Colegio de Navelgas

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Comunicación del edicto de audiencia del Ministerio de Instrucción Pública y Bellas Artes a los PP. Dominicos de Corias.

Documento dependiente del anterior. Se trata de que ante la insistencia del Ministerio de Instrucción Pública, lo dominicos no contestaban a lo que el Ministerio quería. Se dio una concesión de audiencia, que no apareció en la Gaceta de Madrid; por lo que días más tarde hubo necesidad de nueva publicación y de avisar a los dominicos de Corias y Navelgas de que deben de presentar al expediente lo que se les pedía. Esta es la comunicación última que se dio por el Ministerio.

Colegio de Navelgas

Consulta al abogado D. Ramón González (Tartiere, 18,2º, Oviedo) referente a Navelgas y al modo de asegurar los bienes inmuebles.

Los papeles que se encuentran en este documento son:

  • n. 1: Dos cuartillas, mecanografiadas, si fechas ni firma, pero son del P. Celestino; el texto es el mismo en la dos cuartillas, con un corrección únicamente. Es un resumen del inicio de la donación. Insiste en la idea de que los dominicos de Corias no son meros ejecutores de la fundación, sino que son los herederos de D. Ignacio González.
  • n. 2: Son 4 folios: los dos primeros son las consultas que, supuestamente, el P. Celestino consulta a la abogado D. Ramón López: uno, lleva la firma a máquina dl P. Celestino, pero sin fecha y la consulta versa sobre si los dominicos están obligados a entregar a la Junta de Beneficencia lo que han recibido: o si como son herederos, tienen derecho a retenerlos, y emplearlos cómo quieran, con tal de cumplir la carga que les impone el testamento; el segundo, del año 1931, es de consultas en el caso de que se tenga que devolver y pagar, teniendo en cuenta el valor de los pesos americanos, y la variación monetaria y que el edificio se ha hecho con el dinero de Corias. A estas consultas el abogado responde con otros dos folio mecanografiados, las fechas señaladas: 17-7-931, 18-7- 931, 21-7-931, uno ,más amplio que el otro.
  • n. 3: otros dos folios abogado D. Ramón López, repitiendo la respuesta del 17-7-931, pero con fecha del 11- de enero de 1932.

Colegio de Navelgas

Copia de literal de un oficio que el Gobernador de Oviedo envió al Colegio de Navelgas, y de la respuesta que se ha dado.

El oficio del Gobernador de Oviedo, como Presidente de la Junta Provincial de Beneficencia, transmite que no se ha presentado el presupuesto del Colegio de Navelgas, como manda la O. Ministerial del 23 de junio último; se le pone de límite quince días. Dado en Oviedo 1933-12-13. La respuesta de P. Celestino, en el reverso de la cuartilla: Lo de Navelgas no es propiamente una fundación y los dominicos no son Patronos sino herederos del finado.

Colegio de Navelgas

Copia simple del Índice de documentos que se remiten al Tribunal Supremo para sustanciar el recurso contencioso-administrativo número 14.510, interpuesto por el Rector Superior de los PP. Dominicos de Corias, contra la Orden del Ministerio de Instrucción Pública y B.A. del 19 de septiembre de 1934

Como en el texto se lee, es el índice de 38 documentos, que componen 101 folios, que a petición del Tribunal Supremo, hecha el 5 de febrero de este año de 1935, se le remiten a dicho T.S. para el recurso contencioso- administrativo interpuesto por el convento de Corias contra la O. Ministerial del 19 de septiembre de 1934.

Colegio de S. Juan Bautista de Corias

Copias del Expediente del Ministerio de Instrucción Pública y Bellas Artes Relacionado con la fundación del Colegio de Navelgas.

Comienza con una carta de las madres de familia de Navelgas a la Reina, para que se lleve a cabo la realidad del último deseo de D. Ignacio González García, datada en Navelgas, 1920-07-29, por la maestra del pueblo doña Bibiana López. El Ministerio, que no tiene noticia del legado ni del Colegio, pide al gobernador civil, Presidente de la Junta Provincial de Beneficencia de Oviedo, información al respecto. así comienza todo. Los frailes contestaron a algunas peticiones de la Junta Prov. de Oviedo el 16 de marzo del 1923. No tiene los documentos originales, porque están en la Habana, sería necesario pedirlos, pero envían copia simple del testamento y del recibo de la herencia. Recalcan que es insuficiente lo dejado para levantar y sostener, y menos en Navelgas, un colegio d e 1ª y 2ª enseñanza y han optado por la mejor opinión de letrados, que es hacer lo que se pueda con el legado, y es lo que opinan también los vecinos de Navelgas. Se establecería un centro de estable y completo de 1ª enseñanza; algo de la 2ª y algunas clases de aplicación práctica par los jóvenes. Los intereses del legado no se tocan, porque se destinan sustento del personal docente. El Ministerio de Instrucción Pública sigue pidiendo, a los frailes de Corias, más informes: escritura fundacional, para "proceder a una clasificación" y relación de los bienes suscrita por ellos, data: Madrid, 1923-11-23. Hay informes que los frailes dan respuesta pero no a satisfacción del Ministerio, por lo que éste termina por "clasificar el Colegio de Navelgas de" Beneficencia particular docente", con las obligaciones de presentar presupuestos y rendir cuentas anualmente al Protectorado", Madrid, 19 de septiembre de 1934; comunicado por la Junta Provincial de Beneficencia de Oviedo, el 24 de septiembre de 1934 (ver la clasificación y comunicación en. B-C-NAV-b- 2-1-doc.1).

