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Descripción archivística
Albuerne Álvarez, Nicolás, O.P. Corias
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Carta del abogado D. José Guimón Eguiguren al P. Fr. Nicolás Albuerne, superior de los PP. Dominicos de Corias

Es carta original, en una cuartilla, con membrete y firma autógrafa. Insistencia en la cuestión de la notificación de la resolución ministerial del 19 de septiembre de 1934. Parece que el Ministerio, por medio de la Junta de Beneficencia de Oviedo, quiere hacer una nueva diligencia, y puntualiza si alguien puede certificar, como se dice: "que fue el mismo día en que se llevó a efecto dicha notificación".

Guimón Eguiguren, José, abogado

Carta del abogado D. José Guimón Eguiguren al P. Celestino Alonso

Le recuerda que desde el principio la advirtió que había que armarse de paciencia. Comunica el estado del asunto: los informes pedidos a la Junta Provincial de Beneficencia de Oviedo no han llegado. Lo de la notificación es de menor importancia; lo que importa son los documentos de protestas de los dominicos presentaron ante la Junta; aunque se hayan perdido o destruido insistir en que existieron es a favor de la causa, para desmentir el consentimiento que se supone en la orden de calificación.

Guimón Eguiguren, José, abogado

Carta del abogado D. José Guimón Eguiguren al P. Celestino Alonso

Se habían entrevistado, aunque rápidamente, el abogado y el P. Celestino, en Madrid. Le comunica que tiene reiterada en el T.S la petición de los documentos antecedentes, como se ve por la copia adjunta [es la Suplica anterior, doc. 16]. Aún nada definitivo se ha hecho, lo que se atribuye al retraso provocado por la reorganización de las Salas de lo contencioso administrativo del T.S.

Guimón Eguiguren, José, abogado

Carta del abogado D. José Guimón Eguiguren al P. Celestino Alonso

Comunica que en el segundo certificado de Cangas de Narcea se dice que las diligencias de notificación fueron enviadas el 26 de diciembre a la Sección Administrativa de 1ª Enseñanza. Pide que averigüe si se conserva en dicha institución. Que pide certificado.

Guimón Eguiguren, José, abogado

Recurso Contencioso-Administrativo contra el Ministerio de Instrucción Pública y Bellas Artes por la clasificación del Colegio de Navelgas. Fase de Madrid

Este Recurso, pensamos, quedó interrumpido por la Guerra Civil, aunque el colegio de Navelgas sobrevivió algunos años más, hasta 1945, no hay (no tenemos) noticia de la solución final.

Guimón Eguiguren, José, abogado

Respuesta del P. Rector de Corias, Fr. Nicolás Albuerne, a la resolución del Ministerio de Instruc. Pública y Bellas Artes. Fundaciones benéfico-docentes, por la clasificación de benéfico-docente particular del Colegio de Navelgas.

Recibida la resolución del Ministerio de Instrucción Pública con la clasificación del colegio de Navelgas como benéfico-docente particular, cuya copia simple, con algunas correcciones que se deben al P. Fr. Celestino Alonso, se conserva aquí en dos folios mecanografiados, el P. Rector del Colegio de Corias da su respuesta, dirigida al Ilmo. Sr. Director General de Primera Enseñanza. Señala que existe error al pretender convertir en Deuda Perpetua interior al 4% en nombre de la Fundación las 84.819, pts. y 22 cts. supuestamente el poder de los frailes. El colegio ha costado, según tasación, 243.174 pts y 50 cts. No hay nada que invertir de lo dejado por el fundador. Tampoco puede inscribirse en el registro de propiedad nombre de dicha Fundación el edificio en se halla instalado el Colegio... En consecuencia, Suplica, que teniendo esta respuesta por presentada, se sirva rectificar la dicha resolución del 19 de septiembre de 1934. Corias (Cangas del Narcea) par Madrid, 26 de diciembre de 1934. Firma autógrafa del Fr. Nicolás Albuerne Álvarez.

Colegio de S. Juan Bautista de Corias

Súplica del abogado D. José Guimón Eguiguren a la Sala Cuarta de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo

Carta copia de la original, firma a máquina del Sr. Abogado. Insiste que desde el principio del recurso solicitó la ampliación de antecedentes: no solo los del Ministerio, sino que se pidieran también los antecedentes en la Junta Provincial de Beneficencia de Oviedo, tanto con respecto a la resolución del 19 de septiembre de 1934... las comunicaciones de la Junta con el Gobernador Civil, como presidente, y lo que se haya dirigido a los Patronos de la Fundación [con varias fechas que cita]. Suplica a la Sala se sirva ordenar que con suspensión del término para formalizar la demanda se reclamen dichos antecedentes. Pide justicia, Madrid, 8 de abril de 1935,

Guimón Eguiguren, José, abogado