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Carta de pago para el convento de San Esteban de 82 ducados y medio po el cardenal de Trento (1562-1569)

  • ES 37274.AHDOPE A-B-SAL-27-1-1
  • Uni. doc. simple
  • 20/04/1562 - 28/01/1569
  • Parte deFondo A (Antiguo)

Pleito entre el convento de San Esteban y los representantes del cardenal de Trento. Éste tenía prebendas en el arzobispado de Toledo y de Santiago, por lo que el cardenal Juan Álvarez de Toledo, arzobispo de Santiago, le debía más 4. 000 ducados.. Contiene el poder del cardenal Cristophoro Mauricio, príncipe de Trento a Jerónimo Candiano, 30/07/1558, autenticado en Valladolid, por Melchor de la Serna, notario, el 20/04/1562. En Medina del Campo, a 21/11/1568, el dicho Jerónimo y su sustitutos, piden al convento de San Esteban de Salamanca y a sus fiadores la cantidad de 87 ducados y medio, ante Diego de Espinosa. Sigue la R. Provisión de Felipe II, sobre este pleito entre el dicho cardenal de Trento y el duque de Alba D. Fernando, por cuantía que ambos reclaman de los bienes del cardenal Fr. Juan Álvarez de Toledo, sobre la que la R. Audiencia y Chancillería dio sentencia, al acreedor Convento de San Esteban, que debería pagar si otro tenía más derechos que el dicho monasterio sobre lo cobrado de la herencia del cardenal Toledo. El convento, por medio de Fr. Lorenzo de San Pablo, su procurador. Los fiadores del convento se habían comprometido hasta 25.000 ducados. La deuda era de 4.087 ducados y medio, por el arzobispado de Santiago; San Esteban debía pagar 87 ducados y medio. Así se dieron varias sentencias en contra de las súplicas del convento y frailes de San Esteban. Este por los gastos de la cobranza dice que no debe pagar más de 4 ducados. La Provisión, Valladolid, 19/05/1565. (conserva pegado el sello de papel y lacre. Al final Leonardo Nicolocio (o Nicolacio), mercader de libros, vecino de Salamanca, da carta de pago para el convento de San Esteban por 82 ducados y medio,( se han aplicado los gastos de la cobranza) que por la ejecutoria real de debían al cardenal de Trento, y los recibió del P. Fr. Cristobal de Córdoba, prior, ante Pedro Martín Cabezón, Salamanca, 28/01/1569.

Cardenal de Trento, Leonardo di Nicolacio.

Ejecutoria a favor del convento contra los vecinos de Aldigüela de Tor de los Caballeros (1691)

  • ES 37274.AHDOPE A-B-SEG-1-2-1
  • Uni. doc. simple
  • 1569 - 1691
  • Parte deFondo A (Antiguo)

El pleito comenzó en 22/03/1684. Los vecinos del lugar se querellan contra el convento porque los frailes habían quitado a los vecinos el cuarto del agua que bajaba de la sierra al molino de San Medel, propiedad del convento (se trataba del río Pirón). Ya había habido una ejecutoria de la chancillería de Valladolid, del 10/07/1569 a favor del convento. Sentencia, pronunciada en Segovia 20/06/1691, el agua debe correr y que baje al molino de Samedel (sic).

González de Novoa, Alonso, teniente de corregidor de Segovia.

Convento Santo Domingo de Monforte. Defensa de los privilegios del convento (1724)

  • ES 37274.AHDOPE A-B-MON-1
  • Uni. doc. simple
  • 15/06/1723 - 12/02/1724
  • Parte deFondo A (Antiguo)

Un pliego en papel de oficio de 1724, en el que el convento de San Jacinto de Monforte [de Lemos] pide a la real audiencia de La Coruña que les confirme las escrituras de privilegios de la Orden de Predicadores, de no pagar impuestos sobre los géneros alimenticios para el convento. La petición se había presentado por medio del procurador Andrés de Amil el 15/06/1723, porque los frailes había comprado al arriero maragato Toribio Casado ocho arrobas de aceite, y el administrador de rentas de Monforte quería cobrar el impuesto de 4 reales de plata. El auto de confirmación de dichos privilegios se da en La Coruña, 07/02/1724, a petición del prior de Monforte, Fr. Tomás Cao. El documento actual es copia auténtica del escribano Francisco ¿Sánchez? Amado, en La Coruña, 12/02/1724.