Ministerio de Instrucción Pública y Bellas Artes.

Demanda Contenciosa de los PP. Dominicos de Corias por la cuestión de la casa de Navelgas

La Demanda contenciosa, escrita por el abogado D. José Guimón Eguiguren, Madrid, 29/05/1939, es sobre el edificio del Colegio del "Santísimo Sacramento" de Navelgas. Construido por el Colegio de Corias, como heredero de los bines dejados por D. Ignacio González García, por su testamento en La Habana, 22/04/1912, que dejaba todo a los dominicos de Corias para hacer un centro benéfico de enseñanza primaria y secundaria. Debía tener (o creer) que tenía dinero abundantes, pero a la hora de la muerte y pagos de los albaceas, se entregó a los dominicos 19.725'40 pesos, o lo que es igual 84.819'20 pts. con una renta de 4.240'96. La gente del pueblo, sin saber lo que había dejado, hablaban de 100.000 pts. del legado dejado al pueblo; y así pidieron que se les diera 50.000 pts. para adquirir una casita donde se dieran las enseñanzas. Los herederos (los dominicos) viendo lo exiguo de la renta decidieron que era mejor, construir por su cuenta el edificio (construido tiene un valor de más de 250,000 pts. y dejar el capital y con la renta para hacer frente a los gastos de mantenimiento de las enseñanzas que deseaba el bienhechor, en la planta baja del edificio, y el resto de éste para las necesidades de la comunidad de dominicos, que debían enseñar y educar. Y así los dominicos comenzaron a dar las enseñanzas en el curso 1928-1929. Pero la legislación del 1934 y la Junta Provincial de Bienes Benéficos incluyó este centro como una Fundación u Obra Pía, que nada tenía que ver con la institución de los dominicos como herederos del bienhechor de La Habana. Pero el proceso revolucionario en Asturias en octubre de 1934 cogió al P. Nicolás Albuerne en Villamejín, con lo que del 3 al 23 de octubre, no pudo salir dada la persecución de los religiosos y fueron esos días cuando se notificó y se ejecutó la clasificación del edificio como bienes propios de una fundación benéfica. Lo que suponía que el edificio construido por los dominicos de Corias con su dinero propio se lo quitaban. Después de largo tiempo el pleito llegó a esta Demanda contenciosa, que firma y entrega el abogado José Guimón, en Madrid, 29/ 05/1939. Al final, hay unos folios de copias de documentos: una fotografía del conjunto de Navelgas (que no está en este escrito), nn 2 y 3: certificado del abogado secretario del ayuntamiento de Congas del Narcea; certificación de los PP. de Corias, de la elección del P. Nicolás Albuerne como prior de Corias. y 5, acta notarial requerida por el P. Nicolás Albuerne, de cómo este no pudo salir de Villamejín del 3 al 23 de octubre de 1934, dada en Proaza el 1939. Por eso no pudo hacer la reclamación de la clasificación del Navelgas.

Convento de San Juan Bautista de Corias

Dos cartas del abogado D. Ramón G. López al P. Celestino Alonso

La primera carta, del año 1932, responde a la lectura de la cláusula 5ª del testamento de D. Ignacio González en la Habana. Da la razón a los frailes dominicos: son el único y universal heredero, y en esta calidad. Por ello, los bienes heredados se deben destinar al fin marcado por el testador. Pero promulgada la Constitución y vigente ésta, podrán invocarse las limitaciones que en ella se establecen, respecto de las Ordenes Religiosos. Pero es indiscutible que la dueña y heredera es la Orden religiosa de Santo Domingo.
La segunda carta de 1935, el abogado advierte que al último resultado de la comunicación, 20 de octubre de 1930 (Doc. NAV-b- 2-2-doc. 2), la Comunidad no presentó reclamación en el tiempo que se le dio (la concesión de audiencia) en el momento procesal. Descuido que se debió evitar. Ahora solo queda el camino de la impugnación de la resolución ministerial, ¿Prosperará la impugnación? abriga temor, aunque asiste la rezón a la Comunidad. Pide la fecha exacta de la notificación a la Comunidad, de la resolución del 19 de septiembre 1934. Parece que si fue la notificación el 24 o 25 de diciembre, estaremos a tiempo para combatir la resolución. Tiene fe profesional.

Colegio de Navelgas

Informe del Colegio de Navelgas a la sección especial de Estadística del Ministerio de Instrucción Pública y B. A.

