquisición hechas en Sevilla, en el convento de dominicos de San Pablo, el 29 de noviembre de 1484, ante los Reyes Católicos, Fr. Tomás de Torquemada y los inquisidores. Fueron dadas 28 ordenanzas o instrumentos, cuya copia autenticada es esta de este documento, por el notario Antonio Martínez, clérigo, notario apostólico, que pone sus signo y rúbrica. Al principio de esta copia [f. 80], una mano posterior, pero no mucho más tarde, ha escrito: " Estos instrumentos de Sevilla, están de estampa [borrón]... más éstas están más correctas y verdaderas y a ellas se ha de estar, mayormente que es copia authéntica sacada del original por el mismo secretario ante quien pasaron."
    Se añaden los instrumentos o instituciones hechas en Valladolid a 27 de octubre de 1488. Lo mismo que se hace con las instituciones de Sevilla de 1485, que no están en la estampa. También se copian las instituciones de Ávila de 1498; las de Sevilla del 17/06/1500 años, en tiempo del obispo de Palencia [fray Diego de Deza, O.P.], y las de Medina del Campo de 1504.
  • En el f. 102 comienzan los "Capítulo de los receptores y del arca fechos por don Mercader, Inquisidor general en los reynos de Aragón por buen recaudo dela hazienda. [obispo D. Luis Mercader, 1514-1516, inquisidor general en todos los reino de Aragón] y del mismo Inquisidor, D. Luis Mercader, en 1514 se añaden las instituciones contra los capítulos de las Cortes de Monzón perjudiciales al Santo Oficio de la Inquisición, confirmadas en Valladolid, 28/08/1514, conservan el sello de papel pegado con lacre o cera.
    Desde el f. 113, se van copiando las ordenanzas para enviar a diversas diócesis, pero siempre señala que son duplicados de las anteriores. En este folio se dice que esta copia es para Sicilia.
    -Al f. 124-127v, hay un memorial que lleva por título: "Memorial de algunos negocios que se han ofresçido estos años passados en que se ha hecho agravio y estorbo a los inquisidores y ministros de la Inquisición y novedad grande con ellos de lo que hasta aquí se ha usado. Sus autores D. Diego Tavera y Don Pero Ponce de León (a.1548).
    Desde el folio 128 hasta el 139v son cartas de D. Carlos y doña Juana, su madre, ante los problemas que se habían presentado, en muchos casos, de injerencias de las autoridades civiles y sus oficiales y los inquisidores y los suyos. Casi todas referentes a la Inquisición de Granada.
  • Desde el f. 157 al 180, se hace un índice y resumen de los privilegios de los Romanos Pontífices al Santo Oficio de la Inquisición.
  • El f. 181 lleva por título: «Interrogatorio para las ynformaciones que se huvieren de hazer de las personas, que se huvieren de probeer por inquisidores, oficiales o familiares del Santo Oficio de la Inquisición.»
  • Los folios 184 y 185, se hace traslado y traducción (amplia) al castellano del breve de Gregorio XIII, sobre la creencia que los confesores, teniendo la bula de Santa Cruzada, pueda absolver del pecado de herejía, cosa que es oficio de la Inquisición.
  • Los folios 186 al 198 llevan por título "Super rebus Sancte Inquisitionis". Tratan de un grave, inquietante, problema que ha llegado a España con la noticia de que el Sumo Pontífice, quiere cambiar, revocar y dar nueva provisión a otros Inquisidores en adelante, debido a la contra que se hace a la Inquisición por los enemigos. Una de las acusaciones es que la Inquisición va contra los ricos y los pobres están seguros. Carlos I despliega una gran actividad diplomática, para evitar lo que consideraba un desastre total para la Inquisición y para la catolicidad de la nación. Cartas desde Barcelona, desde el 5 al 24 de septiembre 1519, al cardenal Jacobacio (Dominicus Jacobatius), al embajador especial, D. Lope Hurtado de Mendoza, (que ocupan los ff 186v a 194r), al embajador D. Luis Carroz de Vilaragud, a D. Jerónimo de Vich, al cardenal Colona, a obispo, y al mismo papa León X y al cardenal de Ancona.
  • Provisión del Consejo de la Inquisición, dando indulto a los renegados y apóstatas, para que en dos años puedan volver a la fe de la Iglesia, prometiéndoles que si se presenta y confiesan su error, los Inquisidores les absolverán y no serán juzgados ni sus bines confiscados, sino que solo se les pondrán penitencias saludables (sin data ni firmas).
  • Copia y traslado de una provisión y comisión del Consejo de S.M. y de la Santa G. Inquisición dirigidas a los inquisidores de Toledo para que procedan contra los inhábiles que usan de las cosas prohibidas. Madrid 24/05/1546, firmas copiads: D. Diego Tavera, D. Pedro de Acuña de Avellaneda, D. Pedro Ponce de León. (copia).
  • En los ff. 200-207 se incluyen documentos impresos: Edicto general de los Inquisidores, para que todos lo que hayan visto u oído, a alguna o algunas personas, vivos presentes, o ausentes, o difuntos, decir o hacer u opinar contra la fe que enseña la Iglesia de Roma. Conviene a saber: que guardan el sábado.... so pena de excomunión, trina canónica monitione premisa, que en 6 día acudan personalmente a la sala de la Audiencia a decir y manifestar lo que supiere... (sin data). Copias de cédulas reales: datada en Zaragoza,15/07/1518, para que ninguna autoridad se entrometa en las cosas y privilegios del Santo Oficio; otra desde Monzón, del 09/19/1542, enviada a las autoridades de Jaén.... Por su parte, el Inquisidor General, D. Fernando de Valdés, transmite el Breve del papa Paulo IV sobre la unión de las canonjías al Santo Oficio de la Inquisición, Roma 17/01/1549; y otra de 1559.
    Los dos folios sueltos, nn 44 y 45, los colocamos al principio de este documento (como deberían estar). Es una copia (en dos ejemplares) de carta o decreto de gracia del obispo de Ávila [Francisco de la Fuente] y al electo obispo de Mesina, Martín [Ponz o Ponce] (Sicilia), inquisidores generales, subdelegados del Inquisidor General, Fr. Tomás de Torquemada, juntamente con el doctor Felipe Ponfii, doctor en ambos derechos, dada en Barcelona el jueves 10 de octubre de 1493, han decidido que cualquier condenado por el crimen de herejía, ausentes y los que fueron quemados en estatua, quieran comparecer y comparezcan ante los inquisidores poniéndose en la cárcel, antes de que sean capturados por los inquisidores, confesando sus pecados, sean admitidos y recibidos a penitencia publica que les impongan los inquisidores, no se les confisquen los bienes; por sola misericordia sean recibidos y si los condenados piden que se les admita a defenderse o probar su inocencia, poniéndose en la cárcel se les admita y que se tome integra su defensa y se haga con todo derecho y justicia, no obstante la primera sentencia lata y promulgada contra ellos.