Real Audiencia de La Coruña

Copia abthorizada por Antonio Pies de la Huebra, escribano, de las propiedades en El Mayllo (1769)

  • ES 37274.AHDOPE A-B-PEÑ-2-1
  • Uni. doc. simple
  • 1769 - 1808
  • Parte deFondo A (Antiguo)

LLeva por título: Mayllo, copia de la escritura del censo em si.... usi. etc. (sic, por roto) [ se refiere a un censo enfiteusis o efiteusis], desaparecido parte del título. En el interior, al f.1 se pone el nombre del escribano que legaliza la escritura, el año y las propiedades a que se refiere: "Linares 94 fanegas, secano 80 fanegas, huertas 5, prados 2, molinos 3, casas 4". El censo lo paga el concejo y lugar de El Maíllo.
Se traslada ( al f. 3 y ss.) la escritura del censo que se celebró en El Maíllo, en las casas del monasterio, a 17/12/1515, entre el convento y los vecinos del pueblo. Se citan los frailes presentes y un amplio número de vecinos del lugar, ante Pero Gómez, escribano de La Alberca.
Se tomó razón de esta escritura en el oficio de hipotecas de Ciudad Rocrigo, a 24/09/1805, por Fernando Alonso y Cañizal.
El año de 1803,en 29 de abril, Mateo Cascón,procurador de causas, en nombre del prior y frailes de La Peña de Francia, suplica en Ciudad Rodrigo, y reclama, de la justicia ordinaria, los frutos del censo, porque no los han pagado los vecinos de El Maíllo. Y lo mismo con las propiedades de Pizarral.
En 30 de abril de 1803, el mariscal de campo y gobernador de Ciudad Rodrigo manda que se ejecute contra los vecinos de El Maíllo del pago del censo a monasterio de La Peña de Francia; como no han pagado, Mateo Cascón en 15 de noviembre vuelve a pedir justicia por el impago de los vecinos de El Maíllo, la justicia de Ciudad Rodrigo vuelve a dar auto de ejecución el 16 de noviembre. La situación sigue siendo la misma en 14 de septiembre de 1804, en que se da otro auto de ejecución. Y lo mismo sucede en 26 septiembre de 1805 y se siguen peticiones de la deuda hasta el 22 de enero de 1808.

Pies de la Guebra (Huebra), Antonio, escribano de la Alberca.

Memorial por la Cofradía e Instituto de el Santísimo Rosario, en favor de la entrega que de él hizo a Santo Domingo y su religión María Santísima, su fundadora ( 1717?)

La primera parte o el primer artículo, titulado "Memorial por la Cofradía e Instituto de el Santísimo Rosario...", es obra de D. Juan de Valbuena, Doctoral de Palencia. no tiene fecha, tiene citado escritos de 1712, por lo que es posterior a esta fecha. El escrito está dirigido a S.M., suponemos que Felipe V. La finalidad es que como protector de las Órdenes religiosas debe intervenir para que le Cofradía del Rosario de Palencia, sea entregada a los dominicos, como sus fundadores y únicos propietarios. La situación en Palencia era que la cofradía se había mudado, por deseo de cofrades, a depender del obispado y con residencia en palacio; el obispo estaba por medio. Se cita al padre dominico, del convento de Palencia, como Fr. Francisco Collarte.
La segunda parte, es la obra del P. Fr. Joaquín Meléndez, "Manifiesto Instrucción y Apología..." es mucho más histórica, relata bastante los hechos que provocaron los desacuerdos y la actitud de los cofrades. Cita la P. prior de Palencia de 1714, Fr. Francisco Manzaneda; el suprior Fr. Antonio Fernández de la Maza. Hace un buen resumen de la historia de la Cofradía del Rosario, y las leyes y c´omo ha dependido siempre del Maestro de la O.P.. y bajo la dirección de los frailes predicadores y cómo el obispo cambió de postura, al estar mejor informado, voviendose a favor del convento.