El pliego principal con la respuesta al Censo G. de Establecimientos de Enseñanza, manuscrito y con letra del P. Fernando María Gutiérrez, que firma en 1933-07-10, como Superior Director. Se supone que es la copia auténtica para el Colegio de Navelgas. Dice que la subvención que tiene es de 5.309 pts. anuales, como herederos de D. Ignacio González. Sello y data con firma autógrafa
Se adjuntan otros escritos sobre la información del Colegio de Navelgas, referente al Censo General de Establecimiento de Enseñanza, que numeramos a lápiz:

  • n. 1: solicitud de la información del Colegio de Navelgas para el Censo General, pedido por Leonardo Camarasa, Directo del Instituto Nacional de 2ª Enseñanza de Oviedo, 1933-09-06; cuartilla oficial n. 360, mecanografiada, con firma autógrafa.
  • n. 2: Otra solicitud del Ayuntamiento de Tineo, mecanografiada, firmada por Severo Valdés, con el mismo asunto.
  • n. 3: Borrador del modelo a contestar, con advertencias. Es letra del P. Fernando María Gutiérrez.
  • n. 4: Modelo de ficha para dicho Censo, cumplimentado por el Colegio de Navelgas; es borrador.
  • n. 5: Contestación del P Provincial, Fr. José Cuervo López, a una carta-nota de respuesta al citado Censo. Es una cuartilla, mecanografiada, membrete del P. Provincial, Salamanca, sin fecha.
  • n. 6: Nota del P. Fernando María Gutiérrez al P. Provincial, P. Cuervo: Parece que el P. Fernando María no quiere equivocarse y recurre al P. Provincial para saber qué ha de poner. A esta nota se debe la respuesta anterior (n.5)
  • n. 7: Oficio del Ayuntamiento de Langreo al superior del colegio de Dominicos de la Felguera (P. Celestino Alonso), que ha reclamado unos libros del Colegio de Navelgas requisados por la Guardia Civil. El gobernador de Oviedo no levanta la incautación de dichos libros. Sama de Langreo, 1931-10-26.

Colegio de S. Juan Bautista de Corias

Oficio de La Junta Provincial de Beneficencia de Oviedo a los Patronos de la Fundación «Santísimo Sacramento" Instituida en Navelgas, y respuesta del P. Superior

El oficio es para recordar a los dominicos lo mandado en el Decreto de 9 de noviembre de 1932 y en art. 21 de la Ley de Confesiones y Congregaciones promulgada el 03-06-1933, sobre el rendimiento de cuentas al Protectorado y presentación del presupuesto. Se les da de plazo quince días para que los remitan. Documento original, con firma autógrafa del Gobernador Presidente.
La respuesta, copia simple a máquina, según el juicio de dominicos y de personas técnicas en la materia, no están obligados a presentar presupuestos ni a rendir cuentas. No es una Fundación ni los fraile Patrono, sino herederos del testador.

Colegio de Navelgas

Oficio de La Junta Provincial de Beneficencia de Oviedo a los Patronos de la Fundación «Santísimo Sacramento" Instituida en Navelgas, y respuesta del P. Superior

El oficio, original de la Junta Provincial de Beneficencia de Oviedo, responde a un comunicado del Director General de Primera Enseñanza, para que reclame a los dominicos de Navelgas/Corias la relación autorizada de los bienes y valores que constituyen en la actualidad el capital fundacional y dónde está depositado. Se les pide remitan lo pedido con la mayor urgencia. para que los remitan. Documento original, con firma autógrafa del Gobernador Presidente.
La respuesta de los dominicos, en copia simple a máquina, en una cuartilla, se copia también el oficio, dada en Navelgas, 30 de abril de 1934. Dan la cifra de 84.819, 22 pts. y recuerdan, a la Junta Provincial, que el Colegio de Navelgas no una Fundación ni los fraile Patronos, sino herederos del testador.
Oficio y respuesta se copian, a máquina, en un folio.

Colegio de Navelgas

Respuesta del P. Rector de Corias, Fr. Nicolás Albuerne, a la resolución del Ministerio de Instruc. Pública y Bellas Artes. Fundaciones benéfico-docentes, por la clasificación de benéfico-docente particular del Colegio de Navelgas.

Recibida la resolución del Ministerio de Instrucción Pública con la clasificación del colegio de Navelgas como benéfico-docente particular, cuya copia simple, con algunas correcciones que se deben al P. Fr. Celestino Alonso, se conserva aquí en dos folios mecanografiados, el P. Rector del Colegio de Corias da su respuesta, dirigida al Ilmo. Sr. Director General de Primera Enseñanza. Señala que existe error al pretender convertir en Deuda Perpetua interior al 4% en nombre de la Fundación las 84.819, pts. y 22 cts. supuestamente el poder de los frailes. El colegio ha costado, según tasación, 243.174 pts y 50 cts. No hay nada que invertir de lo dejado por el fundador. Tampoco puede inscribirse en el registro de propiedad nombre de dicha Fundación el edificio en se halla instalado el Colegio... En consecuencia, Suplica, que teniendo esta respuesta por presentada, se sirva rectificar la dicha resolución del 19 de septiembre de 1934. Corias (Cangas del Narcea) par Madrid, 26 de diciembre de 1934. Firma autógrafa del Fr. Nicolás Albuerne Álvarez.

Colegio de S. Juan Bautista de Corias