Arcediano de Almazán, Fernando de Montemayor

Proclamación del Jubileo Universal concedido por el papa Clemente XIII en su elevación al trono pontificio; por el obispo de Calahorra y la Calzada

El nuncio le ha enviado un breve del papa Clemente XIII con la concesión del Jubileo Universal, como el de Año Santo, con las diligencias que su Santidad señala. El obispo señala las dos semanas en que se puede ganar este Jubileo: desde la Anunciación de Nuestra Señora, hasta el domingo de Ramos. Dado en Oñate, 06/03/1759

Porras y Temés, Andrés, obispo de Calahorra-La Calzada

Reconocimiento de paternidad

Florentino de Cruz reconoce a Francisco Cruz Toral como su hijo natural habido con Petra Toral soltera; ambos de naturas y residentes en Aldeamayor de San Martín, 15/10/1866. Firma el dicho florentino y los testigos Fermín y Sebastián Benito

Cruz, Florentino de

Respuesta del claustro de la universidad de Alcalá a la pretensión de los jesuitas de tener Estudios en la Corte (1627)

La escritura presenta dos destinatarios, pues está corregido cuando se dirige a V. Señoría Illustrísima (V. Sª. Illª), que se tacha, y en su lugar se sobrescribe V. A. (Vuestra Alteza). En la parte superior de la carta, la mano que ha hecho las correcciones dichas escribe: «Al Consejo de Inquisición.» La carta estaba dirigida a la Inquisición, pues habla de "ese Tribunal". A la pretensión de la Compañia, la universidad de Salamanca había publicado un memorial, que fue acusado de herejía ante el tribunal inquisitorial. La universidad de Alcalá sale en defensa de la de Salamanca, contra la pretensión de los jesuitas. La carta pudo ser utilizada por la universidad de Oñate.

Compañía de Jesús, jesuitas

Síntesis histórica de la universidad de Oñate en respuesta a la Real Orden del 19/04/¿1800?

La universidad de Oñate, cumpliendo la O.R. del 19 de abril de ¿?, envía una buena síntesis de histórica de la universidad. No lleva ni firma ni fecha, pero es posterior a 1786, ya que el plan de estudios que se observa es el de la R. Cédula del 22/01/1786. Es copia simple

Universidad de Oñate: Sancti Spiritus

Sobre vacío, dirigido a la Revda. M. Priora o Presidente de nuestro convento de Santa Cruz Dominicas de Vitoria

Supuesto sobre que contenía documentos de la Inquisición de Logroño. Cuando se hace esta catalogación el sobre está vacío, pero es evidente que los documentos del obispo e inquisidores están doblados en función de este sobre. Y cosa importante: el sobre se ha conservado junto a estos documentos.

Anónimo

Solicitud de ayuda a la Junta de Caridad de la parroquia de nuestra Señora de la Antigua

José Cuesta tiene a su mujer enferma desde hace dos años y tienen dos niños, y le faltan recursos; por lo que ruega al presidente y señores de la Junta de Caridad de la parroquia de la Antigua que se interese por su caso ante la Sociedad de Amigos de los Pobres de Valladolid. En Valladolid, 23/02/1866.
Al ángulo inferior izquierdo pone la fecha de 28 de febrero de 1877 «Días que falta la fe periódica».

Cuesta, José

Testamentaría de Manuel Álvarez. Concierto entre Isabel Hernández, viuda de Manuel Herrero, y su hijo Juan García, herrero, y ajuste de cuentas entre ambos.

Se trata de un documento de concierto entre Juan García Herrero y su madre Isabel Hernández, viuda de Manuel Herrero. La madre se obliga a dar al hijo, que se ha casado con Josefa Sánchez, 480 reales de vellón y éste debe estar sujeto a todas las obligaciones del oficio de herrero, por lo que la madre le da la casa y fragua sita en la calle San Pablo de esta ciudad, y con todos los instrumentos del oficio de herrero. A partir del año 1836 el hijo pagará a su madre por el alquiler. Se hace inventario y tasación de la casa, fragua, e instrumental. Se citan los hijos de Manuel Herrero e Isabel Hernández. En un folio suelto y doblado está las medidas y tasación de la casa, hecha por Tomás Crespo y Manuel Hernández, Salamanca, 24 agosto de 1824 (se tasa en 3.164 reales).

Álvarez, Francisco, notario

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