Valbuena, Don Juan de, Doctoral de Palencia y Conservador del Orden de Santo Domingo

Razón del pleito con D. Diego de Rebenaga y Padilla sobre que cumpla el testamento de D. Antonio Gonzalo Proaño (1624-1630)

  • ES 37274.AHDOPE A-B-SEG-1-2-3
  • Uni. doc. simple
  • 24/01/1624 - 20/12/1630
  • Parte deFondo A (Antiguo)

Se trata de un resumen de dicho pleito. Se inició en 1624, a petición del fiscal de la audiencia de Segovia, que pidió al provisor de ella que mandase cumplir lo que D. Antonio González Proaño había dejado en su testamento. Se ponen algunas cláusulas del testamento. Entre ellas que era su voluntad construir un monasterio de frailes de Santo Domingo en Sepúlveda, donde había nacido. Dejo por pàtrono y administrador de su hacienda al D. Diego de de Rebenga Padilla, su sobrino. Así, por lado el cuadernillo muestra la evolución del pleito del pleito iniciado por el fiscal de la audiencia, tuvo que intervenir el nuncio. Por la otra dirección está la hacienda que dejó don Antonio González Proeño y las cuentas que da su sobrino, que el fiscal tilda de milicia y engaño. Lo que afectaba al convento de Segovia era que el difunto D. Antonio Gozález Proaño, en su testamento, mandaba que del resto su hacienda se construyera un convento de la Orden de Predicadores en Sepúlveda.

Convento de Santa Cruz de Segovia

Correspondencia en el pleito entre el monasterio de Moreruela y el convento de San Esteban por el apeo de La Barga y el sitio del prado de Valdefrancos (1751-1752)

  • ES 37274.AHDOPE A-B-SAL-19-1-4
  • Uni. doc. simple
  • 23/12/1739 - 25/01/1740
  • Parte deFondo A (Antiguo)

Tras el apeo hecho en la posesión de La Barga, el monasterio puso pleito al convento, porque los mojones puestos, habían ocupado parte de la as propiedades de Moreruela. Las cartas son del P. Fr. Marcos Sámchez, prior de San Esteban al abad de Moreruela, Salamanca, 11/08/1751; Respuesta de Fr. Francisco Alonso, abad de Moreruela, 28/08/1751. Sigue un escrito del P. Fr. José Muguira, procurador de San Esteban, donde explica que el prior de Sagos (Moreruela), Fr. Nicolás de Vera, había estado el 2 de octubre de 1751 viendo los apeos in sito, y con un apeo de 1588 que traía vio que no había perjuicio a su monasterio y quedó en venir en Navidad para apartarse del pleito. Añade el P. José Muguira que el 13 de julio de 1752 pidió al prior Nocolás de Vera se partase del pleito para terminar con dicho expediente. En16 de julio de 1752, escribe el P. Nicolás de Vera, al P. José Muguira, y le dice que ha recibido noticias de que se han cambiado los hito o mojones varias veces y reclama unos 4 o 5 pedazos; vendrá en septiembre y examinarán dichos pedazos y apeos; en Moreruela, 16/07/1752.

Convento de San Esteban de Salamanca

Cartas de pago de la marquesa de Lemos, doña María Josefa de Zúñiga y Castro (1750)

  • ES 37274.AHDOPE A-B-VAp-11-7-4
  • Uni. doc. simple
  • 29/11/1743 - 27/04/1750
  • Parte deFondo A (Antiguo)

Son varias cartas de pago que se le dan la convento de San Pablo, porque se habían depositado grandes sumas de dineros en el convento para hacer frente a los censos que los marqueses de Tábara y sus familiares tenían. Hubo pleito, y se presenta varios acreedores que por orden de la audiencia y chancillería de Valladolid deben ser pagados por el convento. Entre ellos doña María Josefa de Zúñiga y Castro, marquesa de Lemos.
El presidente y oidores de la audiencia y chancillería de Valladolid, sobre los bienes que quedaron por fallecimiento de la marquesa de Tábara, habían dado carta de libramiento (Valladolid,31/03/1744) contra los PP. Prior y depositarios de San Pablo a favor de la dicha doña María Josefá de Zúñiga y Castro, marquesa de Lemos, heredera y apoderada, de 18.480 reales, por cuenta del crédito dotal de 283. 307 reales de principal y de los intereses que a dicha señora le pertenecen sobre le estado de Villada. El poderhabiente de dicha señora, D. Luis de Medina Mieses, da carta de pago de que los RR.PP. prior y depositarios del convento de San Pablo de Valladolid le han dado los dichos 18.480 reales, Valladolid, 27/04/1744.
El libramiento para el cobro de los 18.480, que se dió, 31 de marzo de 1744 y se lo pagaron los frailes a Luis Medina Mieses, pero el resguardo se ha perdido y el convento le ha pedido haga una carta de pago. El escribano Simón Halaguero, certifica el poder de D. Luis Medina Mieses.

  • D. Juan Antonio de Cos, apoderado del Marqués de Tábara, conde de Villada, da carta de pago de haber recibido del los RR. PP. prior y depositarios del convento de San Pablo de Valladolid, 81.443 reales y 10 mrs. aunque el libramiento era por 83.139 y 10 mrs; se descontaron por ciertas consideraciones 1.696 reales , Valladolid, 03/12/1759.

Convento de San Pablo de Valladolid

Declaraciones hechas a pedimento del convento de San Esteban... sobre tierras de La Barga que quedaron sin incluirse en el apeo de 1739 que pasó por ante Manuel de Santayana (1750-1751)

  • ES 37274.AHDOPE A-B-SAL-19-1-5
  • Uni. doc. simple
  • 1750 -1751
  • Parte deFondo A (Antiguo)

El cuaderno comienza con un poder general que el convento de San Esteban da a frailes y procuradores para que puedan actuar en sus negocios. Hay una lista de frailes que asisten al acto (ver área de notas) y de procuradores en Salamanca, Valladolid y Madrid (ff. 1-2), Salamanca, 30/09/1749.
Desde el f. 3 al 20 se recoge una memoria de tierras que se omitieron en el apeo de 1739, para el amojonamiento nuevo, por lo que se registran los testimonios de vecinos declarando ser propiedades del convento de San Esteban y después se recoge el auto del nuevo amojonamiento, ante Roque Rodríguez Manzano el 09/06/1751.
A partir del f. 21 comienza el pleito incoado por el monasterio de Moreruela, de cistercienses, que considera que los hitos nuevos están en propiedad de su monasterio, por lo que se le han tomado propiedades. Al f. 31-32 hay una carta de D. Francisco Vláquez Zapata Maldonado, como persona poseedora de Vínculo que se fundo en Moreruela, que declara que los nuevos hitos puestos por el convento de San Esteban han invadido la propiedad de los cistercienses, Madrid 10/07/1751. Última fecha, Salamanca, 22/09/1751.

Convento de San Esteban de Salamanca

Dehesa de Talavera (es la misma Albuera, o de Bernardino, de Pueblanueva, anterior (1696)

  • ES 37274.AHDOPE A-B-SAL-27-1-7
  • Uni. doc. simple
  • 1695 - 1696
  • Parte deFondo A (Antiguo)

Es un resumen, muy breve, de la escritura anterior, añade que se tomó posesión de la dehesa el año de 1693 y está arrendada por 8 años. Dice que las escrituras están en Madrid, en poder del P. Fr. Juan Salgado, procurador de este convento de San Esteban. Añade además que el conde de Villalba debía de los réditos de dicho censo cerca de 5.000 reales, que eran hipoteca sobre unas casa en la calle de Atocha de Madrid y unos censos en la villa de Moratalla, y el año 1695, o 1696, el convento puso pleito por esas casas, que habitaba el marques de la Torre; se gastó ociosamente 3.000 reales, porque las casas se las aplicaron al marqués.

Convento de San Esteban de Salamanca